LATAM Revista Latinoamericana de Ciencias Sociales y Humanidades, Asunción, Paraguay.
ISSN en línea: 2789-3855, diciembre, 2024, Volumen V, Número 6 p 2071.
DOI: https://doi.org/10.56712/latam.v5i6.3143
Pauta paritaria de radio y televisión en el proceso electoral
local: Campeche 2023-2024
Equal radio and television guidelines in the local electoral process:
Campeche 2023-2024
Ana Isabel Mijangos Cortés
amijangos25@gmail.com
https://orcid.org/0000-0001-7400-626X
Instituto Electoral del Estado de Campeche
Campeche – México
María Enock Sánchez Aguilar
maria.sanchez.aguilar@instcamp.edu.mx
https://orcid.org/0009-0003-7894-0094
Escuela de Ciencias de la Comunicación del Instituto Campechano
Campeche – México
Karina Gabriela Magaña Valencia
Karina.magaña@instcamp.edu.mx
https://orcid.org/0000-0002-5571-3003
Escuela de Mercadotecnia del Instituto Campechano
Campeche – México
Manuelita Concepción Cauich Uicab
manuelita.cauich@instcamp.edu.mx
https://orcid.org/000-0003-0224.3113
Escuela Normal Superior del Instituto Campechano
Campeche – México
Artículo recibido: 29 de noviembre de 2024. Aceptado para publicación: 13 de diciembre de 2024.
Conflictos de Interés: Ninguno que declarar.
Resumen
En el siglo XXI, el panorama político global refleja una diversidad de experiencias y realidades para las
mujeres que buscan involucrarse en la esfera pública; se trabaja en políticas para fomentar su
inclusión en cargos de elección popular y tener la representación efectiva; sin embargo, los
estereotipos de género y los desafíos como la Violencia Política contra las Mujeres en Razón de
Género (VPMRG) aún persisten, y que se ve reflejado desde la aplicación de las cuotas electorales
hasta en la disparidad en la distribución del presupuesto de campaña. La investigación, versa sobre la
distribución de la pauta paritaria de radio y televisión para la etapa de campaña en el proceso electoral
2024 en Campeche; tuvo como objetivo clasificar y analizar el contenido de los promocionales, el
acceso a las prerrogativas del tiempo de Estado de radio y televisión para las candidatas mujeres y el
cumplimiento del 50% de asignación. La metodología fue mixta, combinando la clasificación
cuantitativa y el análisis cualitativo del contenido de los promocionales de los partidos políticos y
coaliciones. Se utilizaron los datos de registro del monitoreo establecido por el Instituto Nacional
Electoral (INE) para verificar la programación. Los resultados arrojaron que se garantiza la equidad
entre mujeres y hombres en el acceso a las prerrogativas, pero resulta necesario trabajar con los
partidos políticos para que las medidas no sean solo un cumplimiento, sino que realmente beneficien
a las candidatas destacando en los promocionales su trayectoria, proyectando su experiencia y/o
propuestas para información de la ciudadanía.
LATAM Revista Latinoamericana de Ciencias Sociales y Humanidades, Asunción, Paraguay.
ISSN en línea: 2789-3855, diciembre, 2024, Volumen V, Número 6 p 2072.
Palabras clave: participación política de las mujeres, prerrogativas, pauta paritaria,
promocionales, violencia política contra las mujeres en razón de género
Abstract
In the 21st century, the global political landscape reflects a diversity of experiences and realities for
women seeking to get involved in the public sphere; policies are being worked on to encourage their
inclusion in elected positions and to have effective representation; however, gender stereotypes and
challenges such as Political Violence against Women Based on Gender (VPMRG) still persist, and this
is reflected from the application of electoral quotas to the disparity in the distribution of the campaign
budget. The research deals with the distribution of the equal radio and television schedule for the
campaign stage in the 2024 electoral process in Campeche; its objective was to classify and analyze
the content of the advertisements, the access to the prerogatives of State time on radio and television
for female candidates and the fulfillment of the 50% allocation. The methodology was mixed,
combining quantitative classification and qualitative analysis of the content of the advertisements of
political parties and coalitions. The monitoring registry data established by the National Electoral
Institute (INE) was used to verify the programming. The results showed that equality between women
and men is guaranteed in access to prerogatives, but it is necessary to work with political parties so
that the measures are not just compliance, but really benefit the candidates by highlighting their career
in the advertisements, projecting their experience and/or proposals for the information of the citizens.
Keywords: women's political participation, prerogatives, equal schedule, advertisements,
political violence against women based on gender
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Cómo citar: Mijangos Cortés, A. I., Sánchez Aguilar, M. E., Magaña Valencia, K. G., & Cauich Uicab, M.
C. (2024). Pauta paritaria de radio y televisión en el proceso electoral local: Campeche 2023-2024.
LATAM Revista Latinoamericana de Ciencias Sociales y Humanidades 5 (6), 2071 – 2085.
https://doi.org/10.56712/latam.v5i6.3143
LATAM Revista Latinoamericana de Ciencias Sociales y Humanidades, Asunción, Paraguay.
ISSN en línea: 2789-3855, diciembre, 2024, Volumen V, Número 6 p 2073.
INTRODUCCIÓN
La participación de las mujeres en la política ha sido un tema central en la evolución de las democracias
modernas. A lo largo de la historia, las mujeres han luchado incansablemente por el reconocimiento de
sus derechos civiles y políticos, desafiando las barreras impuestas por estructuras sociales arraigadas
en la desigualdad de género. A pesar de los avances significativos en las últimas décadas, las mujeres
aún enfrentan numerosos desafíos en su búsqueda por acceder y ejercer el poder político en igualdad
de condiciones.
En México, desde el 2014 con la implementación de nuevas medidas constitucionales que permiten la
incorporación y representación igualitaria de las mujeres en la política, se refleja una diversidad de
experiencias y realidades para las mujeres que buscan involucrarse en la esfera pública. Con la paridad
como principio rector de la materia electoral, paulatinamente las mujeres ocupan espacios en los
congresos federal y locales, en las gubernaturas de los estados y ayuntamientos, pero enfrentándose
con la resistencia de los partidos políticos (Cerva, 2014, como se citó en Góngora V. Martínez, C. 2021,
p. 140).
La Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE), señala que es derecho de la
ciudadanía tener acceso a cargos de elección popular, en igualdad de oportunidades para mujeres y
hombres, por lo que los partidos políticos y, las personas precandidatas y candidatas, deberán
garantizar el principio de paridad de género en el ejercicio de los derechos políticos y electorales, así
como el respeto a los derechos humanos de las mujeres (LGIPE, 2024; artículos 6, numeral 2 y 7,
numeral 1, pp. 4-5).
Si bien se ha avanzado en normativas que garantizan la participación política de las mujeres, como
señala Karolina Gilas, “las ambigüedades en ciertas legislaciones, la presencia de válvulas de escape
y la no consideración de las leyes como de orden público deja suficiente margen de maniobra a las
élites políticas como para ubicar a las mujeres en los puestos poco competitivos y/o en distritos
uninominales perdedores” (Caminotti, 2016:134 como se citó en Gilas, K. 2021 p. 30). y se encuentra
contradicción en disposiciones que regulan la vida interna y procedimientos de los partidos,
entendiendo como única obligación garantizar la paridad en la postulación de candidaturas.
En los espacios de poder, donde se toman las decisiones, aún persisten los estereotipos de género en
la esfera política, y los desafíos como la VPMRG se ve reflejado desde la aplicación de las cuotas
electorales hasta en la disparidad en la distribución del presupuesto de campaña.
“Resulta necesario revisar la norma sobre el financiamiento de los partidos políticos para que muestre
coherencia con el principio constitucional de paridad de género...La postulación paritaria de las
candidaturas no es suficiente si sus propios partidos políticos no les proporcionan condiciones
equitativas de competencia en cuanto a recursos económicos y humanos. La desigualdad económica,
en este sentido, constituye una importante desventaja para las mujeres que contienden por cargos
políticos.” (Góngora, V., Martínez, V., 2021, p. 184)
La violencia política contra las mujeres postuladas por los partidos políticos puede expresarse a través
de obstaculizar la campaña de modo que se impida que la competencia electoral se desarrolle en
condiciones de igualdad; la inequidad en el acceso a las prerrogativas, incluyendo el financiamiento
público, hasta el acceso al tiempo del Estado de radio y televisión, al cual tienen derecho de forma
gratuita los partidos.
Ante esto, siendo el Instituto Nacional Electoral (INE) la autoridad única para la administración del
tiempo que corresponda al Estado en radio y televisión, en el 2020 reformó su Reglamento Interior, para
facilitar el cumplimiento de sus funciones a efecto de implementar las reformas a leyes generales
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en materia de VPMRG (INE/CG163/2020); en la asignación de sus mensajes que les correspondan, los
partidos políticos garanticen la no discriminación por razón de género en la programación y
distribución de dichos tiempos (INE/CG198/2020, p. 8), e incluir la obligación que tienen los partidos
políticos y coaliciones de garantizar a las candidatas para que contiendan en igualdad de
oportunidades en el acceso al tiempo del Estado en radio y televisión (INE/CG445/2023 p.47).
La Consejera Electoral del INE, Dania Ravel Cuevas (2024), en su ponencia “La participación Política de
la Mujeres en el Proceso Electoral 2023-2024”, impartida en el Estado de Campeche, señala que antes
de que existiera esta regla (pauta paritaria), en el proceso electoral del 2018 se analizó que los partidos
políticos prácticamente destinaban todo su tiempo de radio y televisión a sus candidatos, o por lo
menos daban más tiempo a sus candidatos que a sus candidatas.
“Para 2021 ya teníamos estos lineamientos, pero con esta regla nada más del 40%, y se registra una
mejoría respecto de exposición que daban los partidos políticos en sus spots de radio y televisión a los
candidatos y a las candidatas; y para el 2024, en general los partidos políticos le dieron más promoción
a las candidatas que a los candidatos, con lo cual garantizamos una competencia mucho más
igualitaria para las mujeres, sobre todo porque mediáticamente siguen dándole menos cobertura a las
mujeres candidatas que a los hombres y muchas veces siguen reproduciendo diferentes tipos de roles
de género” (Ravel, D. 2024); como se puede observar en la siguiente tabla (1).
Tabla 1
Cumplimiento de la pauta de radio y televisión por los Partidos Políticos Nacionales (PPN)
Fuente: Ravel, D. (2024).
Modificación en la distribución de promocionales de radio y televisión en razón de género
En el acuerdo INE/CG517/2020 (2020), el Consejo General del INE aprobó los Lineamientos para que
los partidos políticos nacionales y locales prevengan, atiendan, sancionen, reparen y erradiquen la
violencia política contra las mujeres en razón de género, el cual establece en el artículo 14, fracción XV:
“Garantizar a las mujeres que contiendan postuladas por un partido político o caolición en las
campañas políticas, igualdad de oportunidades en el acceso a prerrogativas, incluyendo el
financiamiento público para la obtención del voto y el acceso a los tiempos de radio y televisión;
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De este modo, en los promocionales pautados de candidaturas al Poder Legislativo, ya sea federal o
local, el tiempo de radio y televisión para la obtención del voto de las candidatas no podrá ser menor
al 40% del tiempo destinado para cada partido o coalición al total de candidaturas para dicho cargo. El
mismo criterio se deberá observar en los promocionales correspondientes a candidaturas a
ayuntamientos o alcaldías” (Lineamientos 2020, artículo 14. 10 de diciembre de 2020).
Medida que fue instaurada en las elecciones concurrentes del 2021 para garantizar la no
discriminación por razón de género en la programación y distribución de tiempos del Estado.
Así mismo, el Consejo General del Instituto Estatal Electoral de Hidalgo (IEEH) emitió el Acuerdo por el
que se aprobaron los Lineamientos estatales para que los Partidos Políticos Nacionales (PPN) con
participación política local y, en su caso, los Partidos Políticos Locales (PPL) y coaliciones totales,
prevengan, atiendan, sancionen, reparen y erradiquen la VPMRG, incrementando el porcentaje del 40%
al 50% (IEEH/116/2021 p.36), en concordancia con la paridad de género, pues resulta contradictorio
que los porcentajes de los tiempos en radio y televisión no sean paritarios, es decir, también del 50%.
Para el Proceso Electoral Concurrente 2023-2024, la Consejera Electoral del INE, Carla Astrid Humphrey
Jordan solicitó a la “Secretaría Ejecutiva girar sus instrucciones a las áreas respectivas del Instituto, a
efecto de contar con una propuesta de Acuerdo para la modificación del artículo 14 de los
Lineamientos sobre VPMRG con el objeto de incrementar al cincuenta por ciento (50%) el umbral de
participación de las candidatas en el financiamiento público para la obtención del voto y el acceso a
los tiempos en radio y televisión” (INE/CG591/2023, p. 15), el cual fue aprobado por unanimidad.
“No otorgar 50% de los tiempos en radio y televisión para las mujeres podría constituir una forma de
discriminación y violencia en razón de género y la desventaja que traería sería un menor
posicionamiento de las mujeres durante la campaña de los procesos electorales y, como una posible
consecuencia, la menor representación de las mujeres en la titularidad de los cargos de elección
popular” (INE/CG591/2023 p.22).
La reforma significa que al igual que en el PEF 2020-2021, que se verificó la distribución de
promocionales en razón de género, también se realizara para el PEF 2023-2024, en consonancia con la
paridad de género en la postulación de candidaturas, y que también los porcentajes de los tiempos de
radio y televisión sean paritarios, por lo que otorgar un menor número de spots, podría constituir una
discriminación y VPMRG.
El artículo 7 del Reglamento de Radio y Televisión en Materia Electoral (RRTME) dispone que los
partidos políticos, sus precandidaturas y candidaturas, así como las coaliciones y, en su caso,
candidaturas independientes accederán a los mensajes de radio y televisión a través del tiempo que la
Constitución les otorga como prerrogativa en la forma y términos establecidos en la LGIPE, la Ley
General de Acceso a la Mujer a una Vida Libre de Violencia (LGAMVLV), Ley de Acceso de las Mujeres
a una Vida Libre de Violencia del Estado de Campeche, y el propio Reglamento.
Por su parte, el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Campeche (IEEC) a través del
Acuerdo CG/033/2020 (2020), en el Anexo Único de los Lineamientos para que los Partidos Políticos
prevengan, atiendan y erradiquen la violencia política contra las mujeres en razón de género en el
Estado de Campeche, puntualiza en el art. 6 apartado VII, que la VPMRG puede expresarse al
obstaculizar la precampaña o campaña de una precandidata o candidata de modo que se impida que
la competencia electoral se desarrolle en condiciones de igualdad (Anexo Único 2020. 10 de diciembre
de 2020).; así como también en el art. 14, apartado XIV del mismo anexo, señala que al interior de los
institutos políticos se deben implementar medidas y acciones que garanticen el financiamiento público
para el acceso a los tiempos en radio y televisión en periodo electoral (Anexo Único 2020. 10 de
diciembre de 2020).
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En el contexto del Proceso Electoral Estatal Ordinario (PEEO) 2023-2024, en Campeche la difusión de
promocionales de radio y televisión fueron herramientas estratégicas utilizadas en campañas por los
partidos políticos para promover el voto hacia las personas candidatas propuestas.
METODOLOGÍA
Metodología para la clasificación y análisis de promocionales de radio y televisión en razón de género
Para la investigación se llevó a cabo un análisis cualitativo y cuantitativo de la distribución de
promocionales de radio y televisión con enfoque descriptivo, de corte transversal, y se utilizó la
metodología única aprobada por el INE (INE/681/2023), con el propósito de homologar la clasificación
de materiales en radio y televisión por cargo y género, y verificar el cumplimiento del acceso paritario
a la pauta para la etapa de campaña del PEEO 2023-2024, del 14 de abril al 29 de mayo de 2024, por
parte de los partidos políticos y coaliciones totales, y los datos arrojados en el informe final que elaboró
el Organismo Público Local Electoral (OPLE) Campeche (IEEC, 2024), por lo que no se manipularon los
datos.
Los spots analizados están almacenados en el Sistema de distribución de promocionales en Razón de
Género del INE, actualizado dos veces por semana conforme a los calendarios de órdenes de
transmisión; para la clasificación del material fue con base en el número de impactos asociados a cada
promocional (tiempo) pautados, y no por la cantidad de materiales producidos por los partidos
políticos, por cargo y género.
Clasificación por cargo
Legislativo local, Ayuntamientos y cuarto poder (que en el caso de Campeche es para Juntas
Municipales). En el spot debió ser identificable el cargo por el cual están postulados, ya sea que se
mencionan, presenten o aparezcan en la pantalla, como se detalla en la tabla 2.
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Tabla 2
Clasificación de materiales por cargo
Fuente: INE 2023.
Clasificación por género
La verificación de este rubro se refiere únicamente a las candidaturas objeto de análisis (diputaciones
locales, integrantes de Ayuntamientos y Juntas Municipales), tabla 3.
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Tabla 3
Clasificación de materiales por género
Fuente: INE 2023.
Para el análisis de contenido de los promocionales e identificar hallazgos sobre los elementos
explícitos o gráficos, se elaboró un concentrado en Excel que contiene la clasificación por partido
político, folio y versión del promocional, cargo, género, y observaciones sobre la participación activa de
la o las candidatas, que sea plenamente identificable e interactúa en el promocional, aparece a cuadro
y habla (en el caso de televisión) o se escucha su voz (en el caso de radio); participación pasiva, un
locutor/a menciona a las candidaturas, se utiliza cintillos en el video con el nombre de la o las personas
y cargo, sin la participación de las personas candidatas.
Para el PEEO 2023-2024, en Campeche, participaron los siguientes actores políticos:
7 Partidos Políticos Nacionales (PPN): Acción Nacional (PAN), Revolucionario Institucional (PRI),
Revolución Democrática (PRD), del Trabajo (PT), Verde Ecologista de México (PVEM), Movimiento
Ciudadano (MC), y Morena.
4 Partidos Políticos Locales (PPL): Encuentro Solidario Campeche (PES), Campeche Libre, Espacio
Democrático de Campeche, y Movimiento Laborista Campeche.
2 coaliciones: “Sigamos Haciendo Historia en Campeche”, por Morena, PT y PVEM (parcial); “Fuerza y
Corazón por Campeche” (FCXC) [total], por PRI y PRD:
2 candidaturas independientes para las alcaldías de Escárcega y Seybaplaya.
En dicha contienda electoral se eligieron por el principio de Mayoría Relativa (MR) 21 Diputaciones
Locales, integrantes de 13 Ayuntamientos y 22 Juntas Municipales; siendo postuladas para las
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diversas candidaturas por MR y Representación Proporcional (RP) 3 mil 661 personas, de las cuales
mil 609 fueron mujeres.
RESULTADOS
Del 14 de abril al 29 de mayo, que es el periodo que comprendió la campaña electoral para las
elecciones de Diputaciones Locales, Ayuntamientos y Juntas Municipales en el estado de Campeche,
la Unidad de Género y la Unidad de Comunicación Social del IEEC, bajo la guía de la Dirección Electoral,
Prerrogativas y Partidos Políticos (DEPPP) del INE, realizaron la clasificación del material de radio y
televisión de los actores políticos, mediante la metodología única aprobada en el Acuerdo
INE/681/2023, con el criterio de identificar los elementos que se adviertan en cada promocional: la
candidatura presentada, cargo de la persona postulada, y el o los géneros de las candidaturas.
Para el análisis de contenido de los promocionales de radio (RA) y televisión (RV), se clasificaron los
spots pautados que se actualizan dos veces por semana conforme a los calendarios de órdenes de
transmisión que se encuentran en el Módulo de visualización.
Los PPN, PPL y la Coalición “Fuerza y Corazón por Campeche” tuvieron un total de 69 mil 555 impactos,
de los cuales 8 mil 683 corresponden a promocionales genéricos, por lo que fueron excluidos del
universo a evaluar.
Para las candidaturas a diputaciones locales y ayuntamientos fueron un total de 60 mil 872
promocionales que se evaluaron, lo que representa un 87.516% del tiempo disponible.
El PRD no asignó material para la campaña local; a excepción del PES, los otros tres PPL, así como las
candidaturas independientes no pautaron materiales.
Para la elección de Juntas Municipales, ninguna candidatura fue promocionada.
Por su parte el PT y PVEM fueron los partidos políticos que mayor número de materiales pautaron para
el cargo de Diputaciones y Ayuntamientos; en tanto que el PAN fue el de menor número de materiales.
La alianza “Sigamos Haciendo Historia en Campeche”, conformada por Morena, PT y PVEM, fue una
coalición parcial.
Resultados de la clasificación para el cargo de Diputaciones Locales
Los impactos considerados para la evaluación del 50% a candidatas a diputadas locales fueron 27 mil
651. A continuación, se hicieron las siguientes observaciones por partido político:
PRI: Destinó 5 mil 684 impactos a varias candidaturas de mujeres para diputación local, lo que significa
que el promocional no estaba personalizado, hablaba en plural; utiliza lenguaje incluyente; mensaje en
general: “Política con rostro de mujer”; se aprecian imágenes generales, sin posicionar alguna
candidatura o mencionar la entidad federativa. Fue un único promocional para radio y televisión que se
utilizó durante los 46 días de campaña (RA01219-24 y RV01129-24).
PT: Para la elección de diputación local, produjo dos promocionales para radio y televisión. El primero
para varias candidatas, sin personalizar, material genérico, sólo fueron objeto de enunciación por un
locutor/a o mediante un cintillo al final del promocional (RA01145-24 y RV01061-24). Y el segundo,
para la promoción de la candidata del distrito local electoral 02, resalta la imagen de la candidata;
material producido en específico (RA02703-24 y RV02544-24). En total fueron mil 400 impactos
destinados para candidatas mujeres.
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PVEM: Cumpliendo con el 100%, asignaron ocho spots de radio y televisión, para varias candidatas,
sin personalizar, material genérico que más que la promoción de la persona, eran propuestas de la
filosofía partidista: delitos ambientales, laboratorio de medicinas, empleo a personas con discapacidad
y agua (RA01125-24, RV01004-24; RA01128, RV01003-24; RA01561-24, RV01486-24; RA01464-24 y
RV1006-24). Solo fueron enunciadas por un locutor/a o mediante un cintillo al final del promocional.
MC: Fue el partido político que más impactos destinó, de los 7 mil 506 spots evaluados todos fueron
asignados para varias candidatas a diputadas locales sin personalizar hacia una o unas candidaturas
en específico, sin imagen personal; es un material genérico. El promocional que se transmitió durante
el periodo de campaña fue “Yuawi fosfo” (RA01303-24 y RV01222-24), interpretado por Yuawi López.
Morena: Destinó 10 mil 713 impactos para promocionar varias candidaturas, con un mismo
promocional para radio y televisión (RA01193-24 y RV01110-24), por lo que se califica como mixto:
mujeres y hombres. Es por ello que cumplió con el 50% mínimo requerido, con 5 mil 365.5 de impactos
totales.
PES: El único partido local que asignó material, específicamente para la candidata por el distrito 09,
con cabecera en Ciudad del Carmen, Campeche. Aunque solo fue para el medio de comunicación, la
radio; se asignaron 197 impactos (RA02440-24, RA02441-24 y RA02444-24).
PAN y la coalición FCXC no produjeron materiales para este cargo
De forma cuantitativa se puede apreciar en la gráfica 1 el cumplimiento para el cargo de diputaciones
locales por parte del PRI, PT, PVEM, MC y PES con el 100%, en tanto que Morena con lo mínimo
establecido, el 50%.
Cumplimiento para el cargo de Diputaciones
Gráfico 1
INE 2024
Sin embargo, podemos identificar que solo el partido local, el PES, personalizó sus promocionales, si
bien, sólo a una candidata de todas sus postulaciones, el material para radio fue producido ex profeso.
Los PPN, en general, utilizaron promocionales con imágenes genéricos, sin regionalizar con la entidad
campechana, sin personalizar, identificar o posicionar a sus candidatas, y solo se clasificaba el material
por elementos como: “Vota por las candidatas a diputadas…”, “Propuesta de las candidatas a diputadas
locales…”, dando así cumplimiento a la pauta paritaria.
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Para efectos estrictamente informativos, en la metodología implementada, se realizó la clasificación
de “candidaturas por acciones afirmativas”, en caso que los materiales contengan algún elemento
explícito o gráfico con el que se pueda identificar que la persona es postulada por alguna acción
afirmativa aprobada por el OPLE Campeche para este proceso electoral, las cuales son:
Autoadscripción de género, población indígena, personas con discapacidad, juventud y personas de la
población LGBTTTIQ+. En este rubro no se identificó ningún material para alguna candidatura.
Resultados de la verificación para el cargo de Ayuntamientos
Para la elección de Ayuntamientos, 33 mil 221 impactos fueron considerados para la evaluación del
50% a candidatas, distribuidos el 60.65% (20,150) para candidatas, y el 7.35% (2,443) para candidatos;
en tanto que el 31.99% (10,628) se destinaron para candidaturas mixtas, que fue la estrategia que
utilizó el partido Morena.
A continuación, se presenta el cumplimiento por partido político.
PRI. Asignó 8 mil 133 impactos a candidaturas de mujeres (76.90%), con material genérico, no
personalizado a alguna figura candidata (RA01217-24 y RV01127-24); en tanto el 23.20%, 2 mil 443
impactos se programaron para el candidato a la presidencia municipal de Campeche; promocional
personalizado, y solo en radio (RA02079-24).
PT. De los 751 impactos evaluados, fueron designados el 100% a candidaturas de mujeres: para la
candidata a la presidencia municipal, con la cual estaban en coalición, siendo un promocional
personalizado, con la imagen de la candidata (RA01730-24 y RV01638-24); y promocional genérico de
varias candidatas, sin elementos que especifiquen o personalicen a la o las demás candidaturas
(RA01192-24 y RV01083-24).
MC. De los 8 mil 333 impactos, el 100% se asignaron específicamente a la candidata por la presidencia
municipal de Campeche, personalizado, enunciando su nombre y cargo, imagen a cuadro de la
candidata (RA01748-24 y RV01656-24), así como el jingle de la candidata, solo en radio (RA01749-24).
Morena. Cumplió con el 60.81% con 2 mil 933 asignados a candidatas mujeres. Para su candidata a la
presidencia municipal de Campeche, personalizado, aunque solo para radio (RA02255-24, RA02412-24
y RA02411-24) y 5 mil 314 con varias candidaturas (mixto), promocional genérico (RA01207-24 y
RV01113-24).
Para la elección de Ayuntamiento se destaca que los actores políticos destinaron una proporción
superior al 50% de sus prerrogativas en radio y televisión; los partidos PT y MC cumplieron con el 100%,
el PRI con el 76.90%, y Morena con el 60.81%. Cabe señalar que PAN, PVEM, FCXC, y los PPL no
produjeron materiales asignados a este cargo, como se muestra en la gráfica 2.
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Cumplimiento para el cargo de Ayuntamiento
Gráfica 2
INE 2024
Podemos identificar que en esta elección (Ayuntamiento) los promocionales a las candidaturas
mujeres fueron personalizadas, con imágenes de las candidatas, utilizando sus voces, y elementos
plenamente identificados. Pudiéramos señalar que el Ayuntamiento de Campeche era la posición de
mayor interés para los partidos políticos.
En los demás materiales no personalizaron, sin identificar o posicionar a sus candidatas, y solo se
clasificaba el promocional por elementos como: “Vota por las candidatas a los ayuntamientos…”,
dando así cumplimiento a la pauta paritaria.
El cuarto nivel de gobierno (Juntas Municipales), no fue contemplado en los materiales por parte de
los actores políticos.
CONCLUSIÓN Y DISCUSIÓN
Los resultados en esta investigación indican que, si bien hubo avances en la implementación de la
paridad de género en la distribución de promocionales de radio y televisión, aún persisten desafíos
significativos. Se observa una tendencia hacia una mayor representación de mujeres en los
promocionales, sin embargo, es necesario garantizar una figura más participativa y no se limite sólo a
la enunciación de nombres y cargos por parte de una tercera persona (locutor/a).
Siendo la primera vez que se aplica esta normativa en Campeche, los partidos políticos cumplieron con
la obligación de asignar el 50% del tiempo para candidaturas mujeres para el PEEO 2023-2024,
rebasando en su mayoría con el porcentaje establecido.
Cabe señalar que se eligieron por el principio de Mayoría Relativa, 21 distritos electorales, 13
ayuntamientos y 22 juntas municipales, y la estrategia de los partidos políticos y coaliciones con mayor
interés se centró en la elección de la presidencia municipal de Campeche; después, de forma
personalizada en dos candidatas para diputación local.
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ISSN en línea: 2789-3855, diciembre, 2024, Volumen V, Número 6 p 2083.
De los 27 mil 651 impactos para diputaciones, 16 mil 938 (61.26%) se destinaron para promocionar
candidatas; pero al hacer el análisis del contenido de los promocionales, solo fueron 256 impactos de
ese universo que promovieron explícitamente a dos candidatas: el PT para el distrito 02 Campeche, y
PES, distrito 09 Carmen. Lo que representa un 0.92 % de los impactos en la promoción personalizada.
Para la elección de Ayuntamiento, de los 33 mil 221 impactos, 20 mil 150 (60.65%) fue para
promocionar candidatas, de los cuales solamente 10 mil 525 (31.67%) en el análisis de contenido se
observó que promovieron directamente la persona de dos candidaturas: Morena y PT que fueron en
alianza, destinaron spots específicos, personalizados para su candidata a la presidencia municipal de
Campeche. MC, destinó diversos materiales para radio y televisión, para promover a la candidata a la
presidencia municipal de Campeche.
Así, podemos concluir que del universo total de impactos clasificados (60 mil 872), fueron solamente
10 mil 781 los que se produjeron especialmente para promover la imagen, trayectoria y propuestas de
las mujeres candidatas.
¿Cumplieron los partidos políticos con la distribución de promocionales de radio y televisión en razón
de género para la etapa de campaña? Si, cumplieron cuantitativamente, y algunos hasta destinaron
más del 50% establecido. Pero, no así de forma cualitativa. Del material propuesto un alto porcentaje
fue genérico, no regionalizado, sin identificar a alguna candidatura en específico; subutilizado el tiempo
de radio y televisión para la promoción de las candidatas, al no promover la participación activa de las
candidatas.
Como señalan Vanesa Góngora y César Martínez (2021), el principio de género debe transitar de lo
cuantitativo (que se está cumpliendo en la postulación del 50-50 en las candidaturas de hombres y
mujeres) a lo cualitativo, que se refiere a la posibilidad real que las mujeres candidatas sean electas,
que tengan una mayor proyección que les permita formar liderazgo y experiencia en sus trayectorias
políticas.
Con esta medida se garantiza que exista igualdad formal entre mujeres y hombres en el acceso a las
prerrogativas del tiempo de Estado de radio y televisión, y tener una contienda electoral en igualdad de
circunstancias; ahora resulta necesario trabajar con los partidos políticos en que las medidas no sean
solo un cumplimiento, sino que realmente se beneficien las postulaciones de mujeres candidatas
destacando su trayectoria, proyectando su experiencia y/o propuestas, y que sea información útil e
informada para la ciudadanía.
La pauta paritaria en la distribución de promocionales de radio y televisión durante el periodo de
campaña electoral en Campeche (2023-2024), fue un aspecto importante para promover la igualdad
de género en el ámbito político. Si bien se han implementado medidas para garantizar una mayor
representación de mujeres, es necesario continuar trabajando en la promoción de una participación
política inclusiva, equitativa, más activa, y de visibilización de las mujeres candidatas; mayor
involucramiento de los partidos políticos. Este estudio resalta la importancia de monitorear y evaluar
constantemente las políticas de género en el contexto electoral para lograr avances significativos hacia
la igualdad de género en la vida política.
LATAM Revista Latinoamericana de Ciencias Sociales y Humanidades, Asunción, Paraguay.
ISSN en línea: 2789-3855, diciembre, 2024, Volumen V, Número 6 p 2084.
REFERENCIAS
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atiendan y erradiquen la violencia política contra las mujeres en razón de género del Estado de
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mediante el cual se modifica el Reglamento de Radio y Televisión en Materia Electoral con motivo de
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de Campeche, por el que se aprueban los lineamientos para que los partidos políticos prevengan,
atiendan y erradiquen la violencia política contra las mujeres en razón de género del estado de
Campeche. https://www.ieec.org.mx/Documentacion/AcuerdosActas/2020/Diciembre/5a_ord/CG_3
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por el cual se reforma el reglamento interior del Instituto Nacional Electoral.
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por el que se aprueban los lineamientos para que los partidos políticos nacionales y, en su caso, los
partidos políticos locales, prevengan, atiendan, sancionen, reparen y erradiquen la violencia política
contra las mujeres en razón de género.
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Consejo General (2020). Lineamientos para que los partidos políticos nacionales y en su caso, los
partidos políticos locales prevengan, atiendan, sancionen, reparen y erradiquen la violencia política
contra las mujeres en razón de género.
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Consejo General (2021). Lineamientos estatales para que los partidos políticos nacionales con
participación política local y los partidos políticos locales, prevengan, atiendan, sancionen, reparen y
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Consejo General (2023) INE/CG/681/2023 Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral
por el que se prueba la metodología para la elaboración del Informe de distribución de promocionales
de radio y televisión en razón de género para la etapa de campaña de los Procesos Electorales Locales
2023-2024, con el propósito de homologar la clasificación de materiales en radio y televisión por cargo
y género para verificar el cumplimiento del acceso paritario a la pauta, así como la presentación de la
información y los resultados por parte de los organismos públicos locales.
https://repositoriodocumental.ine.mx/xmlui/bitstream/handle/123456789/162547/CGor202312-15-
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mediante el cual se modifica el Reglamento de Radio y Televisión en Materia Electoral.
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por el que se modifica el porcentaje de financiamiento y tiempos del Estado de Radio y Televisión
previstos en los Lineamientos para que los partidos políticos nacionales y, en su caso, los partidos
políticos locales, prevengan, atiendan, sancionen, reparen y erradiquen la violencia política contra las
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https://repositoriodocumental.ine.mx/xmlui/bitstream/handle/123456789/154335/CGor202310-26-
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