LATAM Revista Latinoamericana de Ciencias Sociales y Humanidades, Asunción, Paraguay.
ISSN en línea: 2789-3855, octubre, 2024, Volumen V, Número 5 p 1716.
DOI: https://doi.org/10.56712/latam.v5i5.2737
Análisis de los derechos laborales de los operarios y
aprendices del sector artesano
Analysis of the labor rights of workers and apprentices in the artisan sector
Juan Mateo Guerrero Bonilla
jguerrero23@indoamerica.edu.ec
https://orcid.org/0009-0002-2252-0245
Universidad Indoamérica
Ambato Ecuador
Ana Cristina Pachano Zurita
anapachano@uti.edu.ec
https://orcid.org/0000-0003-0677-7593
Universidad Indoamérica
Ambato Ecuador
Artículo recibido: 18 de septiembre de 2024. Aceptado para publicación: 02 de octubre de 2024.
Conflictos de Interés: Ninguno que declarar.
Resumen
El estudio examina la vulnerabilidad de los derechos laborales de operarios y aprendices en el sector
artesano. En primer lugar, se destacan desafíos como la falta de protección legal, los bajos salarios y
la ausencia de beneficios laborales básicos. A continuación, el análisis se centrará en las políticas
laborales vigentes, las prácticas de empleo y las condiciones laborales en este sector, entender estos
aspectos es clave para identificar las necesidades específicas de los trabajadores artesanales y
proponer soluciones que mejoren su bienestar y dignidad en el trabajo. Por ello, al utilizar una
investigación bibliográfica documental, se compararon los derechos laborales entre artesanos
calificados y aprendices, destacando la importancia de garantizar igualdad de derechos para todos
los trabajadores del sector. Finalmente, el artículo concluye enfatizando la necesidad de políticas
públicas y regulaciones efectivas que promuevan la igualdad de derechos laborales y la protección
social para todos los trabajadores, independientemente de su posición o nivel de experiencia en el
sector artesano.
Palabras clave: vulnerabilidad, derechos laborales, operarios, aprendices, sector artesano
Abstract
The study examines the vulnerability of labor rights of workers and apprentices in the artisan sector.
First, it highlights challenges such as the lack of legal protection, low wages and the absence of basic
labor benefits. Next, the analysis will focus on current labor policies, employment practices and
working conditions in this sector, understanding these aspects is key to identifying the specific needs
of artisan workers and proposing solutions that improve their welfare and dignity at work. Therefore,
using documentary bibliographic research, labor rights between skilled artisans and apprentices will
be compared, highlighting the importance of guaranteeing equal rights for all workers in the sector.
Finally, the article concludes by emphasizing the need for effective public policies and regulations that
promote equal labor rights and social protection for all workers, regardless of their position or level of
experience in the artisan sector.
Keywords: vulnerability, labor rights, workers, apprentices, artisan sector
LATAM Revista Latinoamericana de Ciencias Sociales y Humanidades, Asunción, Paraguay.
ISSN en línea: 2789-3855, octubre, 2024, Volumen V, Número 5 p 1717.
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Cómo citar: Guerrero Bonilla, J. M., & Pachano Zurita, A. C. (2024). Análisis de los derechos laborales
de los operarios y aprendices del sector artesano. LATAM Revista Latinoamericana de Ciencias
Sociales y Humanidades 5 (5), 1716 1733. https://doi.org/10.56712/latam.v5i5.2737
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ISSN en línea: 2789-3855, octubre, 2024, Volumen V, Número 5 p 1718.
INTRODUCCIÓN
El sector artesanal desempeña un papel vital en la economía de Ecuador, no solo por su aporte
económico, sino también por su importancia en la preservación del patrimonio cultural y las tradiciones
locales. Este sector incluye una amplia gama de actividades que abarcan la producción de bienes
utilitarios y decorativos mediante técnicas manuales y tradicionales. Los artesanos ecuatorianos son
reconocidos por sus habilidades especializadas y conocimientos transmitidos de generación en
generación, los cuales permiten la creación de productos de alta calidad y con un valor cultural
significativo.
El sector artesanal en Ecuador es fundamental para la economía y la cultura del país, abarcando una
variedad de actividades que reflejan su riqueza cultural. Los artesanos juegan un papel decisivo en la
preservación del patrimonio cultural y la generación de ingresos, especialmente en comunidades
rurales. Este sector aporta a la actividad económica a través de la elaboración y venta de artículos, sino
que también fortalece la cultura y el sentido de pertenencia a una comunidad. La producción textil, la
cerámica, la joyería artesanal y la talla de madera son algunas de las actividades más destacadas
dentro del sector artesanal.
En el sector artesanal, es posible que surjan desafíos significativos respecto a los derechos laborales
de los operarios y aprendices. Estos trabajadores, con habilidades especializadas transmitidas a través
de generaciones, podrían enfrentar condiciones laborales poco favorables. A menudo, el sector opera
fuera del marco legal y regulatorio, lo que podría resultar en la ausencia de contratos formales,
seguridad social, pensiones, seguros de salud y protección contra riesgos laborales. Esta situación
podría exponer a los trabajadores a la explotación y a la inseguridad económica, limitando su acceso
a condiciones de trabajo justas y equitativas.
Por otro lado, los aprendices en el sector artesanal, quienes representan el futuro de esta profesión,
enfrentan una serie de desafíos importantes que pueden afectar tanto su desarrollo profesional como
la sostenibilidad del sector artesanal. La formación que reciben a menudo es insuficiente y no siempre
está alineada con las demandas actuales del mercado laboral. Además, la falta de una protección legal
específica para los aprendices agrava su vulnerabilidad, dejándolos expuestos a prácticas laborales
abusivas y a condiciones de trabajo inadecuadas
La producción textil es una de las actividades más destacadas en el sector artesanal de Ecuador. Los
artesanos crean una amplia gama de productos, como ponchos, chales, mantas y prendas de vestir,
utilizando técnicas tradicionales como el telar de cintura y el telar de pedal. Regiones como Otavalo
son reconocidas por sus textiles coloridos y detallados. Estos productos son significativos tanto
económica como culturalmente, dado que las técnicas y diseños utilizados tienen profundas raíces
históricas y simbolismos.
El sector artesanal enfrenta desafíos significativos como la informalidad, la falta de acceso a
financiamiento y mercados, y la ausencia de protección laboral adecuada. La mayoría de los artesanos
trabajan en microempresas o como trabajadores independientes, lo que dificulta la aplicación y el
cumplimiento de las normas laborales. La informalidad del sector implica que los artesanos a menudo
no tienen acceso a beneficios sociales y de salud, aumentando su vulnerabilidad económica. Además,
carecen de recursos financieros para invertir en mejores herramientas o expandir sus negocios, lo que
limita su capacidad para producir en mayor escala o innovar. También enfrentan dificultades para
acceder a mercados más amplios, restringiendo sus ventas e ingresos, mientras que la competencia
con productos industriales y la falta de reconocimiento de los productos artesanales representan
obstáculos adicionales
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El objetivo de este artículo es explorar la posible vulnerabilidad en los derechos laborales de los
operarios y aprendices del sector artesanal. Se pretende realizar un análisis que incluya la evaluación
de la documentación disponible y casos prácticos en diversas regiones del mundo. Este enfoque busca
identificar los principales desafíos y sugerir medidas que podrían contribuir a mejorar las relaciones
laborales en este sector.
Este estudio busca proporcionar una base sólida para la formulación de políticas y estrategias que
puedan mejorar las condiciones laborales de los operarios y aprendices en el sector artesanal. Al
abordar estas cuestiones, se espera no solo mejorar la calidad de vida de estos trabajadores, sino
también fortalecer y revitalizar un sector importante para la economía y la cultura de diversas regiones
del mundo.
METODOLOGÍA
“El estudio del derecho, por su naturaleza y campo de conocimiento, es esencialmente social y su área
de influencia está en constante evolución y cambio” (Unzaín & Lazarte, 2019). Basado en la idea de que
el ordenamiento se justifica por la superación de las exigencias de la propia sociedad a la que se
destinan, se entiende que el Derecho es dialéctico, ya que se transforma y reforma constantemente.
El trabajo es un elemento indispensable para el ejercicio de una vida decente y una base fundamental
para el disfrute efectivo de los derechos humanos. Según los autores García & Cuevas (2022) la
dignidad implica que todos los ciudadanos sean tratados con igualdad y puedan ejercer sus derechos
fundamentales, los cuales están basados en dicha dignidad. Así, el ejercicio del derecho al trabajo
abarca la libre opción de un puesto de trabajo, desempeñado en régimen de equidad e igualdad, libre
de toda discriminación, con la protección social y una compensación justa.
Para Bayefsky (2019) la importancia de la no discriminación y el derecho a la igualdad en el ámbito
laboral es tan significativa que el régimen que regula las relaciones laborales en el sector artesanal ha
sido criticado por favorecer al maestro de taller en detrimento de sus responsabilidades hacia los
operarios y aprendices. Es evidente que existe un régimen laboral específico para los trabajadores del
sector artesanal, amparado en la Ley para la Defensa del Artesano, que no les exige las mismas
obligaciones que a los empleadores en general. Esta situación priva a los trabajadores de beneficios
sociales y viola sus garantías fundamentales, como el trabajo, la previsión social, la seguridad jurídica,
la equiparación y la no incriminación
El derecho al trabajo, con todos sus componentes y prerrogativas, se ha consolidado a partir de
significativos logros sociales y se ha integrado plenamente en la evolución de los derechos humanos.
Desde la perspectiva del constitucionalismo, ha adquirido una categoría especial al ser tanto un
derecho social como económico que sustenta el proyecto de vida de las personas. Por lo tanto,
garantizar la constitucionalidad de las normativas que regulan el régimen laboral de los operarios de
talleres artesanales permitirá a los trabajadores de este sector ejercer plenamente sus derechos
constitucionales (Organization of America States, 2020).
La Corte Constitucional, en la sentencia No. 093-14-SEP-CC (2015) bajo los antecedentes: El señor
Zenón Estuardo Bajaña García interpuso una acción extraordinaria de protección contra las sentencias
emitidas el 15 de julio de 2011 por la Sala Especializada de lo Civil, Mercantil, Laboral y Materias
Residuales de la Corte Provincial de Justicia de Los Ríos, y el 10 de septiembre de 2010 por el Juzgado
Primero del Trabajo de Los Ríos, dentro del proceso N.º 2009-0252. Estas sentencias desestimaron su
demanda laboral presentada contra los señores Ángel Luis, José Tito, Amelia, Amelio y Alicia Bajaña
Minda, así como otros herederos del señor Ángel Remigio Bajaña Moyano, en la que solicitaba el pago
de una indemnización laboral por los años trabajados en la Hacienda “La Lidia y por haber sido
despedido de manera intempestiva.
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La sentencia
Se centra en el derecho al trabajo y su relevancia dentro del marco de los derechos humanos y la
Constitución del país. La Corte sostiene que el derecho al trabajo es fundamental porque asegura a las
personas un empleo digno, con una remuneración justa y un ambiente adecuado para su desarrollo.
Este derecho está consagrado en el artículo 33 de la Constitución, que establece que el trabajo es tanto
un derecho como un deber social y económico, siendo esencial para la realización personal y la
economía nacional. Además, la Corte enfatiza que los derechos laborales son irrenunciables e
intangibles, y cualquier estipulación en contrario es nula. En casos de duda, las disposiciones legales
deben interpretarse de la manera más favorable para los trabajadores, siguiendo el principio de indubio
pro operario.
“Se desarrolló el concepto del derecho al trabajo reconociéndole una categoría especial debido a la
necesidad de proteger a la parte más vulnerable de la relación laboral, históricamente sujeta a la
violación de derechos” (Balda , 2023, pág. 25). "Además, se afirmó la irrenunciabilidad e intangibilidad
de los derechos de los trabajadores. Con estas premisas, se entiende que el derecho constitucional
ecuatoriano, al considerar el derecho al trabajo como fundamental, también considera el derecho a la
igualdad y no discriminación. Por ello, la actual normativa que regula el régimen laboral artesanal podría
estar vulnerando derechos constitucionales.
Así Palata (2018), en su estudio "Análisis crítico jurídico del estatus legal de los operarios artesanales
en el derecho laboral ecuatoriano", Determina que es fundamental admitir que la Ley de Defensa del
Artesano, favorece a los jefes artesanales en detrimento de sus trabajadores, para garantizar el
derecho a la igualdad y no discriminación. Palata argumenta que estos trabajadores, quienes participan
en las mismas actividades manuales que sus empleadores, se encuentran en una posición de
desventaja. Por lo tanto, el autor sostiene que sería justo que estos trabajadores reciban todos sus
beneficios, especialmente teniendo en cuenta que sus familias dependen de su sustento.
Por otro lado, para García (2022) en su investigación sobre las “Obligaciones de los artesanos maestros
de taller, artesanos autónomos y el principio de igualdad”, concluye que el artículo 302 del Código de
Trabajo no asegura la igualdad para los trabajadores artesanales. El autor argumenta que los
beneficios legales para los maestros de taller calificados no son equivalentes a los de los empleadores
en general, lo cual constituye una violación del principio de igualdad al momento de pagar los
beneficios a los artesanos autónomos.
Sugiere que, a través de un análisis legal, se identifiquen los ajustes necesarios en favor de los obreros
artesanales, basándose tanto en el Código de Trabajo y en la Constitución de la República del Ecuador,
principios que se exponen detalladamente en el Capítulo III de su investigación. Esta perspectiva apoya
la conclusión de Palata (2018) quien también aboga por una mayor equidad en la distribución de
beneficios entre los trabajadores artesanales y los patronos, resaltando la necesidad de que estos
trabajadores reciban todos sus derechos y beneficios debido a su papel crucial y las familias que
dependen de su sustento. Ambos autores coinciden en que la legislación actual favorece a los patronos
en detrimento de los trabajadores artesanales, y subrayan la importancia de reformas legales que
aseguren la igualdad y no discriminación en el ámbito laboral artesanal.
Vallejo (2023) en su estudio titulado "Los beneficios otorgados en la legislación ecuatoriana a los
artesanos y el principio de igualdad", señala que existe una notable desigualdad para los operarios y
aprendices del sector artesanal debido a la falta de bonificaciones adicionales. Esta disparidad se hace
patente en la práctica, ya que los maestros artesanales, quienes están certificados por la JNA, están
exentos del pago de la decimotercera y decimocuarta remuneración según lo estipulado en el artículo
115 del Código del Trabajo. El autor considera esta exención como una violación de los derechos
laborales de los trabajadores artesanales.
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Vallejo argumenta que el derecho constitucional de igualdad se ve vulnerado porque no se cumplen
plenamente los derechos de los trabajadores, al no proporcionar un trato igualitario a todos los
empleados. Esto resulta en una segregación de los artesanos, operarios y aprendices, quienes, al igual
que cualquier otro empleado, deberían recibir todos los beneficios que la ley establece
La conclusión de Vallejo respalda la perspectiva de Palata (2018) sobre la necesidad de equidad en la
legislación que regula el trabajo artesanal. Ambos autores coinciden en que la actual normativa
favorece a los maestros artesanales y deja en desventaja a los operarios y aprendices, vulnerando sus
derechos fundamentales. Esta observación subraya la importancia de realizar reformas legales que
garanticen que todos los trabajadores, independientemente de su sector, reciban un trato justo y
equitativo, alineado con los principios constitucionales de igualdad y no discriminación.
Castro (2023) en su investigación “La clasificación de ramas artesanales en Ecuador y el perjuicio al
derecho laboral de los artesanos”, concluye que la JNDA ha causado daño económico a los artesanos
calificados y ha limitado sus beneficios legales. Castro sugiere que es necesario reformar el
Reglamento de Calificaciones y Ramas de Trabajo, para permitir a los artesanos trabajar en todas las
divisiones de sus respectivas ramas artesanales, como se hacía anteriormente, o permitir que la JNDA
otorgue múltiples calificaciones dentro de una misma rama. Por ello, se propone, por citar un ejemplo,
unificar la titulación artesanal de corte, costura y bordado bajo el título de Confeccionista, con el fin de
no poner límites al desarrollo laboral de los trabajadores artesanos. Castro además critica a los
funcionarios públicos de la JNDA por no analizar adecuadamente las reformas necesarias, lo que ha
resultado en un mayor perjuicio para los artesanos calificados.
Al considerar las conclusiones de Palata (2018) y Castro (2023), se puede observar una preocupación
común por las desigualdades y las limitaciones impuestas a los trabajadores artesanales por la
legislación actual. Además, destacan la necesidad de reformas para mejorar la situación de los
artesanos. Palata se enfoca en la desventaja que los trabajadores enfrentan respecto a sus beneficios
y derechos laborales, mientras que Castro enfatiza la necesidad de una reforma en la clasificación y
evaluación de ramas artesanales para permitir un desarrollo laboral más amplio y menos restrictivo.
Esta discusión revela un consenso sobre la importancia de realizar cambios legales y administrativos
para asegurar que los artesanos reciban un trato equitativo y justo, tanto en términos de beneficios
laborales como en la capacidad de desarrollar plenamente sus habilidades y oficios. Los estudios
señalan que la actual normativa no solo favorece a los patronos artesanales en detrimento de los
operarios y aprendices, sino que también impone restricciones que limitan el potencial de los artesanos
calificados.
Finalmente, para (Daquilema , 2023) en su artículo científico “Análisis de los derechos constitucionales
de los operarios y trabajadores artesanos y su protección laboral en el Ecuador”, expresa que:
Las leyes que establecen excepciones para el pago de beneficios sociales a los operarios y
trabajadores del sector artesanal son inconstitucionales, ya que crean un régimen desigual que limita
el acceso a los derechos constitucionales al trabajo, a la igualdad y a la seguridad social.
Los operarios, aprendices y trabajadores del sector artesanal deben ser tratados de la misma manera
que cualquier otro trabajador del comercio ecuatoriano. Son indispensables para el cumplimiento de
sus funciones y están bajo la autoridad y dependencia del maestro de taller.
Para garantizar el pleno ejercicio de los derechos constitucionales, es necesario revisar y reformar el
Código de Trabajo para eliminar las disposiciones que discriminan a los trabajadores artesanales,
deteriorando sus condiciones laborales y restringiendo su acceso a los beneficios sociales logrados a
través de luchas históricas. La normativa vigente no reconoce adecuadamente la situación laboral de
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los trabajadores artesanales, beneficiando al patrón del taller y acentuando la desigualdad en la
relación laboral.
Es imprescindible reformar y derogar el régimen legal que regula a los trabajadores artesanales, para
que se reconozca su rol esencial en el sector artesanal, siendo ellos los principales impulsores de esta
actividad.
Daquilema está de acuerdo con Palata (2018) en la necesidad de reformar la legislación para garantizar
un trato justo y equitativo a los trabajadores artesanales. Así también, destacan que la normativa actual
beneficia a los patronos y desfavorece a los trabajadores, vulnerando sus derechos constitucionales.
Además, Daquilema subraya que los trabajadores artesanales deben ser reconocidos y protegidos de
la misma manera que cualquier otro trabajador, y que su situación de subordinación y dependencia
debe ser regulada adecuadamente para asegurarles el acceso a una vida digna.
En base a los estudios realizados, se considera importante implementar reformas legales que aborden
las inequidades identificadas y promuevan un marco normativo inclusivo y protector para todos los
trabajadores artesanales. Esto implica la revisión y modificación de las leyes y regulaciones pertinentes
para garantizar el pleno cumplimiento de los derechos laborales y constitucionales de este sector,
fundamental tanto para la economía como para la cultura del país.
Además, se enfatiza la importancia de fortalecer los mecanismos de supervisión y aplicación de la ley
para asegurar que las reformas propuestas se implementen de manera efectiva y se cumplan en la
práctica. Este enfoque no solo beneficiaría a los trabajadores artesanales individualmente, sino que
también fortalecería el sector artesanal en su conjunto, promoviendo un desarrollo sostenible y
equitativo en Ecuador.
Derechos laborales
Los derechos laborales son un conjunto de normas y principios destinados a garantizar condiciones
de trabajo dignas, equitativas y seguras para todos los trabajadores OAS (2020). Según la Organización
Internacional del Trabajo (OIT) (2019), estos derechos fundamentales incluyen la libertad de
asociación, el reconocimiento efectivo del derecho a la negociación colectiva, la erradicación de todas
las formas de trabajo forzoso u obligatorio, la eliminación del trabajo infantil y la eliminación de la
discriminación en el empleo y la ocupación. Además, los derechos laborales abarcan la seguridad y la
salud en el trabajo, la protección social y la garantía de condiciones de trabajo justas, incluidos salarios
adecuados, horarios de trabajo razonables y un entorno laboral seguro y saludable.
Libertad de asociación y derecho a la negociación colectiva: Los trabajadores tienen el derecho de
formar y unirse a sindicatos, así como de participar en negociaciones colectivas para discutir y acordar
condiciones de trabajo, salarios y otros términos de empleo. Este derecho es esencial para garantizar
que los trabajadores puedan defender sus intereses y mejorar sus condiciones laborales.
Eliminación del trabajo forzado: Está prohibido cualquier tipo de trabajo forzoso u obligatorio. Esto
incluye situaciones en las que los trabajadores son obligados a trabajar bajo amenazas de castigo,
violencia, coerción o engaño. La eliminación del trabajo forzado es crucial para proteger la libertad y la
dignidad de los trabajadores.
Erradicación del trabajo infantil: Se prohíbe el empleo de niños en trabajos que interfieran con su
educación, o que sean peligrosos para su salud y desarrollo. La erradicación del trabajo infantil es
fundamental para asegurar que los niños puedan disfrutar de su infancia y recibir una educación
adecuada.
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Eliminación de la discriminación en el empleo y la ocupación: Todos los trabajadores tienen derecho
a no ser discriminados en el empleo por motivos de raza, género, religión, orientación sexual,
discapacidad, edad u otras características personales. Este derecho es vital para promover la igualdad
de oportunidades y el trato justo en el lugar de trabajo (OIT, 2019).
Además de estos derechos fundamentales, los derechos laborales abarcan otros aspectos
importantes para garantizar un entorno de trabajo seguro y justo:
Seguridad y salud en el trabajo: Los empleadores deben garantizar un entorno de trabajo seguro y
saludable, implementando medidas de prevención de riesgos laborales y proporcionando equipo y
formación adecuados para evitar accidentes y enfermedades laborales.
Protección social: Los trabajadores tienen derecho a la protección social, que incluye prestaciones
como seguro de desempleo, seguro de salud, pensiones, y otros beneficios que proporcionan
seguridad económica en casos de enfermedad, accidente, desempleo o vejez.
Condiciones laborales justas: Los derechos laborales incluyen la garantía de un salario adecuado que
permita a los trabajadores cubrir sus necesidades básicas y las de sus familias. Además, se deben
respetar las horas de trabajo razonables, con límites a la jornada laboral diaria y semanal, y garantizar
tiempos de descanso adecuados, incluyendo vacaciones pagadas.
Estabilidad en el empleo: Los trabajadores deben estar protegidos contra despidos injustificados y
tener acceso a procedimientos adecuados para resolver disputas laborales. La estabilidad en el empleo
es esencial para proporcionar seguridad y previsibilidad a los trabajadores (OIT, 2019).
Estos derechos están respaldados por legislaciones nacionales y convenios internacionales, como los
de la OIT, que establecen estándares mínimos para proteger a los trabajadores en todo el mundo. La
implementación y el cumplimiento de estos derechos son esenciales para promover un ambiente
laboral equitativo y respetuoso, y para contribuir al desarrollo sostenible y a la justicia social.
Sector Artesano en Ecuador
El sector artesanal en Ecuador es fundamental para la economía y la cultura del país, abarcando una
variedad de actividades que reflejan su riqueza cultural. Para Soledispa et al., (2021) los artesanos
ecuatorianos, conocidos por sus habilidades y técnicas tradicionales, juegan un papel decisivo en la
preservación del patrimonio cultural y la generación de ingresos, especialmente en comunidades
rurales.
De acuerdo con Vilela (2021) la producción textil es una de las actividades más destacadas en el sector
artesanal de Ecuador. Los artesanos crean una amplia gama de productos, como ponchos, chales,
mantas y prendas de vestir, utilizando técnicas tradicionales como el telar de cintura y el telar de pedal.
Regiones como Otavalo son reconocidas por sus textiles coloridos y detallados.
La cerámica es otra actividad artesanal destacada, en la que los artesanos crean una amplia gama de
artículos, desde utensilios de cocina y objetos decorativos hasta esculturas y piezas de arte. Utilizan
técnicas tradicionales de producción que se han transmitido de generación en generación.
La elaboración de joyería artesanal, con influencias indígenas y coloniales, también es significativa.
Los artesanos trabajan con materiales como oro, plata y piedras preciosas para crear piezas únicas
que reflejan la identidad cultural de Ecuador. Asimismo, la talla de madera es una técnica artesanal
ampliamente practicada, con artesanos que crean desde pequeños objetos decorativos hasta muebles
elaborados.
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ISSN en línea: 2789-3855, octubre, 2024, Volumen V, Número 5 p 1724.
El sector artesanal es una fuente significativa de ingresos para numerosas familias, especialmente en
áreas rurales. Los artesanos venden sus productos en mercados locales y ferias, y también los
exportan a mercados internacionales, mejorando así la calidad de vida de sus comunidades. Además,
los artesanos desempeñan un papel vital en la preservación de las tradiciones y técnicas ancestrales.
Cada pieza artesanal cuenta una historia y mantiene vivas las costumbres y conocimientos de los
pueblos indígenas y mestizos de Ecuador.
El trabajo artesano se caracteriza por ser intensivo en mano de obra, con una alta dependencia de
habilidades especializadas que a menudo se transmiten a través de las generaciones (Acosta et al.,
2021). Estas habilidades únicas no solo preservan las tradiciones culturales, sino que también permiten
la creación de productos de alta calidad y con un valor cultural significativo. Sin embargo, la
transmisión de estas técnicas y conocimientos enfrenta el desafío de la modernización y la falta de
interés entre los jóvenes, lo que pone en riesgo la continuidad de estas tradiciones.
El sector artesanal enfrenta desafíos significativos como la informalidad, la falta de acceso a
financiamiento y mercados, y la ausencia de protección laboral adecuada (Mendieta et al., 2020). La
mayoría de los artesanos trabajan en microempresas o como trabajadores independientes, lo que
dificulta la aplicación y el cumplimiento de las normas laborales. La informalidad del sector también
implica que los artesanos no tienen acceso a beneficios sociales y de salud, lo que aumenta su
vulnerabilidad económica.
La informalidad es uno de los principales desafíos que enfrenta el sector artesanal en Ecuador. Algunos
artesanos no están registrados legalmente y operan fuera del sistema formal de la economía. Esto
significa que no tienen acceso a servicios financieros formales, seguros de salud, pensiones u otros
beneficios sociales. Además, al trabajar en la informalidad, los artesanos no pueden acceder a los
programas de capacitación y apoyo gubernamentales diseñados para fomentar el desarrollo del sector.
La informalidad también afecta la capacidad de los artesanos para negociar mejores condiciones
laborales y precios justos por sus productos. Al no estar organizados formalmente, les resulta más
difícil acceder a mercados lucrativos o establecer relaciones comerciales estables y sostenibles. Los
artesanos a menudo carecen de acceso a recursos financieros que les permitan invertir en mejores
herramientas, materias primas de calidad, o expandir sus negocios. Los requisitos de los bancos y las
instituciones financieras, como garantías e historial crediticio, son difíciles de cumplir para los
artesanos informales. La falta de financiamiento adecuado limita su capacidad para producir en mayor
escala, innovar en sus productos, y responder a las demandas del mercado.
Sin acceso a crédito, los artesanos no pueden aprovechar oportunidades de crecimiento ni mejorar la
calidad de sus productos. Esto perpetúa un ciclo de baja productividad y bajos ingresos, lo que
contribuye a la persistencia de la pobreza entre las familias artesanas. Los artesanos enfrentan
dificultades para acceder a mercados amplios, lo que limita sus ventas e ingresos. La competencia
con productos industriales, que suelen ser más económicos, representa un obstáculo considerable.
Además, los productos artesanales a menudo carecen del reconocimiento y la valorización adecuada,
lo que impacta negativamente en su demanda.
Los artesanos también enfrentan barreras logísticas y de transporte que dificultan su capacidad para
llevar sus productos a mercados urbanos o internacionales. La falta de plataformas de
comercialización y redes de distribución eficaces limita su alcance y capacidad de venta. Las ferias
artesanales y los mercados locales son importantes, pero no suficientes para asegurar un ingreso
sostenible. La competencia con productos industriales es una amenaza constante para los artesanos.
Los productos fabricados en masa pueden venderse a precios significativamente más bajos que los
productos artesanales, lo que desalienta a los consumidores que buscan opciones más económicas.
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ISSN en línea: 2789-3855, octubre, 2024, Volumen V, Número 5 p 1725.
Además, la falta de valorización y reconocimiento de los productos artesanales como bienes culturales
y de alta calidad afecta negativamente la percepción del valor de los productos.
Operarios y Aprendices en el Sector Artesano
Operarios Artesanos
Los operarios artesanos son trabajadores que poseen habilidades especializadas y una vasta
experiencia en la producción artesanal. Estas habilidades, que a menudo se adquieren y perfeccionan
a lo largo de años de práctica y aprendizaje, son fundamentales para la creación de productos
artesanales de alta calidad (Pérez , 2021) Sin embargo, Nuñez & Riveiro (2023) consideran que, a pesar
de su experiencia y destrezas, estos trabajadores suelen enfrentarse a condiciones laborales
inestables debido a la falta de contratos formales y beneficios laborales. Esta informalidad no solo
afecta su estabilidad laboral, sino que también los deja sin acceso a beneficios esenciales como la
seguridad social, las pensiones y la protección contra riesgos laborales.
En algunos casos, los operarios artesanos trabajan largas horas por salarios bajos, lo que contribuye a
su vulnerabilidad económica. La falta de contratos formales también limita su capacidad para
organizarse y negociar colectivamente, impidiéndoles mejorar sus condiciones laborales. Sin
sindicatos u organizaciones que representen sus intereses, los operarios artesanos a menudo se
encuentran en una posición de desventaja frente a sus empleadores (Meléndes & Carrasco, 2021). Esta
situación se agrava por la falta de acceso a programas de capacitación y desarrollo profesional que
podrían mejorar sus habilidades y oportunidades laborales. Para abordar estos desafíos, es
fundamental implementar políticas que promuevan la formalización del empleo artesanal, mejoren el
acceso a beneficios laborales y fomenten la organización colectiva de los trabajadores artesanos.
Aprendices Artesanos
Los aprendices en el sector artesano son individuos que están en proceso de adquirir habilidades y
conocimientos específicos a través de la formación práctica y la instrucción de artesanos
experimentados (Peña, 2022). Estos aprendices desempeñan un papel crucial en la continuidad de las
tradiciones artesanales, ya que la transmisión de técnicas y conocimientos especializados de una
generación a otra es esencial para mantener viva la riqueza cultural y la calidad de los productos
artesanales. Sin embargo, a pesar de su importancia, los aprendices a menudo enfrentan condiciones
laborales desafiantes que dificultan su desarrollo y bienestar.
La falta de una protección legal específica para los aprendices significa que a menudo trabajan sin una
remuneración adecuada y sin acceso a beneficios laborales básicos, como la seguridad social y la
protección contra riesgos laborales. Esta situación puede llevar a condiciones de trabajo extremas,
donde los aprendices realizan tareas intensivas sin recibir una compensación justa ni garantías para
su seguridad y salud (Nieto, 2018). Además, la calidad de la formación que reciben puede variar
considerablemente, dependiendo del artesano que los instruya, lo que afecta sus oportunidades de
desarrollo profesional y movilidad laboral. Para mejorar la situación de los aprendices en el sector
artesano, es fundamental implementar políticas que aseguren una protección legal adecuada, un
sistema de remuneración justo y una formación de alta calidad que promueva su crecimiento y
desarrollo integral.
Marco Legal en Ecuador
Constitución de Ecuador
La constitución de Ecuador asegura los derechos laborales básicos, que contemplan el derecho al
trabajo, la previsión social, la equiparación de oportunidades y la protección contra el despido
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injustificado (Constitución de la República del Ecuador, 2018). Asimismo, establece que el Estado debe
aplicar políticas que garanticen trabajos dignos y capacitación continua para los mismos trabajadores.
En el artículo 326, la Constitución declara que el trabajo es un derecho y un deber social y que el Estado
debe asegurar condiciones dignas y justas para los y las trabajadoras. El artículo 327 establece que
los ciudadanos tienen derecho a la previsión social, que incluye pensiones, seguro de asistencia
sanitaria, maternidad y otras ayudas.
En relación con la paridad de oportunidades, el artículo 329 prohíbe todo tipo de discriminación en el
lugar de empleo, incluida la basada en el género, el contexto étnico y la edad, entre otros aspectos.
Además, el artículo 330 asegura a los trabajadores la defensa contra el despido improcedente y, en
caso de que éste sea arbitrario, el acceso a una justa indemnización.
Así también en las políticas de empleo, la Constitución en su artículo 331 establece que el Estado
promoverá políticas que aseguren el pleno empleo y la capacitación continua de los trabajadores, con
el fin de garantizar su desarrollo integral (Guaman & Stoessel, 2022). Estas estipulaciones
constitucionales reflejan el empeño del Estado ecuatoriano en la tutela de los derechos laborales y la
búsqueda de condiciones de trabajo digno para todos los ciudadanos trabajadores del país.
Código de Trabajo
Controla las relaciones laborales dentro del país y fija las condiciones básicas de empleo, como el
salario mínimo, las horas laborales, los días de descanso y los estándares de salud y seguridad laboral.
A pesar de que estas disposiciones son universales para todos los trabajadores, la informalidad
predominante en el sector artesanal dificulta su aplicación y observancia efectiva (Código de Trabajo ,
2020).
El Código de Trabajo de Ecuador es la normativa fundamental que regula las relaciones laborales en el
país. Este código establece los requisitos que deben cumplir los empleadores, incluyendo el salario
mínimo, las horas de trabajo, los días de descanso y las normas de salud y seguridad en el trabajo.
Estas normas están diseñadas para proteger los derechos de los trabajadores y garantizar un entorno
laboral digno y seguro (Pazmiño et al., 2020).
Sin embargo, la informalidad en el sector artesano dificulta la implementación y el cumplimiento
efectivo de estas normas. Los artesanos trabajan de manera independiente o en pequeños talleres
familiares, lo que dificulta a las autoridades controlar el cumplimiento de las normas laborales.
Además, la falta de contratos formales y registros de empleo dificulta la aplicación de las disposiciones
del Código de Trabajo.
A pesar de estos desafíos, el gobierno ecuatoriano ha tomado medidas para promover la formalización
del empleo en el sector artesanal (Súarez et al., 2022). Esto incluye la creación de programas de apoyo
y capacitación para los artesanos, así como la implementación de políticas que fomenten la creación
de cooperativas y asociaciones que puedan representar los intereses de los trabajadores artesanales.
Estas iniciativas buscan mejorar las condiciones laborales y económicas de los artesanos,
garantizando al mismo tiempo la preservación de las tradiciones culturales y el desarrollo sostenible
del sector artesanal en Ecuador.
Ley de Defensa del Artesano
La Ley de Defensa del Artesano en Ecuador es un marco legal que busca proteger los derechos e
intereses de los artesanos, promover el desarrollo sostenible del sector artesanal y preservar las
tradiciones culturales del país (Ley de Defensa del Artesano, 2018). Esta ley establece normas y
mecanismos para regular la actividad artesanal, garantizando condiciones laborales justas y
promoviendo la comercialización de productos artesanales.
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ISSN en línea: 2789-3855, octubre, 2024, Volumen V, Número 5 p 1727.
Entre los aspectos más importantes de la Ley de Defensa del Artesano en Ecuador se encuentran:
Registro de artesanos: La ley establece la creación de un registro de artesanos, donde los trabajadores
artesanales pueden inscribirse para obtener reconocimiento oficial y acceder a los beneficios que
establece la ley.
Protección de la actividad artesanal: La ley protege la actividad artesanal de la competencia desleal y
la falsificación, garantizando la autenticidad y calidad de los productos artesanales.
Promoción y fomento: La ley promueve la promoción y fomento de la actividad artesanal a través de
programas de capacitación, financiamiento y acceso a mercados, con el objetivo de fortalecer el sector
y mejorar las condiciones de vida de los artesanos.
Derechos laborales: La ley garantiza los derechos laborales de los artesanos, incluyendo condiciones
laborales justas, seguridad social y protección contra riesgos laborales.
Preservación del patrimonio cultural: La ley tiene como objetivo preservar las tradiciones culturales
del país, fomentando la transmisión de conocimientos y técnicas artesanales de una generación a otra.
La Ley de Defensa del Artesano en Ecuador tiene como objetivo principal proteger y promover la
actividad artesanal, garantizando condiciones laborales dignas y contribuyendo al desarrollo
sostenible del sector y la preservación de la cultura ecuatoriana.
Análisis de los derechos laborales de los operarios y aprendices del sector artesano
Desde la aprobación de la Constitución de 2008, el Estado ecuatoriano ha evolucionado para ser visto
como un protector de los derechos de sus ciudadanos. Si bien no se pretende establecer una jerarquía
entre los derechos fundamentales, en el marco de este estudio es importante resaltar la relevancia de
los derechos como la libertad, el buen vivir, el trabajo y la seguridad social, entre otros, que están
relacionados con la capacidad de las personas de tener una vida digna.
El artículo 33 de la Constitución de Ecuador establece que el derecho al trabajo es tanto un derecho
humano como un deber social. Esto se fundamenta en la idea de que el progreso de las sociedades
depende de la realización personal a través de las actividades económicas productivas que permiten
a la persona planificar su vida y satisfacer sus necesidades básicas y las de su familia. Además, este
derecho exige que el Estado facilite el acceso a un trabajo que permita a las personas vivir con respeto
a su dignidad, satisfacer sus necesidades esenciales, mantener su estabilidad emocional, conservar
su salud y contar con seguridad social.
Los autores Vázquez & Vázquez (2022) diferencian entre el derecho a recibir una compensación
económica por el trabajo realizado y el derecho a realizar una actividad laboral según las preferencias
personales. El primero se refiere a la capacidad de exigir una compensación y a la protección que el
Estado debe proporcionar en este aspecto. En contraste, el derecho al trabajo se centra en la libertad
de elegir y realizar una actividad laboral, con la protección y el apoyo estatal necesarios una vez
obtenido el empleo.
El derecho a la seguridad, establecido en el artículo 34 de la Constitución ecuatoriana, está
estrechamente relacionado con el derecho al trabajo. Este derecho implica responsabilidad del Estado
y se fundamenta en principios de solidaridad, obligación, universalidad, equidad y participación. Su
finalidad es satisfacer las necesidades de los trabajadores, tanto de forma individual como colectiva.
Para Bonilla & Flores (2020) Se detallan las funciones de la Organización Internacional del Trabajo (OIT)
en relación con el derecho al trabajo y los objetivos del derecho internacional respecto al impacto de
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ISSN en línea: 2789-3855, octubre, 2024, Volumen V, Número 5 p 1728.
este derecho en la sociedad. Se indica que el desarrollo completo de los aspectos del derecho al trabajo
ayudará a combatir la pobreza y promover el crecimiento personal.
El numeral 17 del artículo 66 de la Constitución de la República del Ecuador establece que el trabajo es
un elemento clave del derecho fundamental a la libertad. Este artículo garantiza que las personas tienen
la libertad de elegir el trabajo que desean realizar y prohíbe ser obligadas a realizar trabajos libres o
forzados.
Según Delgado et al., (2020), en el marco del derecho a la libertad y el derecho al trabajo, al iniciar una
relación laboral, el derecho a la libertad en el trabajo proporciona al trabajador la capacidad de tomar
decisiones importantes. Esto incluye la opción de decidir si quieres trabajar, elegir el tipo de trabajo
que quieres hacer y seleccionar con quién quieres colaborar. Además, al considerar el derecho al
trabajo como un derecho humano, se deben aplicar los principios generales que rigen todos los
derechos fundamentales, lo que refuerza conceptos como la igualdad, la seguridad laboral, la libertad
de asociación y el principio pro trabajador(Santana, 2021).
El derecho laboral se distingue de otras áreas del derecho por sus características específicas. Las
normas en este campo provienen de la legislación nacional, incluidas leyes y normas constitucionales,
así como de convenios y tratados internacionales, contratos individuales de trabajo, reglamentos
internos y la autoridad del empleador. Esta flexibilidad permite ofrecer beneficios adicionales no
previstos por la ley, sin afectar derechos existentes (Terrones et al., 2023)
La protección especial que la legislación laboral otorga a los trabajadores, basada en el principio pro-
trabajador, puede generar conflictos en cuanto a la jerarquía de las fuentes jurídicas. En este sentido,
la norma que prevalece es la que mejores condiciones ofrece al trabajador (Espín et al., 2023). A pesar
de esto, la Constitución de la República del Ecuador es la principal fuente del derecho laboral. Esta
protección preferencial a los trabajadores se considera una excepción al principio de igualdad, ya que
se reconoce que su posición económica puede ponerlos en desventaja a la hora de negociar sus
condiciones laborales.
El Estado, en su rol de protector de los derechos de las personas, tiene la responsabilidad de
implementar leyes que aseguren la plena vigencia de estos derechos. Según Maniglio et al., (2020),
esta responsabilidad se enfoca en el sistema jurídico, ya que el Estado debe crear todas las
condiciones legales necesarias para garantizar el ejercicio libre de los derechos de los ciudadanos.
Esto significa que las normas deben incluir derechos constitucionales para que sean válidos y puedan
ejercerse en su totalidad.
Según Peralta (2020) explica que la seguridad jurídica es una situación psicológica que resulta de la
certeza sobre el conocimiento del contenido y efecto de las normas. Esta certeza abarca no solo los
requisitos que deben cumplir las normas, sino también las expectativas generadas por estas en cuanto
al ejercicio de los derechos.
Dado que el derecho abarca una amplia gama de relaciones, la aplicación de diversas normativas
puede presentar dificultades. Estas dificultades a menudo surgen debido a vacíos legales en
situaciones no reguladas o lagunas legales. Tales problemas pueden debilitar el Estado de derecho, ya
que la ambigüedad en la interpretación obliga a las autoridades a tomar decisiones discrecionales, lo
que frecuentemente conduce a conflictos jurídicos. Estas lagunas suelen estar en normas que, aunque
han sido establecidas desde hace tiempo, no han sido reformadas para adaptarse al contexto y
necesidades actuales.
En relación con las actividades laborales derivadas de la artesanía, hasta 1953, estas relaciones están
reguladas por el digo de Trabajo, el cual no diferenciaba específicamente entre esta actividad y
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ISSN en línea: 2789-3855, octubre, 2024, Volumen V, Número 5 p 1729.
otras. Esto significaba que los artesanos eran tratados de la misma manera que cualquier otra persona
con actividad económica, con todas las responsabilidades económicas correspondientes hacia el
Estado, la seguridad social y los trabajadores.
Como es habitual, los gremios tienen tanto defensores como críticos, con intereses sectorizados. Esto
ha llevado a que varios artesanos, particularmente en el sector de servicios, hayan promovido una
nueva legislación respaldada por las Cámaras Artesanales. Esta ley, conocida como la Ley de Fomento
Artesanal, fue promulgada en 1975 y busca proporcionar protección a los artesanos en áreas como la
Artesanía Patrimonial, la capacitación y la comercialización.
La Ley de Defensa del Artesano fue aprobada por el Congreso Nacional en 1953 y reformada en 2008,
justo antes del referéndum que ratificó la nueva Constitución de la República. La modificación,
realizada por el Tribunal Constitucional mediante la Resolución No. 0038-2007-TC, anuló el Artículo 15
de la ley, que imponía la obligatoriedad de asociación y restringía el derecho al trabajo (Ley de Defensa
del Artesano, 2018).
La reforma más reciente de esta ley se realizó en el marco de la Ley Orgánica para la Defensa y
Desarrollo de la Economía Familiar Campesina, y afectó el Artículo 17, que trata sobre la competencia
de la Junta de Política y Regulación Financiera para regular las tasas de interés en la banca pública y
privada. A pesar de los avances en el constitucionalismo en Ecuador y la inclusión de derechos
específicos para los maestros de taller en la legislación laboral, aún no se ha llevado a cabo un control
de constitucionalidad de las normas que regulan esta actividad económica.
Según el Código de Trabajo vigente, los artesanos calificados no están obligados a cumplir con las
responsabilidades patronales establecidas en esta ley (Código de Trabajo, 2020). Esto significa que no
tienen que proporcionar beneficios sociales como los décimos tercero y cuarto, las utilidades, ni están
sujetos a las normativas de seguridad social. En cambio, los artesanos que gestionan talleres deben
cumplir con las regulaciones sobre salarios y sueldos mínimos, así como con las indemnizaciones
legales relacionadas con la estabilidad laboral.
Además, los artesanos calificados deben inscribir a sus trabajadores en el seguro social, dándoles
derecho a beneficios en casos de enfermedad, maternidad, invalidez, vejez, muerte, accidentes de
trabajo y enfermedades profesionales. Un beneficio adicional para los artesanos calificados es que los
derechos de afiliación también se extienden a sus familiares si estos participan en la actividad
artesanal. Esta extensión de beneficios se formaliza mediante un acuerdo en la Junta Nacional de
Defensa del Artesano y es certificada por el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social.
Para acceder a los beneficios de la Ley de Defensa del Artesano y a las excepciones especificadas en
su Artículo 16, es necesario contar con la calificación artesanal. Esta calificación, que otorga ventajas
tanto a artesanos individuales como a entidades artesanales, es emitida por la Junta Nacional de
Defensa del Artesano para los Maestros de Taller o Artesanos Autónomos. La calificación está sujeta
a revisiones periódicas y puede ser revocada, lo que implicaría la pérdida de los beneficios
correspondientes.
Las excepciones al pago de beneficios sociales para los artesanos calificados o maestros de taller no
están reflejadas en otras legislaciones. En el derecho laboral chileno, aunque se exige que se cumplan
las obligaciones patronales en las relaciones laborales que implican subordinación y dependencia, no
existen excepciones específicas para los artesanos. El Código Laboral chileno reconoce el contrato de
aprendizaje, pero sólo bajo condiciones específicas, como el tiempo de trabajo y la falta de estabilidad
laboral asociada a estos contratos. Además, no se contemplan excepciones respecto a los beneficios
sociales, y se prevén compensaciones por conceptos como movilización y alimentación. Las prácticas
técnicas y profesionales derivadas de convenios con centros educativos no se consideran contratos
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de aprendizaje ni contratos laborales, sino actividades formativas breves bajo la supervisión de la
institución.
En Argentina, el derecho laboral no hace distinciones específicas para el trabajo artesanal. Sin
embargo, la Ley Artesanal de 2006 introduce un régimen especial para los artesanos, regulando
aspectos productivos y derechos de esta categoría laboral. En Perú, la Ley del Artesano y del Desarrollo
de la Actividad Artesanal no exige una calificación específica para acceder a los beneficios
establecidos. La condición de artesano se obtiene simplemente realizando actividades artesanales,
siempre que sea la principal actividad económica de la persona. Los derechos asociados incluyen
beneficios de políticas blicas, participación en programas de desarrollo y promoción artesanal, y
apoyo en formación, asociación y protección de la actividad. Esta normativa no contempla excepciones
en relación con las obligaciones patronales.
En Venezuela, la Ley de Fomento y Protección al Desarrollo Artesanal regula aspectos económicos
relacionados con impuestos. Esta ley permite a personas y entidades que realicen donaciones al sector
artesanal acceder a beneficios fiscales equivalentes a los que se obtienen por donaciones a
fundaciones sin fines de lucro. En cuanto a las relaciones laborales, la ley no establece diferencias
entre los trabajadores artesanales y los trabajadores en general, por lo que los artesanos gozan de los
mismos derechos y beneficios que los demás trabajadores.
RESULTADOS Y DISCUSIÓN
El análisis comparativo de las leyes laborales en América Latina muestra que no existen excepciones
en cuanto a las obligaciones laborales para los artesanos o maestros de taller. Esto indica que los
artesanos disfrutan de los mismos derechos que cualquier otro trabajador. En Ecuador, la Ley de
Defensa del Artesano define en su Artículo 2 al operario como una persona que, aunque no domina
completamente el arte u oficio y después de haber dejado de ser aprendiz, contribuye a la producción
artesanal bajo la supervisión de un maestro de taller.
La ley establece un régimen de subordinación y dependencia para los trabajadores artesanales,
alineándose en gran medida con la definición de trabajador del Código de Trabajo. Sin embargo, se
observa una discriminación en comparación con otros trabajadores, ya que se imponen restricciones
a los beneficios sociales que el derecho constitucional garantiza a todos los trabajadores.
Ruíz (2020) sostiene que el derecho a la igualdad ha evolucionado y es fundamental para la justicia y
el desarrollo social. Este derecho va más allá del acceso a la justicia e incluye aspectos cruciales para
el desarrollo personal y social. Así, la igualdad se convierte en un principio esencial para la construcción
de una sociedad justa, requiriendo un trato equitativo en la normativa y su implementación a través de
políticas públicas y supervisión estatal.
Sosa et al. (2019) argumentan que el principio de igualdad en la legislación requiere que se aborden
las diferencias entre personas, como edad, discapacidades y nivel socioeconómico, para garantizar la
igualdad de oportunidades y la dignidad humana. La igualdad es vista como una característica
inherente a la dignidad, prohibiendo distinciones que puedan resultar en exclusiones en el ejercicio de
derechos y libertades.
A nivel internacional, la igualdad se entiende como un derecho, un principio y una garantía. Como
derecho, implica el acceso a ejercer otros derechos en igualdad de condiciones. Como principio,
promueve la creación de normas y políticas que apoyen a grupos vulnerables. Como garantía, obliga al
Estado a asegurar condiciones que permitan el pleno ejercicio de la igualdad y a prohibir acciones que
limiten este derecho fundamental.
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En este sentido, la igualdad es esencial para el ejercicio de otros derechos, como el derecho al trabajo
sin discriminación, un derecho clave para la realización personal y el desarrollo de un proyecto de vida.
Su relevancia jurídica se refleja en el sistema interamericano de derechos humanos, donde los tratados
internacionales reconocen la igualdad inherente a todos los seres humanos y prohíben la
discriminación, exigiendo a los Estados que adopten medidas para garantizar igualdad de
oportunidades, respetando las diferencias individuales.
A pesar de que la Constitución de Ecuador prohíbe la discriminación y asegura la igualdad en el ámbito
laboral, algunas disposiciones en la Ley de Defensa del Artesano y el Código de Trabajo no cumplen
con estos principios constitucionales. Estas leyes excluyen a los artesanos de beneficios sociales
como el décimo tercer y décimo cuarto sueldo, y las utilidades, lo que contradice los principios de
igualdad y no discriminación. Esta exclusión refleja una inconsistencia con los principios
constitucionales, permitiendo la vulneración de derechos laborales conseguidos por luchas históricas.
La Junta Nacional de Defensa del Artesano reporta que en Ecuador existen aproximadamente 261,000
talleres artesanales en 172 ramas de producción o servicio, representando alrededor del 12.3% de la
fuerza laboral nacional. Esto subraya la importancia del sector artesanal para la economía del país. No
obstante, es crucial implementar medidas que promuevan y protejan las actividades artesanales sin
restringir los derechos laborales de los trabajadores, garantizando su bienestar y el desarrollo
sostenible del sector.
CONCLUSIÓN
El análisis de las políticas laborales vigentes y las prácticas de empleo en el sector artesanal en
Ecuador revela que, aunque la Ley de Defensa del Artesano y el Código de Trabajo regulan los derechos
laborales, estas normativas presentan inconsistencias que afectan negativamente a los operarios y
aprendices del sector. La exclusión de ciertas obligaciones patronales para los artesanos calificados,
como el pago de décimo tercero y décimo cuarto sueldo, así como las utilidades, muestra una
discriminación que vulnera derechos laborales fundamentales obtenidos a través de luchas sociales
históricas.
A pesar de la prohibición constitucional de la discriminación, las disposiciones actuales en el ámbito
laboral del sector artesano no están alineadas con los principios de igualdad consagrados en la
Constitución. Esto subraya la necesidad urgente de revisar y reformar estas normativas para asegurar
la equidad y el acceso a beneficios sociales para todos los trabajadores del sector.
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REFERENCIAS
Acosta et al. (2021). Trabajo Artesanal. Valor cultural e influencia globalizada. Newman Business
Review, 7(1). doi:https://journals.epnewman.edu.pe/index.php/NBR/article/view/231
Balda , J. (2023). Vulneración de los derechos laborales de los servidores públicos con contrato
ocasional en el Ecuador. Serbiluz, 30(2).
doi:https://produccioncientificaluz.org/index.php/fronesis/article/view/40849
Bayefsky, A. (2019). El Principio de Igualdad o No Discriminación. Human Rights Law Journal, 11(1-2),
1-34. doi:https://www.corteidh.or.cr/tablas/r31086spa.pdf
Bonilla, C., & Flores, L. (2020). El derecho humano al trabajo y su dimensión protectora en la norma
laboral. Revista del Instituto de Ciencias Jurídicas, 14(43).
doi:https://www.scielo.org.mx/pdf/rius/v14n45/1870-2147-rius-14-45-107.pdf
Código de Trabajo . (2020). Código de Trabajo . Registro Oficial Suplemento 167 de 16-dic.-200.
Obtenido de
https://www.ces.gob.ec/lotaip/2020/Junio/Literal_a2/C%C3%B3digo%20del%20Trabajo.pdf
Constitución de la República del Ecuador. (2018). Constitución de la República del Ecuador. Ley.
Obtenido de https://www.oas.org/juridico/pdfs/mesicic4_ecu_const.pdf
Daquilema , P. (2023). Análisis de los derechos constitucionales de los operarios y trabajadores. Polo
del Conocimiento, 8(3), 268-283. doi:10.23857/pc.v8i3
Delgado et al. (2020). Normativas en seguridad y salud ocupacional y los problemas éticos. Revista
San Gregorio(40). doi:https://doi.org/10.36097/rsan.v1i40.1406
García , N. (2022). Las obligaciones de los artesanos maestros de taller, artesanos autónomos y el
principio de igualdad. Universidad Regional Autónoma de los Andes Uniandes. Obtenido de
https://dspace.uniandes.edu.ec/bitstream/123456789/14489/1/UR-DER-PDI-071-2022.pdf
Guaman , A., & Stoessel, S. (2022). Del derecho al trabajo digno al régimen laboral neoliberal: captura
estatal y autoritarismo en el Ecuador contemporáneo. Revista latinoamericana de derecho social(34).
doi:https://doi.org/10.22201/iij.24487899e.2022.35.17277
Ley de Defensa del Artesano. (2018). Ley de Defensa del Artesano. Registro Oficial. Obtenido de
http://www.artesanos.gob.ec/institutos/wp-content/uploads/downloads/2018/01/LEY-DE-DEFENSA-
DEL-ARTESANO-1.pdf
Maniglio et al. (2020). La justiciabilidad de los derechos sociales. El caso del derecho al hábitat y a la
vivienda en Ecuador (2007-2017). Revista latinoamericana de derecho social(31).
doi:https://doi.org/10.22201/iij.24487899e.2020.37.14866
OIT. (2019). Seguridad y salud en el Centro del Futuro del Trabajo. Revista Internacional del Trabajo.
Organization of America States. (2020). Derechos Laborales y Sindicales: Estándares Interamericanos.
Inter-American Commission on Human Rights.
doi:https://www.oas.org/es/cidh/informes/pdfs/derechoslaboralessindicales-es.pdf
Palata , W. (2018). Análisis crítico jurídico del estatus legal de los operarios artesanales en el derecho
laboral ecuatoriano, para garantizar el derecho a la igualdad material, igualdad formal y no
LATAM Revista Latinoamericana de Ciencias Sociales y Humanidades, Asunción, Paraguay.
ISSN en línea: 2789-3855, octubre, 2024, Volumen V, Número 5 p 1733.
discriminación. Universidad Regional Autónoma de los Andes Uniandes. Obtenido de
https://dspace.uniandes.edu.ec/bitstream/123456789/5343/1/PIUAMCO028-2016.pdf
Pazmiño et al. (2020). La importancia del capital humano y su base legal dentro de las organizaciones.
Revista Científica UISRAEL, 7(1). doi: https://doi.org/10.35290/rcui.v7n1.2020.141
Sentencia No. 093-14-SEP-CC, 093-14-SEP-CC (Corte Constitucional del Ecuador 2015). Obtenido de
https://portal.corteconstitucional.gob.ec/FichaRelatoria.aspx?numdocumento=093-14-SEP-CC
Soledispa et al. (2021). Entorno económico y niveles de competitividad. Revista Publicando, 8(31), 338-
350. doi:https://revistapublicando.org/revista/index.php/crv/article/view/2254
Vallejo, D. (2023). Los beneficios otorgados en la legislación ecuatoriana a los artesanos y el principio.
Universidad Nacional de Chimborazo. Obtenido de
http://dspace.unach.edu.ec/bitstream/51000/11009/1/Vallejo%20Gaibor%2C%20J%20%282023%29
%20Los%20beneficios%20otorgados%20en%20la%20legislaci%C3%B3n%20ecuatoriana%20a%20los
%20artesanos%20y%20el%20principio%20de%20igualdad..pdf
Vázquez, J., & Vázquez, C. (2022). El derecho humano al trabajo digno y a la promoción de ambientes
laborales pro persona. SciELO Preprints.
doi:https://preprints.scielo.org/index.php/scielo/preprint/view/4078/version/4309
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