LATAM Revista Latinoamericana de Ciencias Sociales y Humanidades, Asunción, Paraguay.
ISSN en línea: 2789-3855, agosto, 2022, Volumen 3, Número 2, p. 483.
Ambos procedimientos, la referencia y la contra referencia, constituyen un conjunto de
actividades administrativas y asistenciales. En la referencia se envía y en la contrarreferencia se
retorna el paciente o los resultados de procedimientos diagnósticos, desde o hacia la institución.
Para ello se toma en cuenta el nivel de complejidad de la atención que requiere el paciente que
debe ser trasladado. De modo que las referencias pueden ser desde un establecimiento de menor
capacidad resolutiva hacia otro de mayor, mientras que la contrarreferencia implicaría la
derivación del paciente en sentido inverso, por lo cual se reenvía al establecimiento que refiere la
información sobre los servicios prestados y las respuestas e indicaciones a las solicitudes de
apoyo asistencial (Velásquez Fuentes, 2020)
El Sistema de referencia y Contrarreferencia se concibe y diseña para responder a la necesidad
de ejecutar una estrategia de atención con calidad desde el primer nivel de atención. Entre sus
beneficios se cuenta, en primer término, evitar la sobresaturación o subutilización de los
establecimientos y servicios de atención de salud (Poccorpachi, 2019)
El Sistema de Referencia y Contrarreferencia implica igualmente un procedimiento médico
administrativo que relaciona las unidades operativas de los tres niveles de atención para facilitar
el envío-recepción regreso de pacientes, con el propósito de brindar atención médica oportuna,
integral y de salud (Gafas, Roque, & Bonilla, 2019). Comprende el conjunto de normas técnicas y
administrativas que permiten prestar adecuadamente el servicio de salud, al usuario, según el
nivel de atención, el grado de complejidad y los recursos disponibles en los servicios de salud;
con la debida oportunidad y eficacia en donde los Equipos Integrales de salud, facilitan el flujo
de usuarios y la utilización de los recursos entre las entidades de salud (Álvarez, 2019)
Estos sistemas se aplican entre los distintos niveles de las redes de servicios de salud y las micro
redes locales con el objetivo de lograr la satisfacción de las necesidades de atención y la solución
o el control de los problemas más importantes de los usuarios, en una atención continua. En el
Ecuador la organización de las redes de los servicios de la salud y las micro redes locales,
fundamentadas en la aplicación de la estrategia de la Atención Primaria en Salud, están
compuestas por las unidades operativas del primer nivel que brindan atención básica y de
carácter ambulatorio incluidos las prestaciones de promoción de la salud y prevención de las
enfermedades; y por unidades del segundo nivel que dan prestaciones complementarias y
atención hospitalaria (Díaz & Bustamante, 2019).
Para el correcto desarrollo de las funciones de los sistemas de referencias y contra referencias
en los establecimientos de salud, deben ejecutarse correctamente ciertas tareas administrativas
entre las cuales se cuentan el agendamiento, la recepción de formularios (en papel o registro
electrónico), registro, devolución de formularios y manejo e informe estadístico con sus
indicadores, así como seguimiento del proceso de referencia, derivación, contrarreferencia y
referencia inversa hasta su finalización efectiva. El establecimiento de salud deberá definir el
mecanismo para el registro de la referencia y derivaciones, para orientar al usuario o usuaria
referido/a sobre el proceso a seguir para recibir su atención. Los centros asistenciales que
realizan la referencias tienen la responsabilidad del enviar sea en físico o electrónico el
formulario correspondiente (Nº 053) de contra referencia al ya sea en físico o electrónico al
establecimiento de salud que lo refirió. Registrar estas operaciones permitirá realizar un control
estadístico de esas actividades (Ortiz & Rivera, 2019).
El proceso de contra referencia es el procedimiento obligatorio por el cual, un usuario o usuaria
que inicialmente fue referido/derivado es retornado luego de haber recibido la atención con la
información pertinente al establecimiento de salud de menor nivel de atención correspondiente,
para garantizar la continuidad y complementariedad de su atención. Son responsables de esta
acción administrativa, los profesionales de la salud que atendieron a la usuaria o usuario
referido/derivado y que deben contrarreferir al menor nivel de atención o complejidad que
corresponde, aplicando las normas, protocolos, guías de práctica clínica, manuales, emitidas por
la Autoridad Sanitaria, utilizando el formulario Nº 053 de contra referencia (Delgado & Vélez,
2019).