Análisis de la efectividad de los mecanismos normativos  
sobre los casos de feminicidio en el Departamento del Chocó  
Analysis of the effectiveness of regulatory mechanisms on cases of femicide  
in the Department of Chocó  
Haminton Murillo Perea  
Universidad Tecnológica del Chocó “Diego Luis Cordoba”  
Quibdó, Chocó Colombia  
Inés Yaritssa Riascos Gutierrez  
Universidad Tecnológica del Chocó “Diego Luis Cordoba”  
Quibdó, Chocó Colombia  
Ricardo Emiro Ledesma Copete  
Universidad Tecnológica del Chocó “Diego Luis Cordoba”  
Quibdó, Chocó Colombia  
Artículo recibido: 03 de enero de 2026. Aceptado para publicación: 07 de mayo de 2026.  
Conflictos de Interés: Ninguno que declarar.  
Resumen  
El feminicidio es la culminación de un ciclo de abusos y la expresión más violenta de la subordinación  
de la mujer en la sociedad. En Colombia, la persistencia de este flagelo, a pesar de la existencia de  
leyes estrictas como la Ley 1761 de 2015, plantea serios interrogantes sobre la protección efectiva de  
los derechos humanos femeninos. El objetivo general de este estudio es analizar la efectividad de los  
mecanismos normativos adoptados por el Gobierno Nacional sobre el feminicidio en el departamento  
del Chocó durante el periodo 2018-2023.Para cumplir con este propósito, se empleó una metodología  
de tipo descriptivo-documental con un enfoque de investigación socio-jurídica. El diseño fue  
descriptivo, basándose en el análisis documental de fuentes primarias como la Defensoría del Pueblo,  
la fiscalía general de la Nación y Medicina Legal, además de una revisión sistemática de literatura  
académica y jurisprudencial. Los resultados obtenidos revelan que, a nivel nacional, existe una  
preocupante divergencia en las cifras: los observatorios independientes reportan 3.584 casos,  
mientras que las entidades oficiales registran 1.405 para el mismo periodo. Específicamente en el  
Chocó, se registraron 20 feminicidios, afectando principalmente a mujeres en zonas rurales bajo la  
influencia de grupos armados ilegales. Se concluye que factores como la pobreza extrema y la falta  
de implementación territorial de las leyes de protección limitan severamente la efectividad de las  
normas, evidenciando que la sanción penal por sí sola no garantiza la seguridad de las mujeres  
chocoanas.  
Palabras clave: efectividad, feminicidio, mecanismos, violencia de género  
LATAM Revista Latinoamericana de Ciencias Sociales y Humanidades, Asunción, Paraguay.  
ISSN en línea: 2789-3855, mayo, 2026, Volumen VII, Número 2 p 2562.  
Abstract  
Femicide is the culmination of a cycle of abuse and the most violent expression of women's  
subordination in society. In Colombia, the persistence of this scourge, despite the existence of strict  
laws such as Law 1761 of 2015, raises serious questions about the effective protection of women's  
human rights. The general objective of this study is to analyze the effectiveness of the regulatory  
mechanisms adopted by the National Government about femicide in the department of Chocó during  
the period 2018-2023. To achieve this objective, a descriptive-documentary methodology with a socio-  
legal research approach was employed. The design was descriptive, based on the documentary  
analysis of primary sources such as the Ombudsman's Office, the Attorney General's Office, and the  
National Institute of Legal Medicine and Forensic Sciences, in addition to a systematic review of  
academic and jurisprudential literature. The results reveal a worrying discrepancy in the figures at the  
national level: independent observatories report 3,584 cases, while official entities register 1,405 for  
the same period. Specifically in Chocó, 20 femicides were recorded, primarily affecting women in rural  
areas under the influence of illegal armed groups. The study concludes that factors such as extreme  
poverty and the lack of territorial implementation of protection laws severely limit the effectiveness of  
these regulations, demonstrating that criminal penalties alone do not guarantee the safety of women  
in Chocó.  
Keywords: effectiveness, femicide, mechanisms, gender violence  
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Cómo citar: Murillo Perea, H., Riascos Gutierrez, I. Y., & Ledesma Copete, R. E. (2026). Análisis de la  
efectividad de los mecanismos normativos sobre los casos de feminicidio en el Departamento del  
Chocó. LATAM Revista Latinoamericana de Ciencias Sociales y Humanidades 7 (2), 2562 2581.  
LATAM Revista Latinoamericana de Ciencias Sociales y Humanidades, Asunción, Paraguay.  
ISSN en línea: 2789-3855, mayo, 2026, Volumen VII, Número 2 p 2563.  
INTRODUCCIÓN  
Para hablar de feminicidio en Colombia, se hace pertinente referirse a la Ley 1761 de 2015 en la cual,  
se crea como un delito autónomo en Colombia, en el artículo 104 A, define de una más precisa este  
delito, al expresar que el feminicidio se refiere al asesinato de una mujer por el hecho de serlo o por  
motivos de identidad de género, siendo esta la más alta manifestación de la violencia basada en género  
(Ley 1761, 2015).  
Tal y como lo ha mencionado la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos  
Humanos, históricamente, la violencia contra las mujeres se ha utilizado como un instrumento de  
subordinación, para dominar y demostrar poder del hombre frente a las mujeres (Organización de  
Naciones Unidas, 2021). Al respecto, ONU Mujeres (2023) manifestaron que, la violencia contra la  
mujer debe ser entendida como cualquier acto perjudicial que se comete contra la voluntad de una  
persona, lo cual implica un desequilibrio de poder y, por ende, el sufrimiento y/o daño físico, psicológico  
o sexual en el ámbito privado o público (ONU Mujeres, 2023).  
La violencia contra las mujeres en cualquiera de sus formas, es una violación a los derechos humanos,  
razón por la cual, el Estado colombiano cuenta con una amplia normatividad, entre las que se encuentra  
la ley 1257 de 2008 en la cual se dictan normas para la sensibilización, prevención y sanción de las  
violencias contra las mujeres, además, determina aspectos relacionados con la protección en casos  
de violencia intrafamiliar (Ley 1257, 2008).  
Por otro lado, está la Ley 1761 de 2015, mediante la cual se crea entre otras disposiciones, el tipo penal  
de feminicidio como delito autónomo, con una pena privativa de la libertad que oscila entre un mínimo  
de 21 años hasta 41 años de prisión. Así mismo, este delito cuenta con agravantes los cuales se  
encuentran consagrados en el artículo 104B de la mencionada ley, entre los que se encuentra, por  
ejemplo, cuando el feminicidio se comete en una mujer menor de 18 años o mayor de 60 o en estado  
de embarazo (Ley 1761, 2015). Es de resaltar que, tal y como lo menciona Ramírez (2018) la finalidad  
de estas normas se centra en garantizar los derechos de las mujeres en escenarios de violencia,  
tomando como base la normatividad internacional, como, por ejemplo, las Conferencias de Viena, Cairo  
y Beijing en las cuales, se identifican las vulnerabilidades diferenciales de las mujeres (Ramírez, 2018).  
Desde tiempos inmemoriales, las mujeres han luchado por la igualdad de derechos en todos los  
ámbitos de la sociedad. La discriminación de género, la violencia machista y la desigualdad salarial  
son solo algunas de las manifestaciones de la opresión que han enfrentado las mujeres a lo largo de  
la historia. En este contexto, las conferencias internacionales se han erigido como espacios  
fundamentales para discutir y promover medidas concretas en favor de la protección y promoción de  
los derechos de las mujeres. La Conferencia de Viena para la Protección de la Mujer, celebrada en 1993,  
representa un hito importante en este camino hacia la igualdad de género (Organización de Naciones  
Unidas, 1993).  
La lucha por los derechos de las mujeres ha sido una constante a lo largo de la historia. Desde las  
sufragistas que exigían el derecho al voto en el siglo XIX, hasta las activistas feministas  
contemporáneas que promueven la paridad de género en los espacios de poder, las mujeres han  
demostrado una capacidad inquebrantable para desafiar las estructuras patriarcales y exigir un trato  
equitativo. En este sentido, los organismos internacionales han desempeñado un papel crucial en la  
promoción de políticas y programas que garanticen la igualdad de género en todo el mundo  
(Organización de Naciones Unidas, 1993).  
La Conferencia de Viena para la Protección de la Mujer, organizada por la Organización de las Naciones  
Unidas (ONU), reunió a líderes mundiales, expertos en género, activistas y representantes de la  
sociedad civil para abordar las principales problemáticas que afectan a las mujeres en la actualidad.  
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ISSN en línea: 2789-3855, mayo, 2026, Volumen VII, Número 2 p 2564.  
El objetivo principal de esta conferencia fue la firma de un acuerdo vinculante que estableciera  
compromisos concretos para la protección de los derechos de las mujeres en todas sus dimensiones  
(Organización de Naciones Unidas, 1993).  
Uno de los temas centrales abordados en la conferencia fue la violencia de género, una de las formas  
más cruentas de discriminación que sufren las mujeres en todo el mundo. Se discutieron estrategias  
para prevenir y erradicar la violencia machista, así como para brindar apoyo a las víctimas y garantizar  
acceso a la justicia. Asimismo, se debatió sobre la importancia de promover la educación en igualdad  
de género y de empoderar a las mujeres para que puedan alcanzar su pleno potencial en todos los  
ámbitos de la vida (Organización de Naciones Unidas, 2020).  
Si bien la Conferencia de Viena fue un paso importante en la lucha por la protección de los derechos  
de las mujeres, aún quedan muchos desafíos por delante. La implementación efectiva de los acuerdos  
alcanzados, la asignación de recursos suficientes para programas de género, la eliminación de las  
brechas salariales y la erradicación de la discriminación en el ámbito laboral son solo algunos de los  
desafíos que la comunidad internacional debe afrontar en los próximos años (Organización de  
Naciones Unidas, 1993).  
Por otro lado, la Conferencia del Cairo para la Protección de la Mujer, celebrada en 1994, fue un hito  
significativo en la lucha por la igualdad de género y los derechos de las mujeres. Este evento reunió a  
líderes de todo el mundo para discutir y abordar las cuestiones clave relacionadas con la protección y  
empoderamiento de las mujeres. A lo largo de los años, se han logrado avances significativos en la  
promoción de la igualdad de género y el fortalecimiento de los derechos de las mujeres, pero todavía  
persisten desafíos importantes que requieren atención y acción continuas (Organización de Naciones  
Unidas, 1994).  
La Conferencia del Cairo marcó un importante punto de inflexión en la agenda internacional de los  
derechos de las mujeres al abordar cuestiones fundamentales como la violencia de género, la  
educación, la salud reproductiva y los derechos sexuales. Se adoptó la Plataforma de Acción de El  
Cairo, que estableció un marco integral para abordar estas cuestiones y promover la igualdad de género  
(Organización de Naciones Unidas, 1994).  
Uno de los aspectos más significativos de la Conferencia del Cairo fue el reconocimiento de la  
importancia de la salud reproductiva y los derechos sexuales de las mujeres. Se hizo hincapié en la  
necesidad de garantizar el acceso a servicios de salud reproductiva de calidad, incluida la planificación  
familiar, la atención prenatal y la atención obstétrica (Organización de Naciones Unidas, 1994).  
Además, la Conferencia del Cairo también puso de manifiesto la urgencia de abordar la violencia de  
género en todas sus formas. Se reconoció que la violencia contra las mujeres es una violación de los  
derechos humanos y que es responsabilidad de los gobiernos y la sociedad en su conjunto prevenirla  
y combatirla (Organización de Naciones Unidas, 1994).  
Por último, la Conferencia Mundial sobre la Mujer de 1995, también conocida como la Conferencia del  
Beijing, fue un hito en la lucha por la igualdad de género y los derechos de las mujeres a nivel mundial.  
Este evento reunió a representantes de 189 países para discutir y adoptar una plataforma de acción  
histórica que abordaba cuestiones cruciales como la violencia de género, la igualdad en el acceso a la  
educación y la participación política de las mujeres (United Nations, 1995).  
La Conferencia del Beijing fue un punto de inflexión en la agenda global de género, ya que puso de  
relieve la necesidad de abordar las desigualdades estructurales que perpetúan la discriminación contra  
las mujeres. A través de la adopción de la Plataforma de Acción de Beijing, los países se  
comprometieron a implementar medidas concretas para promover la igualdad de género en distintas  
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ISSN en línea: 2789-3855, mayo, 2026, Volumen VII, Número 2 p 2565.  
esferas de la sociedad, incluyendo la educación, la salud, el trabajo y la participación política (United  
Nations, 1995).  
La conferencia también destacó la importancia de abordar la violencia de género como una violación  
de los derechos humanos fundamentales de las mujeres. Se reconoció la necesidad de adoptar  
políticas y programas integrales para prevenir y erradicar la violencia machista en todas sus formas,  
así como para brindar apoyo y protección a las víctimas (United Nations, 1995).  
Uno de los logros más significativos de la Conferencia de Beijing fue la adopción de una agenda amplia  
y holística que aborda las múltiples dimensiones de la desigualdad de género. La Plataforma de Acción  
de Beijing incluía objetivos y estrategias específicas para promover la igualdad de género en áreas  
como la salud reproductiva, la participación política, la educación y el empoderamiento económico de  
las mujeres.  
Además, la Conferencia de Beijing contribuyó a sensibilizar a la opinión pública sobre las cuestiones  
de género y a movilizar a la sociedad civil en la promoción de los derechos de las mujeres. La  
conferencia también sirvió como catalizador para la creación de redes y alianzas entre organizaciones  
de mujeres a nivel internacional, lo que fortaleció el movimiento feminista y su capacidad para abogar  
por el cambio social.  
Respecto a los factores de Riesgo en mujeres víctimas de feminicidio, Medina, et al., (2017) en  
Fernández, et al., (2005), establecen que corresponde a la “Vivencia de violencia doméstica en su  
familia de origen, bajo nivel cultural, bajo nivel socioeconómico, aislamiento psicológico y social, baja  
autoestima. Sumisión y dependencia, embarazo, desequilibrio de poder en la pareja, consumo de  
alcohol o drogas” (Medina, Mosquera, & Sinisterra, 2017, págs. 37,38). Frente a los casos de  
vulnerabilidad en los que se ven involucradas personas de género diverso, la Oficina del Alto  
Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, ha mencionado que, en la  
actualidad gran parte de personas trans y de género diverso a nivel mundial no tienen acceso al  
reconocimiento de género por parte del Estado, lo cual no solo crea de un vacío legal, sino que fomenta  
el estigma y los prejuicios contra ellos (Organización de Naciones Unidas, 1993).  
En ese orden de ideas, conforme a la normatividad colombiana, lo que se busca es prevenir y eliminar  
los hechos constitutivos de violencia contra la mujer, por ello se han tomado acciones como, por  
ejemplo, aumento significativo en la sanción penal, ya que, existe una diferencia de 42 meses en la  
pena mínima y de (50) meses frente a la pena máxima respecto al delito del homicidio (Ley 599, 2000).  
En igual sentido, la Corporación Sisma Mujer (2022) ha afirmado que, las medidas de protección y  
atención consagradas en la Ley 1257 de 2008, son otras de las acciones establecidas por el gobierno  
de Colombia, con las cuales se busca “brindar a las mujeres espacios seguros en los cuales no estén  
expuestas a nuevos hechos de violencia y puedan obtener herramientas para la reconstrucción de su  
proyecto de vida” (pág. 6). Asimismo, esta Corporación expresa que, en la citada ley, se encuentran  
establecidas acciones como de sensibilización, la prevención y la sanción, cuya responsabilidad recae  
en las autoridades territoriales y nacionales (Corporación Sisma Mujer, 2022).  
De acuerdo con un reporte realizado por la Radio Nacional de Colombia ante la Procuradora General  
de la Nación Dra. Margarita Cabello Blanco el pasado mes de mayo de 2023, en la que expresó que las  
cifras de violencia contra la mujer son alarmantes y tienen una tendencia de aumento, teniendo en  
cuenta que para el año 2022, se registraron 1.016 casos de homicidios en mujeres y 619 de esos casos  
se clasificaron como feminicidio en el país, con un promedio de 51.5 feminicidios por mes, mientras  
que para el primer trimestre de 2023, se registraron 220 homicidios en mujeres de los cuales 133  
corresponden a feminicidio, es decir, un promedio de 44.3 homicidios cada mes (Radio Nacional de  
Colombia, 2023).  
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ISSN en línea: 2789-3855, mayo, 2026, Volumen VII, Número 2 p 2566.  
Del mismo modo, en relación a los estudios realizados por el Observatorio de Feminicidios en  
Colombia, el Ministerio de Salud y Protección Social y la Fiscalía General de la Nación, se evidencian  
diferencias marcadas en los reportes entre las entidades públicas y las fuentes independientes como  
se observa en el gráfico 1.  
Gráfico 1  
Víctimas mortales de violencia de género en Colombia desde 2018 a 2023  
Fuente: Statista Research Department, 2024  
En términos generales, el gráfico 1, evidencia que según el reporte desarrollado por el observatorio de  
feminicidios en Colombia para el Sexenio 2018-2023, se reportaron un total de 3.584 casos de  
feminicidios, con una media aritmética de (597,3/año), siendo el año 2018, el de mayor reporte con  
(666) víctimas y 2023 el de menor con (483) víctimas, es decir, que hubo una reducción de (183)  
víctimas, es decir, del (27%).  
Mientras que en relación al reporte del Ministerio de Salud y Protección Social y la Fiscalía General de  
la Nación, los resultados arrojan un máximo de (1.405) víctimas de feminicidio entre el año 2018 a  
2023, con una media aritmética de (234,1/año), siendo el 2023, el de mayor número de víctimas (410)  
y 2022, el de menor con (140) víctimas reportadas, reflejando un aumento en el tiempo de (270) nuevas  
víctimas, es decir, el (95%).  
El feminicidio se ha convertido en un grave problema social y de violencia de género en todo el mundo,  
y el departamento del Chocó en Colombia no es la excepción. A lo largo de los años, las cifras han  
revelado una alarmante tendencia al alza en los casos de feminicidio en esta región, lo que pone en  
evidencia la urgente necesidad de abordar este problema de manera integral y efectiva.  
Según datos recopilados por el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses de Colombia,  
el departamento del Chocó ha experimentado un preocupante aumento en los casos de feminicidio en  
los últimos años. En el 2018, se registraron un total de 5 casos de feminicidio en la región, mientras  
que para el año de 2021, se registró un total de 7 feminicidios, estableciendo una diferencia de 29%.  
Estas cifras reflejan la grave situación de violencia de género que enfrentan las mujeres en el Chocó y  
la necesidad de tomar medidas urgentes para proteger sus vidas y garantizarles un entorno seguro y  
libre de violencia (Instituto Nacional de Medicina Legal, 2023).  
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ISSN en línea: 2789-3855, mayo, 2026, Volumen VII, Número 2 p 2567.  
Uno de los factores que contribuyen al aumento de los casos de feminicidio en el Chocó es la  
persistencia de una cultura machista y patriarcal que perpetúa la discriminación y la violencia contra  
las mujeres. La falta de educación en igualdad de género, la escasez de oportunidades económicas  
para las mujeres y la ineficacia de las instituciones estatales para prevenir y sancionar la violencia de  
género también juegan un papel crucial en la perpetuación del feminicidio en la región.  
De acuerdo con la situación descrita cuantitativamente se hace necesario preguntarse ¿Hasta que  
punto han sido efectivos los Mecanismos Normativos Adoptados por el Gobierno Nacional para  
prevenir la ocurrencia del delito de Feminicidio en el departamento del Chocó en el Periodo 2018-2023?  
Para dar respuesta a la pregunta anterior se propuso el objetivo general analizar la efectividad de los  
mecanismos normativos adoptados por el Gobierno Nacional sobre el feminicidio en el departamento  
del Chocó durante el periodo 2018-2023, el cual consto de los siguientes objetivos específicos:  
En el primer bloque se estableció la identificación del marco conceptual y legal del feminicidio con la  
finalidad de precisar la forma en que se tipifica el delito de feminicidio en Colombia.  
En el segundo bloque, se hizo la descripción de los mecanismos jurídicos y las políticas públicas  
desarrolladas por el gobierno nacional para prevenir la ocurrencia del feminicidio.  
Por último, se desarrolló la evaluación de la incidencia y el impacto del feminicidio en el departamento  
del Chocó a partir de los mecanismos normativos adoptados por el gobierno nacional de Colombia.  
METODOLOGÍA  
El desarrollo de este estudió se hizo mediante un tipo descriptivo-documental con un enfoque de  
investigación socio-jurídica, dado que se hará un análisis situaciones sobre los factores de riesgo de  
las víctimas de feminicidio en el departamento del Chocó y la eficacia de los mecanismos jurídicos  
adoptados por el Gobierno Nacional para la prevención de hechos violentos por razones de género en  
contra de la mujer que puedan producir feminicidio.  
El diseño de la investigación que se empleó fue descriptivo debido a que se utilizarán elementos  
teóricos, normativos, doctrinales y jurisprudenciales para ello se accederá a fuentes de recolección de  
información primarias, para obtener la información directamente de entidades como la Defensoría del  
Pueblo, la Fiscalía General de la Nación, la Policía Nacional de Colombia, el Instituto de Medicina Legal,  
entre otras entidades que publican información del tema objeto de estudio.  
Como técnicas e instrumentos de recolección de información se utilizó el análisis documental que  
describieron las causas de violencia contra la mujer y los mecanismos adoptados por el Gobierno  
Nacional para reducir progresivamente este flagelo en el departamento del Chocó. La bibliografía, se  
tomó de bases de datos de consultas, tanto físicas como digitales y en ellas se hará una búsqueda  
sistemática en bases de datos con acceso libre, tales como Scielo, Redalyc, Google Académico para  
las cuales se emplearon ecuaciones de búsqueda como: [Feminicidio en Colombia], [Femicidio en  
Chocó], [Prevención del Femicidio] y [Acciones de prevención del feminicidio] con un periodo de  
cobertura desde 2015 a 2025, empleando como criterios de inclusión: Tipo de documento: (Trabajos  
de grado, Informes, Papers, Artículos Científicos); Temporalidad (2015-2025); Idioma: (Español).  
Mientras que los criterios de exclusión fueron: Tipo de Documento: (Noticias y Libros); Temporalidad  
(2014 o antes); Idioma (inglés y portugués).  
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ISSN en línea: 2789-3855, mayo, 2026, Volumen VII, Número 2 p 2568.  
DESARROLLO  
Generalidades conceptuales y Legales sobre el Feminicidio  
El feminicidio es un fenómeno alarmante que se ha expandido a nivel mundial, afectando de manera  
particular a América Latina y, en este caso, a Colombia. La lucha contra esta forma extrema de violencia  
de género ha llevado a la implementación de leyes y políticas para reconocer y combatir el feminicidio  
en todo el mundo. En Colombia, el reconocimiento conceptual y legal del delito de feminicidio ha sido  
un paso crucial en la lucha por la igualdad de género y la protección de los derechos de las mujeres  
(Tejada, 2014).  
En primer lugar, es importante comprender la conceptualización del feminicidio para poder abordar  
efectivamente este problema. El feminicidio se define como el asesinato de una mujer por razones de  
género, producto de la discriminación, desigualdad y violencia arraigadas en una sociedad. Este tipo  
de violencia extrema refleja una manifestación del patriarcado y del poder ejercido sobre las mujeres,  
convirtiéndolas en víctimas de un sistema que las subordina y violenta (Tejada, 2014).  
En Colombia, el reconocimiento legal del feminicidio se concretó con la Ley 1761 de 2015, la cual  
tipifica y sanciona este delito de manera específica. Esta ley reconoce la gravedad y la particularidad  
de los crímenes contra las mujeres, estableciendo penas más severas y medidas de protección para  
prevenir y erradicar la violencia de género. El surgimiento de esta legislación muestra el compromiso  
del Estado colombiano en la protección de los derechos de las mujeres y en la lucha contra la  
impunidad en casos de feminicidio (Cortes & Guerrero, 2015).  
Las características del feminicidio en Colombia son diversas y reflejan las múltiples formas en las que  
la violencia de género se manifiesta en la sociedad. Los feminicidios en Colombia suelen estar  
marcados por la brutalidad y la violencia extrema, con un alto porcentaje de casos en los que las  
mujeres son asesinadas por sus parejas o exparejas. La falta de denuncia, la impunidad y la  
normalización de la violencia de género son factores que contribuyen a la perpetuación de este  
fenómeno en el país (Ramirez, 2018).  
El feminicidio es un fenómeno global que representa una de las formas más extremas de violencia de  
género. En Colombia, como en muchos otros países, las mujeres enfrentan altos niveles de violencia  
basada en su género, y el feminicidio sigue siendo una preocupación significativa en la sociedad. Para  
abordar esta problemática, Colombia ha firmado diversos convenios internacionales que buscan  
proteger los derechos de las mujeres y prevenir el feminicidio. En este acápite, se analizarán los  
convenios internacionales firmados por Colombia con el fin de proteger a las mujeres del feminicidio,  
destacando su importancia y los desafíos que enfrenta su implementación.  
En primera instancia, se encuentra la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de  
Discriminación contra la Mujer (CEDAW), Colombia ratificó la CEDAW en 1982, comprometiéndose a  
eliminar la discriminación contra las mujeres en todas sus formas y garantizar la igualdad de género  
en el país.  
En el contexto de la CEDAW, el feminicidio se considera como una manifestación extrema de la  
discriminación y la violencia de género, lo que refleja la falta de respeto por la dignidad y los derechos  
de las mujeres. En este sentido, la CEDAW establece importantes obligaciones para los Estados parte  
en relación con la prevención, investigación y sanción del feminicidio. Los Estados tienen la  
responsabilidad de adoptar medidas efectivas para prevenir el feminicidio, investigar adecuadamente  
los casos de feminicidio, sancionar a los responsables y garantizar el acceso a la justicia y la reparación  
para las víctimas y sus familias (Díaz, 2023).  
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ISSN en línea: 2789-3855, mayo, 2026, Volumen VII, Número 2 p 2569.  
En segunda instancia, la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia  
contra la Mujer (Convención de Belém do Pará): Colombia ratificó esta convención en 1996,  
comprometiéndose a prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en todas sus  
formas. El feminicidio se define en la Convención de Belém do Pará como la forma más extrema de  
violencia contra las mujeres, motivada por razones de género y que resulta en su muerte.  
Este tipo de crimen refleja las desigualdades de poder entre hombres y mujeres, así como la  
discriminación y la violencia basada en el género que persisten en muchas sociedades. La regulación  
sobre el feminicidio en la Convención establece la obligación de los Estados partes de prevenir,  
investigar, sancionar y erradicar este tipo de violencia, así como de adoptar medidas de protección y  
asistencia a las víctimas (Organización de Estados Americanos, 1994).  
De igual manera, Colombia ratificó el Protocolo Facultativo de la CEDAW en 2001, que permite a  
individuos y grupos denunciar violaciones de los derechos de las mujeres ante el Comité para la  
Eliminación de la Discriminación contra la Mujer. su enfoque en la protección contra la discriminación  
por motivos de género en situaciones de conflicto armado y postconflicto. Reconociendo que las  
mujeres son afectadas de manera desproporcionada por la violencia y la inestabilidad en contextos de  
guerra, este instrumento busca garantizar su protección y empoderamiento, así como promover su  
participación activa en los procesos de paz y reconstrucción.  
La Constitución Política de Colombia de 1991 consagra en su artículo 1, se refiere a la dignidad humana  
como principio universal en el que se centraran los esfuerzos del Estado para garantizar condiciones  
adecuadas a sus administrados; asimismo el artículo 11, hace alusión a la protección de la vida, la  
integridad física y moral de todas las personas, sin distinción de género. Por último, el artículo 13  
establece el derecho a la igualdad y prohíbe toda forma de discriminación, incluyendo la discriminación  
por razones de género.  
Las agresiones constantes contra mujeres por cuestiones de género, permitió que el sistema  
legislativo y judicial del país, evaluará estos comportamientos punibles que tenían una relación  
estrecha con el homicidio desde el enfoque intencional, sin embargo, la variable por motivos de género,  
demando una valoración intrínseca sobre este tipo actuaciones que a partir de un fallo de la Honorable  
Corte Constitucional en Sentencia C-297 de 2016, se revisa la constitucionalidad de la Ley Maria Elvira  
Cely Salazar o Ley 1761 de 2015, que tiene por objeto tipificar el feminicidio como un delito autónomo,  
para garantizar la investigación y sanción de las violencias contra las mujeres por motivos de género y  
discriminación, así como prevenir y erradicar dichas violencias y adoptar estrategias de sensibilización  
de la sociedad colombiana, en orden a garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencias  
que favorezca su desarrollo integral y su bienestar, de acuerdo con los principios de igualdad y no  
discriminación (Ley 1761, 2015).  
Esta ley incluye 13 artículos y 2 al Código Penal colombiano o Ley 599 de 2000, como lo son: artículos  
104A y 104B, que describen las características de tipificación y las circunstancias de agravación  
punitiva (Ley 599, 2000).  
Además, la Sentencia C-297 de 2016 estableció criterios claros para determinar cuándo un homicidio  
debe ser considerado como feminicidio. En este sentido, la sentencia señaló que el feminicidio es un  
crimen motivado por razones de género, en el cual la víctima es asesinada por el simple hecho de ser  
mujer. Asimismo, la sentencia reconoció que el feminicidio no solo se refiere al asesinato de una mujer,  
sino que también puede incluir otras formas de violencia de género que conducen a su muerte, como  
la violencia doméstica, el acoso sexual y la trata de personas (Sentencia C-297, 2016).  
Desde el punto de vista jurídico, es fundamental que los Estados cuenten con marcos normativos  
sólidos que permitan prevenir, investigar y sancionar el feminicidio y la violencia de género en todas  
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sus formas. Asimismo, es necesario que se garanticen los derechos de las víctimas a la verdad, la  
justicia y la reparación, así como a la no repetición de la violencia.  
Mecanismos Normativos Aplicados para Prevenir Delito de Feminicidio en Colombia 2018-2023  
En principio el Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018 “Todos por un Nuevo País”, estableció en la  
estrategia VIII denominada “Seguridad, Justicia y Democracia para la Construcción de Paz”, propuso el  
objetivo 4, el cual busca, fortalecer la articulación del Estado en un marco de política criminal coherente,  
eficaz y con enfoque restaurativo. En tal sentido se proyectaron los siguientes mecanismos para  
reducir las estadísticas de comisión de delitos:  
Creación de un observatorio de política criminal, de manera coordinada con la implementación de la  
Plataforma de Análisis para la Investigación Penal (PAIP) de la Fiscalía General de la Nación.  
Aplicación de la política de priorización de la Fiscalía General de la Nación, análisis de contextos y  
técnicas de gestión estratégica de la carga de trabajo para el manejo analítico de la investigación penal.  
Adopción de un programa para incentivar las intervenciones sociales focalizadas con los entes  
territoriales, para prevenir la criminalidad en zonas problemáticas de los centros urbanos.  
Tabla 1  
Mecanismos Normativos para prevenir el Feminicidio en el periodo 2015-2018  
Mecanismos Jurídicos  
Observatorio de  
Criminalidad F.G.N.  
Descripción  
Meta 2018  
Esta herramienta buscaba el fortalecimiento de la  
capacidad investigativa en la lucha contra la criminalidad y  
contribuyó al diseño de la política pública y a la toma  
eficaz de decisiones en la materia.  
100%  
Política de Priorización  
Investigativa  
La política de priorización deberá implementarse de  
manera coordinada con los demás operadores de justicia  
con el fin de investigar y judicializar de manera efectiva,  
tanto los delitos comunes como los crímenes cometidos  
en el contexto del conflicto armado interno.  
100%  
100%  
Programa de  
Intervención Social  
Tiene como propósito prevenir la criminalidad en zonas  
problemáticas de los centros urbanos.  
Fuente: Plan Nacional de Desarrollo, 2014  
Frente a estas estrategias normativas vale decir que, para la época, el feminicidio como delito  
autónomo solamente concebido como un proyecto de Ley en el Congreso de la República, sin embargo,  
el foco estaba centrado en la violencia contra las mujeres, es por ello, que el enfoque de violencia de  
género no se evidencio en dichos programas. Lo anterior supone que estas proyecciones apuntaban a  
la protección de la vida no solo de las mujeres sino de manera generalizada, es por eso que en la  
evaluación que reflejaran las siguientes gráficas se realizará entre el periodo 2015-2018, para  
determinar su eficacia en términos cuantitativos.  
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ISSN en línea: 2789-3855, mayo, 2026, Volumen VII, Número 2 p 2571.  
Gráfico 2  
Impacto de las políticas del Estado en el delito de Feminicidios en Colombia 2015-2018  
Fuente: Fiscalia General de la Nación, 2020.  
De acuerdo con estos resultados que describe el gráfico 2, se especifica que, desde la tipificación del  
feminicidio como delito, es decir, desde julio de 2015, hasta el año 2018, que culmina el programa de  
gobierno estructurado por el entonces Presidente de la República Juan Manuel Santos Calderón, en  
Colombia se presentaron alrededor de (1.397) casos de feminicidios atendidos por la entidad  
competente.  
Frente a los programas propuestos, debe indicarse que además de no contar con enfoques de género,  
el comportamiento estadístico reflejó un aumento en el pasar de los años, entre los años 2015-2016,  
la diferencia fue de (184) delitos de feminicidio; entre 2016-2017, se redujo a (154) y entre 2017-2018,  
la diferencia fue de (111), es decir, que hubo un promedio al alza de (148,6) feminicidios por año.  
Desde este enfoque estadístico, debe decirse que los programas establecidos en el plan nacional de  
desarrollo 2014-2018, no brindaron garantías de seguridad para prevenir la comisión del delito de  
feminicidio en Colombia, pues en ninguno de los años del periodo analizado se observó una reducción  
significativa que evidenciara efectos positivos sobre los casos de feminicidio ocurridos entre 2015-  
2018.  
Por otro lado, de acuerdo con este panorama poco alentador en materia de seguridad en mujeres, surge  
el nuevo Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022, en cabeza del entonces presidente Ivan Duque  
Márquez, que dentro de su programa “Seguridad, autoridad y orden para la libertad”, pretendía  
garantizar protección a los ciudadanos y promover la legalidad, la seguridad y la convivencia en el  
territorio nacional. Desde esta perspectiva en materia de seguridad nacional este plan nacional de  
desarrollo tiene como finalidad prevenir y sancionar los delitos de alto impacto, mejorando las  
capacidades de reacción de las autoridades de policía.  
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ISSN en línea: 2789-3855, mayo, 2026, Volumen VII, Número 2 p 2572.  
Tabla 2  
Mecanismos Jurídicos para Combatir el Feminicidio Plan de Desarrollo 2019-2022  
Mecanismos  
Jurídicos  
Descripción  
Meta 2022  
Política para la  
Prevención y  
Protección a personas  
y comunidades en  
riesgo  
La finalidad política detrás de la prevención y protección de  
personas y comunidades en riesgo tiene como objetivo  
principal garantizar el respeto a los derechos humanos, la  
promoción de la igualdad de oportunidades y la  
construcción de sociedades más justas e inclusivas.  
Para cumplir con la finalidad política de proteger y prevenir  
a personas y comunidades en riesgo, es fundamental  
implementar una serie de estrategias y acciones concretas  
como:  
100%  
Desarrollo de programas de sensibilización y formación en  
derechos humanos  
Creación de mecanismos de denuncia y protección para  
víctimas de violencia.  
Implementación de políticas de igualdad de género y no  
discriminación.  
Fortalecimiento de las instituciones encargadas de velar  
por la protección de los derechos humanos.  
Política de Seguridad y La finalidad política de seguridad y convivencia ciudadana  
100%  
Convivencia  
Ciudadana para  
prevenir el delito  
para prevenir el delito tiene como objetivo principal proteger  
a los ciudadanos y garantizar un entorno seguro y pacífico  
en el que puedan desarrollarse plenamente.  
Una de las dimensiones clave de esta finalidad política es la  
prevención del delito a través de la promoción de la cultura  
de la legalidad y el respeto a las normas sociales. Esto  
implica fomentar la participación ciudadana en la  
prevención del delito, fortalecer las instituciones de  
seguridad y justicia, y promover la educación en valores  
como el respeto, la tolerancia y la solidaridad.  
Otra dimensión importante es la promoción de la inclusión  
social y la equidad, ya que la marginalización y la exclusión  
social son factores que pueden favorecer la comisión de  
delitos.  
Fuente: Plan Nacional de Desarrollo, 2019.  
De acuerdo con la tabla 4, se puede evidenciar que los mecanismos jurídicos adoptados por el Gobierno  
Nacional en el periodo 2019-2022, se observa que en efecto las políticas públicas no están focalizadas  
hacia la protección de la violencia de género como sucedió en el plan de desarrollo anterior, pues se  
busca dar un tratamiento a la comisión de delito de forma generalizada y no desde enfoque diferencial.  
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ISSN en línea: 2789-3855, mayo, 2026, Volumen VII, Número 2 p 2573.  
Gráfico 3  
Impacto de las políticas del Estado en el delito de Feminicidios en Colombia 2018-2023  
Fuente: Observatorio de Feminicidios en Colombia, 2024.  
El gráfico 3 evidencia, que la tendencia de feminicidios en Colombia para el periodo 2019-2022,  
mantiene una tendencia al alta, respecto del periodo anterior, pues el año 2018, refleja (112)  
feminicidios mayores que el (2017), sin embargo, para el 2019, hubo una reducción del (3.65%), es  
decir, (95) feminicidios, en 2020, aumentó nuevamente (55) casos, en 2021, redujeron (8) casos y 2022,  
(10) casos, que representan menos del (1%) de los feminicidios ocurridos en el país en dicho periodo.  
Sin duda alguna el panorama en materia de feminicidios en Colombia a nivel nacional en la comisión  
de delitos y las políticas públicas de los últimos (8) años, han sido ineficientes, en tal caso, se considera  
pertinente que el actual Gobierno Nacional se ocupe en la implementación de estrategias que brinden  
una verdadera seguridad a las mujeres del país.  
Impacto del Feminicidio en el Departamento del Chocó  
A nivel departamental, una vez revisado el plan de desarrollo 2016-2019 y 2020-2023, se pudo  
evidenciar que dentro de los programas estructurales no se diseñaron políticas públicas encaminadas  
a la reducción del feminicidio, debido a que estadísticamente no es un problema prioritario en la  
sociedad chocoano desde la perspectiva del delito, sin embargo la percepción de inseguridad de  
algunas mujeres en el territorio es alta a partir de las conductas desencadenadas en violencia física y  
violencia sexual.  
Los casos de feminicidio que se presentan en el departamento del Chocó surgen en primera instancia  
por relaciones de pareja y como consecuencia del conflicto armado que coaccionan la voluntad de  
esta población especial. De igual manera, se evidenció que tanto las zonas urbanas como rurales son  
escenarios focales que deben atenderse a partir de las formas de comisión del delito.  
Una vez, analizadas las métricas estadísticas sobre el panorama de feminicidio en Colombia y los  
comportamientos accesorios a este delito como la violencia física y sexual en contra de las mujeres,  
vale decir que las cifras son alarmantes a nivel nacional en donde se cuenta con capacidades  
instaladas para atender dicha problemática social, se hace menester hacer esa reflexión para una  
población azotada por el conflicto interno armado, en donde pulula la pobreza, las necesidades básicas  
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ISSN en línea: 2789-3855, mayo, 2026, Volumen VII, Número 2 p 2574.  
insatisfechas, el analfabetismo y se carecen de condiciones dignas para vivir, sobre las condiciones  
actuales y los retos y desafíos que tienen las administraciones locales para atender este flagelo que  
no da tregua y pone en peligro bienes jurídicos tutelados de las mujeres Chocoanas y/o residentes en  
dicha región.  
Gráfico 4  
Feminicidios Ocurridos en el Departamento del Chocó 2018-2023  
Fuente: Defensoría del Pueblo, 2025.  
El gráfico 4, refleja que en el periodo 2018-2023, en el departamento del Chocó se registraron alrededor  
de (20) feminicidios, la mayoría asociado a mujeres asentadas en zonas rurales, por actores violentos  
pertenecientes a grupos regulados por el Derecho Internacional Humanitario (DIH). Esta cifra respecto  
a la media nacional representa una participación baja de ocurrencia, con un (0.55%), pero que, desde  
lo local, enciende las alarmas por la ejecución de comportamientos anormales en la sociedad  
chocoana.  
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ISSN en línea: 2789-3855, mayo, 2026, Volumen VII, Número 2 p 2575.  
Gráfico 5  
Violencia Física Ejercida Sobre Mujeres en el Departamento del Chocó 2018-2023  
Fuente: SIVIGILA, 2024  
A diferencia del gráfico 5, en la que no se observa una estadística alarmante por la comisión de  
feminicidio, pero como un delito accesorio que puede comenzar el camino a dicha punibilidad, la  
violencia física sobre la mujer en el departamento del Chocó reflejo un total de (2.071) casos, siendo  
el (90%) violencia intrafamiliar y el (10%) a la violencia asociada a causas externas. Lo anterior implica  
que la política criminal local debe apuntar a reducir estos comportamientos en contra de la mujer, ya  
que, puede desencadenar en casos por feminicidio, alcanzando números similares a la media nacional.  
Gráfico 6  
Violencia Sexual Ejercida en Mujeres en el Departamento del Chocó 2018-2023  
Fuente: SIVIGILA, 2024  
Igualmente, el gráfico 6, evidencia que el comportamiento de Violencia sexual contra la mujer en el  
departamento del Chocó en el periodo 2018-2023, es creciente, pues existe una diferencia de (448)  
casos, entre el año 2018 al año 2023, es decir, un (195%) entre un año y otro, toda vez, que los casos  
de abuso y acceso carnal violento son prácticas que se utilizan previamente a los actos ejecutivos del  
feminicidio que en muchos casos o no son reportados por temor o se configuran como tentativa.  
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ISSN en línea: 2789-3855, mayo, 2026, Volumen VII, Número 2 p 2576.  
Gráfico 7  
Feminicidios Ocurridos en Colombia y Chocó 2018-2023  
Fuente: elaboración propia.  
El gráfico 7, evidencia grandes brechas en la comisión del delito de feminicidio entre Colombia y el  
departamento del Chocó, pues el promedio anual en el país corresponde a (597,3), mientras que a nivel  
departamental el promedio fue de (3,33), es decir, que en Colombia (29) mujeres son víctimas de  
feminicidio por cada (100.000) habitantes, mientras que en el departamento del Chocó en dicho  
sexenio el (1.7) de mujeres son víctimas de feminicidio por cada (100.000) habitantes.  
Uno de los principales retos en la lucha contra el feminicidio en esta región es la falta de acceso a la  
justicia para las víctimas y sus familias. Muchos casos de feminicidio en el Chocó quedan impunes  
debido a la corrupción en el sistema judicial, la falta de recursos y la falta de capacitación del personal  
encargado de investigar estos casos.  
Por otro lado, vale decir que, debe hacerse hincapié en las conductas violentas y sexuales que se  
presentan en relaciones de pareja o exteriores, ya que, desde allí se potencian los pensamientos e  
intencionalidades feminicidas.  
Por último, es conveniente adoptar medidas de seguridad focalizadas en la violencia de género, toda  
vez que las respuestas institucionales no han sido eficaces y a su vez imprime una sensación de  
inseguridad en las mujeres, que se ven limitadas a desplazarse solas hacia un lugar o a altas horas del  
día.  
Para concluir este capítulo, se establece que a grandes rasgos los mecanismos adoptados por  
Colombia para combatir el delito de feminicidio no han sido eficaces desde una perspectiva de  
aplicabilidad y estadística, pues desde la implementación de la ley hasta la fecha, el país ocupa el  
segundo lugar en Sudamérica por casos atendidos con una participación del (20,9%) a corte de 2018 y  
de (14%) a corte de 2022, situación está que se hace extensiva al departamento del Chocó que en  
ninguno de sus planes de desarrollo diseño estrategias locales para atender este delito que coloca en  
riesgo los bienes jurídicos tutelados de las mujeres, enviando un mensaje de inseguridad.  
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ISSN en línea: 2789-3855, mayo, 2026, Volumen VII, Número 2 p 2577.  
DISCUSIÓN  
El feminicidio representa la manifestación más extrema de la violencia de género, definida como el  
asesinato intencional de una mujer por el hecho de serlo. En Colombia, este fenómeno ha sido  
abordado mediante un robusto marco normativo que incluye la Ley 1257 de 2008, orientada a la  
sensibilización y prevención, y la Ley 1761 de 2015, que tipificó el feminicidio como un delito autónomo  
con penas de hasta 41 años de prisión. Estos esfuerzos legales se alinean con compromisos  
internacionales derivados de conferencias en Viena, El Cairo y Beijing, que buscan erradicar la  
subordinación histórica de la mujer y garantizar espacios seguros.  
Sin embargo, la integración de la problemática con los resultados obtenidos revela una brecha crítica  
entre la intención legislativa y la realidad territorial, especialmente en regiones vulnerables como el  
Chocó. Los resultados estadísticos nacionales entre 2018 y 2023 exponen una discrepancia alarmante  
entre las fuentes oficiales e independientes, lo que dificulta la medición del impacto real de las normas.  
Mientras que el Observatorio de Feminicidios reportó 3.584 casos en dicho sexenio, las cifras de la  
Fiscalía General de la Nación y el Ministerio de Salud registran solo 1.405 víctimas. Esta diferencia  
sugiere un subregistro institucional o criterios de clasificación divergentes que invisibilizan la magnitud  
del flagelo. Además, aunque las fuentes independientes muestran una reducción del 27% en los casos  
hacia 2023, las cifras oficiales indican un aumento del 95% en las víctimas reportadas entre 2022 y  
2023, pasando de 140 a 410 casos, lo que cuestiona la efectividad de los mecanismos de prevención  
vigentes.  
En el departamento del Chocó, la problemática adquiere matices específicos vinculados al conflicto  
armado y la exclusión socioeconómica. Durante el periodo de estudio, se registraron 20 feminicidios,  
concentrados mayoritariamente en zonas rurales y perpetrados por actores armados bajo el Derecho  
Internacional Humanitario. Aunque esta cifra representa solo el 0.55% del total nacional, su impacto es  
devastador en una sociedad azotada por la pobreza, el analfabetismo y la falta de condiciones dignas  
para vivir.  
Los factores de riesgo identificados, como el bajo nivel cultural, la dependencia económica y el  
desequilibrio de poder en la pareja, se exacerban en este contexto, limitando la capacidad de las  
mujeres chocoanas para acceder a la justicia o a las medidas de protección de la Ley 1257.Finalmente,  
la discusión sugiere que el aumento de las sanciones penales, aunque necesario para reflejar la  
gravedad del delito frente al homicidio común, no es suficiente por sí solo. La efectividad de los  
mecanismos normativos se ve obstaculizada por la falta de implementación territorial y la persistencia  
de estructuras patriarcales. Los retos para las administraciones locales en el Chocó incluyen no solo  
la aplicación de la ley, sino la inversión en educación en igualdad de género y el empoderamiento  
económico, factores fundamentales para romper el ciclo de violencia que los mecanismos actuales  
aún no logran contener plenamente.  
CONCLUSIONES  
La efectividad de los mecanismos normativos en Colombia, específicamente la Ley 1761 de 2015, ha  
logrado avances significativos en el reconocimiento jurídico del feminicidio como un delito autónomo  
y agravado. No obstante, los resultados demuestran que la disuasión punitiva no ha sido suficiente  
para reducir drásticamente las cifras nacionales, las cuales presentan tendencias contradictorias y  
alarmantes según la fuente consultada. En el departamento del Chocó, el impacto de estas leyes es  
limitado debido a que la violencia de género se entrelaza con el conflicto armado y vulnerabilidades  
estructurales. Por lo tanto, mientras no se fortalezca la presencia estatal y la atención integral en zonas  
rurales, la norma seguirá teniendo una aplicación formal, pero con escaso impacto transformador en  
el territorio.  
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ISSN en línea: 2789-3855, mayo, 2026, Volumen VII, Número 2 p 2578.  
El análisis comparativo de los resultados evidencia una profunda crisis de información y registro que  
afecta la política pública contra el feminicidio. La disparidad entre los 3.584 casos reportados por  
observatorios independientes y los 1.405 registrados por la Fiscalía genera una incertidumbre que  
impide evaluar con precisión el impacto de las medidas preventivas. Esta brecha de datos sugiere que  
muchas víctimas en regiones como el Chocó podrían estar quedando fuera de las estadísticas  
oficiales, especialmente aquellas en condiciones de pobreza o aislamiento geográfico. Es imperativo  
unificar los criterios de reporte institucional para garantizar que los mecanismos de protección y  
atención de la Ley 1257 de 2008 lleguen efectivamente a todas las mujeres que enfrentan factores de  
riesgo inminentes.  
Se concluye que la prevención del feminicidio en el Chocó requiere un enfoque que trascienda lo  
jurídico para abordar las causas raíces de la violencia. Factores como el analfabetismo, el bajo nivel  
socioeconómico y la sumisión cultural detectada en las víctimas son barreras que anulan la eficacia  
de cualquier mecanismo normativo. Aunque se han adoptado estándares internacionales de Beijing y  
El Cairo, la implementación local carece de los recursos y la voluntad política necesaria para proteger  
bienes jurídicos tutelados en contextos de vulnerabilidad extrema. El reto principal consiste en integrar  
la seguridad ciudadana con el empoderamiento social, garantizando que las mujeres chocoanas no  
solo tengan leyes que las protejan, sino condiciones reales para reconstruir sus proyectos de vida.  
LATAM Revista Latinoamericana de Ciencias Sociales y Humanidades, Asunción, Paraguay.  
ISSN en línea: 2789-3855, mayo, 2026, Volumen VII, Número 2 p 2579.  
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