esferas de la sociedad, incluyendo la educación, la salud, el trabajo y la participación política (United
Nations, 1995).
La conferencia también destacó la importancia de abordar la violencia de género como una violación
de los derechos humanos fundamentales de las mujeres. Se reconoció la necesidad de adoptar
políticas y programas integrales para prevenir y erradicar la violencia machista en todas sus formas,
así como para brindar apoyo y protección a las víctimas (United Nations, 1995).
Uno de los logros más significativos de la Conferencia de Beijing fue la adopción de una agenda amplia
y holística que aborda las múltiples dimensiones de la desigualdad de género. La Plataforma de Acción
de Beijing incluía objetivos y estrategias específicas para promover la igualdad de género en áreas
como la salud reproductiva, la participación política, la educación y el empoderamiento económico de
las mujeres.
Además, la Conferencia de Beijing contribuyó a sensibilizar a la opinión pública sobre las cuestiones
de género y a movilizar a la sociedad civil en la promoción de los derechos de las mujeres. La
conferencia también sirvió como catalizador para la creación de redes y alianzas entre organizaciones
de mujeres a nivel internacional, lo que fortaleció el movimiento feminista y su capacidad para abogar
por el cambio social.
Respecto a los factores de Riesgo en mujeres víctimas de feminicidio, Medina, et al., (2017) en
Fernández, et al., (2005), establecen que corresponde a la “Vivencia de violencia doméstica en su
familia de origen, bajo nivel cultural, bajo nivel socioeconómico, aislamiento psicológico y social, baja
autoestima. Sumisión y dependencia, embarazo, desequilibrio de poder en la pareja, consumo de
alcohol o drogas” (Medina, Mosquera, & Sinisterra, 2017, págs. 37,38). Frente a los casos de
vulnerabilidad en los que se ven involucradas personas de género diverso, la Oficina del Alto
Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, ha mencionado que, en la
actualidad gran parte de personas trans y de género diverso a nivel mundial no tienen acceso al
reconocimiento de género por parte del Estado, lo cual no solo crea de un vacío legal, sino que fomenta
el estigma y los prejuicios contra ellos (Organización de Naciones Unidas, 1993).
En ese orden de ideas, conforme a la normatividad colombiana, lo que se busca es prevenir y eliminar
los hechos constitutivos de violencia contra la mujer, por ello se han tomado acciones como, por
ejemplo, aumento significativo en la sanción penal, ya que, existe una diferencia de 42 meses en la
pena mínima y de (50) meses frente a la pena máxima respecto al delito del homicidio (Ley 599, 2000).
En igual sentido, la Corporación Sisma Mujer (2022) ha afirmado que, las medidas de protección y
atención consagradas en la Ley 1257 de 2008, son otras de las acciones establecidas por el gobierno
de Colombia, con las cuales se busca “brindar a las mujeres espacios seguros en los cuales no estén
expuestas a nuevos hechos de violencia y puedan obtener herramientas para la reconstrucción de su
proyecto de vida” (pág. 6). Asimismo, esta Corporación expresa que, en la citada ley, se encuentran
establecidas acciones como de sensibilización, la prevención y la sanción, cuya responsabilidad recae
en las autoridades territoriales y nacionales (Corporación Sisma Mujer, 2022).
De acuerdo con un reporte realizado por la Radio Nacional de Colombia ante la Procuradora General
de la Nación Dra. Margarita Cabello Blanco el pasado mes de mayo de 2023, en la que expresó que las
cifras de violencia contra la mujer son alarmantes y tienen una tendencia de aumento, teniendo en
cuenta que para el año 2022, se registraron 1.016 casos de homicidios en mujeres y 619 de esos casos
se clasificaron como feminicidio en el país, con un promedio de 51.5 feminicidios por mes, mientras
que para el primer trimestre de 2023, se registraron 220 homicidios en mujeres de los cuales 133
corresponden a feminicidio, es decir, un promedio de 44.3 homicidios cada mes (Radio Nacional de
Colombia, 2023).
LATAM Revista Latinoamericana de Ciencias Sociales y Humanidades, Asunción, Paraguay.
ISSN en línea: 2789-3855, mayo, 2026, Volumen VII, Número 2 p 2566.