sobre las mujeres en el ámbito político. (Tribunal Contencioso Electoral, Causa No. 250-2023-TCE,
2024, párr. 130 y Recurso de Apelación, 2024, Causa No. 250-2023-TCE, párr. 105).
El uso repetido del hashtag #Ladyimpericia en redes sociales, acompañado de comentarios
despectivos, constituyó una forma de violencia simbólica y psicológica. Estos ataques no solo
buscaban deslegitimar su trabajo, sino también socavar su confianza y dignidad (Tribunal Contencioso
Electoral, Causa No. 250-2023-TCE, 2024, párrs. 132-134). Los comentarios fueron diseñados para
crear dudas sobre su capacidad y debilitar su posición como autoridad. Además, se promovieron
prejuicios racistas y sexistas, exacerbando narrativas de odio contra ella y contra las mujeres
afrodescendientes en la política.
A pesar de que las denunciadas, en su defensa, argumentaron que no podían controlar lo que otros
publicaban, la sentencia determinó que, al utilizar hashtags y difundir imágenes con la intención de
desprestigiar a la fiscal, contribuyeron conscientemente al entorno de violencia y discriminación. Este
comportamiento fue clasificado como violencia política indirecta dirigida a una mujer en un cargo
público relevante. (Tribunal Contencioso Electoral, Causa No. 250-2023-TCE, 2024, párr, 150).
De este modo, la VPG no solo vulnera los derechos individuales de las mujeres, sino que también
constituye un obstáculo estructural que impide el ejercicio pleno de la participación política en
condiciones de igualdad. Esta forma de violencia está anclada a estereotipos de género, prácticas
patriarcales y discursos discriminatorios que afectan desproporcionadamente a las mujeres que
ejercen cargos de representación y liderazgo, como se demuestra en el caso de la ex fiscal Diana
Salazar.
La exposición mediática, la facilidad para viralizar contenidos agresivos y la legitimación social de
discursos misóginos colocan a las mujeres en situación de alta vulnerabilidad, especialmente cuando
ocupan espacios de decisión. Estas agresiones no solo buscan desacreditar su desempeño, sino
también truncar sus carreras, forzarlas a renunciar anticipadamente y desalentar a otras mujeres de
participar en la política por temor a represalias similares. Así, la violencia política de género socava los
pilares de una democracia inclusiva y plural, y exige respuestas institucionales firmes, mecanismos de
protección efectivos y un compromiso cultural profundo con la erradicación de toda forma de
discriminación y violencia por razones de género.
Aún más preocupante es que, si bien el entorno de violencia política de género suele estar estructurado
por relaciones de poder dominadas por hombres, el impacto se agrava cuando son otras mujeres
quienes reproducen y refuerzan los estereotipos de género que sustentan dicha violencia. Esta
situación resulta especialmente nociva, ya que proyecta la imagen de que las mujeres han interiorizado
las normas patriarcales que históricamente las han subordinado. Este fenómeno, conocido como auto-
opresión o autodiscriminación, consolida estructuras de dominación simbólica y cultural, en las que
incluso quienes han accedido a roles de poder terminan replicando discursos y prácticas que socavan
la participación política de sus pares. (TCE, 2024, Causa No. 250-2023-TCE, párr. 106).
Así, lejos de debilitar el sistema patriarcal, se lo perpetúa desde dentro, dificultando aún más la
construcción de una democracia realmente paritaria, solidaria y libre de violencia de género.
En síntesis, la violencia política de género es una forma de discriminación que limita el ejercicio efectivo
de los derechos políticos de las mujeres. Su existencia impide que la participación en cargos de
representación se dé en condiciones de igualdad, ya que opera como una herramienta de exclusión
basada en estereotipos de género, prejuicios raciales y discursos patriarcales profundamente
arraigados. Aunque existen avances normativos tanto a nivel internacional como nacional que
reconocen y sancionan esta forma de violencia, su implementación ha sido limitada, lo que ha
permitido que la VPG se mantenga como una barrera persistente para el liderazgo femenino.
LATAM Revista Latinoamericana de Ciencias Sociales y Humanidades, Asunción, Paraguay.
ISSN en línea: 2789-3855, abril, 2026, Volumen VII, Número 2 p 744.