LATAM Revista Latinoamericana de Ciencias Sociales y Humanidades, Asunción, Paraguay.
ISSN en línea: 2789-3855, septiembre, 2025, Volumen VI, Número 5 p 185.


DOI: https://doi.org/10.56712/latam.v6i5.4595

Reducir la edad de imputabilidad: Reflexiones desde la
evidencia internacional

Lowering the Age of Criminal Responsibility: Reflections from International
Evidence


Catalina Banfi

banfic@udesa.edu.ar
https://orcid.org/0000-0001-7134-1257

Universidad de San Andrés
CABA – Argentina


Mariano Tommasi

tommasi@udesa.edu.ar
https://orcid.org/0000-0001-5919-4071

Centro de Estudios para el Desarrollo Humano
CABA – Argentina


Artículo recibido: 12 de junio de 2025. Aceptado para publicación: 30 de septiembre de 2025.

Conflictos de Interés: Ninguno que declarar.

Resumen
La criminalidad juvenil y la edad de imputabilidad han estado frecuentemente en el centro de la opinión
pública, abriendo debates en el campo de las políticas sociales y penales. Este trabajo busca, desde
una perspectiva de desarrollo humano y con vistas a la efectividad en la reducción de tasas de
criminalidad, analizar el impacto de la baja en la edad de responsabilidad penal. Para este análisis, es
elemental explorar cómo los contextos familiares, educativos y económicos condicionan las
trayectorias de los jóvenes en conflicto con la ley. A partir de una revisión de literatura que compara
experiencias internacionales y aborda datos descriptivos de criminalidad juvenil en Argentina, se
concluye que aquellas políticas punitivas que no aborden las desigualdades estructurales pueden
perpetuar los ciclos de exclusión y criminalización.

Palabras clave: criminalidad juvenil, edad mínima de responsabilidad penal, trayectorias de
vida, factores de riesgo, prevención, reinserción


Abstract
Juvenile crime and the minimum age of criminal responsibility have remained persistent focal points
in public policy debates. This study analyzes the implications of lowering the minimum age of criminal
responsibility through a human development lens, assessing its purported effectiveness in reducing
youth crime. It emphasizes the need to account for the socio-structural determinants—particularly
familial, educational, and economic conditions—that shape the developmental trajectories of
adolescents in conflict with the law. Drawing on a comparative review of international evidence and
descriptive data from Argentina, the findings suggest that punitive reforms which disregard these
structural inequalities are not only ineffective but may also exacerbate entrenched cycles of
marginalization and penalization.

Keywords: juvenile crime, minimum age of criminal responsibility, life trajectories, risk factors,


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prevention, reintegration
























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Cómo citar: Banfi, C., & Tommasi, M. (2025). Reducir la edad de imputabilidad: Reflexiones desde la
evidencia internacional. LATAM Revista Latinoamericana de Ciencias Sociales y Humanidades 6 (5),
185 – 206. https://doi.org/10.56712/latam.v6i5.4595


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INTRODUCCIÓN

La criminalidad juvenil es un fenómeno complejo que ha suscitado debates intensos en el ámbito
político, social y académico, particularmente en contextos de creciente preocupación por la
inseguridad. En la Argentina, la discusión sobre cómo abordar los delitos cometidos por adolescentes,
incluyendo propuestas para reducir la edad mínima de responsabilidad penal, reaparece de manera
cíclica. Sin embargo, las respuestas centradas exclusivamente en la sanción suelen desconocer la
multiplicidad de factores que condicionan las trayectorias de los jóvenes en conflicto con la ley.

Lejos de surgir de manera aislada, los comportamientos delictivos juveniles se inscriben en contextos
atravesados por vulnerabilidades acumuladas. A partir de la literatura especializada, hemos
identificado como factores de riesgo a aquellos elementos individuales, familiares, sociales y
comunitarios que, combinados, aumentan la probabilidad de que un joven incurra en conductas
delictivas. Estos factores no operan de forma independiente, sino que se refuerzan mutuamente:
hogares monoparentales, deserción escolar, pobreza estructural, violencia intrafamiliar, escasa
supervisión adulta y exposición a entornos violentos forman parte de un entramado que configura
escenarios de exclusión.

Comprender la criminalidad juvenil también implica atender a las trayectorias de vida que los
adolescentes transitan desde edades tempranas. Estas trayectorias no se definen de forma abrupta,
sino que se van configurando gradualmente a lo largo del ciclo vital, muchas veces como resultado de
la falta de intervenciones adecuadas en momentos clave. Evitar que los jóvenes ingresen o
permanezcan en circuitos delictivos requiere prestar atención a esas transiciones, y dirigir los
esfuerzos públicos de manera diferenciada según la edad. Durante la primera infancia y la infancia, es
el entorno el que comienza a moldear ciertas condiciones de riesgo o protección; en la adolescencia,
esos procesos pueden cristalizarse en hechos delictivos concretos que, sin contención, tienden a
reproducirse en la adultez. Por eso, las políticas deben combinar estrategias preventivas, que actúen
tempranamente sobre el entorno del niño, con herramientas de reinserción capaces de interrumpir
trayectorias ya iniciadas.

Este trabajo propone una revisión sistemática e interdisciplinaria de la literatura existente sobre
criminalidad juvenil y edad mínima de responsabilidad penal, con énfasis en la evidencia proveniente
de distintos países. A través del análisis de estudios en economía, neurociencia, derecho, psicología y
bienestar infantil, se sistematizan los principales hallazgos en torno a los efectos del encarcelamiento
a edades tempranas. La evidencia disponible muestra que encarcelar adolescentes (especialmente
cuando aún están en etapas clave de formación del capital humano) tiene efectos negativos sobre su
educación, salud mental, empleabilidad y vinculación con redes de apoyo. Asimismo, diversos estudios
revelan que las reformas que reducen la edad de imputabilidad penal no han demostrado ser efectivas
para disminuir la criminalidad juvenil, y en cambio han generado mayores tasas de reincidencia, costos
fiscales crecientes y una reproducción de desigualdades estructurales.

En un contexto de escasa evaluación de impacto en América Latina, este trabajo busca contribuir a la
construcción de una mirada más integral sobre la criminalidad juvenil. A partir de la sistematización de
evidencia dispersa en distintas disciplinas y países, se propone orientar el debate hacia políticas
públicas basadas en derechos, prevención e inclusión, antes que en castigos tempranos que perpetúan
la exclusión. Lejos de ofrecer una nueva teoría, el objetivo es aportar una síntesis ordenada que sirva
de insumo para futuras investigaciones y para el rediseño de estrategias orientadas a mejorar la justicia
juvenil, reducir la reincidencia y promover oportunidades reales para los adolescentes en situación de
vulnerabilidad.

DESARROLLO


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Contexto de riesgo y evidencia empírica

Factores de alarma

La delincuencia juvenil es un fenómeno que emerge de la interacción de múltiples factores, los cuales
crean contextos de alta vulnerabilidad para los jóvenes (Shader, 2001). Estos factores no operan de
manera aislada, sino que se refuerzan mutuamente, haciendo que las intervenciones requieren un
enfoque integral (Aazami et al., 2023).

En este análisis se propone agrupar los riesgos asociados a la delincuencia juvenil en tres grandes
categorías: sociales, individuales y comunitarios. Dicha clasificación no busca establecer relaciones
causales entre las características identificadas y el comportamiento delictivo sino más bien ayudar a
pensar un marco conceptual que señale áreas prioritarias de intervención preventiva.

Diversos estudios en la literatura sobre delincuencia juvenil identifican factores sociales que tienen un
impacto negativo en la trayectoria de vida. En primer lugar, la desigualdad económica y la falta de
acceso a oportunidades educativas y laborales son factores centrales que afectan el desarrollo de los
jóvenes. Aquellos que crecen en contextos de pobreza enfrentan barreras estructurales que limitan sus
posibilidades de desarrollo (Jejurikar & Shenvi, 1985). En este contexto, los antecedentes familiares
también son determinantes. Hogares monoparentales, familias numerosas y dinámicas familiares
conflictivas suelen asociarse con una menor supervisión y entornos menos propicios para el desarrollo
positivo (Farrington, 1985). Además, la presencia de padres o madres privados de su libertad, así como
las prácticas de crianza violentas incrementan la tendencia de los jóvenes a desarrollar
comportamientos delictivos. Otro aspecto crítico es la presión ejercida por los pares: los jóvenes que
forman parte de pandillas o grupos delictivos experimentan una mayor probabilidad de reforzar
conductas problemáticas (Dodge et al., 2005).

Figura 1

Factores de riesgo


Fuente: elaboración propia.

Los factores individuales incluyen elementos como el bajo rendimiento escolar y las conductas
problemáticas persistentes en el ámbito educativo, los cuales se presentan como indicadores
importantes de riesgo (Yoshikawa, 1994). Medidas disciplinarias severas, como expulsiones o


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suspensiones, agravan estas situaciones al dificultar la reintegración al sistema educativo,
evidenciando la necesidad de enfoques más inclusivos que fomenten el aprendizaje y la integración
social.

Asimismo, algunas características psicológicas, como los desórdenes de conducta, la impulsividad y
la falta de empatía, han sido asociadas a comportamientos delictivos (Shader, 2001). Inclusive,
múltiples estudios señalan a las complicaciones prenatales como un factor de fuerte impacto negativo
en el desarrollo del niño y su posterior conducta delictiva (Farrington, 1985), dejando entrever cierta
relación entre factores biológicos y psicológicos.

Entre los factores comunitarios, se destaca la influencia de vivir en comunidades donde predominan
altos niveles de violencia. Este contexto tiene un impacto significativo en el comportamiento de los
jóvenes, ya que la exposición constante a la violencia puede normalizar estas conductas y limitar las
oportunidades para desarrollar habilidades sociales positivas (Gibson et al., 2009). Estas comunidades
suelen perpetuar ciclos de exclusión y marginalidad, consolidando la vulnerabilidad de los jóvenes
hacia conductas delictivas (Innamorato et al., 2015).

Finalmente, también se ha señalado la relación entre el consumo de sustancias psicoactivas y la
delincuencia juvenil. Aunque la evidencia muestra una alta correlación entre ambos fenómenos,
distintos enfoques advierten que no se trata de una relación causal directa y que deben entenderse
como consecuencias de contextos de fuerte exclusión social (Edo, 2018).

El caso argentino

En términos de evidencia empírica, muchos de los factores previamente explicados se ven reflejados
en las realidades de los jóvenes con causas penales en Argentina. En el año 2024, en la ciudad de
Buenos Aires, se registraron 1,788 niños, niñas y adolescentes (NNyA) que tuvieron al menos un
conflicto con la ley penal. De este total, 514 menores (29 %) ya contaban con antecedentes de años
previos. Además, el 20 % de los jóvenes con causas iniciadas en los Juzgados de Menores (JNM) tuvo
al menos una causa que llegó a instancia de un Tribunal Oral de Menores.


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Gráfico 1

NNyA con al menos una causa penal registrada por año (CABA)


Nota: Estos datos corresponden a causas iniciadas en la Justicia Nacional con asiento en la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires. No son representativos a nivel nacional. Fuente: Elaboración propia a partir
de la Base General de Datos de NNyA con intervención judicial.

De los NNyA con alguna causa penal durante 2024, el 80 % se encontraba en el rango de edad entre 15
y 17 años, y casi el 90 % eran hombres. Este patrón refleja la influencia de factores de género
ampliamente discutidos en la literatura, que señalan cómo las construcciones sociales de la
masculinidad, sumadas a contextos de vulnerabilidad, pueden predisponer a los adolescentes varones
a conductas de riesgo y conflictos con la ley.

Respecto a los factores sociales, en la Figura 3 se aprecia como casi el 67 % de los NNyA viven en
hogares monoparentales (58.2 % con la madre y 8.7 % con el padre), lo que refuerza las investigaciones
sobre cómo la estructura familiar puede actuar como un factor de riesgo o protección en el desarrollo
de conductas delictivas (Demuth & Brown, 2004). Además, más del 10 % no convive con su padre y/o
madre, lo que puede asociarse a una menor supervisión parental y a una falta de referentes estables,
factores ampliamente documentados como vinculados al comportamiento antisocial en jóvenes
(Hoeve et al., 2009).


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Gráfico 2

Convivencia de NNyA con causas penales (2024)


Nota: Estos datos corresponden a causas iniciadas en la Justicia Nacional con asiento en la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires. No son representativos a nivel nacional. Fuente: Elaboración propia a partir
de la Base General de Datos de NNyA con intervención judicial.

Por otro lado, el 85 % de los jóvenes en conflicto con la ley depende del sistema de salud pública o no
cuenta con cobertura privada. Este dato puede interpretarse como un indicio del estatus
socioeconómico de esta población, ya que la falta de acceso a servicios de salud privados está
asociada con condiciones económicas más vulnerables. Aunque este indicador no es determinante
por sí solo, se alinea con estudios que vinculan las desigualdades en el acceso a servicios básicos con
mayores niveles de exclusión social y riesgo de conflicto con la ley (Graif et al., 2014).

El análisis educativo de los jóvenes en conflicto con la ley penal revela tendencias significativas que
refuerzan la relación entre la exclusión escolar y la vulnerabilidad social. Un 14.5 % de ellos no cuenta
con educación formal o abandonó la primaria, marcando una exclusión temprana del sistema
educativo. Por otro lado, solo un 10.8 % logró completar la primaria, pero no avanzó a niveles
secundarios, lo que refleja barreras en la continuidad de aprendizaje. Además, el 32.9 % abandonó los
estudios secundarios, un porcentaje alto que evidencia las dificultades para permanecer en el sistema
escolar durante la adolescencia.


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Gráfico 3

Nivel educativo de NNyA con causas penales (2024)


Nota: Estos datos corresponden a causas iniciadas en la Justicia Nacional con asiento en la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires. No son representativos a nivel nacional. Fuente: Elaboración propia a partir
de la Base General de Datos de NNyA con intervención judicial.

Los datos analizados en esta sección coinciden con lo señalado en la literatura, que subraya la
importancia de la estructura y dinámica familiar como determinantes clave en el riesgo de involucrarse
en conductas delictivas juveniles. Respecto a los indicadores vinculados al ámbito educativo, estos
coinciden con investigaciones que destacan cómo la interrupción en la trayectoria escolar puede
aumentar el riesgo de involucramiento en conductas delictivas (Shader, 2001). La presencia, aunque
limitada, de jóvenes en conflicto con la ley penal que aún asisten a la escuela secundaria señala
posibles oportunidades para implementar intervenciones orientadas a fortalecer la permanencia
escolar y reducir las brechas de desigualdad en el acceso y la continuidad educativa.

Trayectoria de vida

La relación entre los factores de riesgo y el comportamiento juvenil ha sido ampliamente estudiada
desde múltiples perspectivas disciplinarias. Reconocer que estos factores no afectan de la misma
manera a lo largo de las diferentes etapas del desarrollo humano incentiva a pensar en estrategias de
intervención específicas y adaptadas a cada edad.

La interacción entre el individuo y su entorno a lo largo del tiempo, como lo señala Bronfenbrenner
(1979), enfatiza la importancia de considerar el contexto social y comunitario en todas las etapas del
desarrollo. Los factores estructurales, como la pobreza, la desigualdad y la exposición a la violencia,
moldean las oportunidades y limitaciones que enfrentan los NNyA en cada etapa de sus vidas. Estas
influencias pueden reforzarse mutuamente, creando ciclos de vulnerabilidad que dificultan las
oportunidades de movilidad social y desarrollo positivo (Lösel & Farrington, 2012). La teoría de
inversión en capital humano, desarrollada por James Heckman (2007), aporta una base conceptual
importante para entender las dinámicas que pueden tener las intervenciones.


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Figura 2

Etapas del ciclo vital


Fuente: elaboración propia.

Prevención

La primera infancia (0 a 5 años) es fundamental debido a la alta plasticidad del cerebro, lo que facilita
la adquisición de habilidades cognitivas y no cognitivas esenciales (Heckman, 2007). En esta fase, las
intervenciones pueden tener un efecto transformador al establecer bases sólidas para el desarrollo
futuro. Por ejemplo, programas que fomentan la estimulación temprana, el apego seguro y el acceso a
servicios básicos de salud y educación tienen el potencial de prevenir futuros comportamientos
problemáticos. La acumulación de habilidades durante esta etapa no solo afecta las competencias
inmediatas, sino que también mejora la capacidad de los individuos para aprovechar oportunidades
posteriores en la vida (Heckman & Mosso, 2014).

Durante la infancia (6 a 11 años), los niños empiezan a interactuar más intensamente con el sistema
educativo y las redes sociales fuera del hogar. Es en esta etapa donde las experiencias escolares
juegan un rol crucial en la configuración de las trayectorias de desarrollo (Dodge, 2008). Factores como
el bajo rendimiento académico, la exclusión social y la exposición a prácticas disciplinarias severas
pueden aumentar significativamente el riesgo de conductas disruptivas y delictivas en el futuro
(Velasco et al., 2018). Por tanto, programas diseñados para reforzar habilidades sociales, promover un
sentido de pertenencia escolar y proporcionar apoyo académico son especialmente relevantes durante
esta etapa.

Cuando se habla de intervenciones que estén destinadas directamente a niños y niñas, Shader (2001)
subraya la importancia de aquellas que reduzcan la impulsividad y promuevan habilidades de
regulación emocional. En términos familiares, las intervenciones deben enfocarse en fortalecer las
habilidades de crianza y reducir dinámicas de violencia intrafamiliar, ya que está demostrado que la
existencia de padres convictos o prácticas de crianza abusivas incrementan significativamente la
probabilidad de comportamientos delictivos en los hijos (Farrington, 1985).

Un enfoque integral también debe incorporar políticas preventivas que promuevan entornos escolares
inclusivos y efectivos. Estrategias abarcativas orientadas a la mejora del rendimiento escolar y la
provisión de recursos educativos son cruciales para mitigar los factores de riesgo (Yoshikawa, 1994).
En ese sentido, Dodge et al. (2005) muestra que la participación en programas de mediación escolar y
mentoría puede reducir la influencia negativa de los pares y fomentar habilidades sociales positivas.

A nivel comunitario, programas de prevención que aborden la violencia en los vecindarios y fomenten
la cohesión social son esenciales para romper los ciclos de exclusión y marginalidad (Gibson et al.,
2009). Asimismo, resulta fundamental avanzar en políticas de urbanización que reduzcan la
segregación residencial y mejoren la calidad de vida en barrios vulnerables, con el objetivo de
transformar los entornos comunitarios en espacios de apoyo, contención y desarrollo.


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Reinserción

Siguiendo con la teoría de capital humano de Heckman, la adolescencia (12 a 17 años) presenta
características únicas en términos de riesgos y oportunidades. Es una etapa marcada por cambios
biológicos, cognitivos y sociales que influyen en la toma de decisiones y la susceptibilidad a influencias
externas, particularmente de pares. Por ejemplo, la interacción con grupos de pares con
comportamientos de riesgo puede amplificar la probabilidad de involucrarse en actividades delictivas
(Farrington & Welsh,2007). Adicionalmente, los adolescentes que experimentan entornos familiares
inestables o que enfrentan barreras significativas para continuar su educación suelen tener mayores
tasas de deserción escolar y, en consecuencia, menor acceso a oportunidades laborales en el futuro.
Durante esta etapa, intervenciones dirigidas a fortalecer la resiliencia, fomentar redes de apoyo
positivas y mejorar el acceso a programas educativos alternativos son esenciales para mitigar estos
riesgos.

Programas específicos como Espartanos1, basado en el uso del deporte como herramienta de
disciplina y superación personal, representan ejemplos significativos de cómo la reinserción puede ser
una vía eficaz para reconstruir las trayectorias de vida de adolescentes en conflicto con la ley. Esta
iniciativa no solo contribuye al fortalecimiento de habilidades prácticas y emocionales, sino que
también promueve el reencuentro con redes familiares y comunitarias, elementos clave para una
integración efectiva en la sociedad.

Un enfoque innovador dentro de los programas de reinserción es la justicia restaurativa, que ha ganado
relevancia como una alternativa a la privación de libertad. Este enfoque busca no solo responsabilizar
al adolescente por el daño causado, sino también repararlo, tanto a las víctimas como a la comunidad
en general. En Argentina, experiencias en distintos municipios de la Provincia de Buenos Aires, como
San Isidro2 han demostrado que la justicia restaurativa puede ser una herramienta efectiva para
fomentar la integración social. En particular, durante 2019 se observó una tendencia sostenida al
aumento, tanto en la cantidad de investigaciones penales preparatorias (IPP) derivadas a la justicia
juvenil restaurativa como en la efectividad de las intervenciones realizadas bajo este enfoque
(Ministerio Público de la Provincia de Buenos Aires, 2020). Al incluir la participación activa de las
víctimas y de los adolescentes, estos programas promueven un entendimiento más profundo de las
consecuencias del delito y refuerzan los lazos comunitarios, proporcionando un marco para la
reconstrucción de las relaciones sociales.

En Estados Unidos, diversas investigaciones han evidenciado que las inversiones en programas de
prevención y reinserción juvenil, aunque implican un costo inicial, resultan mucho más efectivas y
económicas a largo plazo que el encarcelamiento. Poirier (2007) evaluó el programa Functional Family
Therapy (FFT), orientado a adolescentes de entre 11 y 18 años que han delinquido o se encuentran en
riesgo de hacerlo. Este programa se centra en el acompañamiento intensivo de las familias para
intervenir sobre dinámicas disfuncionales y fortalecer factores protectores. Los resultados mostraron
que FFT logró reducir la delincuencia juvenil en un 25 %, generando un ahorro significativo para el
Estado. La evaluación costo-beneficio indicó que, por cada dólar invertido, se ahorraron en promedio
1,97 dólares en gastos asociados al sistema penal, con un beneficio neto de 4 millones de dólares en
un período de nueve años. Por su parte, Ellison et al. (2017) encontraron una asociación inversa
estadísticamente significativa entre el esfuerzo fiscal educativo estatal y las tasas de encarcelamiento


1 Ver https://www.fundacionespartanos.org/
2 Convenio entre la Municipalidad de San Isidro, la fiscalía general, el Colegio de Abogados, el Obispado, la Universidad de
Girona y la Universidad de San Andrés. Ver Programa de Justicia Juvenil Restaurativa.


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juvenil. Según sus estimaciones, un incremento del 1 % en dicho esfuerzo podría generar un ahorro
potencial promedio anual de 4,95 millones de dólares por estado.

A pesar de los avances, los programas de reinserción enfrentan desafíos significativos que limitan su
alcance y efectividad. La falta de recursos adecuados, el hacinamiento en los centros de detención y
la carencia de enfoques integrales que involucren a la familia y la comunidad son obstáculos
persistentes. En este sentido, los programas de reinserción deben concebirse como una estrategia
integral que va más allá de la simple rehabilitación del adolescente. Estos deben estar orientados a
transformar las trayectorias de vida desde una perspectiva multidimensional, articulando componentes
educativos, laborales, familiares y comunitarios. La inversión en estos programas no solo genera
beneficios directos para los jóvenes involucrados, sino que también tiene externalidades positivas a
nivel social y económico, al reducir los costos asociados a la reincidencia y fortalecer la cohesión
social.

Realidades de los jóvenes encarcelados

A medida que los individuos avanzan hacia la juventud (18 a 26 años), las oportunidades para intervenir
se vuelven más limitadas y los costos asociados a dichas intervenciones tienden a incrementarse.
Aunque esta etapa sigue siendo crítica, las estrategias deben enfocarse principalmente en la
reintegración social y laboral, así como en la provisión de oportunidades educativas que puedan ayudar
a los jóvenes a evitar la reincidencia en conductas delictivas (Laub & Sampson, 2006). Las
intervenciones en esta fase suelen incluir programas de capacitación laboral, finalización de estudios
obligatorios y medidas de justicia restaurativa.

Gráfico 4

Porcentaje de jóvenes adultos dentro del sistema penitenciario


Fuente: Elaboración propia a partir de los datos del Sistema Nacional de Estadísticas sobre Ejecución
de la Pena.

El acceso a datos sistemáticos es fundamental para comprender la realidad de los adolescentes y
jóvenes adultos en el sistema penitenciario. En Argentina, el Sistema Nacional de Estadísticas sobre
Ejecución de la Pena (SNEEP) recopila información censal anual desde 2002, proporcionando un marco
para analizar distintos aspectos de la población carcelaria. A lo largo del período 2002-2023, la


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proporción de la población joven dentro del total de personas privadas de libertad ha mostrado una
tendencia decreciente. En los primeros años del período analizado, los jóvenes adultos representaban
más del 40 % de la población carcelaria censada, mientras que en 2023 esta proporción se redujo a
menos del 25 % (Figura 6).

El nivel educativo de los jóvenes privados de libertad muestra una distribución persistentemente baja
a lo largo del período analizado (Figura 7). La mayoría de ellos cuenta con educación primaria completa
o incompleta, mientras que el acceso a niveles educativos superiores, como el secundario completo,
terciario o universitario, es marginal. Se observa una disminución progresiva en la proporción de
jóvenes con educación primaria completa y un aumento relativo de aquellos con educación secundaria
incompleta, lo que sugiere un mayor acceso al nivel medio, aunque sin garantizar su finalización.

Gráfico 5

Nivel de educación jóvenes adultos encarcelados


Fuente: Elaboración propia a partir de los datos del Sistema Nacional de Estadísticas sobre Ejecución
de la Pena.

Este patrón refuerza la relación entre el bajo nivel educativo y el encarcelamiento juvenil, un factor de
riesgo que ya ha sido señalado en el análisis previo. La teoría sugiere que la falta de acceso a educación
de calidad y la deserción escolar incrementan la vulnerabilidad de los jóvenes a contextos de exclusión
y conflicto con la ley. Sin embargo, una vez dentro del sistema penitenciario, las oportunidades de
finalizar estudios disminuyen drásticamente. El progreso educativo de esta población se ve
obstaculizado por múltiples factores, como la falta de programas educativos dentro de las unidades
penitenciarias, la inestabilidad en los procesos de formación y la dificultad de reinserción en circuitos
educativos formales tras la liberación.

Como se puede ver en la Figura 8, el acceso a la educación dentro del sistema penitenciario refleja una
participación limitada y desigual. A lo largo del período analizado, la mayoría de los jóvenes adultos
privados de libertad no participan en actividades educativas, ya sean formales o no formales. Si bien
se observa un leve aumento en la participación en educación formal en algunos años, esta tendencia
no se mantiene de manera constante y sigue representando una proporción minoritaria dentro de la
población carcelaria. La educación no formal, en tanto, se mantiene en niveles muy bajos.


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Gráfico 6

Participaciones jóvenes adultos en programas de educación


Fuente: Elaboración propia a partir de los datos del Sistema Nacional de Estadísticas sobre Ejecución
de la Pena.

Por el contrario, la gran mayoría de los jóvenes en unidades penitenciarias participa en actividades
deportivas, alcanzando un 70.5 % en 2023. Sin embargo, la participación en programas laborales es
significativamente menor, con solo 14.2 % en el mismo año, evidenciando una baja adhesión a estas
iniciativas dentro del sistema penitenciario.

Privación de la libertad en edades clave del desarrollo

Hasta este punto, se han analizado los factores de riesgo asociados a la delincuencia juvenil y las
posibles trayectorias de vida que pueden desarrollarse en ausencia de intervenciones preventivas o
programas de reinserción.

En Argentina, el sistema penal juvenil está regulado por los principios establecidos en la Convención
sobre los Derechos del Niño, así como por las normativas nacionales que buscan garantizar los
derechos de los adolescentes en conflicto con la ley. Este sistema prioriza las medidas alternativas a
la privación de la libertad, considerándola como una última instancia y promoviendo la reintegración
social de los jóvenes.

De acuerdo al relevamiento nacional de dispositivos penales elaborado en 2023 por la Secretaría
Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia (SENAF) y el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia
(UNICEF), el sistema se estructura en dos tipos principales de dispositivos: (1) los dispositivos de
aprehensión especializados y (2) los dispositivos de cumplimiento de medidas penales. Los primeros
están diseñados para intervenir desde el momento en que un adolescente es aprehendido en el marco
de un proceso penal y están destinados a garantizar condiciones seguras y adecuadas para los
adolescentes, evitando el contacto con adultos detenidos.

Por su parte, los dispositivos de cumplimiento de medidas penales abarcan tanto las medidas
privativas de libertad como aquellas alternativas al encierro. Dentro de estas últimas se encuentran los
programas de libertad asistida, tareas comunitarias y supervisión en el ámbito comunitario. Estas
medidas buscan fomentar la responsabilización del adolescente y su reintegración social, reduciendo


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el impacto negativo que puede tener la privación de la libertad. Los dispositivos que manejan medidas
privativas se dividen en dos categorías: los establecimientos de restricción de libertad, donde el
adolescente tiene mayores posibilidades de movilidad y contacto con el exterior, y los establecimientos
de privación de libertad, que implican un encierro más estricto.

En este contexto, resulta fundamental examinar los efectos del encarcelamiento durante una etapa tan
crítica como la adolescencia, ya que esta experiencia puede intensificar los factores de riesgo
preexistentes, profundizar la exclusión social y dificultar aún más los procesos de reinserción. Este
análisis cobra especial relevancia en el marco del debate sobre la reducción de la edad de
imputabilidad penal, una medida que, lejos de abordar las causas estructurales de la delincuencia
juvenil, podría agravar la vulnerabilidad de los jóvenes al exponerlos prematuramente al sistema
penitenciario y limitar sus oportunidades de integración.

Impactos del encarcelamiento a temprana edad

En primera instancia, el encarcelamiento juvenil reduce drásticamente la posibilidad de que los
adolescentes completen su educación secundaria (Aizer y Doyle, 2015). Este efecto está relacionado
con la interrupción directa de los estudios durante la privación de libertad, así como con el estigma
asociado al historial penal, que dificulta la reintegración al sistema educativo. En este sentido, Kessler
(2007) señala que la experiencia de encarcelamiento genera sentimientos de exclusión entre los
jóvenes, quienes describen la escuela como un espacio hostil e incomprensible.

Por otro lado, ser encarcelado durante la adolescencia aumenta la probabilidad de reincidencia en un
41 % frente a jóvenes con las mismas causas, pero castigos distintos (Aizer y Doyle, 2015). Esto sugiere
que los entornos penitenciarios, lejos de rehabilitar, pueden reforzar comportamientos delictivos.

En términos de salud mental, la privación de libertad tiene un impacto severo. Los adolescentes
encarcelados tienen una mayor probabilidad de sufrir depresión y otros trastornos mentales debido al
estrés asociado con el confinamiento, la separación de sus familias y el entorno frecuentemente hostil
de los centros de detención (Shen et al., 2011). La experiencia de encarcelamiento durante la
adolescencia interrumpe el desarrollo cognitivo y emocional, aumentando la vulnerabilidad a
problemas de salud mental en la adultez (Cohen et al., 2016).

Por su parte, el impacto económico también es significativo, tanto para los adolescentes en cuestión
como para la comunidad. Apel y Sweeten (2010) encontraron que la privación de libertad en la
adolescencia está asociada con una reducción sustancial en los ingresos a lo largo de la vida. Esta
relación se explica por la dificultad de acceder a empleos formales debido al estigma de un historial
penal, así como por la falta de competencias laborales derivada de la interrupción educativa. En el
mismo sentido, Hyla (2016) muestra que los adolescentes encarcelados tienen más probabilidades de
recurrir a empleos inestables o a actividades económicas ilegales debido a las limitadas opciones
disponibles tras su liberación.

Respecto a los impactos comunitarios, Ellison et al. (2017) argumenta que la privación de libertad
genera un costo fiscal significativo a nivel nacional, no solo por el mantenimiento de los centros de
detención, sino también por la pérdida de productividad asociada con la exclusión laboral de los
jóvenes encarcelados. Además, los autores destacan que las comunidades más afectadas por la
criminalidad juvenil suelen ser las que tienen menor inversión en programas educativos y preventivos,
perpetuando así ciclos de pobreza y exclusión.

El análisis desarrollado en esta sección evidencia que la privación de libertad durante la adolescencia
tiene un impacto acumulativo que compromete el desarrollo del capital humano, limitando las


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oportunidades de adquisición de habilidades fundamentales para la integración social y laboral.
Además, queda claro que los adolescentes encarcelados tienen menos oportunidades de construir
redes sociales positivas, lo que obstaculiza su reintegración en la comunidad (Kearney et al., 2014).
Este aislamiento social no solo perpetúa conductas delictivas, sino que también reduce las
probabilidades de acceso a oportunidades legales, consolidando un círculo vicioso que afecta
directamente su desarrollo personal y profesional.

¿Bajar la edad de imputabilidad?

La Convención sobre los Derechos del Niño de las Naciones Unidas, adoptada en 1989, insta a los
Estados a establecer una edad mínima de responsabilidad penal (MACR) que no sea demasiado baja,
teniendo en cuenta la madurez emocional, mental e intelectual de los menores. Sin embargo, no se
especifica una edad concreta, lo que ha llevado a una amplia variación en su implementación a nivel
mundial. Por ejemplo, en Inglaterra y Gales, la MACR es de 10 años, mientras que en Escocia se elevó
de 8 a 12 años en 2020. En otros países europeos, como Alemania y España, la edad mínima es de 14
años, y en Portugal es de 16 años. Estas diferencias no siempre se basan en evidencia científica sobre
el desarrollo infantil, sino que reflejan factores políticos, históricos y legales (Pillay, 2019).

En Argentina, la MACR está establecida en 16 años. No obstante, en la última década, el debate sobre
la reducción de la edad de imputabilidad ha resurgido de manera recurrente en la agenda pública. En
este contexto, actualmente se han planteado propuestas para disminuirla hasta los 10 años,
justificadas en parte por la ocurrencia de hechos delictivos que involucran a menores.

Las políticas que reducen la edad de imputabilidad penal no consideran las dinámicas complejas que
influyen en la criminalidad juvenil. Estas políticas a menudo simplifican el problema, enfocándose
exclusivamente en el castigo, sin abordar las causas subyacentes previamente desarrolladas en este
artículo, como la pobreza, la falta de acceso a la educación y la exposición a entornos violentos. La
evidencia acumulada sugiere que estas medidas no solo son ineficaces, sino que también generan
consecuencias negativas que pueden persistir durante generaciones, afectando tanto a los jóvenes
como a sus comunidades.

La discusión sobre la reducción de la edad mínima de responsabilidad penal exige un enfoque
interdisciplinario que combine aportes de diferentes áreas del conocimiento. Este debate va más allá
del ámbito jurídico o normativo, ya que sus implicancias abarcan dimensiones económicas,
neurocientíficas, psicológicas y de bienestar infantil, entre otras.

El debate sobre la reducción de la edad de imputabilidad como mecanismo para disminuir la
criminalidad juvenil ha sido ampliamente discutido en el ámbito académico y político (Dwyer &
McAlister, 2017). En Dinamarca, la reforma que redujo la edad de imputabilidad de 15 a 14 años
proporcionó un caso de estudio único para evaluar este enfoque. La medida no redujo la criminalidad
juvenil, sino que, por el contrario, aumentó las tasas de reincidencia entre los adolescentes procesados
bajo este nuevo marco legal. Además, la política tuvo un impacto negativo en el desempeño académico
de los jóvenes afectados, reflejado en menores tasas de inscripción escolar y peores calificaciones en
el noveno grado (Piil Damm et al., 2017).

En Estados Unidos, Fowler y Kurlychek (2018) analizaron los efectos de la reforma en Connecticut que
elevó la edad de imputabilidad de 16 a 17 años, permitiendo que estos jóvenes fueran procesados en
tribunales juveniles en lugar de adultos. Los resultados mostraron que los adolescentes procesados
en el sistema juvenil tenían entre un 53 % y un 57 % menos de probabilidades de reincidir en
comparación con aquellos procesados como adultos. Esto se explicaba a partir de “la teoría del


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etiquetado” que, aplicada al contexto penal, sostiene que el contacto con el sistema de justicia para
adultos estigmatiza a los jóvenes y refuerza su identidad como delincuentes.

En Nueva York, la misma medida resultó en una disminución de las tasas de reincidencia y un aumento
en la reintegración educativa y laboral (Harty, 2017). Además, el análisis económico demostró que la
reforma redujo los costos asociados con la privación de libertad, subrayando que los enfoques
centrados en la rehabilitación no solo son más efectivos en términos sociales, sino también más
sostenibles desde una perspectiva financiera (Harty, 2017).

De manera similar, Menon y McCarter (2021) analizaron las implicancias de elevar la edad de
jurisdicción juvenil a 20 años en los Estados Unidos. Sus hallazgos muestran que los sistemas juveniles
no solo generan menores tasas de reincidencia y menores costos a largo plazo, sino que también
ofrecen intervenciones alineadas con las necesidades de desarrollo de los adolescentes, facilitando
así su transición exitosa a la adultez.

En Latinoamérica, se puede analizar el caso de Ecuador, país que redujo la MACR de 18 a 16 años
durante 2019. Esta medida incrementó la población juvenil infractora en el Centro de Adolescentes
Infractores (CAI) de Ambato, sobrecargando sus recursos y capacidades. El personal reportó la
necesidad de mayor financiamiento, infraestructura y formación especializada. A pesar de ajustes
operativos, el sistema de justicia juvenil fue percibido como ineficaz para prevenir la reincidencia, dada
la falta de acceso a educación y empleo tras la liberación. Además, se identificó un déficit de
comunicación en la implementación de la reforma (González, 2024).

Estos estudios sugieren que el sistema de justicia juvenil, con su enfoque en la rehabilitación y la
educación, es significativamente más efectivo que el sistema penal para adultos. Mientras que el
primero promueve la reintegración social y educativa de los jóvenes, el sistema penal para adultos
tiende a exponerlos a un entorno criminalizado y estigmatizante, lo que dificulta su desarrollo personal
y aumenta las probabilidades de reincidencia. Además, el sistema juvenil parece ofrecer una segunda
oportunidad que favorece tanto al individuo como a la sociedad, en contraste con el enfoque punitivo
del sistema para adultos.

En muchos contextos, la opinión pública a menudo exige la reducción de la edad de imputabilidad penal
como respuesta inmediata frente al aumento de delitos cometidos por jóvenes. Este debate, aunque
legítimo, suele centrarse en una perspectiva punitiva que deja de lado las complejidades del desarrollo
infantil y juvenil. Según Hulmáková et al. (2024), es crucial incorporar tanto aspectos cognitivos como
emocionales en el diseño de políticas públicas relacionadas con la justicia juvenil. Los autores
argumentan que las intervenciones que fomenten una comprensión más profunda del desarrollo en
estas etapas, junto con un enfoque empático hacia los jóvenes, podrían equilibrar la percepción pública
sobre la edad mínima de responsabilidad penal. En este sentido, la educación y la sensibilización
acerca de los procesos emocionales y cognitivos que influyen en las conductas juveniles son
herramientas esenciales para contrarrestar las demandas de políticas únicamente punitivas y
promover enfoques más integrales y restaurativos.

Las investigaciones en neurociencia han demostrado que el cerebro adolescente se encuentra en pleno
desarrollo, particularmente en áreas clave como el lóbulo frontal, responsable del control de impulsos,
el juicio y la toma de decisiones. Este desarrollo incompleto, que continúa hasta aproximadamente los
25 años (Delmage, 2013), cuestiona la capacidad de niños y adolescentes para asumir plena
responsabilidad penal. Durante la adolescencia, el desequilibrio entre la amígdala, asociada al
procesamiento emocional, y el lóbulo frontal fomenta comportamientos impulsivos y decisiones
menos reflexivas (Pillay, 2019). Además, alteraciones hormonales y neurobiológicas, especialmente en
jóvenes que han sufrido maltrato, agravan su capacidad para evaluar las consecuencias de sus


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acciones, lo que plantea dudas sobre la equidad de aplicarles estándares legales diseñados para
adultos (Mercurio et al., 2018). Llamas y Marinaro (2021) afirman que aplicar castigos equivalentes a
los de adultos contradice tanto la evidencia neurocientífica como las normas internacionales de
derechos humanos.

En este contexto, las decisiones legales deberían fundamentarse en evidencia empírica sobre el
desarrollo cognitivo y emocional. La literatura revisada indica que las habilidades cognitivas alcanzan
madurez entre los 15 y 17 años, mientras que los factores psicosociales, como la susceptibilidad a la
influencia de los pares y la impulsividad, continúan evolucionando en etapas posteriores (Weijers &
Grisso, 2009).

Una novedosa línea de investigación dentro de la presente temática subraya las discrepancias entre
las edades mínimas legales para distintas capacidades en muchos países, lo que genera tensiones en
la formulación de políticas públicas. En algunos casos, un menor puede ser considerado lo
suficientemente maduro para enfrentar un juicio penal, pero no para tomar decisiones sobre su propia
salud mental, consumir alcohol, ingresar a determinados establecimientos, votar o actuar de forma
independiente sin la supervisión de un adulto responsable. Estas diferencias reflejan una falta de
coherencia en el entendimiento del desarrollo cognitivo y emocional de niños y adolescentes, poniendo
de manifiesto la necesidad de armonizar estas normas legales para garantizar un enfoque más
consistente y equitativo.

Noroozi et al. (2018) examina la discrepancia entre dos edades legales clave: la edad mínima para que
un menor consienta recibir tratamiento de salud mental y la edad mínima de responsabilidad penal,
analizando legislaciones de distintas naciones para identificar patrones y variaciones. Los resultados
muestran que, en la mayoría de los casos, la edad mínima de responsabilidad penal es más baja que
la edad mínima para consentir tratamientos de salud mental. Por su parte, Gillen (2006) argumenta que
la edad mínima de responsabilidad penal, fijada en 10 años en Inglaterra, Gales e Irlanda del Norte, está
desalineada con otras responsabilidades legales, como votar o casarse.

El análisis comparativo de los estudios sobre la MACR revela tendencias claras en torno a los efectos
de reducir o aumentar esta edad desde perspectivas judiciales, económicas, cognitivas y de derechos
humanos. Los estudios analizados en esta sección advierten que reducir la edad de imputabilidad
genera un aumento significativo en las tasas de reincidencia y una disminución en la reintegración
educativa y laboral de los jóvenes infractores. Estos estudios también destacan que la reducción tiende
a reproducir desigualdades sociales, afectando de manera desproporcionada a jóvenes de sectores
vulnerables. En términos económicos, se observa que la reincidencia a largo plazo aumenta los costos
fiscales asociados al sistema penal y refuerza la estigmatización social de los jóvenes.

CONCLUSIÓN

Abordar la criminalidad juvenil exige una comprensión profunda de las trayectorias de vida que
transitan los niños, niñas y adolescentes en contextos de alta vulnerabilidad. A lo largo de este trabajo
se ha mostrado que los comportamientos delictivos no emergen de manera aislada, sino que
responden a la interacción de factores individuales, familiares, comunitarios y estructurales que se
acumulan y refuerzan a lo largo del ciclo vital. Desde la primera infancia, las experiencias de pobreza,
exclusión educativa, violencia familiar o falta de redes de apoyo comienzan a moldear condiciones que,
sin intervenciones oportunas, pueden desembocar en trayectorias de exclusión y conflictividad penal.

La revisión de la literatura especializada evidencia que los enfoques centrados exclusivamente en el
castigo y, en particular, las políticas que proponen reducir la edad mínima de responsabilidad penal no
sólo no resuelven los problemas de inseguridad, sino que tienden a agravarlos. Diversos estudios


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comparados muestran que la reducción de la edad de imputabilidad genera un aumento de las tasas
de reincidencia, una disminución en la reintegración educativa y laboral de los jóvenes, y una
reproducción de desigualdades sociales que afectan de manera desproporcionada a los sectores más
vulnerables. Además, en términos fiscales, el encarcelamiento temprano impone altos costos al
sistema penal sin generar beneficios sostenibles para la sociedad.

La evidencia neurocientífica refuerza estos hallazgos al demostrar que el cerebro adolescente se
encuentra en pleno desarrollo, particularmente en áreas vinculadas al control de impulsos, la toma de
decisiones y la evaluación de riesgos. Aplicar sanciones penales diseñadas para adultos a individuos
que aún no han alcanzado la madurez cognitiva y emocional constituye no solo una medida ineficaz,
sino también una violación de los estándares internacionales de derechos humanos que promueven la
protección integral de niños y adolescentes.

Frente a este escenario, se torna indispensable repensar las estrategias de intervención desde una
perspectiva integral que contemple las distintas etapas del desarrollo y actúe sobre las causas
estructurales de la criminalidad juvenil. Durante la primera infancia e infancia, las políticas de
prevención deben centrarse en fortalecer el entorno familiar, garantizar el acceso a una educación
inicial de calidad, mejorar la nutrición y el cuidado de la salud, y construir redes de apoyo comunitario
sólidas. Estas acciones tempranas son fundamentales para establecer bases sólidas que permitan a
los niños desarrollar su potencial y evitar que ingresen en circuitos de exclusión.

En la adolescencia, cuando comienzan a manifestarse con mayor claridad las conductas de riesgo, las
políticas deben orientarse a consolidar procesos de integración educativa, social y laboral. Espacios
deportivos, artísticos y recreativos bien estructurados, programas de mentoría, educación inclusiva y
dispositivos de apoyo psicosocial son herramientas claves para fortalecer la resiliencia adolescente y
ofrecer alternativas concretas frente a la conflictividad. La construcción de trayectorias de vida
positivas en esta etapa no solo requiere del esfuerzo de las familias, sino también de un Estado
presente que garantice derechos, oportunidades y acompañamiento efectivo.

Finalmente, las decisiones políticas respecto a la edad mínima de responsabilidad penal deben basarse
en evidencia empírica y no en percepciones simplistas o demandas coyunturales de mayor “mano
dura”. La educación pública sobre los procesos emocionales y cognitivos que atraviesan los
adolescentes es una herramienta esencial para equilibrar la percepción social y promover enfoques de
justicia que prioricen la inclusión por sobre la exclusión. La criminalidad juvenil no es un problema de
“maldad individual”, sino el resultado de fallas acumuladas en el entorno social, económico y político
que rodea a los jóvenes.

En suma, prevenir la criminalidad juvenil y construir caminos de inclusión no es tarea de una política
aislada ni de un solo sector. Requiere un esfuerzo inter- institucional sostenido, una inversión continua
en el fortalecimiento de derechos, y una transformación profunda en la manera en que las sociedades
piensan, miran y tratan a sus adolescentes. Apostar a la prevención, la educación y la reinserción es,
en última instancia, apostar al desarrollo humano, la cohesión social y la construcción de comunidades
más justas, seguras y equitativas.


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