La falta de transparencia en los procesos de concurso de  
méritos y oposición en el sector público del Ecuador:  
Infracción y vicios en los actos administrativos  
Lack of transparency in merit-based competition and competitive  
examination processes in the Ecuadorian public sector: Violations and  
flaws in administrative acts  
Ángel Leonardo Zhiñin Quezada  
Investigador independiente  
Zamora Ecuador  
Marlon Gastón Calopiña Calva  
Universidad Nacional de Loja  
Loja Ecuador  
Artículo recibido: 04 de febrero de 2026. Aceptado para publicación: 20 de junio de 2026.  
Conflictos de Interés: Ninguno que declarar.  
Resumen  
El presente trabajo, tratará los procesos de méritos y oposición para ingresar al sector público en el  
Ecuador, su falta de transparencia, infracción y vicios en los procesos, desde un enfoque jurídico,  
doctrinario y analítico. Es menester recordar a la Constitución de la República del Ecuador, que plasma  
el derecho de las personas a ingresar al sector público a través de un concurso de méritos y oposición  
para obtener estabilidad laboral y garantizar que las instituciones del Estado cuenten con el mejor  
personal calificado, y lograr un servicio de calidad, eficiente y eficaz en el sector público. Sin embargo,  
la falta de transparencia en los procesos de meritocracia ha contribuido a perjudicar a los postulantes,  
y crear desconfianza en esta clase de concursos en el Ecuador, dejando ver a leguas la influencia  
política, corrupción a flote y la decadencia en la prestación de servicios públicos. Por ello, en su  
desarrollo se realiza un análisis doctrinario jurídico, para determinar las normas infringidas y  
proponer medidas correctivas, acciones o mecanismos que contribuyan a la solución del problema,  
mediante la aplicación del método analítico interpretativo, encuestas, estudio de casos, que nos  
permiten corroborar el problema investigativo: la omisión del principio de transparencia en los  
procesos de meritocracia por la falta de valores, principios, actos de corrupción en general en el  
servidor público.  
Palabras clave: méritos, oposición, transparencia, ética, corrupción, sector público  
Abstract  
This paper addresses the merit-based and competitive examination processes for entering the public  
sector in Ecuador, their lack of transparency, violations, and procedural flaws, from a legal, doctrinal,  
and analytical perspective. It is necessary to recall the Constitution of the Republic of Ecuador, which  
enshrines the right of individuals to enter the public sector through a merit-based and competitive  
examination to achieve job stability and ensure that state institutions have the best qualified personnel,  
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ISSN en línea: 2789-3855, junio, 2026, Volumen VII, Número 3 p 1648.  
thus achieving quality, efficient, and effective service in the public sector. However, the lack of  
transparency in meritocracy processes has contributed to harming applicants and creating distrust in  
these types of examinations in Ecuador, exposing political influence, rampant corruption, and the  
decline in the provision of public services. Therefore, in its development a doctrinal-legal analysis is  
carried out, to determine the infringed norms and propose corrective measures, actions or  
mechanisms that contribute to the solution of the problem, through the application of the analytical-  
interpretative method, surveys, case studies, which allow us to corroborate the investigative problem:  
the omission of the principle of transparency in meritocracy processes due to the lack of values,  
principles, acts of corruption in general in the public servant.  
Keywords: merits, opposition, transparency, ethics, corruption, public sector  
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Cómo citar: Zhiñin Quezada, Ángel L., & Calopiña Calva, M. G. (2026). La falta de transparencia en los  
procesos de concurso de méritos y oposición en el sector público del Ecuador: Infracción y vicios en  
los actos administrativos. LATAM Revista Latinoamericana de Ciencias Sociales y Humanidades 7 (3),  
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ISSN en línea: 2789-3855, junio, 2026, Volumen VII, Número 3 p 1649.  
INTRODUCCIÓN  
En el Estado Ecuatoriano, el concurso de méritos y oposición, es un proceso legal, plasmado en nuestra  
Constitución|, y regulada por la ley y norma técnica emitida por el Ministerio del trabajo, cuyo objetivo  
primordial es generar estabilidad laboral a través de un concurso de méritos y oposición transparente,  
con igualdad de oportunidades, y así garantizar que las instituciones del Estado se estructuren con  
servidores públicos capaces y eficientes. Es menester determinar que los concursos no siempre gozan  
de transparencia en su ejecución, pues, ha venido desfavoreciendo a los concursantes por los  
diferentes actos, infracciones, vicios en el proceso, algunos intencionados, otros actos culposos,  
perjudicando a participantes con excelencia académica y favoreciendo a concursantes que no cumplen  
con los requisitos que el concurso exige, vulnerándose derechos y generando desconfianza en las  
instituciones públicas.  
Legalmente, los procesos para ingresar al sector público mediante el concurso de méritos y oposición  
brotan raíz desde nuestra Constitución de la República del Ecuador, desde el año 2008, en sus artículos  
227 y 228, estipulando como principal principio rector de los procesos la Transparencia, a continuación,  
se desglosa en la Ley Orgánica de Servicio Público, principalmente estipulándose en su artículo 65, y,  
por consiguiente la direcciona el Ministerio del Trabajo a través de la Norma Técnica del subsistema  
de selección de personal en coordinación con departamentos de Talento Humano de las Instituciones  
Estatales.  
El objetivo de este artículo científico, nos permite abordar la falta de transparencia en los concursos de  
méritos y oposición en el Ecuador, nos permite enfatizar los aspectos dogmáticos, jurídicos,  
jurisprudenciales, y con ello aportar con mecanismos para reforzar los procesos de meritocracia y  
devolver la confianza a la ciudadanía en las acciones del sector público.  
Sobre todo, garantizar que la transparencia sea latente en estos concursos y otorgarle a cada  
participante lo que en derecho le corresponda, así la ciudadanía se beneficia de un servicio público de  
calidad por parte del Estado y el principio de transparencia dejaría de ser letra muerta.  
Objetivo General  
Realizar un análisis doctrinario, jurídico, de la falta de transparencia en los procesos de  
concurso de méritos y oposición en el sector público del Ecuador: Infracción y vicios en los  
actos administrativos.  
Objetivos Específicos  
Determinar las normas infringidas (Constitución, LOSEP, Norma Técnica de Subsistema de  
selección de personal (MDT)), en los procesos administrativos de concurso de méritos y  
oposición en el sector público.  
Analizar mediante derecho comparado los procesos de meritocracia en los concursos  
públicos.  
Proponer medidas correctivas, acciones y mecanismos claros que garanticen la transparencia  
y la meritocracia en estos concursos de méritos y oposición.  
METODOLOGÍA  
La investigación de campo se desarrolló en la Provincia de Zamora Chinchipe, Cantón Nangaritza, con  
la aplicación de una encuesta de seis preguntas abiertas referentes al problema de investigación,  
dirigida específicamente a 30 profesionales del sector en diferentes áreas como: abogados en libre  
ejercicio, Médicos, Psicólogos, Docentes, Economistas, Odontólogos, y trabajadores del Gad  
Nangaritza.  
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Desde esta perspectiva, el estudio se dirigió con el fin de verificar la percepción de los treinta  
encuestados respecto de la problemática socio jurídica de la falta de transparencia en los concursos  
de méritos y oposición, infracciones y vicios que adolecen las resoluciones que emiten al ganador de  
un concurso, y su importancia en la ejecución de los procesos para garantizar que el servicio público  
esté manejado por personal idóneo. Su propósito consiste en garantizar que los concursos de méritos  
y oposición se ejecuten bajo los lineamientos legales plasmados en la Constitución, la ley y Normas  
técnicas.  
El método Analítico, que se desprende del método científico, y se utiliza en las ciencias sociales,  
jurídicas, permite además viabilizar el diagnóstico de problemas e hipótesis para solucionarlos. Este  
método se fundamenta en el examen analítico de textos, documentos y artículos.  
A través del análisis crítico - interpretativo de las diferentes leyes y normas que rigen y regulan los  
concursos de méritos y oposición en el Ecuador, permiten verificar las falencias en la ejecución de  
estos procesos y constatar la ausencia de aplicación del principio de transparencia, apegándonos a  
los estudios realizados por instituciones de fiscalización y denuncias constantes de las irregularidades  
existentes en los concursos de méritos y oposición y estudio de casos reales emitidos por la Corte  
Constitucional a través de sentencias de segunda instancia en cuanto a violación de derechos por  
irregularidades en los concursos de méritos y oposición, permitiéndonos analizar y constatar la  
problemática planteada, palpando lo que la norma y la ley establece y lo que en el ejercicio legal se  
cumple.  
DESARROLLO  
Concurso de méritos y oposición  
Según el Dr. Guillermo Cabanellas de Torres (2006), define como aquellos que se realizan en base a  
los instrumentos de carácter técnico y operativo de la Unidad Administrativa de Talento Humano,  
ejecuta en búsqueda de la persona más idónea para ocupar un puesto en el sector público, en función  
de la relación entre los requerimientos establecidos del perfil y las competencias técnicas y  
conductuales que posea el aspirante.  
La Norma Técnica del subsistema de selección de personal, en su artículo 4 establece que, el concurso  
de méritos y oposición es el proceso por el cual se convoca a todas las personas que se encuentren  
legalmente habilitadas para el ingreso y desempeño de un puesto en el servicio público, según los  
requisitos establecidos en la convocatoria relativos al descriptivo y perfil del puesto, para participar en  
el proceso de selección determinado en la presente norma. Todo concurso de méritos y oposición será  
abierto.  
Los cambios jurídicos surgidos en los últimos gobiernos, constitucionales han sido aspectos dentro  
de la administración pública que cambiaron dramáticamente, entre ellos, la aplicación de mecanismos  
y procedimientos para garantizar la transparencia administrativa y la eficiencia dentro del uso de  
recursos públicos (Palermo & Ventrici, 2020) (Subia, 2022)  
La transparencia, principio que nace de la Constitución de la República del Ecuador, se ha visto opacada  
por un sinnúmero de mecanismos oscuros que han tergiversado la verdadera naturaleza de un  
concurso de méritos y oposición.  
La transparencia  
La transparencia consiste en llevar a cabo prácticas y métodos que permitan poner a disposición  
pública acciones, resultados u omisiones, sin tener nada que ocultar. Pero hablar de transparencia no  
sólo implica establecer una barrera contra la corrupción y los abusos de poder, sino que es el derecho  
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de todo ciudadano a recibir información sobre lo que hacen los gobiernos con el dinero de sus  
impuestos. La transparencia busca, sobre todo, mejorar la relación del gobierno con la ciudadanía y  
crear un ambiente de confianza. (social, 2023)  
Es un principio Constitucional y administrativo por el cual las instituciones se deben regir, pero su  
ausencia en los concursos de méritos y oposición es inmensa, por ende, considero necesario entender  
que la transparencia es un principio que le permite al poder público su accionar, que se encuentra a la  
vista de todos sin velos ni secretos, en una situación tanto pasiva como activa, dejar y mostrar.  
La integridad y la transparencia de las autoridades y funcionarios públicos, previenen las conductas  
antiéticas, elevan la confianza ciudadana en la gestión pública, fomentan una cultura participativa y  
promueven un ambiente cultural y político propicio para el desarrollo y la resolución de las demandas  
sociales de equidad y justicia. (social, 2023)  
La transparencia claramente establece, que es aquello que lo deja ver todo como un cristal, acto que  
en la realidad en los concursos no se demuestra porque el concurso se lo hace a puerta cerrada donde  
se desconoce el proceder de quienes lo llevan a cabo, solo se conoce los resultados, más la ejecución  
del proceso carece de transparencia, entonces, la palabra transparencia queda muy pequeña en este  
tipo de concursos.  
Integridad  
Según el Consejo de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), la  
integridad es una respuesta estratégica y sostenible contra la corrupción, convirtiéndose en uno de los  
pilares fundamentales de las estructuras políticas, económicas y sociales y, por lo tanto, es esencial  
para el bienestar PLAN NACIONAL DE INTEGRIDAD PÚBLICA Y LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN  
económico y social, así como para la prosperidad de los individuos y de las sociedades en su conjunto.  
La Transparencia Internacional indica que la integridad se refiere a las conductas y acciones  
coherentes con una serie de normas y principios morales o éticos, adoptados por personas e  
instituciones.  
La integridad, tanto en el ámbito nacional como internacional emite criterios que van enmarcados bajo  
una serie de principios, valores morales y éticos que se deben adoptar por las personas que forman  
parte del servicio público, incluidos aquellos que forman parte de los tribunales de concurso de méritos  
y oposición, lo que en la práctica carece de aplicación, convirtiendo a los concursos en simples  
protocolos con designaciones de ganadores previamente establecidos.  
Un servidor público debe garantizar que los procesos de méritos y oposición sean transparentes, pero  
cuando prima los intereses políticos, el poder económico, y la falta de integridad pública, difícilmente  
los procesos gozarán de transparencia e igualdad de oportunidades.  
Ética  
Conjunto de estándares sobre conductas aplicables al ámbito del gobierno, las empresas y la sociedad,  
basados en valores centrales que orienten las decisiones, elecciones y acciones.  
Acceso a la información Pública  
La Ley Orgánica de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LOTAIP), en su artículo 5 define  
a la Información Pública como ¨todo documento en cualquier formato, que se encuentre en poder de  
las instituciones públicas y de las personas jurídicas a las que se refiere esta Ley, contenidos, creados  
u obtenidos por ellas, que se encuentren bajo su responsabilidad o se hayan producido con recursos  
del Estado”. Señala además que “…Toda la información que emane o que esté en poder de las  
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instituciones, organismos y entidades, personas jurídicas de derecho público o privado que, para el  
tema materia de la información tengan participación del Estado o sean concesionarios de éste, están  
sometidas al principio de publicidad; por lo tanto, toda información que posean es pública, salvo las  
excepciones”. (Nacional, Ley Orgánica de Transparencia y acceso a la información pública, 2022)  
La información creada en un concurso de méritos y oposición forma parte de la información pública  
del Estado Ecuatoriano, y la misma debe ser creada bajo el principio de transparencia, esto es cuando  
al momento del proceso se la ejecute sin manipulación de resultados en los sistemas electrónicos, sin  
manipulación de documentos presentados por los concursantes y peor aún, sin la aceptación dolosa  
o culposa de documentos fraudulentos para beneficiar a un concursante. Al existir los actos  
precedentemente mencionados la información pública deja de ser transparente, es decir, cumple con  
el rol de publicarse tal y como la Ley Orgánica de Transparencia y Acceso a la información pública, mas  
no cumple el roll de ser información pública transparente.  
Las instituciones emiten su información cumpliendo a cabalidad lo que la norma tipifica, pero en varias  
ocasiones sus archivos están repletos de información manipulada que favorece a unos y perjudica a  
otros. La publicidad de llamamiento a un concurso de méritos y oposición se ejecuta por cumplir un  
protocolo y la emisión de resultados se la realiza desconociendo la parte misma de calificación  
operada por los tribunales, omitiendo entidad y personal independiente que custodie el proceder de  
quienes califican un concurso de meritocracia, para poder manifestar con confianza los resultados. En  
fin, la norma establece los procesos, el tribunal lo ejecuta, pero nadie garantiza su transparencia.  
Corrupción  
Consiste en el abuso del poder para beneficio propio y puede clasificarse -en corrupción a gran escala,  
menor y política, según la cantidad de fondos perdidos y el sector en que se produzca.  
La corrupción, en términos generales, se entiende como el acto ilícito que cometen las personas, para  
que, por dinero u otros regalos o presentes, se pueda conseguir de una persona o funcionario algún  
beneficio.  
La corrupción, la otra cara de la transparencia, una de las causas que influye en los concursos de  
méritos y oposición, ya que todo concurso que está previamente amarrado, todo concurso elaborado  
con cierto favoritismo entra en el plano de la corrupción.  
La corrupción va más allá que el simple aporte económico a cambio de favores de beneficio en el  
sector público, por ende, en todos los casos en donde se intenta beneficiar a personas que no cumplan  
con los requisitos, las autoridades competentes deben actuar y ejecutar las acciones legales que  
corresponda.  
Este tipo de actitudes que se permiten en estos concursos de méritos y oposición como es el  
favoritismo con actos oscuros premeditados afecta al profesional que, teniendo un mejor perfil, queda  
excluido o es perjudicado y por ende la institución porque pierde la oportunidad de elevar la calidad de  
servicios públicos.  
El exrector de la Escuela Superior Politécnica del Litoral (ESPOL), Sergio Flores, en cuanto a actos de  
corrupción en concursos de méritos y oposición en la Universidad de Guayaquil acota, que tampoco es  
justificable en ocasiones las prácticas con trasfondo político y tinte electoral, es decir el sistema de  
méritos y oposición ha sido manipulado por los gobiernos de turno para a través de la discrecionalidad  
emitir directrices que cambian el rumbo de los concursos de méritos y oposición.  
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Esta postura nos hace reflexionar que para ser beneficiado de un concurso de méritos y oposición debe  
ser afiliado, simpatizante de partido político del gobierno de turno, es decir la transparencia solo está  
establecida en una Constitución y en una norma que no se cumplen.  
La Contraloría General del Estado en ejercicio de sus atribuciones a través de un informe emitió, que  
se realizaron concursos de méritos y oposición, así como la contratación de personal, encontrándose  
inconsistencias en el proceso de reclutamiento y selección, debido a que se tomaron decisiones sin  
tener en cuenta informes favorables ni disponibilidad presupuestaria, tampoco se establecieron  
controles que permitan evidenciar el cumplimiento del proceso de reclutamiento y selección de  
personal, ni realizaron un análisis de las hojas de vida, aplicando un criterio uniforme en su verificación.  
(Estado, 2024)  
Lo que ocasionó que se limite la participación de los postulantes, que existan apelaciones aceptadas  
sin que corresponda, que no exista la aplicación de un criterio uniforme en la evaluación del mérito y  
oposición a los postulantes y que los mismos no conozcan las razones por las cuales no pasaron a la  
siguiente fase, que postulantes hayan pasado a la siguiente etapa sin cumplir con lo requerido en el  
perfil de los puestos y que se dé la contratación de personal conforme el perfil del puesto, y sin conocer  
la existencia de recursos para el mismo.  
Una de las debilidades que se encuentran en el proceso de selección es que la publicación en los  
medios no se realiza de manera equitativa y con apertura de tiempo necesario para que quienes  
ostenten postular lo puedan realizar con serenidad y de manera eficiente, por lo general los publican  
con 48 horas de anticipación, y normalmente circulan en las horas de la noche, por lo que les dificulta  
enterarse a tiempo y postular con todos sus recursos disponibles.  
Ante estos hallazgos, el organismo de control predeterminó las sanciones respectivas en contra de los  
funcionarios responsables, y emitió las recomendaciones respectivas que permitan dar solución a las  
irregularidades y problemas encontrados en el examen.  
Causas de la corrupción en el Ecuador Tras el análisis de datos recopilados en la investigación  
realizada para el Sistema Nacional de Transparencia y Lucha contra la Corrupción (SNTLCC)  
Se propone una aproximación general de algunas de las causas que originaron la corrupción sistémica  
y política en el Ecuador, esto en cuanto a lo relacionado con los concursos de méritos y oposición en  
el Ecuador, dentro de aquello manifiesta que dentro de la gestión pública se inobserva los principios  
de transparencia, eficiencia, eficacia, calidad, ética, rendición de cuentas y participación.  
Las autoridades de turno o jerárquicos superiores, pese a las leyes e instituciones que incitan a actuar  
con transparencia, la confusión jurídica contribuye al incremento del poder discrecional de los  
funcionarios públicos, esto en cuanto a designación de ganadores de concursos que se cumplen por  
mandato directo, estos vicios con tinte político ha contribuido a la conmoción y decepción social  
principalmente por quienes pretenden participar o han participado en estos concursos para ocupar un  
cargo.  
Las entidades encargadas del control y fiscalización cuando previamente ha existido denuncias o  
cuando de oficio así lo han requerido y han emitido sanciones como resultado de concursos de méritos  
y oposición con irregularidades, nos confirman que la transparencia en los concursos de meritocracia  
en el Ecuador brilla con su ausencia.  
La Inoperancia y debilidad de las instituciones de control y fiscalización, cuya falta de independencia  
frente a intereses políticos y económicos contribuyó para que se institucionalicen mecanismos de  
corrupción en el sector público.  
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La independencia real de las instituciones que regulan y ejecutan los protocolos de selección de  
personal en los concursos de méritos y oposición es una de los mecanismos que debería aplicarse,  
porque actualmente existen las normas, las instituciones, los servidores públicos, pero la  
independencia al realizarse los procesos de selección de personal no es suficiente, puesto que la  
corrupción está enraizada y la falta de transparencia ha estado a flote principalmente por compromisos  
y amistades políticas, y por acciones revestidas de poder económico que doblegan los principios y  
valores que como personas deben mantener los servidores públicos principalmente quienes forman  
parte de los tribunales de ejecución de concursos de méritos y oposición.  
Débil o escasa participación ciudadana en los asuntos de PLAN NACIONAL DE INTEGRIDAD PÚBLICA  
Y LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN, interés público a través del ejercicio del control social, que  
disminuye la vigilancia al cumplimiento de funciones de las autoridades y de las entidades públicas,  
así como el uso de los recursos públicos.  
Ausencia de voluntad política para prevenir y controlar la corrupción por parte de las diversas  
autoridades nacionales o locales, quienes no han podido establecer de manera coordinada una política  
anticorrupción.  
El proceso de selección es el ente encargado de garantizar que la selección del personal para formar  
parte de los cargos públicos, deben garantizar los principios de libre concurrencia e igualdad de  
oportunidades. La concurrencia a los concursos de selección de personas es libre y todas las personas  
gozarán de las mismas oportunidades y estarán en igualdad de condiciones; la transparencia es otro  
de los principios que prevalece en esta legislación en cuanto a los procesos de selección de personal.  
Así mismo sin dejar pasar por alto la garantía de imparcialidad de los órganos encargados de selección  
del personal que deben llevar a cabo los procedimientos más idóneos para el efecto o el cargo a  
ocupar. (Asanza, 2018).  
Las inconsistencias existentes en los concursos de méritos y oposición en las diferentes instituciones  
del Ecuador se ve reflejado por las constantes denuncias y emisión de boletines por parte de las  
instituciones de Control, como es el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, donde con  
boletín de prensa con fecha 21 de septiembre de 2017, donde dispone la investigación por las  
irregularidades encontradas en el concurso de meritos y oposicion, convocado por el ministerio de  
Salud de la Provincia de Pichincha.  
Según el informe al comparar la lista de ganadores se visibiliza lo siguiente: aparece el nombre de una  
postulante que obtuvo menor puntaje que el reglamentario para continuar en el proceso; aparece el  
nombre de una persona que no participó en el concurso, pero que sí consta en la lista de ganadores;  
aparece la declaración de ganadora a una de las aspirantes para el cargo en una Dirección Distrital,  
aun cuando se postuló para otra Dirección Distrital. (Social, 2018)  
La falta de transparencia en los concursos de méritos y oposición, sumada a la inacción del Consejo  
de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS), ha provocado que varias autoridades  
permanezcan en sus cargos más allá del periodo para el que fueron designadas. La fiscalía general del  
Estado es el caso más reciente en este escenario. (EXTRA.ec, 2025)  
Es importante mencionar que no siempre estas investigaciones en casos de corrupción en los  
procesos de méritos y oposición tienen un fin justo, perjudicando así a muchos profesionales  
postulantes.  
Causas y consecuencias de la falta de transparencia, imparcialidad y objetividad en los concursos de  
méritos y oposición  
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PRIMERA. - Politización y Nepotismo: las constantes denuncias en los diferentes gobiernos nos  
permiten visualizar que los concursos son politizados por los gobiernos de turno, lo que favorece la  
designación de personas por amistad, afinidad política o nepotismo, en lugar de basarse en el mérito  
y capacidades reales de los candidatos. Ejemplos notorios incluyen casos de autoridades que  
obtuvieron puntajes perfectos pero cuya selección fue cuestionada por vínculos políticos, como el ex  
contralor Carlos Pólit y otros funcionarios destacados.  
Más allá de los méritos o fallas individuales, este caso evidencia nuevamente las deficiencias del  
sistema de selección de autoridades. Lo que originalmente se concibió como un proceso ciudadano  
ha sido distorsionado por intereses políticos, lo que desmotiva la participación de profesionales  
independientes y competentes.  
El modelo actual parece agotado. Urge una reforma que garantice procesos transparentes, imparciales  
y ágiles para evitar la perpetuación de funcionarios en prórroga y devolver la confianza ciudadana en  
las instituciones. (EXTRA.ec, 2025)  
SEGUNDA. - Inacción y Opacidad Institucional: La inacción de organismos reguladores como el Consejo  
de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS) ha permitido que autoridades extiendan sus  
mandatos sin procesos transparentes de selección, lo que afecta la credibilidad de los concursos.  
Otro de los casos que dentro de Nuestro País causó impacto y conmoción social fue La ex Fiscal, quien  
ganó reconocimiento por su determinación en casos de alto impacto, lo que le ha valido elogios, pero  
también críticas por la selectividad en sus investigaciones. Mientras algunos expedientes avanzan con  
rapidez, otros parecen estancarse, lo que genera cuestionamientos sobre la imparcialidad en su  
gestión.  
La falta de transparencia en los procesos de selección está evidente en un sinnúmero de casos en  
Ecuador que han sido cuestionados y nos han dejado con el sabor amargo de la duda de sus resultados,  
como el caso del excontralor Carlos Polit, que arrojaba las mejores calificaciones perfectas 100 sobre  
100 inclusive, declarando ganador, pero su actuar y los diferentes procesos judiciales por actos de  
corrupción, nos demuestra que no estuvo en capacidad de ganar un concurso de méritos y oposición,  
en conclusión, deducimos que hubo fraude en el proceso de selección donde intervino una de las  
causas de corrupción en los concursos de méritos y oposición, esto es Favoritismos políticos o  
amistad con el gobierno de turno.  
Es decir, las normas establecen los protocolos, pero, no son suficientes para garantizar lo que la  
Constitución tipifica, por lo que es necesario buscar mecanismos de control que satisfagan los vacios  
que están provocando desconfianza en el sector público y vulnerando principios Constitucionales  
como la transparencia, igualdad, objetividad e imparcialidad dentro de los procesos de selección.  
TERCERA. - Desconfianza Ciudadana: La percepción general es que los concursos no garantizan  
igualdad de condiciones ni transparencia, lo que afecta la confianza de los ciudadanos en la  
administración pública y en la selección de personal para cargos públicos.  
La desconfianza ciudadana en los concursos me meritos y oposicion que se realizan en el Ecuador es  
notoria en redes sociales por la inconformidad que emiten, la misma norma establece un tiempo de  
promulgación en medios de comunicación para su difusión y cumplir con la publicidad de los mismos,  
pero generalmente se realizan en horas de la noche y otorgando con 48 horas para el cierre de su  
postulación, cuando lo viable seria que la norma establezca un periodo estable y no un periodo movible,  
por ejemplo, se establecerá el tiempo fijo de 15 días para su postulación y que sea visible para todos,  
puesto que el otorgar 48 horas para postular ha permitido que las máximas autoridades de la  
institución tengan previamente las carpetas o postulantes ya elegidos y conocedores del proceso,  
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emitiéndoles directrices para que cumplan con los parámetros y asi se promulguen ganadores del  
concurso, esta actitud vulnera el derecho a la igualdad de oportunidades, además el tiempo de 48  
horas no es un tiempo prudencial para que los postulantes puedan eficientemente cumplir con los  
requisitos que se exige, sumándole al mismo que en muchas ocasiones se manipula el sistema de  
meritocracia para subir documentos acreditables sin valor, o para suprimir documentos de quienes  
cumplen con el perfil y beneficiar a los previamente ya favorecidos.  
Estas actitudes merecen ser corregidas, puesto que ha generado desconfianza total y decepción en  
los profesionales que ostentan un cargo a través de un concurso de méritos y oposición.  
CUARTA. - Cumplimiento Parcial de Normativas: Aunque existe la Constitución, leyes y normas técnicas  
que establecen principios de transparencia, publicidad y objetividad en los concursos (Ley Orgánica  
del Servicio Público y su reglamento), en la práctica se evidencian retrasos en los procesos,  
desconocimiento de normativas por parte de los participantes y falta de difusión adecuada de  
resultados y criterios.  
Lo ideal es que, está basada en la administración pública quienes son los encargados de ser  
transparentes con el cumplimiento de la publicidad, con el propósito de publicar y que todos los  
ciudadanos estén informados con toda la documentación que se exige desde la administración, el  
funcionamiento y actividad, que se presente en el día a día hace que revelen datos sin afectar la  
intimidad de los ciudadanos.  
Al momento, que se abre una convocatoria en las Instituciones públicas todos los ciudadanos tienen  
la oportunidad de postular a los cargos solicitados por parte de la institución están obligados a que los  
concursos sean de carácter público de inicio a fin en base a la justicia y por parte de los postulantes  
están en el derecho de presentarse con el cumplimiento de los requisitos solicitados y en la obligación  
de presentar información veraz y acorde al cargo en el Ministerio de trabajo (Paul, 2022).  
Aunque las Leyes y normas técnicas lo establecen, no se cumplen a cabalidad, por lo que podemos  
evidenciar que la transparencia es un principio que se convierte en letra muerta al momento de ser  
omitida por sus ejecutores en los concursos de méritos y oposición en el Ecuador.  
Normas Jurídicas que regulan los concursos de méritos y oposición  
Los concursos de méritos y oposición se encuentran regulados en los siguientes textos normativos,  
incluida la Constitución de la República del Ecuador.  
Constitucion de la República del Ecuador (2008)  
Art. 228.- El ingreso al servicio público, el ascenso y la promoción en la carrera administrativa se  
realizarán mediante concurso de méritos y oposición, en la forma que determine la ley, con excepción  
de las servidoras y servidores públicos de elección popular o de libre nombramiento y remoción. Su  
inobservancia provocará la destitución de la autoridad nominadora.  
Si bien es cierto el artículo 227 plasma el principio de transparencia como guía de la administración  
pública, es decir los servidores que incluirían aquellos que manejan y ejecutan los concursos de meritos  
y oposicion deberían actuar bajo este principio para garantizar que un concurso sea transparente.  
(Ecuador, 2008)  
Las constantes denuncias en redes sociales, medios de comunicación nos dejan palpar como la  
corrupción está inmiscuida en estos concursos como lo sucedido en Santo Domingo, donde la  
concejala Dana Saltos denunciar públicamente la presunción de irregularidades en los concursos de  
méritos y oposición en la Empresa de agua Potable de Santo Domingo donde manifiestan que los  
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nombres de los supuestos ganadores del concurso ya se conocían previamente a la culminación del  
concurso, sobresaliendo el favoritismo político a favor de funcionarios sin experiencia por supuestos  
factores económicos, falta de transparencia, dejando descalificados a Jóvenes con experiencia.  
Mientras que funcionarios sin requisitos acceden a etapas finales del concurso. (dparedes, 2025)  
Se denunció también alteración de calificaciones en pruebas psicosensometricas, dejando en  
evidencia al concursante que obtuvo 72 puntos, pero al final aparece la nota de 85 puntos en la página  
oficial del Ministerio del Trabajo.  
Las irregularidades antes señaladas podrían constituir como infracciones administrativas y delitos  
como tráfico de influencias y cohecho.  
La constitución a través del artículo 228 nos garantiza el ingreso a través de un concurso transparente,  
más el mismo goza de omisión vulnerando así derechos y principios Constitucionales.  
La Ley Orgánica de Servicio Público.  
El artículo 65 de la Ley Orgánica de servicio público manifiesta que para ingresar al sector público  
existe una forma, esa es a través del concurso de meritos y oposicion, garantizando su acceso libre y  
calificando su idoneidad, bajo los preceptos de transparencia, justicia y sin ningún tipo de  
discriminación. (Nacional, Ley Organica de servicio Público, 2024)  
La calificación de estos concursos sugiere la norma que se realicen bajo parámetros objetivos y bajo  
ningún concepto las máximas autoridades nominadoras podrán intervenir de manera directa, menos  
actuar con discrecionalidad, puesto que estas acciones pueden invalidar el concurso, obviamente de  
comprobarse tal y como la norma lo establece.  
En el ejercicio diario de la administración pública es imposible en la mayor parte de veces comprobar  
las acciones oscuras que ejecutan en los procesos con fines favoritistas, solo a través de acciones  
legales, acciones de protección, acciones extraordinarias de protección, etc. es que se ha logrado en  
algunas ocasiones evitar que perjudiquen a ganadores de concursos como lo sucedido en la sentencia  
Nro. 899-17-EP-23. En la mayoría de denuncias sobre irregularidades en los concursos de méritos y  
oposición no se ha logrado comprobar en la parte administrativa por las mismas situaciones de actos  
de corrupción en complicidad con los directivos actuales de gobierno. (Corte Constitucional del  
Ecuador, 2023)  
Norma Técnica del subsistema de selección de personal, emitido por el ministerio de relaciones  
laborales  
El artículo 3 de la precedente norma menciona que cualquier persona que pretenda ingresar al servicio  
público de carrera de manera obligatoria lo realizará a través de concurso de meritos y oposicion y lo  
ejecutarán mediante la plataforma que para el caso lo manipula el ministerio de relaciones laborales,  
para lo cual deben reunir los requisitos y cumplir con el perfil para el puesto al cual participan.  
Es importante mencionar que pese a que la norma lo establece claramente que para poder hacerse  
acreedor de un puesto público debe cumplir ciertos requisitos y un perfil profesional, en nuestro País  
el cumplir con esta disposición no es tan transparente como parece, puesto que las innumerables  
denuncias públicas, demandas judiciales, acciones de protección, la desconfianza en participar en  
estos concursos, las acciones arbitrarias de autoridades nominadoras, las decisiones discrecionales,  
la falta de recurrencia a participar de estos concursos demuestran que no es necesario tener un buen  
perfil ni cumplir con los requisitos, si no, hace falta ser afiliado al gobierno de turno, ser amigo de  
autoridades máximas de las instituciones, tener poder económico para sobornar.  
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Según el artículo 5 de la norma técnica un proceso está compuesto por  
Convocatoria. - la misma que según el artículo 15 y 16 se difundirá en un plazo que tendrá una duración  
mínima de 4 días, a través de las plataformas tecnológicas del Ministerio de Relaciones Laborales,  
página web institucional, y está a su vez a través de otros medios que es opcional.  
Mérito. - el mismo que está compuesto por su hoja de vida principalmente y demás recursos que la  
avalan, pero es relevante mencionar que en muchos casos esta etapa es vulnerada por darle valor a  
certificados sin otorgamiento de la autoridad competente o simplemente otorgados con información  
falsa, sin ser corroborados, para favorecer a un concursante, perjudicando así a otros, dejando en  
evidencia la falta de transparencia en esta etapa.  
Oposición. - etapa donde se pone a prueba los conocimientos técnicos, las pruebas psicométricas y  
las entrevistas, que es donde más la ciudadanía a cuestionado su ejecución puesto que han existido la  
fuga de información, pruebas a rendir, para favorecer a postulantes que en muchas ocasiones está de  
por medio el soborno, el poder político, evidenciando que el poder político influye mucho en la falta de  
transparencia en estos procesos. (Chiriboga, 2022)  
El artículo 10 de la norma precedentemente mencionada, tipifica que los miembros del tribunal deben  
ser necesariamente miembros que formen parte de la institución donde se ejecuta un concurso, acto  
que nos demuestra que debería regularse, puesto que el hecho de ser de la misma institución impide  
que sea un proceso transparente, por lo que, lo legalmente y transparentemente hablando, este tribunal  
debería ser totalmente independiente de la institución y que los mismos sean anónimos desde el  
principio del concurso hasta el final del mismo, ¿para qué?, para asi poder garantizar que en el proceso  
no existan favoritismos por cuestiones políticas, económicas, de amistad, etc.  
El artículo 15 manifiesta que la convocatoria del proceso se la realiza con el fin de reunir el mayor  
número de participantes y así garantizar la participación de todos quienes aspiren, pero la realidad en  
Ecuador es que cada vez menos personas quieren participar por la falta de transparencia en estos  
procesos, incluyendo que los días y los medios que utilizan no son suficientes como para acaparar los  
participantes necesarios.  
Estudio de caso  
Caso: Recurso de Apelación rechazada y ratificación de sentencia en primera instancia por acción de  
protección.  
En el presente caso la actora, La Licenciada Bethy Jaqueline Rodríguez Remache, laboró por 7 años 9  
meses en el Ministerio de Inclusión Económica y Social, la Institución convocó a concurso de méritos  
y oposición para ocupar el cargo de servidor público Nro. 1, Coordinador de Centros CIVB, en donde  
con fecha 30 de mayo de 2019 se declara ganadora a través de acta a la Licenciada Bethy Rodríguez  
al obtener un puntaje de 90.15 puntos. Se entró en periodo de prueba a la ganadora del concurso la  
cual inició el 1 de julio de 2019 y terminaba el 1 de septiembre de 2019.  
La institución MIES, le conceden vacaciones el 14 de agosto de 2019, una vez agotado el periodo de  
prueba y al no habérselo ejecutado la prueba se debió emitir el contrato indefinido a favor de la  
concursante ganadora, más luego de 11 días de haber pasado el fin de periodo de prueba la Analista  
de Recursos Humanos convoca de manera extemporánea a rendición de pruebas, concediendo diez  
minutos para su ejecución y quien la evaluaba no era su inmediato superior. Es decir, se estaba  
tomando una prueba arbitraria, extemporánea e ilegal.  
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Con fecha 31 de octubre de 2029 recibe el acto inmotivado, firmado electrónicamente por el  
Coordinador Zonal 3 del Ministerio de Inclusión económica y social, donde se le comunica que su  
nombramiento se da por terminado.  
Acto seguido la perjudicada interpone una acción de protección fundamentando principalmente la  
vulneración al debido proceso, seguridad jurídica, derecho al trabajo y garantías Constitucionales, la  
misma que es admitida a trámite y luego de haber intervenido las partes la jueza competente Dra.  
Anabel Cristina Mancheno, Jueza de la Unidad Judicial contra la Violencia a la Mujer o Miembros del  
Núcleo Familiar, emite sentencia Constitucional con fecha 4 de enero de 2020, declarando la  
Vulneración del Derecho Constitucional al debido proceso en la garantía de la motivación; derecho a la  
seguridad jurídica; derecho al trabajo, dejando sin efecto el memorando de fin de contrato laboral y  
disponiendo el reintegro de la Licenciada Bethy Jaqueline Rodríguez Remache al MIES, así como  
también las remuneraciones que dejó de percibir como consecuencia del memorando.  
Dentro del caso analizado podemos darnos cuenta que un concurso de meritos y oposición en el  
Ecuador por lo general goza de falta de transparencia en este caso por actuaciones dolosas,  
ineficientes por parte de los ejecutores del proceso de selección, por tanto al ratificarse la sentencia  
en segunda instancia a través de recurso de apelación por parte del Ministerio de Inclusión Económica  
y social, el tribunal ordena que los servidores públicos ejecutores del concurso se responsabilicen por  
la ineficiencia en el cumplimiento de sus funciones, emitiendo actos administrativos infundados y  
dolosos, perjudiciales para la concursante. Los actos aquí realizados de mala fe para perjudicar a la  
actora son con trasfondo, es decir, para beneficiar a terceros que ya previamente están designados  
ganadores, por motivos de amistad, afinidad política, sobornos, etc.  
RESULTADOS Y DISCUSIÓN  
La Investigación acerca de la falta de transparencia en los concursos de méritos y oposición en el  
Ecuador reviste de gran importancia significativa en la actualidad, transformándose en un estudio  
fundamental al abordar una fisura legal de suma importancia por la afectación directa a los  
ciudadanos, participantes de concursos, y por ende al buen funcionamiento de las Instituciones del  
Estado.  
En el transcurso de la investigación realizada y los temas abordados, se contrastó el objetivo general  
planteado, esto es, “Realizar un análisis doctrinario, jurídico, de la falta de transparencia en los procesos  
de concurso de méritos y oposición en el sector público del Ecuador: Infracción y vicios en los actos  
administrativos, y por ende logramos contrastar los demás objetivos que se establecen asi “Determinar  
las normas infringidas (Constitución, LOSEP, Norma Técnica de Subsistema de selección de personal  
(MDT)), en los procesos administrativos de concurso de méritos y oposición en el sector público”.  
Proponer medidas correctivas, acciones y mecanismos claros que garanticen la transparencia y la  
meritocracia en estos concursos de méritos y oposición.  
Tabla 1  
Resultados de encuestas  
Resultado de encuestas  
Preguntas  
Indicadores  
¿por qué?  
Si  
No  
1.- ¿Sabía usted que en Ecuador se  
ejecutan concursos de méritos y  
oposición para ingresar al sector público?  
2.- ¿Ha participado usted alguna vez en  
los concursos de méritos y oposición para  
ingresar a trabajar en el sector público?  
30  
0
Porque así lo establece la ley  
30  
0
Por necesidad, por estabilidad  
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3.- ¿Considera usted, que los concursos  
de méritos y oposición que se desarrollan  
en las instituciones del Ecuador son  
transparentes?  
4.- A su criterio, ¿Existen irregularidades  
que generalmente se ejecutan en los  
concursos de méritos y oposición para  
ingresar al sector público, relacionados  
con la falta de transparencia?  
0
30  
0
porque son politizados, corrupción,  
30  
pagos para ganar un concurso,  
favoritismo por amistad o política.  
5.- Desde su perspectiva: ¿Sugiere usted  
que se debería implementar mecanismos  
para el control de los concursos de  
méritos y oposición y garantizar la  
transparencia en los mismos?  
6.- Según su experiencia, ¿Cree usted  
necesario, que los concursos de méritos y  
oposición se ejecuten a través de una  
institución totalmente independiente del  
Ministerio del trabajo y las instituciones  
del estado, como un mecanismo para  
garantizar su transparencia?  
30  
25  
0
5
porque así se puede garantizar la  
transparencia en los procesos.  
sí creo que es un buen mecanismo y no  
es necesario una institución  
independiente.  
TOTAL, ENCUESTADOS  
30  
Fuente: elaboración propia.  
Gráfico 1  
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Resultado de encuestas  
Fuente: elaboración propia.  
De las encuestas aplicadas, específicamente en la pregunta número 1 y pregunta número 2, de acuerdo  
a las respuestas de los encuestados, cuyo aporte proviene de profesionales que han formado parte de  
un concurso de meritos y oposicion, que es de conocimiento público la aplicación de los concursos de  
méritos y oposición en el Ecuador,  
El principio de transparencia, se encuentra comprometido frente a la corrupción, tal y como se  
evidencia de las respuestas que los encuestados plasmaron en las preguntas 3 y 4, logrando verificar  
las irregularidades existentes en la ejecución de la transparencia en los concursos de méritos y  
oposición, las cuales empobrecen la eficiencia y descargan en los ciudadanos desconfianza. La  
omisión del principio de transparencia obstaculiza la aplicación y efectividad de los concursos de  
méritos y oposición en el Ecuador, creando incertidumbre y desconfianza en los ciudadanos, como  
resultado de sus acciones negativas, los actos de corrupción, el poder político, la falta de valores y  
principios en el servidor público, manipulación de sistemas con fines favoritistas, respuestas concretas  
que nos permiten visibilizar la ausencia del principio de transparencia en los concursos de meritos y  
oposicion.  
El presente estudio investigativo, se centra en identificar la vulneración del principio de transparencia  
en los concursos de méritos y oposición, a través del cual nos ha permitido verificar las contradicciones  
entre lo estipulado en la ley y el cumplimiento de la misma.  
Esta falta de transparencia en los concursos de méritos y oposición dificulta que se desarrollen de  
manera efectiva y vulnera derechos como el acceso al trabajo en igualdad de oportunidades, dejando  
entre ver que las normas contienen un proceso a seguir, pero quienes la ejecutan omiten un proceso  
transparente, por lo que es menester reforzar los mecanismos de control existentes en las normas y  
leyes Ecuatorianas, donde se garantice la aplicación del principio de transparencia en su ejecución,  
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puesto que tenemos la norma, pero no la institución que garantice su aplicación transparente, según  
las respuestas obtenidas de la pregunta número seis de la encuesta aplicada.  
CONCLUSIONES  
Los concursos de meritos y oposicion son un pilar fundamental para reforzar la administración pública,  
seleccionando el mejor personal calificado, garantizar la estabilidad laboral y el servicio público al  
soberano bajo principios de calidad, eficiente, eficaz, que es el objetivo primordial de las normas  
Constitucionales, Leyes y Normas Técnicas que regulan estos concursos.  
Los resultados obtenidos de la investigación, determinan que el principio de transparencia es omitido  
en el proceso de los concursos de meritos y oposicion, por diferentes irregularidades verificadas, como  
la influencia política, amistad, actos de corrupción, sobornos, tráfico de influencias, beneficiando de  
esa manera a participantes que no cumplen con el perfil requerido y perjudicando a concursantes con  
perfiles excelentes y al Estado con sus mandantes.  
La falta de principios, valores éticos y morales son principalmente la fuente del nacimiento de los  
diferentes actos oscuros que tergiversan la aplicación de los protocolos para ejecutar los concursos  
de meritos y oposicion, esto por considerar que a través del tiempo los Gobiernos de turno han  
normalizado estos actos, entonces las Instituciones estatales sufren un deterioro total de  
transparencia.  
La falta de transparencia en los concursos de méritos y oposición se ve reflejada en las opiniones,  
denuncias, acciones de protección con sentencias favorables por irregularidades en los concursos de  
méritos y oposición, principalmente en la falta de imparcialidad, igualdad y objetividad.  
Finalmente, las normas establecen un procedimiento a seguir, bajo un principio Constitucional, la  
Transparencia, pero estos mecanismos no son suficientes, demostrando que la corrupción en los  
concursos de meritos y oposicion cubre a la transparencia, por lo que es necesario implementar dentro  
de la Ley Orgánica de Servicio Público una reforma donde se establezca, que la institución encargada  
de ejecutar los procesos de meritos y oposicion debe ser independiente y su ejecución pública, bajo  
estricta verificación de los documentos de respaldo de los participantes.  
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2023).  
dparedes. (03 de JUNIO de 2025). Concejal denuncia posibles actos de corrupción en concurso público  
de EPMAPA. EL DIARIO EDIASA S.A.  
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y la opacidad en los concursos de méritos han permitido que varias autoridades extiendan su mandato.  
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