LATAM Revista Latinoamericana de Ciencias Sociales y Humanidades, Asunción, Paraguay.

ISSN en línea: 2789-3855, diciembre, 2024, Volumen V, Número 6 p 2788.

DOI: https://doi.org/10.56712/latam.v5i6.3206

Pueblo mágico Puerto Balleto Islas Marías, México. Su pasado
penitenciario a través de las permanencias arquitectónicas y

urbanas
Magical town Puerto Balleto Marías Islands, México. Its penitentiary past

through architectural and urban remains

Evangelina Avilés Quevedo
eaviles@uas.edu.mx

http://orcid.org/0000-0001-7222-9873
Universidad Autónoma de Sinaloa

Culiacán, Sinaloa – México

Artículo recibido: 11 de diciembre de 2024. Aceptado para publicación: 27 de diciembre de 2024
Conflictos de Interés: Ninguno que declarar.


Resumen

Se estudian las permanencias arquitectónicas asentadas en el conjunto urbano de pueblo mágico
Puerto Balleto Islas Marías, que testimonian un pasado penitenciario de Colonia Penal Federal (1905-
2010) a Complejo Penitenciario (2010-2019). Estas edificaciones históricas son reutilizadas en la
actualidad para los fines turísticos de este pueblo mágico (hospedaje, servicios, paisaje urbano, etc.).
Sin embargo, estas arquitecturas de Puerto Balleto, aún no han sido valoradas de su pasado
penitenciario y se acreditan como herencia cultural edificada de la Colonia Penal Federal Islas Marías
y, por ende, podría perderse un testimonio único de las extintas colonias penales insulares de América
Latina debido a la forma del tratamiento penitenciario de mujeres y hombres privados de libertad
desarrollados en espacios tipo comunitario y denominados “campamento”. El objetivo es la valoración
de las permanencias arquitectónicas de Puerto Balleto, para su protección y conservación para la
presente y futuras generaciones. Para ello se utilizó la metodología cualitativa del método descriptivo
para el análisis de la arquitectura y urbanismo de Puerto Balleto, a partir de las comparaciones de su
pasado penitenciario y su actualidad como pueblo mágico. Los resultados muestran que las
permanencias urbanas y arquitectónicas son parte del recurso turístico, pero al mismo tiempo, se
convierte en un reto su valoración para su protección y conservación. Se concluye que existe poca
planeación del uso del territorio para fines turísticos que atañe a las edificaciones históricas, por lo
cual, se requiere estrategias y planes de gestión para la protección y conservación de la herencia
cultural edificada penitenciaria para las presentes y futuras generaciones.

Palabras clave: permanencia urbana y arquitectónica, historia, colonia penal, recurso cultural


Abstract
The architectural remains established in the urban complex of Puerto Balleto Islas Marías are studied,
which testify to a penitentiary past from the Federal Penal Colony (1905-2010) to the Penitentiary
Complex (2010-2019). These historic buildings are currently reused for the tourist purposes of this
magical town (lodging, services, urban landscape, etc.). However, these architectures of Puerto Balleto
have not yet been valued from their penitentiary past and are accredited as built cultural heritage of
the Islas Marías Federal Penal Colony and, therefore, a unique testimony of the extinct insular penal
colonies of America could be lost. Latina due to the form of penitentiary treatment of women and men
deprived of liberty developed in community-type spaces and called “camp”. The objective is the



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assessment of the architectural remains of Puerto Balleto, for its protection and conservation for the
present and future generations. For this purpose, the qualitative methodology of the descriptive
method was used to analyze the architecture and urban planning of Puerto Balleto, based on
comparisons of its penitentiary past and its current status as a magical town. The results show that
urban and architectural permanences are part of the tourist resource, but at the same time, their
assessment for their protection and conservation becomes a challenge. It is concluded that there is
little planning of the use of the territory for tourist purposes that concerns historical buildings,
therefore, strategies and management plans are required for the protection and conservation of the
penitentiary built cultural heritage for present and future generations.

Keywords: urban and architectural permanence, history, penal colony, cultural resource
























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Cómo citar: Avilés Quevedo, E. (2024). Pueblo mágico Puerto Balleto Islas Marías, México. Su pasado
penitenciario a través de las permanencias arquitectónicas y urbanas. LATAM Revista
Latinoamericana de Ciencias Sociales y Humanidades 5 (6), 2788 – 2816.
https://doi.org/10.56712/latam.v5i6.3206



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INTRODUCCIÓN

La importancia de las permanencias arquitectónicas de una ciudad o pueblo a través del tiempo,
testimonian no solo la historia de la forma de una ciudad o pueblo en distintas épocas, sino también
un modo de vida de épocas pasadas que aún se experimentan; de aquí que, ambas (pasado histórico,
forma y modo de vida pasadas) constituyen el binomio conjugado de las permanencias
arquitectónicas. En este sentido las permanencias arquitectónicas desde el punto de vista de las
ciencias urbanas, Aldo Rossi (1999) señala que: “La permanencia de la obra arquitectónica a través del
tiempo no es un proceso de petrificación y erosión en el decurso histórico –a pesar de que ciertas
obras pueden correr este riesgo-, sino que es la capacidad de despliegue que históricamente puede
asumir la obra. Pero la capacidad de la obra arquitectónica de sobrevivir en el transcurso del tiempo
solamente es posible por su íntima vinculación a la realidad humana” (p. 14).

De ahí, y retomando a Aldo Rossi (1999a) dice al respecto, “puede ser éste el significado que hay que
dar a las permanencias; éstas son un pasado que aún experimentamos” (p. 99). Por consiguiente, la
protección y conservación de las permanencias arquitectónicas tienen su importancia por los aportes
arquitectónicos que representan la memoria construida que le da el carácter de legado de una ciudad
o pueblo; son a la vez, un producto cultural con valores arquitectónicos que revelan un modo de vida
de una sociedad que la construyó en su momento, y le dan así, su carácter significativo y simbólico en
nuestras ciudades. Es por ello la importancia de valorarlas a través de su conservación; mismo que,
Ochoa Higuera (2024), señala esta naturaleza de la conservación del legado histórico de las
edificaciones: “La conservación, entendida como una alternativa en la valoración de la ciudad, diseña
el mantenimiento de estructuras preexistentes. La urbe aparece como un conjunto organizado de
elementos arquitectónicos, cuyo análisis clarifica su sentido social” (p. 78).

De este modo, la conservación es sinónimo a la valoración de las permanencias arquitectónicas que
testimonian un legado histórico de una ciudad o pueblo; son a su vez una valoración a la arquitectura
como distintivo de patrimonio arquitectónico por su valor histórico, por lo que Lleida (2010), dice que,
“Se entiende por patrimonio arquitectónico aquellos edificios y conjuntos arquitectónicos que por sus
valores históricos, culturales y emblemáticos son significativos para la sociedad que les otorga el
carácter de legado” (p. 41); más aún, dicta “El patrimonio arquitectónico es el escenario del pasado
humano. Si los documentos son la memoria escrita del pasado, el patrimonio arquitectónico es la
memoria construida” (p. 42). De ahí que, su valor atañe al patrimonio arquitectónico y deviene en su
importancia por sus permanencias que revela la memoria construida y al mismo tiempo, reflejan una
herencia cultural de formas y modo de vida pasadas que aún se experimentan.

De ahí que, la presente investigación analiza las permanencias arquitectónicas asentadas en el
conjunto urbano del pueblo mágico Puerto Balleto, isla María Madre, con un pasado penitenciario de
colonia penal (1905-2010) y complejo penitenciario (2010-2019). No obstante, es necesario aclarar
respecto a las permanencias arquitectónicas de este pueblo mágico, mismas que corresponden a la
herencia cultural edificada de la extinta Colonia Penal Federal Islas Marías, fundada en 1905 y cerrada
en 2010, y no, del Complejo Penitenciario Islas Marías. Esto se fundamenta en lo siguiente: al cerrar la
colonia penal en 2010 fue para transformarla en un complejo penitenciario, con la construcción de seis
cárceles federales y ubicados en los campamentos de la extinta colonia penal utilizando sus mismos
nombres, y su centro administrativo de éstas cárceles federales fue precisamente en lo que fue el
Campamento Balleto, sin alterar sus edificaciones, solo cambian de uso y función, a excepción de la
construcción de una cárcel federal femenil y una torre de vigilancia. Por lo tanto, el estudio se dirige a
las permanencias urbanas y arquitectónicas de la extinta Colonia Penal Federal Islas Marías (1905-
2010), de este pueblo mágico Puerto Balleto.

En este constructo, las permanencias arquitectónicas del campamento Balleto de la extinta colonia
penal de las Islas Marías, deviene del modelo histórico de la influencia del antiguo régimen de la colonia



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penal insular surgidas del movimiento moderno penitenciario de Europa del siglo XVIII y mediados del
siglo XIX. Estas, también fueron influencias del modelo de colonia penal insular en las nacientes
repúblicas de América Latina para crear sus propias colonias penales insulares en sus respectivos
países. Hoy en la actualidad, las colonias penales insulares Latinoamericana ya no existen, algunas de
ellas cerraron a mediados del siglo XX y las que sobrepasaron al siglo XXI fueron la Colonia Penal de
Isla de Coiba, Panamá, fundada en 1912 y cerró en 2004, mientras la última de ellas, fue precisamente
la Colonia Penal Federal Islas Marías, México, fundada en 1905 y cerró en 2010. Asimismo, en estudios
realizados y publicados de esta última colonia penal de las Islas Marías desde 2004 al 2018,
demuestran que esta colonia penal, fue un caso sui generis por las formas de la organización
penitenciaria desarrollados en espacios tipo comunitario y denominados “campamentos” (Avilés,
2024).

Así, el antecedente histórico que dejaron las extintas colonias penales insulares de América Latina, son
el testimonio del antiguo régimen penitenciario influenciados del movimiento moderno penitenciario
surgido en Europa del siglo XVIII y mediados del siglo XIX, donde Inglaterra de a mediados del siglo
XVIII aportó la pena de deportación como la justificante jurídica y penal para la creación y origen de la
colonia penal insular en Botany Bay, Australia; mientras que España de mediados del Siglo XIX, aportó
la pena de relegación para la creación de sus propias colonias penales insulares en sus dominios
coloniales (Avilés, 2020).

De esta manera, en las nacientes republicas Latinoamericanas, de acuerdo a Del Olmos (1999)
comenta que, en sus primeros códigos penales fueron retomados en la influencia de los códigos
penales de España de 1848, 1850 y 1870; y así, la justificación jurídica penal en las creaciones de sus
colonias penales insulares en sus respectivos países de América Latina. En base a ello, Avilés (2020 y
2024), da a conocer las primeras y últimas colonias penales insulares de América Latina, donde dicta
que: el Presidio en Islas San Lucas, Costa Rica, considerada como la primera colonia penal insular, fue
fundada en 1873 en su justificación jurídica penal de la pena de presidio, y cerró en 1991; entre otras,
la última colonia penal insular fue la Colonia Penal Federal Islas Marías, México, fundada en 1905 bajo
la justificación jurídica de la pena de relegación y cerró en 2010. Ambas colonias penales fueron
influencias por el Código Penal de España de 1870.

De acuerdos a estudios realizados y publicados por Avilés (2009, 2013, 2020 y 2024), considera a la
Colonia Penal Federal Islas Marías, un caso sui generis de las extintas colonias penales insulares de
América Latina, por las formas de organización penitenciaria desarrollados en espacios tipo
comunitario y denominados “campamentos”. Asimismo, fue la única colonia penal insular que recibió
mujeres y hombres privados de su libertad; además, sus leyes penales le permitieron formar sus
propias familias desde su origen en 1905 hasta su cierre en 2010. En este constructo, la actualidad de
las extintas colonia penales insulares de América Latina, son áreas naturales protegidas en sus
diversas categorías (parque nacional, reserva de la biosfera, santuario de fauna y flora, entre otros) y
se dedican a la protección y conservación de sus recursos naturales, estudios de su biodiversidad,
turismo, etc., como es este caso objeto de estudio.

Al respecto y en estudios que se están realizando en pueblo mágico Puerto Balleto, por un grupo de
investigadores y estudiantes del proyecto de investigación titulado “Islas Marías. Lo que fue y lo que
es, frente al desarrollo sostenible y sustentable”, en la investigación de campo que se realizó en julio
de 2024 en este lugar, se percató el desconocimiento del legado histórico de la cultura material
edificada en el pasado penitenciario centenario de las Islas Marías. De ahí que, a pesar de las
características tipológicas arquitectónicas asentadas en un conjunto urbano y rehabilitadas para los
nuevos usos turísticos (hospedaje, servicios, recorridos, etc.), y además en su integración al paisaje
natural y cultural en Puerto Balleto, no existe información fidedigna que muestren la memoria
construida en las permanencias arquitectónicas de la cultura material edificada de la colonia penal de



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las Islas Marías en el actual uso de estas para fines del turismo de este lugar. Más aún, hasta hoy en
día, no existe una ley en México que proteja y conserve este patrimonio arquitectónico penitenciario
centenario.

Por tanto, el objetivo de este estudio se enfoca a valorar las edificaciones históricas asentadas en el
conjunto urbano de Puerto Balleto, para su protección y conservación para las presentes y futuras
generaciones; a partir del análisis de las permanencias urbano arquitectónicas, sus características
tipológicas e integración al paisaje de Puerto Balleto, mismos que son parte del recurso cultural y
natural donde se desarrolla el turismo de este pueblo mágico.

METODOLOGÍA

La investigación es cualitativa y de tipo histórico y descriptivo. De acuerdo a Tamayo (2002) dicta que
el tipo de investigación histórica describe lo que era, mientras que el tipo de investigación descriptiva,
interpreta lo que es. Con estas orientaciones, se analizan las bases históricas del patrimonio
arquitectónico heredado del campamento Balleto de la extinta Colonia Penal Federal Islas Marías,
mediante el estudio de los usos del suelo y edificaciones, constatado en el actual uso del pueblo
mágico Puerto Balleto.

La técnica utilizada para la obtención de datos, fue la investigación de campo que se realizó en julio de
2024 en el Pueblo Mágico Puerto Balleto, aplicándose las herramientas de la observación participante
y no participante, observación directa y levantamientos fotográficos; mientras los datos históricos
fueron retomados de proyectos de investigación concluidos y publicados desde 2006 al 2024 y
dirigidos a Islas Marías en su momento de operación de colonia penal a complejo penitenciario.

RESULTADOS

Herencia cultural edificada del campamento Balleto de la extinta Colonia Penal Federal Islas Marías

Islas Marías, en su pasado penitenciario de colonia penal (1905-2010) y complejo penitenciario (2010-
2019) son dos modelos penitenciarios diferentes. La primera, o sea la colonia penal concibe su modelo
en la influencia del antiguo régimen penitenciario de la colonia penal, surgido del movimiento
penitenciario de Europa del siglo XVIII y mediados del siglo XIX, y específicamente influenciado de
España del siglo XIX, del Código Penal de 1870, con la aportación de la pena de relegación, quien
justifica jurídicamente las creaciones de sus propias colonias penales insulares de sus dominios
coloniales. Mientras el modelo del complejo penitenciario, Avilés (2024, en imprenta) comenta que se
concibe en la influencia de los complejos penitenciarios de Estados Unidos de Norteamérica. Por lo
que estas diferencias se resumen en sus espacios de la siguiente manera: del “campamento” de la
Colonia Penal Federal a “cárceles federales” del Complejo Penitenciario.

Al respecto y como se ha comentado, el centro administrativo del complejo penitenciario se instaló en
lo que fue el campamento Balleto de la extinta colonia penal, sin alterar sus edificaciones, solo cambian
de uso y función. Por lo tanto, el estudio se dirige al concepto de “campamento” heredado de la colonia
penal de las Islas Marías; el cual fue planeado así, desde su fundación en 1905 y operación formal en
1908 y continúo hasta su cierre en 2010.

De este modo, se estudia en breves recortes históricos iniciando con el antecedente histórico del
modelo de la colonia penal, el cual se fragua bajo el proyecto de la pena de relegación en 1902, siendo
presidente de México, Gral. Porfirio Díaz (1876-1911), mismo que para concretizar el proyecto compra
el archipiélago Islas Marías en 1905, así lo dicta Hernández Sánchez (2016), “En enero de 1905 el
gobierno federal entra en posesión de las islas y comienza el proyecto de creación de la Colonia Penal.
Existe escritura pública emitida por notario el 31 de enero de 1905 en el que la Sra. Gila Azcona Vda.
de Carpena vende al gobierno federal las Islas Marías” (p. 64). Así, una vez finiquitada la compra del



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archipiélago Islas María en enero de 1905, el gobierno federal cristaliza el proyecto de la creación de
Islas Marías como colonia penal con el decreto publicado en el Diario Oficial, el día 12 de mayo de 1905,
el cual, en su único artículo dicta lo siguiente, “Quedan destinadas al establecimiento de una colonia
penitenciaria las islas denominadas «María Madre», «María Magdalena» y «María Cleofás», que
conforman el grupo conocido por «Las Tres Marías», ubicadas en el Océano Pacífico, frente al territorio
de Tepic y que fueron adquiridas por el gobierno”.

Así, una vez expedido el decreto del 12 de mayo de 1905 que ampara la creación y fundación de la
colonia penal de las Islas Marías; Barrón-Cruz (2014), señala este comienzo de la colonia penal en dos
fechas importantes; primero, su proceso de fundación en 1905 y segundo, su operación formal en 1908.
Respecto al primer proceso, la fundación de la colonia penal inicia el 25 de junio de 1905, con la
planeación y distribución de los “campamentos” y de los mecanismos de enlace entre las islas y el
continente; asimismo, con la construcción de las casas para empleados y barracas para los presos, así
como un hospital, un leprosorio y cárcel, utilizando la mano de obra de los reos. Y segundo, la operación
formal de la colonia penal, data el autor que, se ampara del decreto presidencial sobre la reformación
de los establecimientos penales del país, en la que señala que en las Islas Marías se enviará a los
privados de libertad por los Tribunales Federales o por los de distrito y de los territorios de la Baja
California y Tepic, asimismo, dicha colonia dependería de manera directa de la Secretaría de
Gobernación.

A lo señalado por Barrón-Cruz, la operación formal de la colonia penal deviene del decreto fechado el
20 de junio de 1908, que trata sobre los establecimientos penales en el Distrito Federal y Territorios
Federales; pero también, existe otro decreto que define también la operación formal de la colonia penal
y fechado en la misma fecha del 20 de junio de 1908, y trata de una reforma al Código Penal Federal
de 1871 con la adición de la pena de relegación; además, se expide una circular el 29 de junio de 1908,
que trata sobre la reorganización de la colonia penal de las Islas Marías. Por consiguiente, estos
documentos jurídicos penales son claves para comprender la formalidad en la organización
penitenciaria desarrollados en los campamentos en este comienzo operativo de la colonia penal;1 Pero,
por su gran contenido de éstos, sólo se tratará la adición de la pena de relegación en el Código Penal
Federal fechado como ya se comentó, el 20 de junio de1908. Esta elección es por ser el vértice de los
asuntos penitenciarios y por el contenido de sus 11 artículos que la integran, definen la naturaleza del
modelo de la colonia penal, así como, las formas del tratamiento penitenciario de los presos; el cual,
por gran contenido de la misma, solo se tratará por lo pronto, los artículos 1, 2, 4 y 9 respectivamente:

Artículo 1. Se establece la pena de relegación, la cual se hará efectiva en las colonias penales
establecidas en las islas o lugares que sean de difícil comunicación con el resto del país.

Artículo 2. La pena de relegación tendrá dos periodos: el primero será de prisión celular, con
incomunicación parcial y con trabajo; el segundo será también de prisión, pero con trabajo en común,
dentro o fuera de la cárcel, bajo custodia inmediata. Durante la noche, los reos estarán incomunicados
entre sí, o por lo menos, divididos en grupos no mayores de diez en cada aposento.

[…]

Artículo 4. Todo reo, al ser recibido en la colonia, será destinado al primer periodo, y sólo que observe
buena conducta en los términos que prevenga el reglamento interior, pasará al segundo, y de éste a la
libertad preparatoria.


1 Se recomienda la lectura de Hernández Sánchez (2016), quien describe ampliamente estos documentos históricos en el
libro en coordinación “Islas Marías. De colonia penal a complejo penitenciario”.



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[…]

Artículo 9. En las colonias penales se permitirá que continúen residiendo los reos que hayan extinguido
sus condenas y cumplido el tiempo de residencia forzosa que señala el artículo anterior, y que se
establezca en ellas las familias de los reos y otras personas libres, todo en los términos que disponga
el reglamento.

El artículo 1, señala que la pena de relegación es erigida como el modelo de la colonia penal de las Islas
Marías, pero también señala a otras colonias penales de México; esto lo aclara, Hernández-Sánchez
(2016a), que había otras colonias penales, tales como San Juan de Ulúa, llamada “cárcel particular” de
Porfirio Díaz, Valle Nacional y Quintana Roo. Respecto al Artículo 2 y 4, se identifica por la forma
sistémica del tratamiento penitenciario de los presos, la aplicación del sistema progresivo a base del
trabajo y la disciplina; un sistema retomado de España del siglo XIX, aplicado tanto en sus prisiones
como en sus colonias penales insulares (Avilés, 2020). En cuanto al Artículo 9, señala la facultad de
continuar residiendo en la colonia penal a los reos que hayan cumplido su condena, si así lo desearan;
además, de formar sus propias familias tanto a los privados de libertad como a las personas libres.

Así, en el comienzo funcional y operativo de la colonia penal se configura su modelo bajo el auspicio
de la pena de relegación, aplicándose el sistema progresivo para el tratamiento de los sentenciados,
así en la disposición de sus normas penales en la formación de familias de éstos y del personal libre.
De esta manera y desde los inicios de la colonia penal, recibió a mujeres y hombres a cumplir su
sentencia ejecutoria penal, así lo data en la tabla 1:

Tabla 1

Recibimiento de mujeres y hombres sentenciados en la colonia penal 1907-1912

Años Hombres Mujeres Total
1906-1907 105 0 105
1907-1908 412 77 489
1908-1909 1661 220 1881
1910-1911 2041 299 2340
1911-1912 1245 198 1443
1912-1913 31 0 31
Total 5495 794 6289


Fuente: Barrón Cruz, 2014: 50

La tabla muestra en los periodos comprendidos de 1906 a 1911, un incremento de mujeres y hombres
sentenciados recibidos en la colonia penal, y luego una disminución desde 1911 al 1913. Esta
disminución fue debido al estallamiento de la Revolución Mexicana del conflicto armado que inició el
20 de noviembre de 1910 contra el gobierno de Porfirio Díaz, siendo éste derrotado y expulsado de
México en 1911. Asimismo, la Revolución Mexicana culminó con la promulgación de la Constitución
Política de los Estados Unidos de 1917; mismo que en materia penitenciaria, señala en su artículo 18,
el objetivo de la penalización en la regeneración en base al trabajo de los reos. Pero antes de continuar
las siguientes etapas de la colonia penal de las Islas Marías, es necesario anotar que antes de la
Revolución Mexicana, la colonia penal en 1910 contaba con nuevos campamentos y su respectiva
población, tal como se muestra en la tabla 2.




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Tabla 2

Distribución de población en los diferentes campamentos en 1910

Campamentos Militares Civiles Colonos Total
Balleto 50 150 200 400
Rehilete 5 58 54 117
Nayarit 11 53 171 235
Salinas 12 25 150 187
Arroyo Verde 0 0 0 0
Arroyo Hondo 2 2 125 129
Total 80 288 700 1068


Fuente: Madrid Mulia, 2016: 44

La tabla muestra seis campamentos en 1910, estos son, Balleto (primer y principal campamento desde
su origen hasta su cierre en 2010), Rehilete, Nayarit, Salinas (segundo campamento de origen,
posteriormente cambia su nombre a Morelos hasta el cierre de la colonia penal en 2010), Arroyo Verde
(campamento de trabajo) y Arroyo Hondo. En cuanto a la población señalada en el cuadro 1, Avilés
(2009) aclara esta clasificación de población compuesta por militares, civiles y colonos en la siguiente
manera: la presencia de la población de militares fue desde el comienzo y final de la colonia penal, con
el objetivo de salvaguardar la seguridad marítima y terrestre el lugar. Mientras que la población “civiles”,
señala a la población libre, tales como empleados penitenciarios, empleados de las diversas
instituciones sociales y familias de mujeres y hombres privados de libertad y personal libre. Y, la
población de “colonos”, fue una dominación cultural a las mujeres y hombres privados de libertad, que
se mantuvo vigente hasta el cierre de la colonia penal, aunque sus leyes de 1971, se les haya
denominado internos y/o internas.

Así, el comienzo de la colonia penal en las formas de la organización penitenciaria desarrollados en los
campamentos, Avilés (2009 y 2013) señala que desde el principio y final de la colonia penal, sus leyes
penales permitieron formar familias tanto de las mujeres y hombres privados de libertad y del personal
libre; mismo que, la familia fue base estructural en la conformación de espacios tipo comunitario de
los campamentos e hibridados en espacios destinados para el tratamiento penitenciario de mujeres y
hombres sentenciadas(os). Por lo tanto, los campamentos desde el origen y final de la colonia penal,
atendió las necesidades básicas de las familias (vivienda, educación, salud, cultura, deportes, etc.), así
como las formas de llevar a cabo el tratamiento penitenciario de los sentenciados en base a sus
programas: trabajo, capacitación para el trabajo, educación, salud, cultura, entre otros.

De esta manera, desde la fundación y operación formal (1905 y 1908 respectivamente) y cierre de la
colonia penal en 2010, mantuvo esta herencia cultural de espacios tipo comunitario en los
campamentos; mismos que durante su desarrollo en sus 105 años de funcionamiento al servicio del
sistema penitenciario mexicano, transcurrió en distintas épocas de la historia de México, Porfiriato
(1876-1911), Revolución Mexicana (1910-1917), Posrevolucionario (1917-1940), Modernidad (1940-
2000) y siglo XXI. Estos periodos de tiempo, se identifican cambios de leyes penales tales como; el
objetivo de la penalización emanados del artículo 18 Constitucional, regeneración (1917-1965),
readaptación social (1965-2008) y reinserción social (2008 y vigente); además, reformas al código
penal (se deroga la pena de relegación a la pena de prisión en 1939), el Estatuto de las Islas Marías en
1939, que le da vida estatutaria a la colonia penal. Asimismo, la Ley que Establece las Normas Mínimas
sobre Readaptación Social de Sentenciados en 1971, entre otras leyes penales. Estos cambios
normativos penales se reflejaron en los reglamentos internos de la colonia penal (1920 y 1991), sin
alterar las formas de la organización penitenciaria desarrollados en los campamentos, pero se
evidencian estos cambios normativo penales, en mejoras materiales de su infraestructura para su



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desarrollo, así como, en las mejoras de las formas sistémicas del tratamiento de los internos e internas
del lugar, del sistema progresivo al sistema progresivo y técnico.

Para finalizar este estudio, la Colonia Penal Federal Islas Marías antes de su cierre en 2010, contó con
11 campamentos y sus principales áreas funcionales de sus espacios:

Balleto (principal campamento). Áreas: recepción portuaria, oficinas de administración general
(administrativa, técnica y seguridad y custodia), cuartel militar, comercial, educativa y capacitación
para el trabajo, centro cultural (teatro, gimnasio, deportes, etc.), religión (católica y protestante),
habitacional para interno(as) con familia y personal libre, habitacional para internos(as) solteros(as),
cárcel y áreas de trabajo para internos(as)2, comedor comunitario, entre otros.

Rehilete. Áreas: habitacional para internos e internas con familia, internos solteros y visitas con
asuntos internos de la colonia penal, oficinas de seguridad y custodia, religión, deportivas, trabajo para
internos(as), comedor comunitario, áreas de trabajo para internos, etc.,

Nayarit. Áreas: habitacional para funcionarios, internos con familias y para visitantes con asuntos
internos de la colonia penal, recepción aérea (puerto aéreo), caseta de vigilancia militar, y distintas
áreas de trabajo para internos(as), seguridad y custodia, comedor comunitario, etc.,

Aserradero (deshabilitado),

Bugambilias. Áreas: habitacionales para internos(as) con familia y solteros(as), trabajos diversos para
internos(as), educativa, cultural, religión, comedor comunitario, entre otras,

Camarón (deshabilitado)

Papelillos. Áreas habitacionales para internos de conductas especiales, seguridad y custodia, religión,
deportes, áreas de trabajo para internos, comedor comunitario, entre otras;

Laguna del toro. Áreas: habitacionales para internos(as) sin familia e internos(as) solteros(as),
seguridad y custodia, religión, trabajo para internos(as), deportes, comedor comunitario, etc.

Morelos (antes denominados Salinas). Áreas: recepción de internos(as) recién recibidos a la colonia
penal para los estudios técnicos, oficinas para el personal técnico, oficina de seguridad y custodia,
habitacionales para internos(as), religión, deportes, trabajo, comedor comunitario, etc.

Hospital. Áreas: clínica hospital IMSS, habitacionales para internos(as) con familia, laborales para
internos(as), seguridad y custodia, religión, panteón, entre otros.

Zacatal (deshabilitado).

Estos campamentos se ubican en la periferia de la isla María Madre a excepción del campamento
Zacatal ubicado en la parte central de esta isla. La figura 1, muestra la ubicación de estos
campamentos.


2 Al trabajo obligatorio para los internos e internas de la colonia penal, se les denominó “melga”, con una duración laboral
de 6 a 8 horas.



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Figura 1

Ubicación de los campamentos de la colonia penal


Fuente: Avilés, 2009, 2013, 2020 y 2024

Estos campamentos se comunicaban por una carretera perimetral hecha a base de terracería, a
excepción del campamento Zacatal (ubicado en la parte central de la isla), éste último campamento,
se comunicaba por un camino entre el campamento Balleto y Rehilete. Por último, se muestra en la
figura 2, la herencia cultural edificada del campamento Balleto a través del uso del suelo urbano.



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Figura 2

Usos del suelo urbano del campamento Balleto en 2010


Fuente: Avilés 2013: 321

La figura muestra la evidencia tangible de la herencia cultural edificada a través de los usos del suelo
de este campamento; y, de acuerdo a Bozzano et. al. (2008) afirma que “…tiene detrás una carga y una
potencia explicativa dada por la hibridación entre materialidades y prácticas de los actores que en
definitiva hacen, deshacen, significan y resignifica cada uso del suelo” (p. 192). De ahí que, los diversos
usos de los edificios y espacios abiertos del conjunto urbano del campamento Balleto, revelan y



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representan las formas y modo de vida tipo comunitario en su momento de funcionamiento y operación
de la misma.3

La Colonia Penal Federal Islas Marías termina su funcionamiento en 2010, y fue transformada en
Complejo Penitenciario en ese mismo año, para atender a mujeres y hombres sentenciados(as) en los
niveles de máxima, media y mínima peligrosidad, alojados en las seis cárceles federales de máxima,
media y baja seguridad. Estas seis cárceles fueron construidas y asentadas en los mismos
campamentos de la extinta colonia penal y utilizando sus mismos nombres: 1) Centro Federal Femenil
de Readaptación Social de Seguridad Mínima “Zacatal”, 2) Centro Federal Femenil de Readaptación
Social “Rehilete”, 3) Centro Federal de Readaptación Social de Mínima Seguridad “Aserradero”, 4)
Centro Federal de Readaptación Social “Morelos”, 5) Centro Federal de Readaptación Social
“Bugambilias”, y 6) Centro Federal de Readaptación Social de Seguridad Máxima “Laguna del Toro”.
Mientras su centro administrativo se asentó en lo que fue el campamento Balleto, sin alterar sus
edificaciones, solamente cambian de uso y función. Así, el Complejo Penitenciario Islas Marías termina
su vida útil en 2019, y fue transformada en parte, en lo que es hoy en día el Pueblo Mágico Puerto
Balleto.

Las permanencias arquitectónicas y urbanas de pueblo mágico Puerto Balleto

Esta característica de estudio, se realizó en el pueblo mágico Puerto Balleto, y se localiza en la isla
María Madre del archipiélago Islas Marías (figura 3). El archipiélago lo integran tres islas y un islote:
María Cleofás, María Magdalena, María Madre y el islote San Juanito, y se localizan en el Océano
Pacífico mexicano, frente a las costas del Estado de Nayarit (figura 4). El archipiélago Islas Marías, fue
declarado en el año 2000, como Área Natural Protegida, con el carácter de Reserva de la Biosfera;
asimismo, este archipiélago fue declarado Patrimonio Natural de la Humanidad en 2005 por la
UNESCO, integrado a las islas del Golfo de California, mientras que, en el 2010 Reserva de la Biosfera
Islas Marías en adelante.


3 Para mejor comprensión del uso del suelo del campamento Balleto, se recomienda la lectura del libro de Avilés (2009)
“Arquitectura y urbanismo de Islas Marías. Una práctica del diseño en la readaptación social”.



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Figura 3

Localización del pueblo mágico Puerto Balleto, isla María Madre


Fuente:
https://www.google.com.mx/maps/@21.6347562,106.5379152,2843m/data=!3m1!1e3?entry=ttu&g_
ep=EgoyMDI0MTAyOS4wIKXMDSoASAFQAw%3D%3D

Figura 4

Localización de la Reserva de la Biosfera Islas Marías


Fuente: https://www.bing.com/maps/?cp=21.541069%7E-105.584468&lvl=9.7 con intervención
propia.

El pueblo mágico Puerto Balleto, se acredita en 2023 por la Secretaría de Turismo y cuyo antecedente
deviene del entonces presidente de México, Andrés Manuel López Obrador (2018-2024), quien cierra
las Islas Marías en su función penitenciaria en 2019, bajo “DECRETO por el que se desincorporan del
Sistema Federal Penitenciario los Centros Federales de Readaptación Social que se indican, ubicados
en el Complejo Penitenciario Islas Marías”, publicado en el Diario Oficial de la Federación, del día 8 de
marzo de 2019. El cierre del Complejo Penitenciario Islas Marías se debió a las consideraciones de los
altos costos de operación qué beneficios obtenidos para la reinserción social de las personas privadas
de su libertad. Asimismo, este decreto en su artículo quinto, anuncia que la Secretaría de Medio



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Ambiente y Recurso Naturales será la encargada de administrar, desarrollar y preservar los
ecosistemas y elementos de la reserva de la biosfera Islas Marías.

En este constructo, el gobierno federal presenta dos proyectos: el primero, en 2020, el proyecto del
“Centro de Educación Ambiental y Cultural Muros de Agua «José Revueltas»”, pero este proyecto no se
operó inmediatamente, sino que, se incorpora en el segundo proyecto en 2022, con el proyecto integral
de “Centro de recreación turística y cultural de las Islas Marías”. Este último proyecto se opera y
establece tres elementos claves: a) protección y conservación de la reserva de la biosfera, b) Centro
de Educación Ambiental y Cultural, y c) turismo de conservación. Así, y referido al programa del turismo
de conservación, inician con la rehabilitación de las edificaciones históricas de lo que fue el centro
administrativo Puerto Balleto, del Complejo Penitenciario Islas Marías, para destinarlos a los
programas del turismo. Para fines del 2022, inicia la operación funcional de este centro turístico en
Puerto Balleto, con traslados marítimos desde los puertos de San Blas, Nayarit y Mazatlán, Sinaloa.

El 26 de junio de 2023, Puerto Balleto fue declarada como Pueblo Mágico por la Secretaría de Turismo
y el día 31 de octubre de este mismo año, se publica en el Diario Oficial de la Federación, el “PROGRAMA
Institucional de la Empresa de Participación Estatal Mayoritaria Turística Integral Islas Marías S.A. de
C.V.”, anunciando que esta empresa tiene la siguiente misión: Prestar de manera integral servicios
turísticos de bajo impacto ambiental en el Archipiélago de Islas Marías mediante el ejercicio de los
permisos y autorizaciones que la autoridad correspondiente otorgue para tal efecto, con plena
observancia del «Programa de Manejo de la Reserva de la Biosfera Islas Marías» y la normativa
aplicable, a fin de promover la protección de la diversidad cultural y el ambiente natural.

Así y bajo esta misión, la empresa en el pueblo mágico Puerto Balleto, ofrece los siguientes servicios:
entrada a la reserva de la biosfera, seguro básico de turista, hospedaje en casa tipo hostal, alimentación
tipo buffet y recorridos guiados por la isla (plaza Benito Juárez, templo de Guadalupe, casa de la Monja,
museo de sitio, entre otros). Así, en la actualidad el pueblo mágico Puerto Balleto se asienta en lo que
fue el centro administrativo Puerto Balleto del Complejo Penitenciario Islas Marías; no obstante, y como
nota recordatoria, las permanencias arquitectónicas son de herencia cultural de lo que fue el
campamento Balleto. En la figura 5, se presentan los usos del suelo de Puerto Balleto de este pueblo
mágico.



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Figura 5

Usos del suelo turístico y cultural del pueblo mágico Puerto Balleto


Fuente: https://visitaislasmarias.com/mapa-digital#lg=1&slide=0

Al respecto, los numerales mostrados en la figura 5, son edificaciones, monumentos, infraestructura y
sitios que corresponden a las diversas actividades turísticas del lugar, mostrando sus recorridos o
rutas de bicicletas. En relación a los numerales que corresponden a Puerto Balleto se idéntica en lo
siguiente: 1 (muelle), 2 (arco Mandela), 3 (centro de atención a visitantes), 4 (museo del sitio), 8
(auditorio Muros de Agua), 9 (templo de Guadalupe), 10 (plaza Juárez), 11 (brisa marina) y 12 (barracas
“casas de visitantes”). El resto de los numerales corresponden a otros sitios, ejemplo: 5 (faro), ubicado
en el cerro contiguo a Puerto Balleto, 6 (panteón), ubicado en lo que fue el campamento Hospital de la
extinta colonia penal, 7 (clínica del Issste), ubicado en lo que fue el campamento Hospital donde se
localizaba la clínica hospital del IMSS de la extinta colonia penal, 13 (casa del Gobernador), edificio
destinado al director general de la extinta colonia penal y ubicado en lo que fue el campamento Nayarit,
de la colonia penal; 14 (aeropista) infraestructura aérea ubicado en el campamento Nayarit; 15 (mirador
Chapingo), caseta de vigilancia por militares de la colonia penal y 16 (Cristo Rey) monumento que se
localiza en el cerro de espaldas a Puerto Balleto, y construido por internos de la colonia penal en 2005.

Al respecto y en la visita de campo en julio de 2024, se constata las permanencias arquitectónicas
heredadas del campamento Balleto de la extinta colonia penal, identificándose nuevas edificaciones
del centro administrativo Puerto Balleto del extinto complejo penitenciario, tales como la “cárcel federal
femenil de readaptación social de media seguridad”, ubicado al sur y a espaldas del cuartel militar en
Puerto Balleto (hoy museo de sitio), así como una torre de vigilancia localizado en la parte posterior
nor-poniente de este lugar. Además, de las modificaciones realizadas en la construcción del arco
Mandela, a la entrada de Puerto Balleto de este pueblo mágico; así como, modificaciones a lo que fue
el malecón de la colonia penal. De esta manera, se identifican las permanencias arquitectónicas de lo
que fue el campamento Balleto, y las construcciones realizadas del centro administrativo Puerto



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Balleto del extinto complejo penitenciario (cárcel femenil de readaptación social de media seguridad y
torre de vigilancia).

En este constructo, se analizan las permanencias arquitectónicas asentadas en el conjunto urbano del
campamento Balleto de la extinta colonia penal (véase figura 2, Usos del suelo del campamento
Balleto), contrastadas en su actual uso y función de sus edificaciones del pueblo mágico Puerto Balleto
(véase figura 5), con los numerales ya comentados: 1 (muelle), 2 (arco Mandela), 3 (centro de atención
a visitantes), 4 (museo del sitio), 8 (auditorio Muros de Agua), 9 (templo de Guadalupe), 10 (plaza
Juárez), 11 (brisa marina) y 12 (barracas “casas de visitantes”).

Figura 6

Muelle (numeral 1)


Nota: Muelle de Puerto Balleto, al fondo el barco de servicio turístico para traslado vía marítima, ya sea
desde el puerto de San Blas, Nayarit o del puerto de Mazatlán, Sinaloa. Imagen de 2024.

Fuente: acervo de la autora.



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Figura 7

Muelle (numeral 1)


Nota: Muelle de campamento Balleto, al fondo el barco de la Secretaría de Marina prestando sus
servicios a la colonia penal para el traslado de personas y mercancías, desde el puerto de Mazatlán,
Sinaloa. Imagen de 2005.

Fuente: acervo de la autora.

Figura 8

Arco Mandela (numeral 2)


Nota: Entrada vía marítima a Puerto Balleto, al fondo de la imagen, el arco Mandela. Imagen de 2024.

Fuente: acervo de la autora.






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Figura 9

Arco Mandela (numeral 2)


Nota: Entrada vía marítima al campamento Balleto, al fondo de la imagen, la iglesia de Guadalupe.
Imagen de 1991

Fuente: Madrid Mulia.

Figura 10

Centro de atención a visitantes (numeral 3)


Nota: Edificio del Centro de Atención a visitantes en pueblo mágico Puerto Balleto. Imagen 2024



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Figura 11

Centro de atención a visitantes (numeral 3)


Nota: Edificio del Almacén General del campamento Balleto, en un contexto de evento cultural con la
presencia de niños de la colonia penal. Imagen 1992.

Fuente: Madrid Mulia.

Figura 12

Museo de sitio (numeral 4)


Nota: Museo de sitio del pueblo mágico Puerto Balleto. Imagen 2024.

Fuente: acervo de la autora



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Figura 13

Museo de sitio (numeral 4)


Nota: Cuartel militar de la armada de México, Secretaría de Marina, en el campamento Balleto. Imagen
de 2001.

Fuente: Madrid Mulia

Figura 14

Auditorio Muros de Agua (numeral 8)


Nota: Auditorio Muros de Agua, en pueblo mágico Puerto Balleto. Imagen de 2024.

Fuente: acervo de la autora.



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Figura 15

Auditorio Muros de Agua (numeral 8)


Nota: Teatro del Centro Cultural de la colonia penal, ubicado en el campamento Balleto. Imagen de
2005.

Fuente: archivo de la Colonia Penal Federal Islas Marías, 2006.

Figura 16

Templo de Guadalupe (numeral 9)


Nota: Templo de Guadalupe en pueblo mágico Puerto Balleto. Imagen de 2024.

Fuente: acervo de la autora.



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Figura 17

Templo de Guadalupe (numeral 9)


Nota: Templo de Guadalupe en el campamento Balleto. Imagen de 2005.

Fuente: archivo de la Colonia Penal Federal Islas Marías, 2006.

Figura 18

Plaza Juárez (numeral 10)


Nota: Plaza Juárez remozada en pueblo mágico Puerto Balleto. Imagen de 2024.

Fuente: acervo de la autora.



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Figura 19

Plaza Juárez (numeral 10)


Nota: Plaza Juárez del campamento Balleto. Imagen de 2006.

Fuente: acervo de la autora.

Figura 20

Brisa marina (numeral 11)


Nota: malecón del pueblo mágico Puerto Balleto, al fondo el primer edificio, restaurante Brisa Marina.

Fuente: https://www.google.com/search?q=centro%20turístico%20islas%20marías.



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Figura 21

Brisa marina (numeral 11)


Nota: malecón del campamento Balleto. Al fondo, el edificio de la pesquera (hoy restaurant Brisa
Marina). Imagen de 2006.

Fuente: acervo de la autora

Figura 22

Barracas “Casas de visitantes” (numeral 12)


Nota: Barracas. Casas de visitantes en pueblo Mágico Puerto Balleto. Imagen de 2024.

Fuente: acervo de la autora.



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Figura 23

Barracas “Casas de visitantes” (numeral 12)


Nota: Señora en el módulo de visita conyugal de interno en el campamento Balleto. Imagen de 2006.

Fuente: acervo de la autora

Así, se muestran las permanencias arquitectónicas del pueblo mágico de la herencia cultural edificada
del campamento Balleto, de lo que fue la Colonia Penal Federal Islas Marías y rehabilitadas para uso
turístico. No obstante, de acuerdo a las observaciones arquitectónicas realizadas, se identifica el
desconocimiento de la cultura material heredada en su función penitenciaria, ya que en las diversas
edificaciones no cuentan con información histórica que narran la memoria construida de este lugar;
más aún, existe un desconocimiento que las permanencias arquitectónicas asentadas en el conjunto
urbano de Puerto Balleto, son un legado histórico de la cultura material edificada de la extinta Colonia
Penal Federal y no del Complejo Penitenciario.

DISCUSIÓN

Las permanencias arquitectónicas estudiadas en el pueblo mágico Puerto Balleto y contrastadas en
las obras arquitectónicas del campamento Balleto, son como piedras vivas rehabilitadas para los
nuevos usos turísticos, pero sin memoria construida que dignifique la mano de obra de quienes la
construyeron, más aún, en su función determinada para los usos diversos en los requerimientos de los
asuntos penitenciarios. Hoy se les da vida a estas obras, algunas como monumentos (iglesia de
Guadalupe, casa de la monja, asta de la bandera, etc.) para el disfrute de sus visitantes, otras se
experimentan habitándolas como las denominadas “barracas” (casas de visitantes). No obstante, se
aclara que el concepto de “barracas”, un concepto original del comienzo de la colonia penal y destinada
para hombres sentenciados solteros, evolucionaron en mejoras materiales a través del tiempo; pero
éstas se demolieron y referidos al campamento Balleto, para un nuevo concepto arquitectónico en los
albores de los años setentas, como “Unidad Habitacional Miguel Hidalgo” (véase figura 2) y destinadas
para interno solteros (Avilés, 2009 y 2013).

Así, y entre otros desconocimientos de la herencia cultural edificada de lo que fue el campamento
Balleto, en el pueblo mágico, coincide con lo mencionado por Aldo Rossi (1999), en la que trata la
permanencia del monumento Palazzo della Ragione de Padua, que: “…la permanencia no significa sólo
que en este monumento se experimenta aún la forma del pasado, que la forma física del pasado ha



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asumido funciones diferentes y ha continuado funcionando, condicionando aquel contorno urbano y
constituyendo siempre un foco importante del mismo” (p. 101). Con estas palabras, las permanencias
de las obras arquitectónicas que actualmente son un recurso del turismo, y que aún condicionan el
contorno urbano de Puerto Balleto en su actualidad, ya sea como monumentos, paisaje natural y
cultural natural del lugar, habitándola, entre otras; es innegable su importancia para ser valoradas como
“capital cultural”, ya que esta valoración a las permanencias de las obras arquitectónicas del lugar,
podrán tender el puente necesario para que une su pasado penitenciario y su presente como centro
turístico y así adherible su concepto de “patrimonio arquitectónico” para su consolidación histórica y
cultural por su significado y simbológico de una población que la habitó en momento histórico
penitenciario; y por ende, se requiere que nuestras leyes mexicanas, protejan y conserven este
patrimonio cultural penitenciario que por 114 años estuvo al servicio del sistema penitenciario de
México; así como, por el respeto a la memoria colectiva de quienes la construyeron y habitaron en su
momento.

CONCLUSIÓN

“En la vida vos podés hacer dos cosas contrarias: o tender puentes o levantar muros. Los muros
separan, dividen. Los puentes acercan”, con estas palabras dichas por el Papa Francisco, permitirá
relacionarlo con la conclusión del tema visto, “Pueblo Mágico Puerto Balleto, Islas Marías, México. Su
pasado penitenciario a través de las permanencias arquitectónicas y urbanas”, en dos aspectos:
primero con la frase expuesta, -los muros separan, dividen-, se correlaciona con el título de la novela
“Los Muros de Agua”, escrita por José Revueltas en 1940, quien fue un preso político de la colonia
penal por dos ocasiones, la primera en 1932 y la segunda en 1934, y relata sus impresiones como preso
político en este lugar, aportando la siguiente frase: “¡Hoy, las Islas Marías! Pero ¿qué son las Islas
Marías? ¿Quién sabe nada de ellas? Las Islas Marías son, a lo más, una idea, un concepto, nunca un
lugar situado en el tiempo y el espacio” (p. 27).

De ahí que, ambas frases tienen un común denominador sobre la vida, “los muros separan, dividen”,
pero con significados diferentes: la vida de las personas libres y la vida de los privados de libertad. En
este sentido, tal diferencia en las personas en libertad, éstas pueden salir de sus muros a su libre
elección (vivienda, oficinas, talleres, etc.), pero también, de sus muros imaginados que, en términos de
la psicología ambiental, es la privacía personal, pero puede salir de ella a su libre elección. Mientras
que “los muros” que separan y dividen en la vida de un privado de libertad, los muros son de una
penitenciaría, o en su caso, “Los muros de Agua” en el imaginario de José Revueltas de las Islas Marías
en su momento histórico; podrán salir a su libertad, una vez que hayan cumplido o cumplieron su
sentencia jurídica y penal.

El segundo aspecto preinscribiendo a la frase ya expuesta “Los puentes acercan”, simboliza para esta
conclusión, el puente que una su pasado penitenciario (1905-2019) y su presente como “Centro de
Recreación Turística y Cultural de las Islas Marías”, que dentro de su programa se contempla el turismo
de conservación que ofrece el pueblo mágico Puerto Balleto; y así, construir este puente que una su
pasado y presente, mismo que, significa para esta conclusión, la vía para capitalizar el valor del recurso
cultural penitenciario en su aprovechamiento de las permanencias arquitectónicas que se le da hoy día
para sus fines turísticos y cultural de este lugar. Para ello se requiere que nuestras leyes mexicanas, la
protejan y la conserven como “Patrimonio histórico-arquitectónico”, para las presentes y futuras
generaciones, así como en la visión sostenible que plantean en sus programas.

Por último, resta invitar a estudiantes, investigadores y académicos a sumar esfuerzos en esta ardua
tarea de estudiar y analizar las permanencias arquitectónicas de la herencia cultural penitenciaria de
las Islas Marías, en su actualidad como pueblo mágico Puerto Balleto; y así, recomenzar a construir su
historia y cuyos resultados se orienten a ser valoradas como “Patrimonio Cultural Material”, por sus
obras civiles de sus edificaciones de gran valía en sus 114 años al servicio del sistema penitenciario



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mexicano; asimismo, por los aportes históricos de la extinta Colonia Penal Federal Islas Marías, un
caso sui generis de las colonias penales insulares de América Latina, por sus formas de organización
penitenciaria desarrollados en espacios tipos comunitarios y denominados campamentos.



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