LATAM Revista Latinoamericana de Ciencias Sociales y Humanidades, Asunción, Paraguay.
ISSN en línea: 2789-3855, junio, 2025, Volumen VI, Número 3 p 1523.


DOI: https://doi.org/10.56712/latam.v6i3.4056

Femicidio en El Ecuador
Femicide in Ecuador


José Antonio Esparza Calva

esparzaj865@gmail.com
https://orcid.org/0000-0003-1904-7063

Investigador independiente
Loja – Ecuador


Romina Belén Ordóñez Valdiviezo

romiordoez@gmail.com
https://orcid.org/0009-0008-9097-9641

Investigador independiente
Loja – Ecuador


Artículo recibido: 28 de mayo de 2025. Aceptado para publicación: 20 de junio de 2025.

Conflictos de Interés: Ninguno que declarar.

Resumen
El presente artículo tiene como propósito analizar el delito de femicidio en el Ecuador el cuál se tipificó
el 10 de agosto de 2014. Se configura que por razones de género 65 de cada 100 mujeres fallecen de
forma violenta con un rango de edad entre los 16 y 40 años. Para precautelar el bienestar y velar por
los derechos de las mujeres, el Gobierno y las entidades internacionales trabajan en promulgar la
salud, educación, ambiente laboral adecuado y un estilo de vida en el cual se respeten los derechos
de las mujeres. Se abordará temas de conceptualización en el área legal y con enfoque en áreas de la
salud mental, desde definiciones y tipos de violencia de género en mecanismos propiciados en la
misógina cultural y arrebato del poder femenino en diversos contextos. Se destaca del mismo modo
su estudio en la necesidad de evidenciar causas, factores que son producidos en base de los efectos
vinculados al hecho, en postura de victima a victimario, también se proyectan datos estadísticos y
prevalencia en los últimos años. El caso suscitado en Ecuador fue el de María Belén Bernal, por
consiguiente, internacionalmente existieron vulneraciones de derechos según la comisión encargada,
el trabajo de erradicación de violencia en contra de la mujer debe darse conjuntamente entre gobiernos
y entidades Internacionales, para tratar un fin, proteger la vida.

Palabras clave: delito, tipificar, femicidio, derecho, psicología


Abstract
The purpose of this article is to analyze the crime of femicide in Ecuador, which was criminalized on
August 10, 2014. It is configured that for gender reasons 65 out of every 100 women die violently with
an age range between 16 and 40 years. In order to safeguard the welfare and ensure the rights of
women, the Government and international entities work to promote health, education, adequate work
environment and a lifestyle in which women's rights are respected. It will address issues of
conceptualization in the legal area and with focus on areas of mental health, from definitions and types
of gender violence in mechanisms propitiated in the cultural misogyny and snatching of female power
in various contexts. It also highlights the need to evidence causes, factors that are produced on the
basis of the effects linked to the fact, in the position of victim to victimizer, also projecting statistical
data and prevalence in recent years. The case that arose in Ecuador was that of María Belén Bernal,


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therefore, internationally there were violations of rights according to the commission in charge, the
work of eradication of violence against women should occur jointly between governments and
international entities, to address an end, to protect life.

Keywords: crime, typifying, femicide, law, psychology



























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Cómo citar: Esparza Calva, J. A., & Ordóñez Valdiviezo, R. B. (2025). Femicidio en El Ecuador. LATAM
Revista Latinoamericana de Ciencias Sociales y Humanidades 6 (3), 1523 – 1533.
https://doi.org/10.56712/latam.v6i3.4056


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ISSN en línea: 2789-3855, junio, 2025, Volumen VI, Número 3 p 1525.


INTRODUCCIÓN

El femicidio es una forma despiadada de demostrar violencia contra las mujeres, es una clara
manifestación de poder sobre la vida de la mujer, su libertad, su dignidad, hasta llegar a depravar su
sexualidad. Lo que más nos llama la atención es que este ensañamiento viene de su propio núcleo
familiar, un factor muy importante es la pérdida de valores tanto en la crianza de las nuevas
generaciones, el temor por parte de las victimas al no denunciar a sus agresores desde el primer
momento en donde se presentaron síntomas de violencia a su integridad. La violencia no solo es física,
también puede ser psicológica y emocional, incluyendo factores debido al contexto.

El Estado debe actuar de una manera eficaz y rápida en lugares donde las personas son más
vulnerables o ya existió un antecedente de violencia, para evitar a futuro tener que deplorar víctimas,
así como el apoyo emocional profesional. La salud mental ha sido uno de los focos más demandados
por la identidad del ser humano, siendo uno de ellos el bienestar emocional fuente primaria de la
persona tanto a nivel de su desarrollo con el entorno como a nivel íntegro.

Hoy en día la oleada de violencia física, psicológica, sexual, agresiones, maltrato familiar, abuso sexual,
otras formas de abuso, acoso y violencia de género son factores clave de aumento significante para el
actuar humano. Ante esta realidad las emociones contra el hecho de violentar a una persona forman
parte de una evaluación del estado de la víctima y sobre todo la persona agresora del acto, es necesario
valorar lo que conlleva consigo el proceso legal y el rol psicológico para un mejor estudio y análisis. De
modo que a partir de la inquietud de vínculos afectivos el femicidio sea factor del comportamiento que
se ha fomentado en miedo y preocupación en la actualidad.

Por consiguiente, el estado se vio en la obligación a partir del 10 de agosto de 2014, el asesinato de
mujeres por odio al género será tipificado como femicidio. Así se establece en el artículo 141 del código
orgánico integral penal (COIP) (Moreno, 2014).

Antecedentes

Los grandes hechos históricos que han acontecido con el pasar del tiempo en contra de la mujer, en
Ecuador ha sido de preocupación y se ha permitido dar interés social la violencia en contra de las
féminas, ya que sería la principal causa para la destrucción del núcleo familiar y la elevación de índices
de crecimiento carcelario.

Para los años 90 y 80 se le da la debida apertura a esta temática y se intensifican las campañas de la
erradicación de la violencia en contra de la mujer, se crea la primera comisaría de la mujer y la familia
en guayaquil en 1994, pero lo curioso de estas comisarías es que actuaban sin una norma legal, es así
que se da un colosal paso para que se elabore una normativa que proteja y en especial existan
sanciones a los agresores. Se impone la Ley Contra la Violencia de la Mujer y la Familia creada por la
Dirección Nacional de la Mujer, esto con la ayuda de abogados, jueces y grupos que defienden a las
mujeres, publicado en el registro oficial 839 del 11 de diciembre de 1995, reconociendo a la violencia
de la mujer y la familia como una infracción, originando medidas de protección a favor de la persona
agraviada.

El hecho que deja a las autoridades con la obligación de marcar precedente y que estos hechos sean
sancionados de la manera correcta y conforme lo amerita el hecho ocurrido en la ciudad de Quito en
el año 2013 a la joven Karina del Pozo de 20 años de edad, la cual fue violada y asesinada por un grupo
de jóvenes, compañeros de universidad.

Tipificar el femicidio permite que se pueda demostrar y sancionar. Con esto podemos evidenciar las
muertes que son palpables en nuestro país, pero no quiere decir que la muerte de una mujer tenga


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mayor predominancia que la muerte de un hombre, El femicidio marca el odio y la premeditación, pero
sobre todo que esa persona viene en un proceso de violencia anterior.

Es así que el 10 de agosto de 2014, se estipula en el Código Orgánico Integral Penal. Con el objetivo de
proteger el derecho fundamental de las mujeres y las niñas a vivir libres de cualquier tipo de violencia,
el Ecuador tipifica (COIP) el femicidio. Esta acción vanguardista, se origina en la decisión política del
Gobierno Nacional del economista Rafael Correa Delgado, que no sólo busca sancionar a quienes
cometen este delito, pretende visibilizar una problemática recurrente e incluso “normalizada” la
violencia (Código Orgánico Integral Penal, COIP, 2015).

DESARROLLO

Violencia de género

Según el Alto Comisionado para los Refugiados, la violencia de género es conocida como aquella
acción que prevé amedrentar la integridad de una persona en base a su género, al tanto de vulnerar los
derechos humanos, junto a la opresión, desigualdad y discriminación. Más que un factor social también
es notable distinguirlo en un ámbito cultural, al valorar que en la antigüedad existía menos oportunidad
de desarrollo para la mujer dando como resultado la ocupación del hombre en una posición de
superioridad ante la familia y frente al sexo femenino. Cabe recalcar que el sistema actual de desarrollo
no es el mismo ya que el pensamiento retrograda ha puesto fin en estos tiempos, es así que en el año
1995 es promulgado la ley 103 sobre la violencia a la mujer y la familia con el fin de erradicar las
conductas innecesarias de discriminación y violencia (Camacho Z., 2014).

La violencia se diferencia a través de distintas formas de coerción, abuso o agresión. El principal factor
de riesgo es la vulnerabilidad de ser mujer. En efecto, el femicidio es claro resultado a la opresión de
representar la forma extrema a la violencia de género, siendo evidente que hoy en día las oleadas de
casos han persistido a nivel mundial, conllevando a residir en cada hogar. Según el Instituto Nacional
de Estadísticas y Censo en el Ecuador 6 de cada 10 mujeres han sido víctimas de violencia de género,
en contexto 1 de cada 4 mujeres han afrontado la situación de violencia sexual, no obstante, la violencia
psicológica también involucra una cantidad extensa y representativa en ser la forma más recurrente en
la actualidad conllevando un porcentaje del 53,9% (INEC, 2011).

Factores como el consumo de psicotrópicos, estupefacientes; existencia de antecedentes de maltrato
de parte del cónyuge o pareja; arrebatos emocionales; inflexibilidad psicológica para controlar la
respuesta a diversos estresores del ambiente; educación emocional; estrategias de afrontamiento;
creencias irracionales; violencia; maltrato; abuso; negligencia; secuelas de violencia física, psicológica
y emocional del agresor. Son principios claves que desencadenan afecciones que impactan el
pensamiento, sentimiento, estado de ánimo y comportamiento del individuo en su capacidad de
relación con su entorno, como su funcionamiento íntegro convirtiéndose en actores claves del hecho
(Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia, 2020).

La categorización de la violencia se desempeña mediante roles que diferencian las partes actuantes
de la situación. La parte agresora ejerce su acción de diversas maneras contra la victima como puede
emplear tipos de violencia física: golpes, empujones, encierros, asfixias con la finalidad de violar los
derechos de la otra persona hasta llegar a la muerte Así mismo presentando también violencia
psicológica y violencia sexual por sumisión o control del victimario atacando con su ego de poder y
amenaza. Por otra parte, en dirección a la persona agredida desencamina una serie de cuadro de salud
no solo física también psicológica emocional a corto, medio y largo plazo. Esto desemboca a conllevar
sintomatologías debido al daño presentado, por ejemplo: traumas, estados de depresión ansiedad,
pensamientos suicidas, intentos autolíticos, consumo de estupefacientes, hasta llegar a encaminarse


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en un cuadro clínicamente significativo en el cual se ve involucrado su bienestar integral (Expósito,
2011).

Tipología de la Violencia contra la mujer

Violencia simbólica

La violencia simbólica representa aquella acción que se convierte en modelo de representación para la
sociedad. En este sentido es un componente del cual fusiona a través de un lenguaje verbal, no verbal,
códigos, éticas y morales en donde las personas son un modelo de acción para otras. Este tipo de
violencia fue acuñado por el autor Pierre Bourdieu en la década de los 70, cuando por medio de
referencias como dominador y dominados explica el hecho de relación social constituida en la práctica
físicamente indirecta en las cuales inconscientemente somos sometidos a la complicidad de refuerzo
en estereotipos los cuales se normalizan en la sociedad y son considerables inmutables. (Calderone,
2004).

Al hablar de las estimaciones del rol femenino en adhesión a la violencia simbólica, se convierte en
factores claves al comprender la representación de la mujer en películas propiciadas muchas de ellas
al sexismo, así también en publicidad en imágenes que involucran su estado físico corporal, utilización
de muletillas las cuales son definidas como banal, vulgar y o despreciativa cuando es emitido por una
mujer ponen de manifiesto la dominación violenta emitidos por actuantes del sexo opuesto
(Calderone, 2004).

Violencia psicológica

La violencia psicológica es todo daño ocasionado a nivel de la salud mental sin acto físico, el cual se
pone en manifiesto los comportamientos susceptibles al contar con incentivos o elementos en su
consecuencia nociva de brindar humillaciones, chantajes, insultos, gritos, utilizar comparaciones de
desacreditación, utilización de la burla, descalificar sentimientos y en resultado ocasionar un malestar
y angustia hacia la persona afectada o víctima. Esta es una conducta que busca disminuir recursos
internos los cuales las personas se desenvuelven en las situaciones cotidianas a un maltrato
psicológico. Este hecho se hace visible en el uso de poder deliberado de manera indiferente,
amenazantes, denigratorio, sumisión en privaciones o trastornos del desarrollo integral que
imposibilita la armonía con su entorno en consecuencia a un acontecimiento traumático y violento
(Organización Mundial de la Salud, 2002).

La violencia psicológica influye en forma de coacción sobre la víctima. Se debe tomar en cuenta que
existen tipos de violencias ya sea violencia psicológica contra la mujer, violencia psicológica a niños
niñas y adolescentes, violencia psicológica intrafamiliar, en pareja, dentro el entono laboral y social. Es
de importancia rescatar que la violencia más negligente sobre todo en su cumplimiento de una
obligación por parte de las autoridades se remonta en la violencia de género, la cual por la falta de
cumplimiento a una norma como hecho de delito en nuestro entorno sigue desarrollándose hechos
violentos que se generen en crímenes organizados y abusos (Safranoff, 2017).

Violencia sexual

Dentro de este marco, la violencia sexual compete a un desarrollo que abarca desde el acoso, la
tentativa de cometer el acto sexual, abuso, coacción, uso de la fuerza física y presión social.
Independientemente los escenarios no son únicamente dentro del hogar, estos incluyen también en la
comunidad, el área de trabajo, instituciones educativas. Según cifras presentadas por la UNICEF nos
proporcionan que el 65% de abuso sexual se desarrollan por familiares y por su núcleo social. Entre
muchos de estos casos se direccionan a los que se encuentran bajo proceso sin embargo una de 1 de
cada 4 víctimas por temor a represalias prefiere guardar silencio y no presentar cargos (Souza, 2019).


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Cada víctima pasa un proceso único y muchas de sus reacciones emocionales incluyen vergüenza,
culpa, arrepentimiento, miedo, conmoción, aislamiento, sentimientos de minusvalía, reacciones con
consecuencias a corto como largo plazo en su salud y su estado integro. Se desglosa sintomatología
por un trastorno de estrés postraumático, trastorno de ansiedad, depresión, trastorno alimenticio,
sintomatología psicótica. A nivel físico contraer enfermedades de transmisión sexual, embarazos no
deseados, golpes debido a la fuerza y secuelas de ello (Álava, 2018).

Para concluir muchas de estas personas víctimas de violencia sexual como es de conocimiento, han
terminado con un devastador fin. Familiares, personas cercanas a la víctima han realizado campañas,
huelgas con el fin de poner un alto. Se han realizado intervenciones para la prevención y herramientas
a la protección emitidos por la UNICEF “Ahora que lo ves, Di No Más”, MIES en unión con la campaña
“Más Unidos, Más Protegidos”.

Violencia física

Es necesario resaltar que este tipo de violencia comprende a una acción intencional de usar la fuerza
física hacia la integridad de una persona causando malestar, dolor, daños psicológicos hasta en
muchos de los casos involucrar decesos. La manera y forma de identificar este tipo de agresión son
en base aquellos arrebatos, golpes, moretones, fracturas, cicatrices, castigos corporales, los cuales
influyen como resultado y evidencias de los múltiples síntomas y signos que puede presentarse
durante los atentados (Bonamigo et al., 2022).

La violencia física se puede presentar en diversos escenarios los cuales uno de los más influyentes
para el desarrollo de este tema se desemboca en él la violencia contra la mujer. Puesto que el 87,3%
se ven involucradas en violencia física cometidas por sus relaciones de pareja en base a la encuesta
nacional de relaciones familiares y violencia de género contra mujeres (INEC, 2011).

Código Penal 2014

En Ecuador históricamente no se le dio importancia a la violencia contra la mujer , se crearon entidades
públicas las cuales no tenían normas legales, para el siglo XX fue necesario conjuntamente con el
apoyo internacional, grupos defensores de los derechos de las mujeres, abogados y jueces , llegar a
reconocer la violencia en contra de la mujer como una infracción, que con el pasar del tiempo y la
corrupción que cada vez tiene más peso en nuestra sociedad, los infractores no reciban una pena
aplicada legalmente como lo ameriten estos hechos, ya para la segunda mitad de la década
específicamente en el año 2013 ,acontecieron casos los cuales dejaba en tela de duda las leyes
impartidas por nuestro país, las autoridades se vieron en la obligación de tomar medidas también como
una debida asistencia para las familias víctimas de violencia, para agosto de 2014 ya estaba tipificado
en nuestro código orgánico integral penal (COIP) en el artículo 14:

La persona que, como resultado de relaciones de poder manifestadas en cualquier tipo de violencia, dé
muerte a una mujer por el hecho de serlo o por su condición de género, será sancionada con pena
privativa de libertad de veintidós a veintiséis años (COIP, 2021, p.54).

Simultáneamente en el artículo 142 nos expone las circunstancias agravantes del femicidio lo cual se
le impondrá el máximo de la pena prevista en el artículo anterior, los cuales son:

Haber pretendido establecer o restablecer una relación de pareja o de intimidad con la víctima. 2. Exista
o haya existido entre el sujeto activo y la víctima relaciones familiares, conyugales, convivencia,
intimidad, noviazgo, amistad, compañerismo, laborales, escolares o cualquier otra que implique
confianza, subordinación o superioridad. 3. Si el delito se comete en presencia de hijas, hijos o
cualquier otro familiar de la víctima. 4. El cuerpo de la víctima sea expuesto o arrojado en un lugar
público (COIP, 2021, p.54).


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Es por ello que la lucha incansable que han tenido los diversos grupos de apoyo a las mujeres se vio
reflejadas en las leyes, la tipificación del femicidio es la primera ley de protección hacia la mujer, ahora
solo depende de los mecanismos, garantizar los derechos de las mujeres. Trabajar a favor del bienestar
con el fin de precautelar su vida y su dignidad.

Tipos de femicidio

El femicidio representa la base exacta de la terminación de la vida de una mujer realizado
frecuentemente por un hombre ya sea por variables como machismo, misoginia y violencia. Existen
tipos que involucran la acción de un femicidio íntimo, no íntimo influidos por su entorno este sea a nivel
interno o externo. Es necesario mencionar que se ha retomado este acontecimiento en un círculo de
hecho patriarcal poniendo en debate las políticas de igualdad que se han acatado actualmente.
Factores como el maltrato, intimidación, violencia, daño psicológico y físico, son principios claves para
abarcar a un detonante próximo a un deceso (Organización Mundial de la Salud, 2013).

El Femicidio íntimo abarca la relación y vínculo cercano a la víctima, este sea otorgado por el cónyuge
o pareja, ex novio, amigos, familia. El mismo otorga intranquilidad al suscitar un evento el cual la base
es la consanguinidad o amistad. Si bien, hoy en día la disonancia cognitiva, factores estructurales a
nivel biológico, inestabilidad emocional, agresividad y la personalidad son variables que pueden
acontecer en el lugar menos preciso. En su contraposición existe el Femicidio no íntimo el cual influye
por personas ajenas o desconocidas a la víctima. Dicho evento nos mantiene alertas a nivel social
procurando el estado de intranquilidad (Rodríguez & Nayibe Paola, 2011).

Los altos índices de muerte siguen en aumento destacando que en el año 2022 existieron 332 muertes
violentadas en mujeres, los cuales 134 son otorgados a femicidios íntimos ya sea por violencia
intrafamiliar, sexual, física y psicológica. En ello también se hace visible 189 femicidios por crímenes
organizado siendo 9 ya los casos atribuidos al mes de enero y febrero de 2023 claro resultado de
preocupación de la gente. Se han desarrollado campañas y organizaciones basado en mecanismos
para erradicar y prevenir la violencia contra la mujer “NI una menos”, “Ecuador Actúa Ya, Violencia de
Género, Ni Más” “Ese Tipo No” “Hombrenomachos”, CEPAM, Fundación Casa de Refugio Matilde,
Fundación Ana Bella (Secretaría Nacional de Planificación, 2014).

Protección Internacional

En el plano Internacional, los derechos de las mujeres abarcan todos los aspectos como la salud, la
educación, vivir en un entorno pacifico, un trabajo digno en el cual se respeten su horario laboral y que
reciban todos los beneficios de ley , según el principal punto de vista este parámetro es el principal
causante para ir en contra de las mujeres, ya que viene la explotación laboral , según la OHCHR del 60%
de mujeres que trabajan, el 50% no reciben los beneficios del mismo, lo cual en muchos de los casos
las mujeres se ven afectadas por violaciones por maltrato que incluso han terminado como un
crecimiento en el índice del femicidio. En Ecuador finalizó el 2022 con 332 femicidios, la cifra más alta
en lo que va desde que se tipificó el delito del asesinato a una mujer por razones de género, por lo tanto,
la Asociación Latinoamericana para el desarrollo Alternativo ALDEA (2023) al verificar las cifras pone
a Ecuador entre los países más violentos en contra las mujeres en Latinoamérica.

Pero nos preguntamos. ¿El Gobierno y las entidades internacionales que han hecho respecto a este
tema preocupante y de suma relevancia? La primera fundación del mundo dedicada a velar por los
derechos de las mujeres y las niñas latinoamericanas se trata de la Fundación Angélica fuentes, la cual
se centra en fortalecer la igualdad del género. Así mismo a partir del año 2014 ha firmado alianzas con
varios estados para trabajar en el cambio de políticas públicas en el cual incluye la donación de un
millón de dólares para poder financiar programas dedicados al poder social, económico y político de
las mujeres (ONU Mujeres, s. f.).


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En el siglo XXI la tecnología ha dado un giro rotundo en la vida de los seres humanos, pero en este caso
podemos destacar en la ayuda que brinda a la obtención de igualdad de género se trata de la
plataforma de acción Bijing , la cual nos da a conocer que la principal responsabilidad recae en los
gobiernos y la podemos encontrar en el centro de trabajo de la ONU, hace alusión que el progreso que
se ha venido realizando es de manera tardía tanto para mujeres como para niñas , por el hecho que en
diferentes países sus leyes son discriminatorias , para no abarcar tanto en el tema política , las mujeres
no tienen la misma participación la cual si tienen los hombres. La Fundación Rockefeller es una de las
más llamativas por lo que su principal enfoque son las mujeres del sector rural, a través del tiempo se
han observado casos que la justicia no actuó en beneficio de estos sectores (United Nations Entity for
Gender Equality and the Empowerment of Women, s. f.).

En Ecuador se suscitó un caso de interés internacional, abordamos el tema de la abogada María Belén
Bernal, desapareció el 11 de septiembre de 2022 en Quito Ecuador, después de investigaciones arrojó
que ese mismo día fue asesinada por su esposo el Teniente Germán Cáceres, este suceso se dio en
las instalaciones de la policía Nacional del Ecuador, en presencia de altas autoridades de la institución.
En el informe expuesto, existe responsabilidad estatal, existe violación de derechos internacionales
que vendrían a ser los siguientes: Violación del derecho internacional que este caso fue poner fin a su
vida ,la imputabilidad de la violación del estado al desarrollarse este acto en una entidad
gubernamental y el estado al estar obligado a proteger sus derechos lo que no fue así y existencia de
daño moral y material tanto a la madre e hijo de la María Belén y la cual arroja como principal
responsable al presidente Guillermo Lasso y así mismo conllevó juicio político en contra de las
autoridades de la entidad policial. Lo que nos deja como precedente es el trabajo conjunto que debe
existir entre los gobiernos y las entidades internacionales para erradicar la violación a los derechos de
las mujeres entre ellos el más importante honrar su vida (Celi & Celi, 2023).

CONCLUSIÓN

Después de tantos casos impunes, el 10 de agosto de 2014 se dictamina el asesinato a una mujer por
razón de género, desde entonces se tipificó en el Código Orgánico Integral Penal en su artículo 141
como Femicidio con una pena privativa de libertad de 22 a 26 años, dependiendo el caso se califica los
agravantes, una de las principales causas por el crecimiento del índice de muertes de mujeres. En los
últimos años, a partir de la pandemia mundial de COVID19 , la violencia subió progresivamente, desde
su núcleo familiar con desenlaces fatales. En 2022 fue el año que se registró el mayor número de
Femicidios con un total de 332, con estas cifras Ecuador se ubica como uno de los países más
violentos en Latinoamérica. El estado se ha visto doblegado ante esta situación por lo que incluso en
los últimos acontecimientos el gobierno se vio afectado ya que se configuran elementos de
responsabilidad internacional, a los que se dictamina cierta ineficacia al actuar. La unión tanto de los
gobiernos como de las entidades Internacionales debe fortalecer con un solo fin erradicar la violencia
de género en todos los ámbitos.

La violencia contra la mujer no solo sostiene el peso de un rol de género si no también la problemática
como sociedad. Aquellos roles socioculturales, paradigmas sociales siguen presentes con la
mentalidad y prevalencia de “mujer carente de derechos” ya que los eventos suscitados hacen
renombre en el estilo de pensamiento, ideas y acciones que comprometieron en victimas como
mujeres a que sus casos no fueran tomados con la seriedad correspondiente. Actualmente se
evidencian casos abominables de diversos tipos de maltratos que dan un inicio aquellas agresiones a
nivel físico, sexual, psicológico y verbal que por otro lado muy pocos de esos casos han terminado con
un desenlace distinto. Cada persona comprende un mundo único el cual lo hace diferente del resto,
pasar acontecimientos traumáticos en donde los mismo terminaron con una devastadora noticia o
con aquellos que dieron otro final, involucra a un sinfín de detonantes que se convertirá a largo o corto
plazo clínicamente significativo no solo para la víctima, sino también a familiares y a nivel social y


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comunitario. Hoy en día sintomatología y mujeres diagnosticadas han sido mayor en preservar este
tema. Si bien los escenarios no son un impedimento y los eventos catastróficos se han hecho
presentes otorgando los datos estadísticos de muertes contra la mujer en una problemática sin
resolver.


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