INTRODUCCIÓN
El acceso al saneamiento básico constituye un componente esencial para garantizar condiciones
mínimas de salud pública, protección ambiental
y
desarrollo sostenible.
A
nivel global,
aproximadamente cuatro de cada diez personas no cuentan con acceso a letrinas y casi dos de cada
diez carecen de fuentes seguras de agua potable, situación que ha generado elevados índices de
morbilidad y mortalidad asociados a enfermedades de origen hídrico, afectando principalmente a la
población infantil (UNESCO, 2014; Reyes-Peña et al., 2014). Estas cifras evidencian que el saneamiento
trasciende la dimensión técnica del servicio y se configura como un determinante estructural del
bienestar social y la calidad de vida.
El saneamiento puede definirse como el conjunto de técnicas y elementos destinados a fomentar
condiciones higiénicas adecuadas (Alvarado et al., 2018). En el caso del recurso hídrico, implica
mantener niveles de calidad que permitan su reutilización o descarga en cuerpos receptores sin
generar daños a los ecosistemas (Alvarado-Granados et al., 2017). Asimismo, debe garantizar acceso
seguro, sustentable e higiénico al agua, contemplando infraestructura adecuada para la disposición de
excretas y lodos, así como condiciones de privacidad y dignidad para la población, asegurando un
ambiente limpio tanto a nivel doméstico como comunitario (Jouravlev, 2004). En este sentido, el
saneamiento se vincula no solo con la gestión ambiental, sino con derechos fundamentales y con la
equidad social.
En el marco de la agenda internacional, uno de los principales desafíos ha sido promover políticas que
aseguren una gestión sostenible de los recursos hídricos en términos de calidad y cantidad,
incorporando mejoras sustantivas en saneamiento (ONU-DAES, 2015). No obstante, en países como
México, el saneamiento del agua continúa siendo una problemática estructural visible en numerosas
cuencas hídricas, afectadas por descargas industriales y residuos domiciliarios que han persistido
durante décadas sin una solución integral (Tortolero-Villaseñor, 2006). Esta situación revela
limitaciones institucionales y déficits de inversión pública que inciden directamente en la degradación
ambiental.
El análisis del saneamiento requiere, además, considerar su dimensión económica y social. Desde una
perspectiva costo-beneficio, el uso y la contaminación del agua deben evaluarse incorporando los
costos asociados al tratamiento y saneamiento, los cuales deben diseñarse en función de los
contaminantes específicos y del destino final del recurso (Alvarado et al., 2018). La ausencia de
inversión en infraestructura adecuada no solo genera impactos ambientales, sino que reproduce
desigualdades territoriales, particularmente en contextos rurales donde la provisión de servicios
básicos es limitada y fragmentada.
En el ámbito nacional, el estado de Guerrero presenta uno de los mayores rezagos en cobertura de
alcantarillado, ubicándose en el penúltimo lugar a nivel nacional con una cobertura del 66.1%, por
debajo de la media nacional del 86% (Reyes-Peña et al., 2014). Se estima que el 33.9% de la población
estatal carece del servicio de drenaje (CONAGUA, 2011), lo que evidencia un déficit significativo en
infraestructura sanitaria y una marcada brecha territorial en el acceso a servicios básicos.
La problemática se acentúa en la región Costa Chica, donde la infraestructura de tratamiento de aguas
residuales es limitada. En el municipio de Tecoanapa, únicamente la cabecera municipal dispone de
lagunas de oxidación que no reciben tratamiento adecuado, generando riesgos potenciales de
contaminación del río Tecoanapa que abastece a comunidades ubicadas aguas abajo. En este
contexto, la localidad de Las Ánimas carece de sistema formal de drenaje, por lo que las aguas
residuales domésticas son vertidas directamente en mantos freáticos, arroyos o barrancas,
incrementando los riesgos sanitarios y ambientales en un recurso caracterizado por su finitud y
vulnerabilidad.
LATAM Revista Latinoamericana de Ciencias Sociales y Humanidades, Asunción, Paraguay.
ISSN en línea: 2789-3855, abril, 2026, Volumen VII, Número 2 p 889.