LATAM Revista Latinoamericana de Ciencias Sociales y Humanidades, Asunción, Paraguay.
ISSN en línea: 2789-3855, agosto, 2022, Volumen 3, Número 2, p. 970.
DOI: https://doi.org/10.56712/latam.v3i2.161
Trans*identidades, trabajo y ciudadanía en Campeche,
México
Trans*identities, Work and Citizenship in Campeche, Mexico
Sinuhé Estrada Carmona
Universidad Autónoma de Campeche
sestrada@uacam.mx
Campeche-México
Gabriela Isabel Pérez Aranda
Universidad Autónoma de Campeche
gaiperez@uacam.mx
Campeche-México
Artículo recibido: 1 de noviembre de 2022. Aceptado para publicación: 16 de noviembre de 2022.
Conflictos de Interés: Ninguno que declarar.
Resumen
El objetivo del estudio fue analizar las experiencias del ejercicio del derecho a la identidad y
expresión de género de personas trans* en el contexto laboral en el Estado de Campeche, México.
A partir del paradigma cualitativo, con enfoque narrativo, adscrito a la epistemología
transfeminista se acordó junto con lxs participantes realizar entrevistas semiestructuradas, así
como la cnica de fotobiografía dirigida de 8 personas que se autonombraron con alguna
identidad trans. Se realizó un análisis de co-ocurrencia; identificando, entre otras cosas, que las
dificultades y oportunidades para el ejercicio del derecho a la identidad y a la expresión de género
se reproducen principalmente en contextos laborales, lo que contribuye a escenarios de
inclusión/exclusión social a lo largo de la vida. Por otra parte, la inclusión y la pertenencia siguen
siendo un desafío del ámbito laboral, legal, económico y político. El sistema legal binario de
ciudadanía a partir del cual se asigna el sexo al nacer está siendo rebasado dadas las
trans*identidades emergentes.
Palabras clave: identidad, transgénero, trans*, trabajo, ciudadanía sexual
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Como citar: Estrada Carmona, S., & Pérez Aranda, G. I. (2022). Trans*identidades, trabajo y
ciudadanía en Campeche, México. LATAM Revista Latinoamericana de Ciencias Sociales y
Humanidades, 3(2), 970-994 https://doi.org/10.56712/latam.v3i2.161
LATAM Revista Latinoamericana de Ciencias Sociales y Humanidades, Asunción, Paraguay.
ISSN en línea: 2789-3855, agosto, 2022, Volumen 3, Número 2, p. 971.
Abstract
The objective was to analyze the experiences of the exercise of the right to gender identity and
expression of trans* people in the labor context in the State of Campeche, Mexico. Based on the
qualitative paradigm, with a narrative approach, attached to the transfeminist epistemology, it
was agreed with the participants to carry out semi-structured interviews, as well as the directed
photobiography technique of 8 people who self-appointed with some trans identity. A co-
occurrence analysis was performed; identifying, among other things, that the difficulties and
opportunities for the exercise of the right to gender identity and expression are reproduced mainly
in work contexts, which contributes to scenarios of social inclusion/exclusion throughout life. On
the other hand, inclusion and belonging continue to be a challenge in the labor, legal, economic
and political spheres. The binary legal system of citizenship from which sex is assigned at birth
is being overtaken by emerging trans*identities. The foregoing implies the need to legislate public
policies that are oriented towards the inclusion of subjects whose gender variability does not fit
the cis-heteronormative model, under a humanizing ethical view of bodies, which, for the states
of southeastern Mexico, it is still a political lag that places people in high vulnerability and labor,
social, economic and political exclusion.
Keywords: identity, transgender, trans*, work, sexual citizenship
LATAM Revista Latinoamericana de Ciencias Sociales y Humanidades, Asunción, Paraguay.
ISSN en línea: 2789-3855, agosto, 2022, Volumen 3, Número 2, p. 972.
INTRODUCCIÓN
En el documento utilizamos la palabra trans* (con asterisco) como lo propone Halberstam, para
abrir el término a un despliegue de categorías de organización que no se limiten a la variación de
género, el asterisco modifica el significado de transitividad al negarse a situar la transición en
relación con un destino, con una forma final, con una forma específica o con una configuración
establecida de deseo e identidad. El asterisco cuestiona la certeza del diagnóstico; mantiene a
raya cualquier intento de saber de antemano cuál podría ser el sentido de esta o aquella forma
de variación de género, y lo que es más importante, convierte a las personas trans* en autoras
de su propia categorización. Esta auto-autorización despliega el horizonte simbólico de la
subjetividad y da píe a la problematización del estudio que a continuación describimos
(Halberstam, 2018).
Ciudadanía es la categoría política que legitima el nuevo estatuto del sujeto occidental en la
actualidad. A partir del siglo XVIII, dos ejes construyen la nueva subjetividad política moderna: la
ciudadanía y los derechos humanos. Sólo aquel sujeto que posea o adquiera el estatuto de
ciudadano es perceptible de ser considerado humano. Se construye un límite político entre
aquellos que pueden ser considerados ciudadanos y quienes quedan fuera de los límites de tal
definición sin tener garantizados derechos humanos básicos. Desde el momento en que la
noción de «ciudadanía» aparece en el pensamiento político moderno como categoría central para
definir la nueva subjetividad moderna, hay sujetos que quedan fuera de tal definición. La
exclusión que marca en su mismo fundamento la constitución del ciudadano moderno afecta a
diversos sujetos: lxs niñxs, las mujeres o lxs esclavxs, entre otros. Desde su origen la ciudadanía
se perfila como una categoría política excluyente. Estos diversos ejes que conforman la identidad
subjetiva y que marcan la no pertenencia a la ciudadanía son: el género, el sexo, la sexualidad, la
raza, la clase social o la nacionalidad (Balza, 2009, pág. 231).
Para la Suprema Corte de Justicia de la Nación de México (SCJN) (2018), el Sistema Binario del
Sexo y el Género (SBSG) es entendido como el modelo social y cultural dominante occidental que
considera que el género y el sexo abarcan únicamente dos categorías rígidas, a saber,
masculino/hombre y femenino/mujer. Es decir, se refiere a un conjunto de creencias de tipo
conservador y claramente patriarcal que sostiene que: i) los sexos son dos y sólo dos: varón y
mujer; ii) las relaciones sexuales tienen como fin la procreación y sólo la procreación y iii) la
familia “natural” es patriarcal, monogámica, heterosexual y para toda la vida (Femenías, 2015).
Esta división binaria del sexo y del género ha sido aceptada como una verdad irrefutable y
dogmática. Tal sistema o modelo excluye a aquellos individuos que no se enmarcan en las dos
categorías. Dentro de las personas excluidas por este modelo se encuentran, entre otras de la
diversidad sexual, las personas no binarias, transexuales, transgénero e intersexuales, pues para
el Estado no entran dentro de la categoría de “hombre” o “mujer” en su sentido “biológicamente
típico” y son casi siempre sometidos a procedimientos quirúrgicos y endocrinológicos muchas
veces violando sus derechos (SCJN, 2018).
Dicho SBSG sigue siendo considerado por las sociedades actuales como único modelo posible
de organización social. El cual, cuando es considerado como oposición dicotómica excluyente,
coloca obstáculos que impiden vivir la corporeidad y la experiencia vital con autonomía (García-
Granero, 2017). Es aquí donde la sexualidad se cruza con el estatus de ciudadanía en las
democracias modernas; a partir de la segunda mitad del siglo XX, ésta ha adquirido un papel
fundamental en todos los niveles estructurales de las sociedades capitalistas desarrolladas
(Jiménez, 2018). Específicamente, la categoría de ciudadanía sexual existe debido a la primacía
que tiene la subjetividad sexual en el mundo contemporáneo y constituye una nueva forma de
pertenencia (Weeks, 1998).
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Algunas consecuencias del sistema esencialista binario del sexo/genero cis-heteronormativo a
partir del cual se construye la identidad jurídica y la ciudadanía los ha documentado la Asociación
Mundial para la Salud Sexual y la Organización Panamericana de la Salud (WAS y OPS, 2009)
como violencia cultural y estructural hacia la diversidad sexual y de género, tales como:
Patologización, criminalización e invisibilización del comportamiento sexual no normativo;
Desvinculación de los programas de educación sexual con los comportamientos sexuales no
normativos; Educación sexual heteronormativa, cis-normativa, binaria, coito-céntrica,
monógama; Criminalización de estilos familiares como la poligamia donde los adultos en
uniones polígamas consensuales (y sus hijos) carecen de acceso a sus derechos;
Criminalización y control segregado del trabajo sexual; Utilización por parte del Estado y sus
agentes de abuso verbal, acoso, violencia, la violación de la integridad física y el asesinato o la
pena capital para castigar a hombres, mujeres, niños y niñas que infringen las normas culturales
de conducta sexual. Por ejemplo, la pena de muerte puede ser impuesta y se impone por una
convicción de homosexualidad en los países que se rigen por la ley islámica; la revictimización
por parte de los profesionales de salud que trabajan en unidades de medicina forense, quienes
violan la integridad física de las personas detenidas por sospecha de actividad homosexual, al
efectuar exámenes anales forzados y repetidos con la finalidad de determinar su culpa; la
colusión entre los profesionales de salud y la policía, en la vigilancia policial rigurosa y ruda con
procesos penales o tratamiento médico forzado para las personas descubiertas en actividades
homosexuales; la utilización de procedimientos quirúrgicos y tratamientos hormonales no
supervisados por especialistas del Estado para las personas intersexuales y transexuales.
Para la ONU (2016) la discriminación de lesbianas, gays, bisexuales, travestis, transgénero,
transexuales, intersexuales, queer y más (LGBTTTIQ+) no sólo perjudica a las personas, también
reduce las ganancias de las empresas y cuesta a los países miles de millones de dólares en
pérdidas, al reducir su rendimiento económico. Cada vez que una persona de la comunidad
LGBTTTIQ+ es acosada o expulsada de su empleo, no sólo se comete una injusticia contra un
ser humano, sino que también se pierde una oportunidad para consolidar una economía más
productiva.
Por ejemplo, en un estudio piloto que llevó a cabo el Banco Mundial (2017; Lee-Badgett, 2014)
concluyó que la discriminación de las personas del colectivo LGBT en la India podría costar
actualmente a ese país hasta 32.000 millones de dólares estadounidenses al año por la pérdida
de rendimientos económicos que representa. Por lo que el secretario general de las Naciones
Unidas, Ban Ki-moon, afirmó que la erradicación de la discriminación contra los miembros del
colectivo LGBTTTI es “una prioridad en materia de derechos humanos y una exigencia del
desarrollo” (ONU, 2015b, pág. 1).
Particularmente en México, el inicio del nuevo milenio se encuentra enmarcado por lo que se
conoce como periodo de transición democrática”, en donde los cambios en el sistema político
no solo se viven con la aparición de nuevos actores, sino también con el nacimiento de nuevas
instituciones como el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (CONAPRED) y la
instauración de un valor central: el respeto a la diferencia (López-López, 2018)
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El CONAPRED (2019) señala que las personas LGBTTTIQ+ enfrentan obstáculos sustantivos en
el ejercicio de todo tipo de derechos. En el acceso a la educación, al empleo o a la salud, e incluso,
en el mismo proceso de desarrollo de la identidad, las personas que tienen una orientación
sexual, identidad o expresión de género, o características sexuales diversas encuentran barreras
motivadas por prejuicios sociales u omisiones legales. Generalmente, dichos prejuicios
provienen de la valoración negativa que se da a la heterosexualidad, así como a la presunta
congruencia que se cree que debería existir entre la identidad de género de una persona y el sexo
que le fue asignado al nacer, o bien a las características corporales que se consideran “normales”
(binarismo sexo-género). En ocasiones, esto contribuye a casos de violencia que pueden terminar
con la vida de las personas. La discriminación por orientación sexual, identidad y expresión de
género y características sexuales diversas tiene una naturaleza estructural. Es un proceso con
raíces hisricas que se alimenta de los estereotipos asociados con la diversidad sexual. Dichos
estigmas han justificado una diferencia de trato, y se encuentran tan arraigados en nuestra
cultura que inciden no sólo en el ámbito privado principalmente en la familia sino también en el
público por ejemplo, en las instituciones de seguridad social o de acceso a la justicia.
El CONAPRED (2019) detalla que de acuerdo con la Encuesta Nacional sobre Discriminación
(Enadis) 2017, casi 2 millones 700 mil personas en México declaran no ser heterosexuales, lo
cual representa 3.2% de la población nacional. No obstante, es probable que, dados los prejuicios
sobre la diversidad sexual, algunas de las personas no hayan compartido su orientación sexual
abiertamente y el porcentaje sea mayor.
Al mismo tiempo, de acuerdo con un estudio difundido por UCLA, 0.6% de la población
estadounidense se identifica como trans. En cifras absolutas, la cifra asciende a 1.4 millones de
personas (Flores, Brown, & Herman, 2016). Si la proporción fuera idéntica en México, estaríamos
hablando de aproximadamente 740 mil personas.
Por otra parte, la estimación más recurrente en torno al número de personas intersexuales en el
mundo es de una en 1,500; sin embargo, la Organización Internacional Intersex plantea que el
cálculo más apropiado es 1.7% de la población. Dicho valor parte de los estudios de Anne Fausto-
Sterling, una reconocida experta en la materia (Organisation International Intersex, 2013).
Igualmente, la estigmatización de la diversidad ha conducido a que, en muchos ámbitos, se
reproduzcan patrones de discriminación. En un diagnóstico, siete de cada diez personas LGBTI
declararon haberse sentido discriminadas en espacios educativos y la mitad manifestó haber
vivido, por lo menos una vez, situaciones de acoso, hostigamiento o discriminación en el trabajo
(Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas [CEAV] & Fundación Arcoiris, 2016). En otro estudio,
42% de las mujeres trans, 38% de los hombres trans y 39% de las mujeres lesbianas expresaron
haber sido discriminadas y discriminados en el espacio público (Mendoza, Ortiz, Román, & Rojas,
2015).
Por su parte, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (2015) en su documento
Violencia contra personas LGBTI y el Comunicado de Prensa 137/15, indica que el 80% de las
personas trans* asesinadas durante un período de 15 meses tenía 35 años o menos, en
comparación con el porcentaje de personas asesinadas con menos de 35 años, que acorde a los
datos del INEGI corresponde al 50% y 54% de hombres y mujeres asesinadas en 2015 en México.
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En consecuencia, el CONAPRED (2019) describe que, entre los temas prioritarios, se encuentran:
la inclusión de la orientación sexual, la expresión e identidad de género y las características
sexuales dentro de los motivos prohibidos de discriminación, en lugar de las “preferencias
sexuales” (como aparece actualmente en el artículo 1° de la Constitución). Combatir e investigar
de manera adecuada los crímenes de odio hacia las personas LGBTTTIQ+, así como adoptar
medidas contra el acoso escolar homofóbico, lesbofóbico, bifóbico, transfóbico e interfóbico.
Con respecto a esto último, se debe prestar especial atención a la prevención del suicidio y otras
afecciones psico-emocionales entre las infancias LGBTTTIQ+. La reforma a la Ley de Seguridad
Social y a la Ley del ISSSTE para que la afiliación de cónyuges entre parejas del mismo sexo sea
un derecho más accesible. Así mismo, las actas de nacimiento que reconozcan la identidad de
género de las personas deben poder obtenerse mediante un procedimiento administrativo en
todo el territorio mexicano. Visibilizar la existencia de las personas intersexuales y erradicar las
cirugías que les asignan un sexo a muy corta edad. Garantizar especialmente en cuestiones
como salud, el acceso de las personas LGBTTTIQ+ a servicios especializados y específicos a sus
necesidades, sin discriminación alguna. Finalmente, aún hace falta que el acceso al matrimonio
no esté condicionado a que se ostente una orientación sexual específica (la heterosexual), como
aún sucede en la mayoría del territorio nacional.
La negación de derechos se agudiza y alcanza sus niveles de discriminación y violencia más
altos con las personas transgénero, pues no entran en el modelo de normal, aceptable y deseable;
es decir, son personas que carecen de alineación entre su sexo, nero, práctica y deseo; y cuya
lucha por una ciudadanía libre de discriminación y violencia no ha terminado aún (López &
Serrato, 2018).
En este sentido, la Clasificación Internacional de Enfermedades (CIE) de la Organización Mundial
de la Salud (OMS) fue revisada a mediados del 2019 por un grupo de trabajo de expertos quienes
tuvieron por objetivos centrales: 1) la despatologización y desestigmatización de las personas
denominadas «transgénero»; y 2) posibilitar el tratamiento y servicios de salud accesibles y de
calidad para las personas que así lo requieran (Robles & Ayuso-Mateos, 2019, pág. 66)
Sin embargo, a pesar de los recientes esfuerzos de la OMS por despatologizar y desestigmatizar
dichas condiciones, en México continúa siendo un desafío garantizar el derecho a la
autodeterminación de la identidad de género y las demandas en torno al ejercicio de los derechos
humanos de las personas transgénero (López-López, 2018).
Desafortunadamente, prevalece la creencia científica de que, al paso de los años, la noción de
ciudadanía se perfecciona y se vuelve más incluyente; no obstante, en el modelo normativo de
democracia predominan las ciudadanías uniformes y heteronormadas, con lo que no se da
cabida a lo diverso. Este paradigma, entonces, desconoce, entre otras ciudadanías, a las
sexuadas, con lo que se les niega el pleno ejercicio de sus derechos. Las personas de la
diversidad sexual no sólo están en la lucha del goce de derechos y obligaciones como los
ciudadanos que son reconocidos por el modelo normativo, sino también dando la batalla en la
reconfiguración sociocultural (López & Serrato, 2018).
En este sentido, para Maffia (2001, pág. 28), la ciudadanía sexual implica “hacer visible la
condición sexuada de los ciudadanos, de lo contrario se facilita que el Estado vulnere derechos
básicos. Además, la sexualización de los sujetos opera en una dinámica que exige al Estado
modificar su accionar, con tal de atender las particularidades y necesidades específicas de los
grupos sociales”.
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Así, el contexto de expansión de la ciudadanía sexual esto es, la reinterpretación de las
sexualidades a través del lenguaje de la ciudadanía y los derechos varía ampliamente según
contextos y genealogías particulares. Se trata de la inclusión dentro de la ciudadanía, donde la
ciudadanización de muchxs disidentes u “otrxs” sexuales implica un tratamiento en pie de
igualdad. Este reconocimiento es en parte deudor de lo que se ha entendido como la
judicialización de los reclamos LGBTTTI, es decir, la concentración de recursos en la
modificación de los marcos legales existentes principalmente en función del derecho a la
identidad y el respeto a la diferencia (Sabsay, 2018).
En 2018, una encuesta realizada por el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo
(PNUD) concluyó que el 21 por ciento de los encuestados en China, el 30 por ciento en Filipinas
y el 23 por ciento en Tailandia señalaron que eran objeto de acoso, intimidación o discriminación
en el trabajo debido a su orientación sexual, identidad de género, expresión de género o
características sexuales. Muchas personas estaban convencidas de que se les denegaba un
empleo debido a su orientación sexual, identidad de género o expresión de género, y más de dos
tercios señalaron que habían visto anuncios que excluían explícitamente a los trabajadores
LGBTI (lesbianas, gays, bisexuales, transgénero e intersexuales) en los requisitos de los puestos
de trabajo.
En el contexto del sureste mexicano el acceso y ejercicio de derechos de personas trans* es
altamente limitado ya que las legislaciones de Campeche y Yucatán no han reconocido ni
aprobado las leyes y reglamentos necesarios para garantizar el derecho a la identidad de género
y sus consecuencias jurídicas. En este sentido, aunque el Estado de Campeche en comparación
con Yucatán, cuenta con una legislación más incluyente en temas de diversidad sexual, n
queda pendiente en ambos estados lo referente a las personas trans*, incluidas las infancias y
adolescencias como sujetos de derechos (Antonio, 2017; Ojeda, 2020; Fernández, 2020).
De este modo el propósito del presente trabajo es analizar las vivencias del ejercicio del derecho
a la identidad y la expresión de nero de las personas trans* en el contexto laboral, así como las
implicaciones sociales de la trans* identidades para el ejercicio de la ciudadanía sexual en el
Estado de Campeche, México.
MÉTODO
El trabajo se adscribe bajo el paradigma cualitativo, narrativo, feminista, con un enfoque
transfeminista de alcance descriptivo.
Participantes
La muestra estuvo formada por 8 participantes que se autodefinen bajo diversos criterios no
hegemónicos de identidad de género, por lo cual he decidido arbitrariamente agrupar sus
autoidentidades en el término trans*, que como ya se ha descrito anteriormente hace referencia
a la polivocidad y despatologización de la variabilidad de nero sin una meta transicional
definida. Cada participante expresó su propia identidad de nero y condiciones asociadas a
dicha identidad que a continuación describo sin modificar sus palabras:
P1: Mujer trans heterosexual, de 39 años, psicóloga titulada, empleada en una institución del
Estado en el área de la salud mental, vivo sola. Con acta de nacimiento modificada con mi género
autopercibido a través de un juicio desde 2018, en terapia de remplazo hormonal desde 2019,
con una cirugía de aumento de pecho y una orquiectomía realizada en 2020, vivo en la comunidad
de Lerma, Campeche.
P2: Mujer transgénero heterosexual, de 35 os, ama de casa, activista en derechos de la
diversidad sexual, carrera incompleta, cuento con acta de nacimiento modificada en la Ciudad de
México en 2015, en terapia de remplazo hormonal desde 2017, vivo con mi padre en la Ciudad de
Campeche.
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P3: Morra-trans binarie de 26 años, poliamorosa, pansexual, estudiante de bachillerato, con acta
de nacimiento modificada en el Estado de Jalisco en 2021, en terapia de remplazo hormonal
desde 2020, vivo con mi madre y mi hermano menor en Ciudad del Carmen, Campeche.
P4: Chico-trans no binarie, heterosexual de 23 años, con bachillerato terminado, trabajo en
negocio familiar, sin acta de nacimiento modificada, sin terapia de remplazo hormonal, con
expresión de género masculinizada, vivo con mi madre en la Ciudad de Campeche.
P5: Hombre transmasculino de 32 años, cirujano dentista, exboxeador amateur, con acta de
nacimiento modificada en Ciudad de México desde 2017, con terapia de remplazo hormonal
desde 2017, vivo con mi madre y hermana en la Ciudad de Campeche.
P6: Mujer trans heterosexual de 26 años, estudiante de derecho, directora de una asociación civil,
activista en pro de los animales, con acta de nacimiento en trámite a través de un juicio en
Campeche, con terapia de remplazo hormonal desde 2019, vivo sola en la comunidad de Samulá,
Campeche.
P7: Mujer transexual, bisexual de 19 años, egresada de bachillerato, Sin acta de nacimiento
modificada, sin terapia de remplazo hormonal, con expresión de género feminizada desde 2018,
vivo con mi papá, mamá, una hermana y un hermano menores en la Ciudad de Campeche.
P8. Mujer transexual, heterosexual de 54 años, jubilada del sector educativo, madre de un hijo de
32 años, acta de nacimiento modificada en trámite a través de juicio en Campeche, vivo sola en
la comunidad de Chiná, Campeche.
La muestra de participantes se alcanzó en función de la saturación de información que se logró
con las ocho personas. Se incluyeron participantes con distintas ocupaciones, lugares de
residencia en el Estado, nivel educativo y socioeconómico. Lo anterior en función de representar
diversas condiciones de vida de las personas fuera del estereotipo hegemónico social de la
identidad trans*.
Consideraciones éticas
Previo a las sesiones se solicitó la lectura y firma de un consentimiento informado que
consideraba la aceptación del uso de sus fotografías y de sus testimonios asumiendo los
aspectos éticos y legales de la investigación con humanos y en particular las consideraciones
éticas de la investigación con personas trans* (Hale, 1997; Cabral, 2006). Cada una de las
personas revisó las transcripciones y autorizó su uso para fines académicos y de investigación.
Una vez obtenido los archivos de audio y video de las entrevistas fotos y las narraciones de estas
generadas por la plataforma Zoom, el archivo de audio y fotos se cargaron y transcribieron al
programa Atlas-ti. v9, posteriormente se enviaron a sus autores para su validación respetando el
criterio de autonomía epistémica de los estudios trans. Una vez validados se inició la
codificación y categorización.
El análisis se realizó a la luz de los supuestos de la epistemología transfeminista respetando la
autoridad epistémica de los transtestimonios para construir categorías de análisis que
permitieron lograr los objetivos de investigación planteados.
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RESULTADOS
A continuación, se presentan os resultados del análisis de co-ocurrencias entre las categorías de
análisis.
Figura 1
Diagrama de co-ocurrencias de Sankey
Exclusión y violencias
Fitoussi y Rosanvallon afirman que la dinámica social no puede reducirse a quienes están
“adentro” y quienes están “afuera”, y cuando añaden a que la “exclusión es el resultado de un
proceso, no un estado social dado”, están precisamente distanciándose de una aplicación binaria
de la distinción, con lo que se hace necesario determinar a qué situaciones sociales refiere ahora
la distinción inclusión/exclusión (Fitoussi & Rosanvallon, 1997).
Para Subirats, las situaciones de exclusión son el resultado de una cadena de acontecimientos
reforzados o impulsados por las desigualdades y determinaciones estructurales del sistema
económico y social. El concepto trata de recomponer el permanente dilema de la cuestión social,
de manera distinta, y al mismo tiempo quiere ser capaz de recoger la multiplicación de
situaciones en las que detectamos, no sólo desigualdad, sino también pérdida de vínculos,
desafiliación, desconexión o marginación social. Por tanto, el concepto se refiere a un proceso
de creciente vulnerabilidad que afecta a sectores cada vez más amplios del cuerpo social, y que
se materializa en una precariedad creciente a nivel laboral, residencial, económico. Podríamos
pues decir que la exclusión social, en la medida en que se inscribe en la trayectoria histórica de
las desigualdades, es un fenómeno de carácter estructural, de alguna manera inherente a la
lógica misma de un sistema económico y social que la genera y alimenta casi irremediablemente.
Ahora bien, en un contexto de creciente heterogeneidad, la exclusión social no implica
únicamente la reproducción de las desigualdades clásicas, sino que va mucho más allá,
contemplando situaciones generadas por la existencia de nuevas fracturas sociales y la ruptura
de las coordenadas más básicas de la integración: la participación en el mercado productivo, el
reconocimiento público y la participación política, y la adscripción social y comunitaria que
proporcionan la familia y/o las redes sociales (Subirats, 2004).
Trans* exclusión
La exclusión se puede entender como una situación concreta fruto de un proceso dinámico de
acumulación, superposición y/o combinación de diversos factores de desventaja o vulnerabilidad
social que pueden afectar a personas o grupos, generando una situación de imposibilidad o
dificultad intensa de acceder a los mecanismos de desarrollo personal, de inserción socio
comunitaria y a los sistemas preestablecidos de protección social. Dicho de otra manera: hay
personas que viven en unas condiciones de vida materiales y psíquicas que les impiden sentirse
y desarrollarse plenamente como seres humanos. La exclusión hace difícil sentirse ciudadano
en su proyección concreta en cada contexto social, sentirse formando parte de la sociedad de
referencia (Subirats, 2004).
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Para Castel, cuando se habla de exclusión, se corre el peligro de convertirla en un estado que se
trataría entonces de subsanar en sí mismo, cuando en realidad nos encontramos más bien ante
la expresión extrema de un proceso. Esquematizando mucho se podrían distinguir tres zonas de
organización o de cohesión social: una zona de integración, una zona de vulnerabilidad (que es
una zona de turbulencias caracterizada por una precariedad en relación con el trabajo y por una
fragilidad de soportes relacionales) y una zona de exclusión (de gran marginalidad, de
desafiliación, en la que se mueven los más desfavorecidos) (Castel, 1995).
Por tanto, para Subirats la exclusión no es una situación estable e inamovible sino un proceso
dinámico que cada vez afecta a más personas, y más diversas. En este sentido, se puede hablar
de exclusión no sólo como un femeno estructural o arraigado en la estructura económica y
social, sino también como un fenómeno dinámico y en constante expansión (Subirats, 2004).
Para lo cual las políticas de inclusión intentan hacer contrapeso muchas veces con poco éxito.
A la par de la exclusión, las diversas formas de violencia se hacen patentes en la cotidianidad de
las personas y colectivos. Por lo que, al estudiar la violencia, conviene abordarla desde cuatro
elementos, los primeros tres propuestos por Moreno (Moreno, 2006): el acto (realización de
poder acumulado sobre el otro), los actores (agresor, individual o colectivo, que causa daño
objetivo o subjetivo a otra persona o grupo) y la significación de la acción (violencia cuando el
agresor, el agredido o un observador de la acción dieran al acto excesivo una significación
negativa para la víctima, siendo la intención de dañar el eje articulador de dicha acción); a estos
tres elementos se agrega el contexto como un campo de lógicas y fuerzas en el que se produce
la violencia que pueden caracterizarse como de apropiación/violencia o de
regulación/emancipación (Galván, 2016).
Citas:
P1: Tengo hermanos, tengo dos hermanos varones y una hermana, pero ahora me siento
huérfana. Cuando mi mamá lo descubre lo acepta con reservas, pero mis hermanos hablan
conmigo y me dicen, te estas yendo por otro lado, mi hermana me dice yo no te quiero ver así
nunca, si te vuelvo a ver así para mi estas muerto. Mis hermanos alejaron a mis sobrinos, les
dijeron no queremos confundirlos con lo que estás haciendo y que se burlen de ellos, los
critiquen. El hecho de que no sea algo legal, algo fácil, que no haya una ley deja desprotegida a
una persona, porque el acceso a ese derecho a tener un nombre congruente contigo misma es
un derecho primordial, básico.
P2: En la primaria en muchas ocasiones era violentada verbalmente, en ocasiones físicamente,
yo si viví el clásico que entrabas en el baño y te encerraban en un cubículo y te aporreaban la
puerta te gritaban cosas, ¡fue horrible!, fue muy muy horrible esa etapa, y recuerdo que en una
ocasión entré al baño me encerraron en un cubículo y lo único que recuerdo es que me agaché,
me tapé los oídos y empecé a pensar en no escuchar lo que estaba pasando y cuando reacciono
no sé cuánto tiempo había pasado, ya no había nadie en el baño, no a qué hora se fueron los
tipos y salí llorando a la dirección a decirles que ya estaba cansada de vivir eso.
P7. En secundaria sí recibí más bullying o discriminación porque ya era más afeminada, vestía
diferente, a veces me ponía rímel o me pintaba el cabello, habían chicos que se juntaban entre
varios y jugaban a decirme cosas, una vez que iba a mi casa seis tipos de los que iban a la
secundaria me agarraron y uno me bajó el pantalón y entre los demás me agarraron de las manos
y los pies y decían que me iban a violar, pero no de dónde agarré fuerzas y me zafé y me fui
corriendo.
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ISSN en línea: 2789-3855, agosto, 2022, Volumen 3, Número 2, p. 980.
Mi tía la hermana de mi papá se dieron cuenta porque se me notaba demasiado que no iba a ser
un hombre y ella le decía a mi mamá que lo que yo hacía estaba mal, que me iba a ir al infierno,
que me tenía que arrepentir, que tenía que ser como na, que tenía que ser Héctor, yo le decía a
mi mamá que el día que yo me muera no quería que me pusieran nada que dijera Héctor porque
vengo y te jalo las patas, ella me decía pero así te llamas, yo le decía pero legalmente no me llamo
así, mi tía le decía que me llevará al psicólogo porque según ella me estaba desviando del camino
y no iba a tener descendencia y cosas así.
Un día se me atoró el carro en las vías del tren y ese día andaba con una amiga y la policía nos
llevó según ellos por obstruir el tráfico y uno de ellos nos insultaba, que era una cualquiera con
palabras groseras, y nos golpeó a mí en los testículos.
P4: tuve ciertos problemas en la escuela, no podía ser tan libre. En la escuela pues hay
necesidades, entonces yo tenía que ir al baño de mujeres, aunque no me gustaba. De hecho,
nunca quería entrar por lo mismo. En una ocasión, una niña de otra carrera se me quedó viendo
muy feo, se quedó en shock, se paró y me dijo ¿estás bien? Y yo le respondí ¿Por qué? Ella me
dijo, es que te equivocaste de baño, tu no perteneces a este baño.
También me pasó en el cine, yo estaba saliendo del cine con mi novia, hasta hablaron al personal
de Cinépolis, frente a todas las personas y fue muy feo realmente. Yo entré al baño de mujeres y
me formé en la fila y me dijeron que ¿tú qué haces aquí? ¡tú no debes estar aquí! Le gritaron al
personal de seguridad y me sacaron del baño solo por cómo me veía. Mi novia quería reclamar,
pero yo le dije vámonos para no hacer más grande el problema.
En el negocio familiar mi mamá a veces me pide que vaya a comprar cigarros y obviamente te
piden identificación, para mi mala suerte en mi identificación no aparece mi foto como estoy
ahora. Entonces eso fue otra experiencia mucho peor, al momento de pagar la persona me pidió
mi identificación y se la di porque soy mayor de edad, la persona agarró mi credencial, la miraba,
me volteaba a ver, pero así de abajo a arriba, y me dijo no eres tú, no puedes ser tú, incluso llamó
a un compañero para preguntarle si era yo el de la foto, yo le dije ¿me lo va a vender o me va a
seguir juzgando? Y se quedó con una cara, acomo muy raro, sí me vendieron los cigarros, pero
fue una situación muy incómoda, todavía lo veo y me incomoda.
P5. Hay un chico que cuando me conoció yo le gusté, considero que soy su amor platónico, una
vez se lo dije y lo platiqué con él y salió mucha transfobia de él, porque me dijo con palabras
vulgares que no voy a repetir que mi parte sexual era de plástico, que yo no era un hombre de
verdad y me dejó de hablar.
P8. en la adolescencia un compañero de la secundaria que se drogaba también abusó de mí, era
más grande y más fuerte, me jaló en la calle y al lado de un árbol oscuro quiso penetrarme pero
yo no me dejé, pero por más que luché me obligó a hacerle otras cosas, por eso crecí con la idea
de que hacer el amor y la penetración era algo feo, pero yo pensaba, porque tengo estos deseos,
es algo feo, era muy confuso y sentía mucha culpa, le pedía perdón a diosito porque era algo
malo, eso lo descubrí muchos años después.
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ISSN en línea: 2789-3855, agosto, 2022, Volumen 3, Número 2, p. 981.
Los procesos y contextos de la exclusión y las diversas formas violencias que viven las personas
trans* en su cotidianidad se naturalizan culturalmente y se asocian a condiciones intrínsecas de
los sujetos por el supuesto carácter patológico de la identidad y de la expresión de género. Se
argumenta que, de existir un problema intrapsíquico en las personas trans* no pueden ser
incluidos en las dinámicas sociales, económicas o políticas hasta no haber sido tratadxs por
especialistas en psiquiata, psicología, endocrinología, etc. Los procesos en la dinámica social
que se organizan en función del modelo binario del sexo/género como la familia, el trabajo, la
participación ciudadana, etc, colocan a las personas que viven fuera su identidad y expresión de
género fuera de cis-heteronormativa, quedan marginalizados o excluidos de las dinámicas
sociales, económicas, culturales y políticas. La supuesta rareza o extrañez de la identidad y
expresión de género de las personas trans* no tiene un origen intrapsíquico sino es el producto
del ordenamiento normativo binario del sexo y del género a partir del cual se asignan identidades
jurídicas al nacer.
Estas condiciones se presentan enraizadas a los supuestos subyacentes de la ciudadanía como
estatus de inclusión a la colectividad que a continuación se describen.
Cualesquiera sean las formas y combinaciones de exclusión de que se trate, dos consideraciones
parecen ser siempre relevantes a partir de las teorías: i) la primera es relativa a la
individualización de los procesos de inclusión/exclusión y se interroga por la capacidad de
selección de las personas en relación con las opciones que ellas consideren más apropiadas
para la realización de sus planes de vida; ii) la segunda se vincula a los contextos sociales
generales en que los procesos de inclusión/exclusión tienen lugar y su problema principal es la
capacidad de distintos niveles de organización social de ofrecer tanto un número suficiente de
alternativas, como una adecuada diversidad de ellas, de modo tal que las opciones de las
personas sean cubiertas (en profundidad y amplitud) por la disponibilidad institucional
(Mascareño & Carvajal, 2015).
Estos procesos no implican una desaparición de modalidades de estratificación y jerarquización
clásicas, sino en una fuerte individualización de sus formas, lo que impide la reconstrucción de
una experiencia colectiva de cambio social. Si antes el estatus permitía reconocer la
inclusión/exclusión en un grupo, una clase, una comunidad, hoy esas referencias se vuelven
inestables, por lo que a la descripción de identidades colectivas hay que sumar “trayectorias
individuales y sus variaciones en el tiempo” (Fitoussi & Rosanvallon, 1997).
En este sentido, aunque la exclusión no implica necesariamente una forma de violencia directa,
puede formar parte de las condiciones que contribuyen a las expresiones de violencia en sus
distintas modalidades y formas. Así las violencias se entienden también como procesos de
relaciones de poder, vínculos o formas de relación social por las cuales uno de los términos
ejerce su poder acumulado sobre el otro. Violencia es toda situación de poder que naturalice la
desigualdad y la jerarquía, que transforme a una porción de sujetos en objetos (Maldonado,
2004).
El contexto laboral
Como lo afirman Orejuela y Ramírez, el trabajo es una actividad social cargada de significados y
sentidos que contiene tanto fines prácticos como funciones psicológicas y que “es incorporado
como mbolo cultural y sociohistóricamente situado” (Orejuela & Ramírez, 2011). La identidad
laboral se construye en el marco de contextos laborales a partir de las relaciones de las personas
con su trabajo y en el ejercicio de los roles que desempeñan, por lo que dichos contextos juegan
un papel importante en las construcciones identitarias (Moreno-Hurtado, Torres-Arévalo,
Martínez-Patiño, Martínez-Beltrán, & Vesga-Rodguez, 2018).
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Citas:
P1: En mi institución laboral pues obviamente no sabían que hacer, yo llevaba un documento y
les decía que quea que me cambiaran mi gafete, quiero que me cambien mi agenda, quiero que
me cambien mis datos, y me decían calma, calma, espérate, primero vamos a checar como es,
pasaba una semana y yo les decía que ya no puedo esperar más y que llegue un paciente a mi
consultorio y yo no le pueda decir cómo me llamo porque me está viendo maquilada, me está
viendo femenina, entonces yo no puedo estar jugando con el paciente ni estar dándole
información, los pacientes lo entendían y me decían ya psicóloga díganos como se llama, yo les
decía calma, no les puedo decir porque aquí en la institución no se ha hecho formal oficialmente…
tardó meses para que en la agenda se pudiera reflejar mi nombre correcto.
P1: En mi institución hay falta de información, vacíos legales, mala fe de algunas personas,
rechazo, discriminación que no es que te insulten sino anular el hecho de lo que se ve. Si estás
viendo que a una persona se ve así y no ayudarle.
La transición la hice en diferentes niveles, esta foto muestra cuando en mi consultorio de mi
trabajo ya habían cambiado la agenda con mi nombre, aunque yo ya iba maquilada me seguían
nombrando en masculino por falta de información ya que la gente tiene muchas ideas
prestablecidas y muchas veces necesitan actualización en el trabajo para saber atender a
personas como yo
P5. Esta imagen es del año 2018, la toun compañero llamado Hernán ese día fuimos a talar
un árbol como petición especial de una Dra. que nos daba clases en la facultad y siempre nos ha
facilitado empleos de fin de semana a los estudiantes. Creo que es obvio que la situación
reafirma mi masculinidad a punta de motosierra, me sentía como Paul Bunyan (leñador). Dato
curioso fue la primera vez que talé un árbol, no sabía cómo usar la motosierra, me quedé atrapado
arriba del árbol la representación de por qué los hombres viven menos que las mujeres.
P7: La situación económica es difícil, las ventas disminuyen, la gente tiene menos dinero y
tenemos menos dinero, siento que nos hacen falta más oportunidades e inclusión a las mujeres
trans para poder laborar en diferentes trabajos, porque somos mujeres capaces de realizar
trabajos y no somos tomadas en cuenta solo por la apariencia. Antes trabajaba en una farmacia
y me estaba creciendo el cabello y me decían que me lo cortara, yo no me lo corté y después de
dos meses me dijeron que como yo no quise acatarme al reglamento me corrieron. Mi derecho
a trabajar no es fácil cuando las empresas tienen prejuicios sobre las personas trans.
Aunque hoy en día la lucha por reducir la brecha salarial y de oportunidades de empleo entre
hombre y mujeres es cada vez mayor, todavía existen grandes desafíos sobre todo para las
personas de la diversidad sexual, particularmente para las personas trans*. En una entrevista
realizada por el portal Expansión a Alina Hernández, directora senior de Comunicaciones de
PepsiCo Latam, comento que en xico solo 5% de las personas transgénero ejercen una
profesión y que la población trans* tiene una tasa de desempleo del 90%. La directora considera
que el acceso al talento de esta comunidad es fundamental para que las empresas sean más
competitivas en el mercado (Malacara, 2021). La identidad y expresión de género interactúan con
los escenarios laborales retroalimentándose mutuamente, para las personas trans* los logros
laborales pueden representar una meta asociada a la legitimidad de su identidad asociada al
reconocimiento laboral.
Las estrategias de sobrevivencia
Las estrategias de sobrevivencia son diversos mecanismos que intentan explicar los fenómenos
sociales, particularmente desde los procesos de afectación negativa de las comunidades, clases
o estratos sociales, familias e individuos, especialmente individuos en situación de marginalidad
que les permiten satisfacer mínimas necesidades de existencia social.
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Para González de la Rocha, se trata de un concepto usado por los historiadores como una forma
de moverse desde el nivel individual de la motivación, en donde las estrategias serían una
secuencia de eventos planeados, gicos y exitosos que apuntan al bienestar de largo plazo de
los miembros de una comunidad que habitan condiciones de precarización social, económica y
simbólica en contextos como la familia, la escuela y el trabajo, buscando minimizar sus
condiciones de vulnerabilidad (González de la Rocha, 1994).
Sobrevivir para una persona trans* puede convertirse en un ejercicio tan cotidiano que se
transforma en una regla y no en una excepción, es decir, sobrevivir es lo cotidiano y lo normal en
ciertos periodos y lugares de la vida social.
Citas:
P1: Lo único que yo pensaba era terminar la carrera, trabajar y liberarme, entonces yo me veía en
el espejo y decía, no existe esta cosa, es solamente como una especie de personaje, si al
personaje le sale pelo en la barba a mí no me interesa, me interesa que el tiempo transcurra para
que yo pueda lograr lo que yo quería con este personaje
P1: Yo comencé un noviazgo con un muchacho que mi mama descubrió, mi mamá dijo bueno
está bien no importa que seas gay, pero no mujer, dijo bueno pues ya que va a ser gay pero no
otra cosa, decía ni modo acepto eso y yo así podía vivir
P2: Un día decido vencer el miedo de ir al baño en la escuela y toparme con estas personas.
Entonces comienzo a llevar a la escuela un frasquito con amoniaco, entonces llego al baño y
cuando llego veo que entran, yo sabía que me iban a encerrar en un cubículo, en ese momento
yo sabía que me iba a subir sobre la taza, iba a destapar el frasco y se los iba a tirar, así a
rocrselos, me acuerdo que entré con esa calma, con esa tranquilidad ya no entré con miedo,
recuerdo que me metieron, me encerraron, me pegaron, me paré sobre la taza, hice el pinino lo
más que pude, destapé el frasco y lo empecé a echar, entonces a uno le cae en la cara y aparte
de que lo estaba ahogando lo estaba quemando, entonces comienzan a gritar, abro la puerta del
baño salgo y salí emocionada diciendo ¡por fin pude! ya no se van a volver a meter conmigo, me
reportan, me llevan a la dirección y les digo lo mismo, que ya estoy cansada de que me estén
haciendo lo mismo.
P3: El ambiente en el que estoy no me es favorable, pero debía de poder tratar de adaptarme o
de cierto modo tratar de alejarme de ese ambiente lo más posible, pero es complicado porque
no puedes escapar de la escuela. Entonces desarrollé una de las cosas más locas que me ha
pasado, y es llevar la frase “que no te importe lo que piensen” a la octava potencia y fue un ok,
este ambiente en el que estoy no me es sano, no me es nada sano, me hace mucho daño,
entonces decidí crear mi propio ambiente de donde no había, llevé una power bank para el
teléfono, llevaba dinero para comprar unas sabritas o algo y le ponía saldo al teléfono y me ponía
a ver series de Netflix durante el receso, me ponía a escuchar música, terminaba la tarea super
rápido y a escuchar música, porque nadie me iba a hablar y yo no le iba a hablar a nadie y decidí
simplemente estar ahí.
P7. Yo trataba de ser lo más varoncito que se pudiera para pasar desapercibido en el trabajo,
pero no se podía.
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Las estrategias de sobrevivencia pueden ir de la autoinvisibilización a los comportamientos
físicamente agresivos como forma de defensa personal. Pasar desapercibidx, no ser notadx,
apurarse para estar segurx, golpear a los otrxs para poder poner un límite, son experiencias
cotidianas para las personas trans*. Convivir en espacios hostiles, donde la cis-heteronorma se
impone desde las estructuras sociales como la familia o la escuela son un desafío para el
bienestar de personas trans* en su esfuerzo por hacerse de una vida segura y vivible. Las
trayectorias de vida para las personas trans* son en general un constante “no ser notado o
“luchar por existir”. Dadas las condiciones sociales en los distintos escenarios de vida, las
distintas estrategias de sobrevivencia se organizan alrededor del miedo, el rechazo y la
resistencia. Dichas estrategias se transforman en herramientas de convivencia y socialización
que en algunos casos agravan las situaciones llevándolas a extremos de exclusión y violencia
como a continuación se menciona.
La inclusión y la pertenencia
Touraine propone entender a la democracia como un bien común, trasladando su significado de
la tiranía de las masas a la norma de las mayorías. El desafío consiste en integrar el universo de
los países ricos con las luchas de los países empobrecidos, con el fin de solventar el bienestar y
la identidad cultural, mediante un principio de integración que restablezca la cohesión entre
individuo y colectividad, por medio de la racionalidad instrumental. Es decir, superar el énfasis
hecho en la modernidad como mera racionalización y buscar un nuevo equilibrio entre ésta y la
defensa de la identidad del sujeto y de su libertad personal, frente al poder absoluto de la
sociedad, lo cual supone experimentar un sentido de pertenencia de los individuos a una
colectividad en un proceso dialógico en el que interviene fundamentalmente el Estado (Touraine,
1992).
De esta manera, la inclusión es una especie estrategia del Estado movilizada por las luchas
sociales para tener acceso a derechos que posicionan a los miembros de una comunidad como
iguales ante la ley, pero al mismo tiempo asumiendo y respetando sus diferencias, lo cual implica
el reconocimiento de dichas diferencias para generar cohesión y pertenencia.
Para Castells, los colectivos sociales funcionan y están sostenidos sobre la base de una lógica
binaria de inclusión-exclusión, para obtener una posición y para comunicarse con otros en
territorios valiosos para el cumplimiento del objetivo de la comunidad. Frente a este escenario,
sostiene que la sociedad global domina tanto a los miembros de la sociedad como a sus
actividades, incluso de aquellos que no son parte de la comunidad; tal es el caso de los grupos
que, al estar segregados, no están en posibilidades de acceder a programas sociales; carecen de
infraestructura, historiales crediticios, habilidades computacionales o, incluso, de soporte
externo, lo que impide su movilidad horizontal o vertical en la comunidad. Para lograr la cohesión
social se requiere de un anclaje en la sociedad civil, es decir, de actores capaces de articular lo
global y lo local, buscando la socialización de los beneficios para la totalidad de la población a
través de políticas que reconozcan la diversidad (Castells, 2004).
Uno de los principales mecanismos de inclusión y pertenencia es el reconocimiento legal, social
y cultural de cualquier identidad. Particularmente las identidades de género y la construcción de
un “nosotros” como comunidad se entreteje entre lo público y lo privado.
Citas:
P1: Ahí se empieza, con un acta de nacimiento, con todos los papeles la juez da la orden a las
instituciones principales que deben tener esta información y reservar mis documentos anteriores
para que no haya un mal manejo y se respeten mis derechos como persona y como mujer ahora
y se me proteja de alguna discriminación. El poder de la identificación, porque si yo no llevaba mi
INE se me iba a seguir tratando como alguien que yo no soy y la identificación y la licencia iban
salir a nombre de alguien que yo no soy, y ahí iba a haber toda una incongruencia que a la mejor
algunas chicas no les incomoda, pero a mí sí.
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Esta foto muestra mi acta de nacimiento, fue como volver a nacer, sentirme protegida, me dio
acceso a la seguridad social, seguridad médica y corresponde con lo que soy.
P2: Al asumirme como mujer trans yo no tuve la experiencia de que me corrieran de mi casa, esa
es una diferencia que muchos dicen que es mínima, pero es una diferencia muy muy grande. Otra
cosa que yo pensaba mucho es la cuestión religiosa, cuando viene la máxima representante de
la religión que yo profeso y hablo con ella, me dice tu vida es tu vida y si estás en el servicio
religioso pues con que no vayas exagerada, yo voy con jeans de mujer y blusitas, con el cabello
largo y sin maquillaje, me dice no hay ningún problema, me dijo tu vida es tu vida y el servicio
religioso es aparte, sentí tan padre, porque era algo que pensaba mucho, porque yo amo mucho
mi religión que es espiritualista trinitaria mariana, que es mexicana y la representante es una
mujer, cuando ella llega y me presento con ella con falda, maquillada, pelo suelto y aretes y me
trató como mujer. Hasta que una hermana del templo me habla con mi nombre anterior, y ella
preguntó que quien era y le dije que yo, después me dijo que no había problema, que dentro de la
religión no se juzga eso, que es ajeno a la religión, pero hay que respetar los códigos de
vestimenta, y para ella soy Sam.
Esta foto es un 11 de abril del 2015 cuando me entregan mi acta de nacimiento como S.A.T.H.
Tenía 29 años y tenía una alegría inmensa, hice realidad un sueño que pensaba que nunca iba a
alcanzar y a la vez estaba triste porque un mes antes había fallecido mi abuela y no pude
compartir con ella esa alegría inmensa. Es uno de los momentos más significativos e
inolvidables. Ser legalmente quien soy y ser la primera en mi estado.
P4: La primera vez que fui a la casa de mi novia yo no conocía a toda su familia, al momento de
ir ella tenía una sobrinita y cuando escuchó que yo era su pareja y todo eso, pues dijo que yo iba
a ser su tío.
El inicio de toda inclusión social es la voluntad política del reconocimiento de las diferencias por
parte de las instituciones del Estado a través de instrumentos jurídicos que posicionen a cada
sujeto como miembro valioso de una comunidad, por otro lado, el contexto familiar y religioso
juega un papel fundamental en la inclusión social y cultural de las personas trans*.
Cabe mencionar que, hasta mayo del 2021, en México solamente 13 estados de 32 cuentan con
una legislación que permite realizar las modificaciones de género en el acta de nacimiento. Las
personas de Campeche tienen que viajar a la Ciudad de México 2 horas de vuelo o 15 horas por
tierra para llevar a cabo su trámite, lo que implica gastos de transporte, alimentos y hospedaje
que llegan a superar los 15mil pesos, lo que produce un desafío económico y social para
garantizar el derecho a la identidad y expresión de género como un ejercicio pleno de ciudadanía.
DISCUSIÓN Y CONCLUSIONES
Entre los antecedentes más remotos que plantean el tema de los derechos humanos de las
personas trans* aunque cabe aclarar que, realizado entre particulares, sin ningún valor
resolutivo vinculante, está la Declaración Internacional de los Derechos de Género, la cual fue
aprobada y adoptada el 28 de agosto de 1993 por las y los asistentes a la Segunda Conferencia
Internacional sobre Legislación de Transgénero y Política de Empleo en Houston, Texas. Entre
los derechos considerados en esa Declaración se ubican: el derecho de las personas a reivindicar
la identidad de género, el derecho a la libre expresión de la identidad y el papel del género, el
derecho a determinar y modificar el propio cuerpo, y el derecho a un servicio médico competente
y profesional (Rueda, 2015).
Más adelante, La Comisión Internacional de Juristas (CIJ) (2006), redactan “Los Principios de
Yogyakarta”, donde se compilaron e hicieron explícitas las obligaciones de derechos humanos
contraídas por los Estados en relación con la orientación sexual y la identidad de género en
tratados internacionales.
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En dichos principios se establece que “todos los seres humanos nacen libres e iguales en
dignidad y derechos. Todos los derechos humanos son universales, complementarios,
indivisibles e interdependientes. La orientación sexual y la identidad de género son esenciales
para la dignidad y la humanidad de toda persona y no deben ser motivo de discriminación o
abuso. Se han producido muchos avances en cuanto a garantizar que las personas de todas las
orientaciones sexuales e identidades de género puedan vivir con la misma dignidad y el mismo
respeto al que tienen derecho todas las personas. Son muchos los Estados que en la actualidad
tienen leyes y constituciones que garantizan los derechos de igualdad y no discriminación sin
distinción de sexo, orientación sexual o identidad de género” (CIJ, 2006, pág. 6).
Además se define a la identidad de género como “la vivencia interna e individual del género tal
como cada persona la siente profundamente, la cual poda corresponder o no con el sexo
asignado al momento del nacimiento, incluyendo la vivencia personal del cuerpo (que podría
involucrar la modificación de la apariencia o la función corporal a través de medios médicos,
quirúrgicos o de otra índole, siempre que la misma sea libremente escogida) y otras expresiones
de género, incluyendo la vestimenta, el modo de hablar y los modales” (CIJ, 2006, pág. 8).
En ese contexto, el 1 de diciembre de 2006, a nombre de 54 estados de Europa, América, Asia y
el Pacífico entre los que se encontraba también México, Noruega presentó al Consejo de
Derechos Humanos de las Naciones Unidas una declaración sobre violaciones a los derechos
humanos relacionadas con la orientación sexual y la identidad de género (Rueda, 2015).
Así mismo, la Organización de los Estados Americanos (OEA, 2008) adop, a través de su
Asamblea General, la resolución propuesta por Brasil sobre derechos humanos, orientación
sexual e identidad de género. Asimismo, es de destacar el documento presentado por la
Comisión de Asuntos Jurídicos y Políticos del Consejo Permanente de la OEA (2012), el 23 de
abril de 2012, denominado Orientación sexual, identidad de género y expresión de género:
algunos términos y estándares relevantes elaborado por la Comisión Interamericana de
Derechos Humanos (CIDH), en cumplimiento a la resolución de junio de 2008, y que incluyó,
además de la identidad de género, la expresión de género.
El 18 de diciembre de 2008, por iniciativa de Francia y con el apoyo de la Unión Europea, se
presentó ante el pleno de la Asamblea General de las Naciones Unidas (ONU, 2008) una
declaración sobre derechos humanos, orientación sexual e identidad de género, la cual contó con
el respaldo de 66 países de los 192 que conforman la comunidad internacional México entre
ellos.
En México, la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación (2003) aprobada el 29 de
abril, y publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 11 de junio del mismo año crea el
Consejo Nacional para Prevenir La Discriminación, CONAPRED. El Consejo es la institución
rectora para promover políticas y medidas tendientes a contribuir al desarrollo cultural y social y
avanzar en la inclusión social y garantizar el derecho a la igualdad, que es el primero de los
derechos fundamentales en la Constitución Federal.
En materia de política pública, en abril de 2014 se expidió un decreto por el cual se anunció la
entrada en vigor del Programa Nacional de Derechos Humanos 2014-2018 (PNDH, 2014) el
tercero de los que se han elaborado y aplicado en nuestro país y del Programa Nacional para la
Igualdad y No Discriminación 2014-2018 (PRONAIND, 2014)
En el PNDH vigente se incluyó la línea de acción 3.2.3 (Objetivo 3. Garantizar el ejercicio y goce
de los derechos humanos y de la Estrategia 3.2. Responder a las problemáticas de derechos
humanos de personas y grupos específicos) que habla de “impulsar una cultura de respeto de
los derechos de las personas LGBTTTI”.
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Por su parte, en el PRONAID se propone: Objetivo 5. Fortalecer el cambio cultural en favor de la
igualdad, diversidad, inclusión y no discriminación con participación ciudadana, Estrategia 5.2.
Impulsar acciones contra la discriminación por orientación sexual e identidad de género se
integran seis líneas de acción que se plantean garantizar y promover la no discriminación por
orientación sexual e identidad de género. Y en la Estrategia 5.2.6 se menciona el hecho de
“conjuntar esfuerzos para llevar a cabo campañas para combatir la homofobia y la transfobia”.
Estos y otros ordenamientos internacionales ponen de manifiesto que dentro de las Naciones-
Estado existen sujetos de derechos y dentro de estos derechos, los que hacen referencia
específicamente a la sexualidad y a la salud de esta. Así, las políticas públicas y los sistemas
socializadores de las mismas como el sistema educativo, político, científico, familiar, económico,
laboral, etc. deberán mantener un marco de referencia relacionado con los derechos humanos
en general y los derechos sexuales en particular (Galindo-Vilchis, 2017).
En el amparo en revisión 1317/2017, la Suprema Corte de Justicia de la Nación de México (SCJN)
(2018), establece que “la identidad de género es un elemento constitutivo y constituyente de la
identidad de las personas, en consecuencia, su reconocimiento por parte del Estado resulta de
vital importancia para garantizar el pleno goce de los derechos humanos de las personas trans*,
incluyendo la protección contra la violencia, tortura, malos tratos, derecho a la salud, a la
educación, empleo, vivienda, acceso a la seguridad social, así como el derecho a la libertad de
expresión y de asociación” (p .3).
También describe que el derecho de las personas a definir de manera autónoma su propia
identidad sexual y de género se hace efectivo garantizando que tales definiciones concuerden
con los datos de identificación consignados en los distintos registros, así como en los
documentos de identidad. Lo anterior se traduce en la existencia del derecho de cada persona a
que los atributos de la personalidad anotados en esos registros y otros documentos de
identificación coincidan con las definiciones identitarias que tienen de ellas mismas y, en caso
de que no exista tal correspondencia, debe existir la posibilidad de modificarlas.
Así, Para la SCJN la falta de reconocimiento del derecho a la identidad de género puede a su vez
obstaculizar el ejercicio de otros derechos fundamentales y, por ende, tener un impacto
diferencial importante hacia las personas trans*, las cuales suelen encontrarse en posición de
vulnerabilidad. De aque el derecho de cada persona a definir de manera autónoma su identidad
sexual y de género y a que los datos que figuran en los registros, así como en los documentos
de identidad, correspondan a la definición que tienen de sí mismos, se encuentra protegido por
la Convención Americana de Derechos Humanos a través de las disposiciones que garantizan el
libre desarrollo de la personalidad, el derecho a la privacidad, el reconocimiento de la
personalidad jurídica y el derecho al nombre.
Atento a ello, el Estado debe garantizar a las personas que puedan ejercer sus derechos y
contraer obligaciones en función de esa misma identidad, sin verse obligadas a detentar otra
identidad que no representa su individualidad, más aún cuando ello involucra una exposición
continua al cuestionamiento social sobre esa misma identidad afectando así el ejercicio y goce
efectivo de los derechos reconocidos por el derecho interno y el derecho internacional (SCJN,
2018).
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En este sentido, existen todavía muchos desafíos que atender en términos de violencia,
exclusión, marginación, discriminación, invisibilización, explotación, coerción y opresión de
grupos en situación de vulnerabilidad por razones de identidad de nero, raza, etnia, clase social,
nivel educativo, edad, discapacidad, condiciones de salud/enfermedad, entre otros. Quedando de
manifiesto que las diferencias (rarezas) interpretadas como desventaja siguen operando en el
imaginario colectivo como rechazo a la diversidad. En ese contexto de complejidades
socioculturales, las teorías postfeministas cuestionan, deconstruyen, decolonizan e intentan
transformar el orden, el estatus, la normalidad y el esencialismo de las categorías “naturaleza” y
“naturaleza humana binaria”, que han sido medulares en el establecimiento de narrativas,
discursos e imaginarios culturales opresores, cultural y estructuralmente violentos (CONAPRED,
2019).
Sabsay (2018) apunta que el reconocimiento de la diversidad sexo-genérica y la incorporación
de leyes guiadas por los DH y los principios universales de anti-discriminación e inclusión
universal comienzan a darse en países de habla castellana a partir de mediados de la década de
1990 y, más acentuadamente, en la primera década del siglo XXI. En los últimos tiempos hemos
sido testigxs del avance de demandas consistentemente articuladas y en muchos casos del
desarrollo de algunos marcos legales en pos de los derechos de los colectivos LGBTTTTI, para
evitar la discriminación a causa de su orientación sexual o identificación de género, las cuales
derivan en una legislación anti-homo-lesbo-bi-trans-fóbica; una mayor sensibilidad a la necesidad
de reconocer la diversidad genérico-sexual en el ámbito de la salud, la representación mediática
y el campo de la educación; el reconocimiento del derecho igualitario al matrimonio para todas
las personas; leyes de identidad de nero; y un recorrido menos claro en materia legislativa, pero
sumamente relevante en el campo de las demandas, de los derechos sexuales y reproductivos,
y cómo se relacionan con el derecho a la sexualidad en orientaciones sexuales e identidades de
género no normativas.
Toda política contribuye así a la reproducción o transformación de un orden social y político, la
regulación de tensiones, la integración de grupos sociales y la resolución de conflictos. Una
política es conducida con el fin de resolver en términos prácticos y simbólicos una situación
considerada como socialmente problemática. Desde esta óptica las políticas públicas pueden
ser vistas como un conjunto de posiciones políticas sucesivas del Estado sobre controversias o
cuestiones sociales. La ausencia de políticas, es decir, el no actuar, también es una manera de
tomar partido (Pecheny & De la Dehesa, 2011).
Así, el contexto laboral y patrimonial continúa representando dificultades de acceso para las
personas trans*. Como se ha mencionado antes en el marco teórico, la exclusión de personas de
la diversidad sexual representa pérdidas económicas para las empresas privadas (Lee-Badgett,
2014), sin embargo, muy poco se ha logrado hacer en este respecto:
En estos contextos y circunstancias familiares, escolares y laborales, devenir trans*ciudadanx es
un proceso singular para cada sujeto, que implica una serie de retos limitantes que socavan el
derecho a la identidad y expresión de género de las personas.
De esta forma, los derechos sexuales y reproductivos, entendidos como libertades o elecciones
privadas, no tienen sentido, especialmente para los más pobres y para los marginados, si no se
aseguran las condiciones de posibilidad a través de las cuales dichos derechos puedan ponerse
en práctica (Correa & Petchesky, 2001). Dichas condiciones son materiales y de infraestructura
sanitaria, educativa y económica de la población, así como los factores políticos y culturales
comprometidos con la transformación de las condiciones materiales de vida y de la posición
subordinada por género, edad y estatus social (Correa & Petchesky, 1994; Petchesky, 2005).
Tales condiciones de posibilidad incluirían no sólo las acciones de los Estados para garantizar,
proteger y promover los derechos reproductivos, sino también los contextos culturales que
pretenden tanto normar como definir la sexualidad y la reproducción, además de que subyacen
a políticas públicas, leyes y regulaciones, así como a las relaciones sexuales entre hombres y
mujeres (Amuchástegui, 2005).
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ISSN en línea: 2789-3855, agosto, 2022, Volumen 3, Número 2, p. 989.
Para lograr lo anterior es necesario moverse hacia una perspectiva ética y política del cuerpo que
implique: rehumanizar los cuerpos como agentes morales y políticos, defendiendo sus derechos
humanos, su capacidad de apropiación y expresión de y por mismos, y escuchando cómo
comprenden sus propias necesidades; recontextualizar a los cuerpos heridos y explotados;
reconocer a los cuerpos siempre y en todas partes como incrustados en espacios sociales,
relaciones de poder y conjuntos particulares de condiciones sociales; traer un completo análisis
de esas condiciones para poder diseñar un solo orden social; así como reconocer que no todas
las víctimas de violencia sexual y agravios, y no todos los legítimos pretendientes de derechos
sexuales y corporales, han sido mujeres cis género (Petchesky, 2005).
Por otra parte, la problematización de la ciudadanía sexual y de sus componentes de justicia,
libertad y democracia han hecho ver las paradojas que envuelven a los Derechos Humanos como
referentes normativos universales, incluso como fines políticos de dignidad humana. Si el
modelo ideológico liberal promueve la individualidad y la capacidad de elegir para unx mismx, no
hace falta tanta ciencia para dar cuenta de que no es posible alcanzar los ideales de igualdad,
equidad, justicia y democracia bajo un régimen económico desproporcionado como el
capitalismo y el patriarcado mexicano, matizados por la moral religiosa y los poderes mediáticos
y políticos.
En el Estado de Campeche las dos iniciativas de ley con relación a la identidad de género que se
presentaron durante el año 2020 y 2021 no han sido discutidas por el congreso. En junio del 2021
se dio por primera vez en la historia del Estado la alternancia en el gobierno, del PRI a MORENA,
con el matiz de una gobernadora mujer. En los pocos meses de administración que lleva el nuevo
gobierno no ha habido pronunciamientos con relación a las comunidades de la diversidad sexual
del Estado, como se comprometió durante la campaña política. No obstante, la expectativa de la
creación de una secretaria de inclusión, que trabaje de manera transversal en las diferentes
instancias del gobierno Estatal como fue anunciado en campañas apenas se puso en marcha a
principios del año 2022. Esta secretaría anunció su interés y preocupación por las comunidades
de la diversidad sexual, pero a decir de algunxs deres de dichas comunidades en redes sociales
no fueron convocadxs todxs, sino solo quellxs que apoyaron las campañas.
En este sentido, en el Estado de Campeche se comienza a visibilizar políticamente el ejercicio del
derecho a la identidad y expresión de género de las personas trans* con matices de inclusión en
la exclusión y sub-inclusión, sin una ley de identidad de género que al menos reconozca a las
personas trans* mayores de edad. Lo cual es una expectativa que ya lleva más de 5 años.
De esta forma, las implicaciones sociales de las trans*identidades para el ejercicio de la
ciudadanía sexual en Campeche que se problematizaron en los resultados son:
1. La llave de acceso para el ejercicio del derecho a la identidad y expresión de género
y otros derechos es el acta de nacimiento, pero,
2. Para obtener un acta de nacimiento acorde a la identidad de nero, el Estado
estereotipa, patologiza y medicaliza la identidad y la expresión de género como
requisito en los trámites legales.
3. Aun teniendo un acta de nacimiento acorde a la identidad y expresión de género las
personas trans* viven discriminación, violencias y exclusión en los contextos
económicos, políticos y laborales.
Estos tres primeros puntos iniciarían resolviendo algunos de los muchos problemas
a los que se enfrentan la comunidad trans*. Sin embargo, esto solo sería un
comienzo, ya que derivado de esto se requeriría una serie de políticas transversales
en los tres niveles de gobierno que garanticen el reconocimiento y el respeto a la
trans*ciudadanía de las personas. Esto conllevaría asignar presupuestos
etiquetados para estas comunidades considerando también otras condiciones de
precariedad en la que viven.
LATAM Revista Latinoamericana de Ciencias Sociales y Humanidades, Asunción, Paraguay.
ISSN en línea: 2789-3855, agosto, 2022, Volumen 3, Número 2, p. 990.
4. Los contextos más significativos para la inclusión, la pertenencia, la agencia y la
autonomía son el familiar, el escolar y el laboral, en los cuales se deberán
implementar políticas públicas de respeto e inclusión.
En estos contextos será necesario asignar recursos económicos para la
sensibilización, capacitación, orientación, atención e inclusión de la diversidad
sexual en el marco de los derechos humanos y con perspectiva de desarrollo social
y económico estatal y regional.
5. Las diferencias generacionales están marcando un devenir histórico virtualizado en
redes sociales orientado a la desbinarización, pero no necesariamente a la
desesencialización, ni decolonización de la identidad y la expresión de género.
6. Los procesos de transición y las prácticas sexo/afectivas están matizadas por
estrategias de sobrevivencia en contextos específicos como los vínculos de pareja
y el escolar.
Estas últimas dos implicaciones complejizan la aproximación que el estado puede tener en la
vida privada de las personas. Sin embargo, los cambios estructurales que se puedan lograr
matizarían algunas modificaciones socioculturales que representen bienestar de las
comunidades de la diversidad sexual.
Estos hallazgos cuestionan el estatus de cis-ciudadanía como norma jurídica constitucional y
problematizan sus efectos marginalizando, segregando y excluyendo a los colectivos disidentes
sexuales y de expresión de género en el Estado de Campeche. No basta con una ley de
identidad de género, pero es un paso hacia la construcción de la justicia sexual y de género que
propicie contextos laborales saludables para la vivencia y expresión de las trans*identidades
como trans*ciudadanías legítimas.
LATAM Revista Latinoamericana de Ciencias Sociales y Humanidades, Asunción, Paraguay.
ISSN en línea: 2789-3855, agosto, 2022, Volumen 3, Número 2, p. 991.
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