INTRODUCCIÓN
El reconocimiento de ingresos es un proceso regulado por la normativa contable internacional,
específicamente por la Sección 23 de las NIIF para PYMES, la cual establece que los ingresos deben
reconocerse cuando se transfieren los servicios y es probable la obtención de beneficios económicos.
Sin embargo, el problema no radica en la existencia de la normativa, sino en la forma en que la entidad
educativa aplica estos lineamientos en la práctica, ya que tiende a reconocer los ingresos al momento
del cobro o de la facturación, sin considerar que los servicios educativos se prestan de manera
progresiva a lo largo del periodo académico. La causa de esto es la errónea aplicación del principio de
devengo, lo que aplica la separación de la prestación del servicio real con el de su contable, lo que va
suponer que los estados financieros no sean razonables ni confiables.
Pero hay estudios que también demuestran que hay severas dificultades en la implementación de las
NIIF a las PYMES en contextos con una reducida capacidad de formación del personal contable, con
una reducida capacidad de formación del personal contable, con un escasísimo desarrollo de políticas
contables formales y con una débil interrelación entre la operativa y las finanzas, en especial en las
organizaciones de servicios. En este sentido, el reconocimiento de ingresos devengados de forma
continua y la gestión de ingresos diferidos que se producen en la aplicación de las NIIF, suelen tener
una relación inversamente proporcional, es decir cuanto más elevados son los ingresos devengados y
menos los ingresos diferidos, más dificultad para la empresa en su puesto en práctica. De acuerdo con
Salinas Palacio et al. (2021), luego de la adopción de las NIIF para PYMES, algunas organizaciones a
nivel internacional presentan debilidades en la identificación, medición y divulgación de los ingresos,
lo que incide en la confiabilidad de los informes financieros.
En relación con la incomprensibilidad y complejidad de las NIIF para PYMES, Gonçalves et al. (2022)
señalan que estos factores dificultan su adecuada implementación, lo que puede generar
interpretaciones erróneas en la aplicación de los requisitos para el reconocimiento de ingresos y, como
consecuencia, ocasionar que la información presentada en los estados financieros no refleje de
manera razonable la situación económica de la entidad.
Por tal motivo, se entiende necesario determinar el reconocimiento de ingresos contemplados en la
normativa que es aplicable a los estados financieros de las entidades educativas en el periodo 2024,
con el fin de poder identificar errores posibles en su aplicación y evaluar su repercusión en la calidad
de la información financiera. Por tanto, se indica como pregunta de investigación: ¿Cómo se está
realizando el reconocimiento de ingresos conforme a la sección 23 de las NIIF para PYMES en los
estados financieros de las entidades educativas en el periodo 2024?
En esta línea, se hace necesario establecer el reconocimiento de ingresos aplicados en la normativa
que resulta de aplicación para los estados financieros de las entidades educativas, en el periodo de
2024, para intentar poder identificar defectos en la aplicación y valorar su posible efecto en la calidad
de la información financiera. En consecuencia, se formula la siguiente pregunta de investigación:
¿Cómo se lleva a cabo el reconocimiento de ingresos de acuerdo a la sección 23, de las NIIF para
PYMES, en los estados financieros de las entidades educativas, en el periodo de 2024?
El presente estudio se propone analizar el reconocimiento de ingresos en la entidad educativa
evaluando su alineación con los criterios establecidos en la Sección 23 de las NIIF para PYMES en los
estados financieros del año 2024. De tal forma, se evaluará el reconocimiento de ingresos en el
cumplimiento de los criterios de la normativa referida; específicamente, se busca examinar las
prácticas contables aplicadas en el reconocimiento contable de ingresos en los estados financieros de
la gestión 2024, comparar dichas prácticas con los lineamientos de la Sección 23 de las NIIF para
PYMES y proponer recomendaciones orientadas a mejorar la calidad de la información financiera para
el mejoramiento de la aplicación de dicha normativa..
LATAM Revista Latinoamericana de Ciencias Sociales y Humanidades, Asunción, Paraguay.
ISSN en línea: 2789-3855, junio, 2026, Volumen VII, Número 3 p 2215.