De la Tabla 1 se visualiza que la apropiación/fuga territorial de riqueza es el elemento vinculante, lo
que implica la posibilidad también de usarlo como mecanismo de evaluación territorial de las políticas
públicas, por medio de la elaboración de indicadores de gestión e impacto.
DESARROLLO
La riqueza territorial y el desarrollo humano pueden ser entendidas como una meta a lograr de cualquier
manera, o como una consecuencia de la relación entre capacidades estatales y actores sociales para
elaborar políticas públicas, capacidades institucionales y mecanismos de apropiación/fuga territorial
del excedente económico. “La gestión pública en la actualidad tiene más exigencias, obligaciones y
responsabilidades a la vez, lo que requiere tener organizaciones más dinámicas y preparadas para
enfrentar los retos de carácter social” (Oleas et al., 2017, p. 72).
La Constitución (Asamblea Nacional, 2008) establece las competencias específicas de los Gobiernos
Autónomos Descentralizados, entre ellas se encuentra la de realizar la planificación del desarrollo y su
respectivo ordenamiento territorial, estas facultades se encuentran vinculadas al Plan Nacional de
Desarrollo y articuladas entre los distintos niveles espaciales (Asamblea Nacional, 2016).
El artículo 275 de la Constitución (Asamblea Nacional, 2008) señala que. “El régimen de desarrollo es
el conjunto organizado, sostenible y dinámico de los sistemas económicos, políticos, socio-culturales
y ambientales, que garantizan la realización del buen vivir, del sumak kawsay.” Las competencias
determinan el ámbito legal de actuación de los Gobiernos Autónomos Descentralizados, mientras que
las capacidades estatales hacen referencia a la habilidad efectiva de las instituciones para diseñar,
implementar y sostener políticas públicas orientadas al desarrollo territorial. La capacidad estatal
significa. “…poseer la condición potencial o demostrada de lograr un objetivo o resultado a partir de la
aplicación de determinados recursos y, habitualmente, del exitoso manejo y superación de
restricciones, condicionamientos o conflictos originados en el contexto operativo de una institución.”
(Oszlak, s. f., p. 1).
Desde esta perspectiva el territorio deja de ser considerado exclusivamente una unidad geográfica, y
pasa a convertirse en un espacio económico, social y político, en el cual se apela a su potencial
endógeno en la obtención y uso de recursos y, a la interacción entre actores e instituciones, como base
del desarrollo territorial (Molares & Chávez, 2023) (Alvarez & Rendón, 2010). “…la competitividad del
territorio debe basarse en aprovechar el capital acumulado dentro del territorio: físico, humano,
tecnológico, institucional, social y cultural, y potenciarlo de acuerdo con las propias sinergias.” (Alvarez
& Rendón, 2010, p. 58).
El artículo 9 de la Ley Orgánica de Orgánica de Ordenamiento territorial, uso y gestión del suelo
especifica que el ordenamiento tiene como objetivo facilitar la implementación de políticas públicas
para generar desarrollo. (Asamblea Nacional, 2016).
Queda claro que los procesos de ordenamiento territorial no son solamente técnicos, también se
encuentran sujetos a criterios políticos. En cada localidad funciona un sistema político que determina
las reglas bajo las cuales se desenvuelven las actividades, lo que implica implementar mecanismos de
gobernabilidad, así como de gobernanza, para desarrollar eficientes mecanismos de transición de
políticas públicas a políticas públicas intersectoriales y territorializables (Pérez & Guzmán, 2022).
“…aún queda la impresión que no se logra superar la visión que considera al territorio como una porción
pasiva de espacio físico receptor de políticas y sin capacidad de generar procesos concretos de
desarrollo.” (Martínez, 2022, p. 5). Las alianzas público-privada para el desarrollo y/o la economía
popular y solidaria son herramientas para lograrlo, sin embargo, implican esfuerzos permanentes de
colaboración y participación que pueden lograrse por medio de la gobernanza. (Martínez, 2022).
LATAM Revista Latinoamericana de Ciencias Sociales y Humanidades, Asunción, Paraguay.
ISSN en línea: 2789-3855, julio, 2026, Volumen VII, Número 3 p 2674.