Por otro lado, los artículos 5, 11, 12, 13 y 16, constituyen el bloque de derechos consagrados en la
Declaración de los Derechos de los Niños por la Unicef, en 1949, los cuales se centran en defender el
derecho del niño de crecer en su seno familiar, en proteger su vida por encima de todas las cosas, evitar
tratos crueles por parte de la familia o un particular, el derecho a recibir un trato igualitario sin distingos
y, finalmente, al libre desarrollo de la personalidad; todos estos derechos integrados a los principios de
la Declaración antes mencionada.
Con respecto a los derechos fundamentales de que trata la Constitución Política de Colombia, se puede
verificar que las normas regulan de manera general, es decir, que constituye una garantía para todos
los asociados y preferentemente para los NNA, al ser considerados sujetos de derecho de especial
protección; esto implica que la tutela de sus derechos es prioridad para el Estado.
Finalmente, desde el capítulo 2, que se refiere a los derechos sociales, económicos y culturales, que
contienen el artículo 44 y 45, los derechos fundamentales de los NNA se fundamentan básicamente en
la salud, la seguridad social, la alimentación, la familia y el desarrollo armónico.
Asimismo, la Ley 1098 de 2006 (Código de Infancia y Adolescencia), tiene por objeto:
“Establecer normas sustantivas y procesales para la protección integral de los niños, las niñas
y los adolescentes, garantizar el ejercicio de sus derechos y libertades consagrados en los
instrumentos internacionales de Derechos Humanos, en la Constitución Política y en las leyes,
así como su restablecimiento. Dicha garantía y protección será obligación de la familia, la
sociedad, y el Estado” (Ley 1098, 2006).
Se hace necesario mencionar que, si bien es cierto las normas jurídicas tienden a regular conductas
que ponen en riesgo los derechos de los demás, en este caso de los niños, niñas y adolescentes,
también es cierto que estas normas son infringidas, creando la necesidad al Estado de castigar y
expulsar de la sociedad aquellas personas que ignoren o sobrepasen los límites de la ley; es por ello,
que nace el Código Penal, mediante la Ley 599 de 2000, que tiene como finalidad proteger bienes
jurídicos fundamentales del individuo y de la sociedad, funcionando como instrumento de control que
persigue el objetivo de mantener el orden social.
De manera particular, el Código Penal aborda con mayor eficacia delitos específicos, entre ellos los
que realizan en contra de los NNA, como la pornografía infantil, la prostitución, la trata y explotación
sexual, así como cualquier otro delito que vulnere la libertad sexual del menor (acceso carnal violento
o abuso sexual), el secuestro y el reclutamiento forzado; todos estos considerables dentro del marco
del conflicto armado en Colombia, los cuales deberán aplicarse con severidad para prevenir el aumento
de delitos en contra de los derechos fundamentales de esta población de especial protección.
Otra de las herramientas legales para proteger los derechos fundamentales de los NNA, corresponde
a la Resolución No. 1524 de febrero 23 de 2016, la cual describe el Lineamiento Técnico para la
Atención a la Población Victima del Desplazamiento Forzado, asumida por el Instituto Colombiano de
Bienestar Familiar, ICBF. (Resolución 1524, 2016) Esto de conformidad con lo dispuesto en la Ley
1098 de 2006, la Ley 1448 de 2011 y la Sentencia T-025 de 2004, en la que se exhorta a esta institución
sobre la necesidad de reestablecer el goce de los derechos de esta población conmocionada por los
hechos victimizantes. Básicamente este programa tiene como finalidad desplegar unidades móviles,
las cuales están conformada por grupos interdisciplinares, en donde intervienen psicólogos,
nutricionistas, trabajadores sociales, maestros en artes, pedagogía, sociología y antropología, quienes
se despliegan por todo el territorio nacional, en aras de dar cumplimientos a los mandatos legales y
jurisprudenciales, referentes a la garantía y restitución de los derechos y la reparación integral de niños,
niñas y adolescentes.
LATAM Revista Latinoamericana de Ciencias Sociales y Humanidades, Asunción, Paraguay.
ISSN en línea: 2789-3855, marzo, 2026, Volumen VII, Número 1 p 3091.