LATAM Revista Latinoamericana de Ciencias Sociales y Humanidades, Asunción, Paraguay.
ISSN en línea: 2789-3855, septiembre, 2025, Volumen VI, Número 4 p 3680.
DOI: https://doi.org/10.56712/latam.v6i4.4541
Análisis doctrinal de la nulidad del acto administrativo
Doctrinal analysis of the nullity of the administrative act
María José Orellana Jimbo1
maria.j.orellana@unl.edu.ec
https://orcid.org/0009-0005-1191-1162
Universidad Nacional de Loja
Loja – Ecuador
Artículo recibido: 06 de junio de 2025. Aceptado para publicación: 20 de septiembre de 2025.
Conflictos de Interés: Ninguno que declarar.
Resumen
La nulidad es una cualidad de ausencia de valor, sin fuerza que obligue o cause efecto, cual antítesis
de lo legal, sin presupuestos sustanciales de forma o fondo. Sin embargo, a pesar de su importancia,
la aplicación de esta normativa llega a tener ciertos vacíos y corrupciones que afectan directamente
la seguridad jurídica y la eficacia del control sobre los actos administrativos. El presente artículo se
determina en una investigación cualitativa, con enfoque cualitativo, nivel descriptivo-explicativo y
jurídico hermenéutico. Se aplicó una encuesta estructurada a 15 abogados en libre ejercicio de la
ciudad de Loja, la muestra intencional, compuesta por profesionales con experiencia comprobada en
litigios contenciosos-administrativos o asesoramiento jurídico en el ámbito público. Se evidenció la
falta de competencia y los vicios formales siendo los causales más frecuentes, asimismo los
encuestados consideran que existe un bajo nivel de conocimiento sobre la figura entre funcionarios
públicos, lo que incrementa el riesgo de errores administrativos. Si bien es cierto que el COA afirma
una aplicación eficaz a la hora de establecer normativas jurídicas que deben de ser bien establecidas
en el Ecuador, se evidencia desafíos estructurales y formativos que obstaculizan una correcta
implementación de la figura de nulidad. El fortalecimiento de la cultura jurídica, la estandarización
jurisprudencial y la capacitación técnica forma parte de las propuestas indispensables para consolidar
una administración pública moderna coherente a base de respeto y honesto ordenamiento jurídico.
Palabras clave: nulidad, desafíos, jurisprudencia
Abstract
Nullity is a quality of absence of value, without force that binds or causes effect, as an antithesis of
the legal, without substantial presuppositions of form or substance. However, despite its importance,
the application of this regulation has certain gaps and corruptions that directly affect legal certainty
and the effectiveness of control over administrative acts. This article is based on a qualitative research,
with a qualitative approach, descriptive-explanatory and legal hermeneutic level. A structured survey
was applied to 15 lawyers in free practice in the city of Loja, the intentional sample, composed of
professionals with proven experience in contentious-administrative litigation or legal advice in the
public sphere. Lack of competence and formal defects were the most frequent causes, and the
respondents also consider that there is a low level of knowledge about the figure among public
officials, which increases the risk of administrative errors. While it is true that the COA affirms an
effective application when establishing legal regulations that should be well established in Ecuador,
1 Autora de correspondencia.
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there are structural and formative challenges that hinder a correct implementation of the figure of
nullity. The strengthening of the legal culture, jurisprudential standardization and technical training are
part of the indispensable proposals to consolidate a coherent modern public administration based on
respect and honest legal order.
Keywords: invalidity, challenges, jurisprudence
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Cómo citar: Orellana Jimbo, M. J. (2025). Análisis doctrinal de la nulidad del acto administrativo.
LATAM Revista Latinoamericana de Ciencias Sociales y Humanidades 6 (4), 3680 – 3696.
https://doi.org/10.56712/latam.v6i4.4541
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INTRODUCCIÓN
La nulidad es una cualidad de ausencia de valor, sin fuerza que obligue o cause efecto, cual antítesis
de lo legal, sin presupuestos sustanciales de forma o fondo. Entre las varias clases de nulidades, se
encuentra la de los contratos, que son acusables vía acción o como excepción, sean de carácter
absoluto o relativo (Corte Nacional de Justicia, 2022, p. 18334-2018-04499). Por ello, reviste gran
importancia en el derecho administrativo contemporáneo, ya que garantiza la legalidad y la protección
de los derechos frente a posibles errores de la administración.
Sin embargo, a pesar de su importancia, la aplicación de esta normativa llega a tener ciertos vicios y
corrupciones que afectan directamente la seguridad jurídica y la eficacia del control sobre los actos
administrativos. El Código Orgánico Administrativo (COA) (2017) es el encargado de regular estas
acciones, sin embargo, persisten dificultades en la delimitación entre nulidad absoluta y anulabilidad.
Estas grietas influyen de manera directa generando confusión tanto en la práctica administrativa como
en el ámbito judicial, afectando la coherencia del ordenamiento jurídico.
En el Derecho Administrativo ecuatoriano, la nulidad del acto administrativo constituye un mecanismo
fundamental para garantizar la legalidad y la protección de los derechos de los administrados. Desde
la adaptación del Código Orgánico Administrativo (COA) (2018), se menciona que la doctrina ha
enfatizado la necesidad de sistematizar las causales de nulidad y sus defectos jurídicos, con el fin de
fortalecer el control legal de la administración pública.
Moreta y Cifuentes (2022) analizan críticamente las limitaciones del COA respecto a las suspensiones
del acto administrativo. Su investigación, basada en un método doctrinal y cualitativo, concluye que las
actuales normas dificultan la protección de los derechos constitucionales de manera efectiva,
proponiendo procedimientos administrativos eficaces y garantizando una tutela más efectiva de los
administradores (p.20).
Asimismo, Guachizaca y Aranda (2024) exponen que “la nulidad del procedimiento como garantía
implícita del debido proceso, especialmente en procedimientos sancionadores” (p.2638). Esto se
define como la explícita razón de poder reformar la normativa que incorpore esta figura como
herramienta base de la administración, siendo una de las características principales la coherencia y el
respeto ante los derechos de los ciudadanos.
Desde otro contexto, existen estudios que ayudan en cuanto a esta garantía en relación con el derecho
administrativo, señalando la motivación insuficiente o inexistente en los actos administrativos
vulnerados gravemente los principios del debido procedimiento. Es por ello que Ponce y Muñoz (2018)
mencionan que “la falta de motivación constituye un vicio formal suficiente para declarar la nulidad del
acto, pues contradice la exigencia de razonabilidad y apertura legal recogida tanto en la doctrina como
en la jurisprudencia constitucional” (p.216).
Este corpus doctrinal sustenta el propósito de este análisis ofreciendo una interpretación crítica y
actualizada de las causales de nulidad previstas en el COA, sus defectos, en especial la retroactividad
y la coherencia doctrinal y jurisprudencial. De esta manera se ha planteado los siguientes objetivos:
Objetivo general
● Analizar los vacíos doctrinales y normativos que afectan la certeza legal y la efectividad del
control sobre los actos administrativos en Ecuador
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Objetivos específicos
● Examinar los fundamentos teóricos y doctrinales de la figura de nulidad del acto administrativo
en el Derecho Administrativo
● Identificar las causas de nulidad establecidas en el Código Orgánico Administrativo
● Proponer recomendaciones normativas o doctrinales que contribuyan a mejorar la
interpretación, aplicación y sistematización de la nulidad administrativa en el Ecuador.
Asimismo, se ha tenido en cuenta que la problemática se centra en: ¿Cuáles son los vacíos doctrinales
y normativos que afectan la certeza legal y la efectividad del control sobre los actos administrativos en
Ecuador? Estableciendo las siguientes sub-preguntas de investigación:
● ¿Cuáles son los fundamentos teóricos y doctrinales de la figura de nulidad del acto
administrativo en el Derecho Administrativo?
● ¿Cuáles son las causas de nulidad establecidas en el Código Orgánico Administrativo?
● ¿Qué recomendaciones normativas o doctrinales contribuyen a mejorar la interpretación,
aplicación y sistematización de la nulidad administrativa en el Ecuador?
METODOLOGÍA
El presente artículo se determina en una investigación cualitativa, con enfoque cualitativo, nivel
descriptivo-explicativo y jurídico hermenéutico. Este nivel busca comprender el análisis doctrinal de la
nulidad del acto administrativo desde la perspectiva de abogados en libre ejercicio y su perspectiva
doctrinal. El enfoque cualitativo es el más adecuado para interpretar regulaciones y comprender
percepciones subjetivas de los involucrados en la aplicación práctica de Derecho Administrativo. El
presente estudio, de carácter jurídico, además se sustenta en el análisis interpretativo de la normativa
vigente, complementando con la aplicación de encuestas estructuradas a abogados en libre ejercicio,
cuya experiencia directa en procesos administrativos y contenciosos-administrativos proporciona
insumos empíricos valiosos para comprender la aplicación real de la figura de nulidad del acto
administrativo.
Los métodos que van a ser utilizados en esta investigación son el método hermenéutico-interpretativo
“se centra en la interpretación del significado de textos, símbolos, acciones y fenómenos sociales,
considerando el texto y la subjetividad del intérprete” (Quintana & Hermida, 2019, p.25), empleado para
desentrañar el sentido jurídico de los textos normativos y doctrinales.
Por otra parte, se utiliza el método analítico- comparativo, el cual “consiste en comparar dos o más
elementos, objetos, situaciones…, para identificar sus similitudes y diferencias” (Freire, 2022, p.770),
aplicado para contrastar distintas interpretación doctrinal y criterios jurisprudenciales sobre la nulidad
del acto administrativo. Finalmente, el método empírico el mismo que “se basa en la experiencia, la
observación y la experimentación para conocimiento” (López & Ramos, 2021, p.23), vinculado a la
recopilación de percepciones profesionales mediante entrevistas estructuradas
Las técnicas utilizadas son: revisión de documental exhaustiva de fuentes normativas,
jurisprudenciales y doctrinales relevantes como la Constitución de la República del Ecuador, el Código
Orgánico Administrativo (COA); el Código Orgánico de la Función Judicial y la entrevista estructurada
con preguntas de opción múltiple y dicotómicas a profesionales del derecho.
Asimismo, se tomó en cuenta la revisión bibliográfica especializada en bases académicas como
Scopus, Redalyc y SSRN, aplicando criterios de inclusión tales como actualización temática, relevancia
doctrinal y arbitraje académico, lo que garantiza la calidad y pertinencia de las fuentes.
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En cuanto a la metodología empírica, se aplicó una encuesta estructurada a 15 abogados en libre
ejercicio de la ciudad de Loja, la muestra intencional, compuesta por profesionales con experiencia
comprobada en litigios contenciosos-administrativos o asesoramiento jurídico en el ámbito público. El
instrumento de recolección de datos está estructurado estrictamente con temas relacionados a tres
ejes principales: Interpretación jurídica de la nulidad del acto administrativo, experiencia en prácticas
en litigios por nulidad y percepción sobre seguridad jurídica y la eficiencia del control judicial.
DESARROLLO
Causales de Nulidad del acto administrativo
Un acto administrativo será nulo de pleno derecho cuando incurra en cualquiera de las siguientes
causales:
Contravención a la Constitución o la ley: Cuando el contenido del acto sea contrario a normas
constitucionales o legales vigentes.
Desviación de poder: Cuando se utilicen las competencias administrativas con fines distintos a los
previstos legalmente.
Incompetencia del órgano que lo dictó: Cuando el órgano administrativo carezca de competencia por
razón de materia, territorio o tiempo.
Contenido imposible: Cuando el acto tenga un contenido material o jurídicamente imposible de
ejecutar.
Contradicción con acto presunto positivo (silencio administrativo): Cuando el acto administrativo
contradice otro que se considera aprobado por silencio administrativo.
Falta de motivación en actos gravosos: Cuando se emite un acto gravoso (que perjudica al
administrado) sin motivación suficiente y conforme a derecho.
Actos fundados en hechos delictivos: Cuando el acto se base en hechos que constituyen infracción
penal, declarada mediante sentencia ejecutoriada.
Falta de objeto lícito: Cuando el acto carece de un objeto legítimo o su objetivo es contrario al interés
público.
Exceso de plazo en actos gravosos: Cuando un acto administrativo gravoso se expide fuera del plazo
legalmente establecido, sin justificación válida.
Código Orgánico Administrativo
El Código Orgánico Administrativo (COA), como instrumento jurídico, sirve para normar el accionar de
la función administrativa dentro de las entidades que integran el sector público (Chavarría et al., 2022).
Su objetivo principal es establecer un marco legal que garantice la legalidad, eficiencia, transparencia
y participación ciudadana en la administración pública, en concordancia con los principios
establecidos en la Constitución de la República del Ecuador (Asamblea Nacional, 2018).
El COA, que entró en vigencia el 8 de julio de 2018 Asamblea Nacional (2018) marcó un hito en la
historia jurídica del Ecuador, al convertirse en una herramienta legal que responde a la necesidad de
modernizar y organizar la administración pública. Esta norma se erige como una alternativa novedosa
y coherente frente a los desafíos de un sistema administrativo que, hasta entonces, se caracterizaba
por su dispersión normativa y falta de uniformidad.
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Según Ponce (2019) el COA representa la cristalización de un anhelo institucional de décadas: contar
con un régimen jurídico uniforme y coherente que rija las actuaciones de la administración pública.
Además, responde a los desafíos del modelo del Estado constitucional de derechos, donde el respeto
a las garantías ciudadanas en sede administrativa es tan relevante como en sede judicial.
Inspirado en los principios establecidos en el artículo 227 de la Constitución de la República, así como
en los postulados modernos del Derecho Administrativo, el COA sienta las bases de una gestión pública
más eficiente, transparente y ordenada. Su principal aporte radica en la creación de un procedimiento
administrativo común aplicable a todas las entidades y organismos del sector público, incluidas las
empresas estatales.
Este procedimiento unificado constituye un avance significativo, pues promueve el debido proceso
administrativo, la economía procesal y la garantía de defensa en los trámites públicos (Pozo, 2017). La
Corte Constitucional ha destacado en su jurisprudencia que este cuerpo normativo materializa
principios fundamentales del Estado constitucional, entre ellos el derecho a una buena administración
(Sentencia No. 002-19-SIN-CC., 2019).
Además, el COA se inscribe dentro del modelo iberoamericano de procedimiento administrativo,
adoptando influencias de países como España y Colombia, donde la codificación del procedimiento ha
servido para combatir la arbitrariedad y fortalecer el Estado de Derecho (Martínez, 2013)
Este cuerpo normativo no sólo sistematiza y simplifica la actuación de la administración, sino que
también resuelve discusiones conceptuales, como la distinción entre plazo y término, y promueve el
respeto a los derechos de los ciudadanos frente al poder público (Ávila, 2012). En suma, el COA
representa un paso decisivo hacia un Estado más garantista, técnico y accesible, consolidando una
cultura administrativa basada en la legalidad y la responsabilidad institucional.
Principios que rigen el COA
El Estado ejerce sus potestades sobre la base de las normas que las regulan, y se somete a los
principios del Derecho Administrativo, ya que estos le dan vida al ordenamiento jurídico, razón por la
que se los analiza sobre la base de la doctrina y la jurisprudencia, para comprender la naturaleza y
características de los principios, la relación jurídico administrativa entre los administrados y el Estado
(Galindo, 2020).
Asamblea Nacional (2018), menciona los siguientes principios que rigen el COA
Legalidad: Toda actuación administrativa debe estar fundamentada en la Constitución, la ley y el
derecho.
Servicio a la colectividad: Administración pública debe actuar en beneficios del interés general y el
bien común
Servicio a la colectividad: La administración pública debe de actuar en beneficio del interés general y
el bien común
Responsabilidad: funcionarios públicos responde por sus actos, omisiones y decisiones frente a la ley
Transparencia: Las decisiones y actuaciones deben ser accesibles al escrutinio público, salvo
excepciones legales
Debido proceso: Todo procedimiento administrativo debe respetar el derecho a la defensa, la audiencia
y el conocimiento previo de la causa.
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Proporcionalidad: Las decisiones deben ser razonables y adecuadas al fin que persiguen, sin imponer
cargas excesivas.
Participación: Se garantiza la participación de la ciudadanía en los procesos administrativos, conforme
a la ley.
Desconcentración y descentralización: El ejercicio de las competencias se realiza de forma distribuida
entre los distintos niveles de gobierno.
Eficacia y eficiencia: Las actuaciones deben lograr resultados concretos y hacer un uso racional de los
recursos públicos.
Buena fe: La actuación de la administración y de los ciudadanos se presume guiada por la honestidad
y confianza recíproca.
Celeridad: Los trámites deben realizarse en el menor tiempo posible, evitando dilaciones innecesarias.
Impulso de oficio: La administración debe promover los procedimientos por sí misma, sin esperar
solicitud de los interesados.
Control y revisión: Las actuaciones administrativas están sujetas a mecanismos de control interno,
externo y revisión conforme a la ley.
Interdicción de la arbitrariedad: Las decisiones deben ser motivadas, razonables y libres de capricho
o intereses personales.
Acto administrativo
El acto administrativo constituye una de las expresiones más relevantes de la función administrativa
del Estado, ya que a través de él la administración manifiesta su voluntad con efectos jurídicos directos
sobre los administrados. En Ecuador, el acto administrativo ha sido regulado desde la creación del
Tribunal Contencioso Administrativo y la aplicación del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo
de la Función Ejecutiva (ERJAFE), en tanto expresión propia de la función administrativa (Sánchez et
al., 2019). Su desarrollo normativo se ha dado en el marco del Estado de derecho, evolucionando en
concordancia con los principios jurídicos y filosóficos que caracterizan al actual Estado constitucional
de derechos (López y Ramos, 2021).
Sin embargo, el carácter parcial y limitado del ERJAFE, vigente para la administración central, resultó
insuficiente frente a las necesidades de un aparato estatal más amplio y complejo. Esta deficiencia fue
corregida con la expedición del Código Orgánico Administrativo (COA), aprobado mediante la Ley No.
0 y publicado en el Suplemento del Registro Oficial No. 31 el 7 de julio de 2017, entrando en vigencia el
8 de julio de 2018. El COA se configura como un cuerpo normativo transversal que unifica y sistematiza
las reglas aplicables a toda la administración pública, constituyéndose en una herramienta
fundamental para garantizar la seguridad jurídica, la transparencia y la legalidad administrativa
(Chavarría et al., 2022)
El artículo 89 del COA define el acto administrativo como “la manifestación unilateral, externa, concreta
y obligatoria de la administración pública, dictada en ejercicio de la función administrativa, con efectos
jurídicos individuales”. Esta conceptualización incorpora elementos fundamentales como la
unilateralidad, extremidad, concreción y obligatoriedad, que distinguen al acto administrativo de otras
actuaciones públicas o privadas.
Para que un acto administrativo sea válido debe cumplir con ciertos requisitos esenciales:
competencia del órgano emisor, objeto lícito, finalidad pública, motivación adecuada y forma prescrita.
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El incumplimiento de alguno de estos elementos puede acarrear su nulidad o anulabilidad, mecanismos
previstos como garantías de control y protección de derechos dentro del sistema jurídico (COA, art.
100; Ponce, 2019).
La doctrina y la jurisprudencia coinciden en señalar que el acto administrativo debe sujetarse a los
principios del debido proceso, legalidad, proporcionalidad y razonabilidad, los cuales derivan de la
Constitución de la República del Ecuador. En este sentido, la Corte Constitucional, en la Sentencia No.
002-19-SIN-CC (2019), reafirma que todo acto administrativo debe ser controlable y susceptible de
impugnación, como parte del derecho a la tutela judicial efectiva.
Asimismo, el COA se alinea con los estándares internacionales y las experiencias comparadas de
países como España, Perú y Colombia, donde la codificación del procedimiento administrativo ha
fortalecido la protección de derechos y el control del poder público (Martínez, 2013).
En suma, el acto administrativo en Ecuador ha pasado de ser una figura dispersa y limitada a
consolidarse como una institución jurídica moderna y garantista. Su regulación actual, bajo el marco
del COA, responde a los principios del Estado constitucional de derechos, promoviendo una
administración pública técnica, responsable y accesible.
Nulidad
La nulidad del acto administrativo implica la pérdida de validez y eficacia de un acto emitido por la
Administración Pública debido a la existencia de vicios sustanciales en su formación. Conforme al
artículo 104 del COA, los actos administrativos gozan de presunción de legitimidad y ejecutoriedad, por
lo que solo pueden ser invalidados mediante una declaratoria expresa de nulidad (Silva y Vaca, 2023).
Presupuestos Normativos
El COA establece una estructura legal precisa para el tratamiento de los actos nulos:
Artículo 104: Presunción de validez del acto administrativo hasta su declaratoria de nulidad.
Artículo 105: Establece las causales de nulidad.
Artículo 106: Procedencia de la nulidad de oficio o a petición de parte.
Artículos 228 y siguientes: Regulan los efectos y procedimientos de revisión.
Modalidades de Nulidad
Nulidad de oficio
Regulada por el artículo 106 y vinculada a la potestad de revisión del artículo 132 del COA, la nulidad
de oficio puede ejercerse por la máxima autoridad administrativa, sin necesidad de delegación, en
cualquier momento y sin plazo de prescripción.
Características
No delegable.
Puede iniciarse por insinuación de terceros, pero no obliga a la administración.
Se tramita mediante procedimiento ordinario.
El procedimiento caducará si no se resuelve en un plazo de 2 meses desde su inicio.
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Nulidad a petición de parte
Puede invocarse mediante recurso administrativo, generalmente a través del recurso he apelación (art.
226 COA). El artículo 228 prevé dos supuestos:
Si no se requieren actuaciones adicionales, se resolverá directamente sobre el fondo.
Si son necesarias actuaciones que no puede ejecutar el órgano que conoce el recurso, se devolverá al
órgano competente para corregir el vicio y emitir un nuevo acto.
Efectos de la Declaratoria de Nulidad
El artículo 111 del COA regula tres reglas fundamentales:
Regla general: Efecto retroactivo a la fecha de expedición del acto.
Excepción (art. 111 COA): Si la nulidad se declara por causas convalidables, surte efectos desde la
declaratoria.
Protección a terceros de buena fe: La nulidad surte efectos desde su expedición.
Causales de Nulidad del Acto Administrativo (art. 105 COA)
Las principales causales son:
Contradicción a la Constitución o la ley.
Desviación de poder (uso de competencias con fines distintos a los previstos legalmente).
Falta de competencia por razón de materia, territorio o tiempo.
Exceso de plazo en actos gravosos.
Actos con contenido imposible (física o legalmente).
Contradicción al acto presunto positivo (por silencio administrativo).
Hechos que constituyan infracción penal declarada en sentencia ejecutoriada.
Límites a la Declaratoria de Nulidad
La Corte Constitucional ha señalado que el ejercicio de la nulidad debe respetar:
El principio de seguridad jurídica.
El principio de la cosa juzgada.
Derechos adquiridos de los administrados
RESULTADOS
Con el fin de contrastar los postulados doctrinales sobre la nulidad del acto administrativo con la
experiencia profesional del foro jurídico ecuatoriano, se aplicó una encuesta estructurada a quince
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abogados en libre ejercicio. Teniendo en cuenta que el objetivo es identificar percepciones prácticas,
niveles de conocimiento y criterios interpretativos respecto a la aplicación de las causales de nulidad
previstas en el Código Orgánico Administrativo, obteniendo los siguientes resultados:
Gráfico 1
Causa de nulidad
De acuerdo a las respuestas establecidas se identifica que existe un alto nivel del 46% a la falta de
competencia como la causa más frecuente y determinante, seguida por vicios formales. Esto coincide
con el art. 105 del COA y refuerza la idea de que la legalidad orgánica es esencial para su validez.
Gráfico 2
Casos relacionados con la nulidad
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Con respecto a los resultados establecidos se puede evidenciar que el 46% de los encuestados han
tratado casos de nulidad, lo que confirma que estos casos llegan a ser recurrentes y relevantes en el
litigio administrativo. Indica también la necesidad de reforzar procedimientos preventivos en las
instituciones públicas.
Gráfico 3
Declaración de nulidad
Existe un elevado número de encuestados que optaron por que se eliminen todos los efectos jurídicos
desde el inicio con el 73%, siendo este el consenso doctrinal y práctico sobre el carácter retroactivo de
la nulidad, conforme al art. 11 del COA, lo que evidencia un adecuado manejo técnico del concepto por
parte de los abogados en libre ejercicio.
Gráfico 4
Funcionarios públicos
73%
0%
27%
¿Qué efecto tiene la declaración de nulidad en un acto
administrativo?
Elimina todos sus efectos
juridicos desde el inicio
Solo tiene efectos hacia el
futuro
No genera ningún efecto
Depende de si es nulidad o
anulabilidad
47%
40%
13%
¿Qué nivel de conocimiento tienen los funcionarios públicos
sobre la nulidad de actos administrativos?
Bajo
Medio
Nulo
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De acuerdo con los encuestados el 47% perciben que los funcionarios carecen de formación suficiente
sobre nulidad, lo que aumenta el riesgo de errores administrativos. Esto refuerza la necesidad de
capacitación institucional y revisión de procedimientos internos.
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Gráfico 5
Rol del abogado
La encuesta ha determinado que el 53% de los abogados mencionan que es de gran importancia la
prevención de actos administrativos, es decir que se debe actuar proactivamente en la asesoría jurídica
institucional, y no solo como defensor posterior al error. La prevención jurídica es de gran importancia
para fortalecer la seguridad jurídica y evitar litigios costosos.
DISCUSIÓN
En los resultados obtenidos la mayoría de los abogados encuestados identifica la falta de competencia
y los vicios de forma como las causales más frecuentes de nulidad, en línea con el artículo 105 del
COA. Esto refleja una sólida internalización doctrinal del marco legal nacional. Según Merizalde (2020)
“la nulidad de pleno derecho no puede convalidarse de ninguna manera” (p.2), y puede ser declarada
de oficio sin prescripción. Sin embargo, la percepción generalizada de que los funcionarios tienen un
conocimiento bajo o medio sobre la nulidad sugiere que, a pesar del reconocimiento normativo, existe
un déficit formativo institucional. Como lo afirma Cano (2024) “la desviación de poder en una
institución del derecho que se encuentra casi desaparecida en el Ecuador” (p. 1478).
En Colombia, el tratamiento de la nulidad por parte del Consejo de Estado ha desarrollado criterios
sólidos sobre causales estructurales. De acuerdo a la investigación realizada por Correa (2024)
menciona que la desviación de poder deviene una potestad que ostenta la administración pública ya
sea a través de petición de parte vía recurso impugnativo o de oficio con el propósito de dejar sin efecto
los actos administrativos que contengan algún vicio siempre que no se permita su subsanación o
conservación (p.85).
Asimismo, la doctrina clásica como Duque (1971) en su investigación estableció tempranamente la
violencia de la ley como “causal determinante de nulidad de acto administrativo” (p. 145).
La jurisprudencia colombiana exige motivación y procedimientos adecuados en los actos
administrativos, El auto radicado 76001-23-31-000-2012-00089-01 del Consejo de Estado, se considera
la emisión de motivación como causal de nulidad absoluta (Zamora, 2023). Estas herramientas
doctrinales y jurisprudencia permiten mayor precisión en la aplicación de la nulidad, en comparación
con Ecuador, donde aun se requiere consolidar criterios vinculantes.
53%
33%
7%
7%
¿Cuál debería ser el rol del abogado en la prevención de
actos administrativos nulos?
Asesoria preventiva
Todas las anteriores
Representación legal en
lítigios
Capacitación a
funcionarios
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Con respecto a la investigación realizada por Díaz (2019) menciona que en España la ley 39/2015
establece una presunción de validez del acto administrativo evidenciado en el art. 57, que puede ser
desvirtuada mediante medios legales o recursos administrativos, existiendo mecanismo como la
revisión de oficio y la declaración de lesividad, que permiten reparar irregularidades sin necesidad de
procesos judiciales.
Por otro lado, Ibaceta (2001) “en España se hace la distinción entre nulidad administrativa y
anulabilidad administrativa, estableciendo como parámetro de diferenciación la gravedad del vicio y
los efectos de su declaración” (p. 309)
Este mecanismo confirma la necesidad detectada por los abogados ecuatorianos de contar procesos
administrativos más eficaces para revisar actos viciados, por otro lado, la claridad conceptual entre la
nulidad y anulabilidad que existe en España contrasta con los resultados obtenidos ya que esto
contradice el nivel doctrinal que se esperaría en una administración moderna, como la que se propone
desde el COA.
Propuestas con normativas y doctrinales para el fortalecimiento de la nulidad administrativa en el
Ecuador
Tabla 1
Recomendaciones
Reforma Normativa del
Código Orgánico
Administrativo (COA)
Desarrollo doctrinal y
académica
Uniformización jurisprudencia
Clarificar distinción entre
nulidad y anualidad
Ampliar o flexibilizar los
plazos para impugnar
actos nulos
Incorporar expresamente
la figura de nulidad del
procedimiento
Elaboración de guías
interpretativas para
operadores jurídicos
Impulsar la formación
continua a funcionarios
públicos
Fortalecer el rol de Corte Nacional de
Justicia como órgano unificador,
desarrollando líneas de jurisprudencia
claras sobre los causales de nulidad
Crear un repositorio público de casos de
nulidad, identificando patrones, criterios y
errores comunes en la administración
pública.
CONCLUSIÓN
De acuerdo a todo lo propuesto en la investigación se evidencia la existencia de importantes vacíos en
la delimitación conceptual y práctica entre la nulidad y la anualidad en el marco jurídico ecuatoriano,
particularmente en la aplicación del Código Orgánico Administrativo (COA). Esto genera mucha
inseguridad y debilidad en el control de los actos administrativos, puesto que la falta de uniformidad y
la limitada comprensión de los operadores jurídicos afectan directamente evidenciando causales de
nulidad.
La presente investigación permitió a su vez evidenciar que la figura de la nulidad cuenta con un sólido
respaldo teórico en el Derecho Administrativo, manteniendo los principios constitucionales como
legalidad, debido proceso y seguridad jurídica. Sin embargo, se identificó una brecha muy importante
entre la parte teórica y la práctica, puesto que muchos funcionarios públicos no cuentan con la
formación suficiente para aplicar correctamente estas categorías jurídicas.
A través del análisis normativo y de la experiencia empírica de los abogados encuestados se evidencia
que las causas más comunes son la falta de competencias y vacíos formales como lo establece el
LATAM Revista Latinoamericana de Ciencias Sociales y Humanidades, Asunción, Paraguay.
ISSN en línea: 2789-3855, septiembre, 2025, Volumen VI, Número 4 p 3694.
artículo 105 del COA. Esto permite evidenciar una coincidencia entre la norma jurídica y la realidad
práctica, pero también ponen en evidencia la urgencia de reforzar los controles internos y mecanismos
de prevención.
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ISSN en línea: 2789-3855, septiembre, 2025, Volumen VI, Número 4 p 3695.
REFERENCIAS
Asamblea Nacional. (07 de julio de 2018). Registro Oficial Órgano del Gobierno del Ecuador. Segundo
suplemento: chrome-
extension://efaidnbmnnnibpcajpcglclefindmkaj/https://www.gobiernoelectronico.gob.ec/wp-
content/uploads/2020/11/COA.pdf
Ávila, R. (2012). Los derechos y sus garantías. Corte Constitucionales para el Periódico de Transición:
chrome-
extension://efaidnbmnnnibpcajpcglclefindmkaj/https://repositorio.uasb.edu.ec/bitstream/10644/61
14/1/Avila,%20R-CON-012-Los%20derechos.PDF
Cano, B. (2024). Desviación de poder: la limitante al umbral del olvido. Revista de Investigación en
Ciencias Jurídicos, 7(27), 1478-1490. https://doi.org/10.33996/revistalex.v7i27.257
Chavarría, M., Gómez, P., y Ríos, J. (2022). El Código Orgánico Administrativo: Reflexiones y desafíos
para su aplicación. Quito: Corporación Editora Nacional.
Código Orgánico Administrativa COA. (7 de julio de 2017). Registro Oficial Órgano del Gobierno del
Ecuador. Asamblea Nacional Republica del Ecuador: chrome-
extension://efaidnbmnnnibpcajpcglclefindmkaj/https://www.gobiernoelectronico.gob.ec/wp-
content/uploads/2020/11/COA.pdf
Correa, C. (2024). La desviación de poder como causal de nulidad de los actos administrativos:
tratamiento conceptual y procedimental en Colombia, España y Perú. Vox Juris , 42(1), 200.
https://doi.org/10.24265/voxjuris
Corte Nacional de Justicia. (2022). Anulabilidad y nulidad. Diccionario Jurídico. chrome-
extension://efaidnbmnnnibpcajpcglclefindmkaj/https://www.cortenacional.gob.ec/cnj/images/Dicci
onario/Civil/002.pdf
Díaz, C. (2019). Significados del acto administrativo en la jurisprudencia de la Corte Constitucional.
Revista Estudios Socio-Jurídicos, 21(2), 259-292.
https://doi.org/10.12804/revistas.urosario.edu.co/sociojuridicos/a.7807
Duque, J. (1971). Violación de la ley como causal de nulidad del acto administrativo. Estudios De
Derecho, 165-163. https://doi.org/10.17533/udea.esde.333787
Freire, J. (2022). Análisis comparativo utilizando la analítica de aprendizaje. . Revista Universidad y
Sociedad, 14(6), 768 - 775. https://doi.org/https://orcid.org/0000-0001-9936-5605
Galindo, N. (01 de julio de 2020). Principios de derecho administrativo -COA y ley orgánica para la
optimización y eficiencia de trámites administrativos-. Información jurídica inteligente:
https://vlex.ec/vid/principios-derecho-administrativo-coa-1040619026
Guachizaca, S., y Aranda, F. (2024). La nulidad del procedimiento como garantía impropia del derecho
al debido proceso en el procedimiento administrativo: La nulidad del procedimiento como garantía
indebida del derecho al debido proceso en el procedimiento administrativo. LATAM Revista
Latinoamericana de Ciencias Sociales y Humanidades, 5(5). https://doi.org/10.56712/latam.v5i5.2803
Ibaceta, D. (2001). La nulidad de los actos administrativos.
https://revistaderechopublico.uchile.cl/index.php/RDPU/article/download/43109/45048/151141
LATAM Revista Latinoamericana de Ciencias Sociales y Humanidades, Asunción, Paraguay.
ISSN en línea: 2789-3855, septiembre, 2025, Volumen VI, Número 4 p 3696.
López, A., y Ramos, G. (2021). Acerca de los métodos teóricos y empíricos de investigación:
significación para la investigación educativa. Revista Conrado, 17(S3), 22-31.
Martínez, J. (2013). Curso de Derecho Administrativo. Madrid: Civitas Ediciones.
Merizalde, J. (25 de abril de 2020). Sistema de Nulidad en el procedimiento administrativo. WIX:
https://jcmerizaldev.wixsite.com/juanmerizaldeabogado/post/sistema-de-nulidades-en-el-
procedimiento-administrativo-por-fernando-ortega-c?utm_source=chatgpt.com
Moreta, A., y Cifuentes, C. (2022). Interrupción del plazo de caducidad de la acción subjetiva por
interposición de una acción de protección en Ecuador. Estado & comunes, revista de políticas y
problemas públicos, 1(14), 17-35. https://doi.org/10.37228/estado_comunes.v1.n14.2022.240
Ponce, C., y Muñoz, F. (2018). La nulidad del acto administrativo en la legislación administrativa
general. LEX, 2(22), 195-224. https://doi.org/10.21503/lex.v16i22.1655
Ponce, J. (2019). El nuevo régimen administrativo ecuatoriano: Comentarios al Código Orgánico
Administrativo. Quito: Ediciones Legales.: chrome-
extension://efaidnbmnnnibpcajpcglclefindmkaj/https://biblioteca.defensoria.gob.ec/bitstream/3700
0/4259/3/C%c3%93DIGO%20ORG%c3%81NICO%20ADMINISTRATIVO.%20ACTUALIZADO....pdf
Pozo, H. (07 de julio de 2017). Código Orgánico Administrativo. Asamblea Nacional Republica del
Ecuador: chrome-
extension://efaidnbmnnnibpcajpcglclefindmkaj/https://www.finanzaspopulares.gob.ec/wp-
content/uploads/downloads/2018/10/CODIGO-ORGANICO-ADMINISTRATIVO-REG.-OF-31-DE-07-
JULIO-2017-ok.pdf
Quintana, L., y Hermida, J. (27 de junio de 2019). La hermenéutica como método de interpretación de
textos en la investigación psicoanalítica. Universidad Nacional de Mar del Plata:
https://www.redalyc.org/journal/4835/483568603007/html/
Sentencia No. 002-19-SIN-CC. (2019). Corte Constitucional del Ecuador.
https://www.corteconstitucional.gob.ec
Silva, D., y Vaca, P. (2023). Las causales de nulidad y el derecho al debido proceso en los actos
administrativos en la legislación ecuatoriana. Revista Debate Jurídico Ecuador. Revista Digital de
Ciencias Jurídicas. UNIANDES, 6(3), 183-197. https://doi.org/ISSN 2600-5549
Zamora, M. (13 de julio de 2023). Circular 7 de 2023. Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado:
https://cancilleria.gov.co/normograma/compilacion/docs/circular_andje_0007_2023.htm?utm_sourc
e=.com
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