MIME-Version: 1.0 Content-Type: multipart/related; boundary="----=_NextPart_01DB2142.F8884580" Este documento es una página web de un solo archivo, también conocido como "archivo de almacenamiento web". Si está viendo este mensaje, su explorador o editor no admite archivos de almacenamiento web. Descargue un explorador que admita este tipo de archivos. ------=_NextPart_01DB2142.F8884580 Content-Location: file:///C:/8F3646EF/1105_VinuezaPinto.htm Content-Transfer-Encoding: quoted-printable Content-Type: text/html; charset="us-ascii"
DOI: https://doi.org/10.56712/latam.v5i5.2821
La impugnación por infracciones de fot=
oradares
y el derecho a la tutela judicial efectiva
Challenging
photoradar violations and the right to effective judicial protection=
=
María
Alexandra Vinueza Pinto
alexandravinueza1997@gmail.com
htt=
ps://orcid.org/0009-0008-9177-9414
Universidad
Tecnológica Indoamérica
Ambato –
Ecuador
Artículo recibido: 04 de octubre de 2024. Aceptado para
publicación: 18 de octubre de 2024.
Conflictos
de Interés: Ninguno que declarar.
Resumen
En
primer lugar, las contravenciones de tránsito cometidas por los fotoradares, son determinados como uno de los
métodos electrónicos formulados por las autoridades competent=
es;
su autonomía inicialmente se da mediante la CTE, los cuales
conjuntamente con los GAD'S poseen la competenc=
ia
para las respectivas sanciones económicas, por el exceso de
límites de velocidad en las vías indicadas por vehícul=
os
en los que muchas de las veces no es factibles identificar al conductor. El=
"Plan
de Seguridad Vial" busca mejorar la conducción mediante la
implementación de tecnologías como los f=
otoradares.
Este esfuerzo requiere tanto equipos sofisticados como personal bien entren=
ado
en las entidades de tránsito. No obstante, estos sistemas tienen sus
desventajas. No pueden identificar al conductor específico, solo
capturan imágenes del vehículo. Su función principal es
detectar excesos de velocidad, dejando de lado otras posibles infracciones o
factores atenuantes. Aunque estas herramientas son valiosas para la segurid=
ad
vial, su enfoque es limitado. Se concentran en detectar exceso de velocidad,
sin abordar otros aspectos importantes del comportamiento al volante. En
conclusión, si bien estas tecnologías contribuyen a la seguri=
dad
en las carreteras, es crucial reconocer sus limitaciones. Un enfoque m&aacu=
te;s
integral podría ser necesario para mejorar efectivamente la seguridad
vial, considerando una gama más amplia de factores que influyen en la
conducción responsable. Siendo así que al momento de que se d=
eba
cumplir con la infracción cometida por la o el ciudadano, deber&aacu=
te;
cumplir con ciertos procedimientos, para que de esta manera no se viole el
derecho a la tutela judicial efectiva, debido proceso y la legalidad de nor=
mas
vigentes.
Palabras clave: contravención, defensa y
tránsito
Abstract
Firstly, traffic violations committed through photo-radar systems are
determined as one of the electronic methods formulated by the competent
authorities. Their autonomy is initially established by the TCE (Traffic
Control Entity), which, together with the local government authorities (
Keywords=
:
contravention, defense and traffic
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de LATAM Revista Latinoamericana de Ciencias Sociales y Humanidades,
publicado en este sitio está disponibles bajo Licencia <=
/span>Creative Commons.
Cómo citar: Vinueza
Pinto, M. A. (2024). La impugnación por infracciones de fotoradares y el derecho a la tutela judicial efectiv=
a. LATAM Revista Latinoamericana de Cienc=
ias
Sociales y Humanidades 5 (5), 2868 – 2880. https://doi.org/10.56712/<=
span
class=3DSpellE>latam.v5i5.2821
INTRODUCCIÓN
La investigación actual se centra en el
principio de proporcionalidad en la aplicación de multas. La base
bibliográfica utilizada para el desarrollo de este estudio proporcio=
na
una fundamentación sólida sobre la que se sustenta esta
investigación cualitativa. Entre los estudios relevantes para el
desarrollo de esta investigación se encuentran los siguientes:
El presente trabajo se lo analizará en
relación a la competencia de tránsito en las distintas provin=
cias
las cuales están encargadas la ANRCTTTSV=
de la
comisión de tránsito, mientras que otras se encuentra ejercida
por los Gobiernos Autónomos Descentralizados (en adelante GAD'S), entidades en la que ante el aumento de accide=
ntes
de tránsito por el exceso de velocidad, como uno de los medios de
prevención han realizado la contratación de fotoradares
por el índice alto de accidentes de tránsito causados por exc=
eso
de velocidad, siendo así la contratación de algunas empresas
así como Safety Enformwent Seguridad Via=
l S.A Safenforvia, entidad =
que se
encarga de la colocación de los fotoradares
que actualmente se encuentran en distintas ciudades con un debido
funcionamiento.
El objetivo de esta investigación es
examinar detalladamente los requisitos formales de las notificaciones y sus
efectos legales. La administración debe cumplir con ciertos requisit=
os
establecidos por la ley para garantizar la validez de las notificaciones.
Además, es esencial que se siga un proceso adecuado para no violar l=
os
derechos constitucionales.
En cuanto al estudio que regulará y har=
á
cumplir con la ley, está desarrollada mediante tecnologías de
información y de comunicación las cuales permiten la
implementación de mecanismos los cuales facilitan la posibilidad de
detectar, de modo automático, el cometimiento de una infracció=
;n,
siendo así de modo específico en materia de tránsito p=
or
exceder el límite de velocidad permitido.
Sin embargo dichos dispositivos sirven como
elementos de prueba los cuales deben cumplir una serie de requisitos
tecnológicos y específicos los cuales permitan en el instante=
de
generar la notificación de dicha infracción, se tenga la cert=
eza
suficiente para la determinación, del vehículo que ha pasado =
los
límites de velocidad, siendo así efectiva la
identificación de las placas de dicho vehículo que me
cometió dicha infracción, para los fines correspondientes a la
comisión de tránsito del Ecuador (en adelante CTE), dicha ent=
idad
que está utilizando los fotoradares para=
el
control de velocidades en las vías competentes, logrando reportes
sancionados por el exceso de velocidad.
Para la presente investigación se lo ha
realizado mediante un análisis descriptivo, enfocado en la parte
cualitativa, esto quiere decir que se ha realizado un análisis minuc=
ioso
de la realidad presentada por conductores en las vías los cuales se
encuentran transitando por la vías y avenidas a nivel nacional, en
cuanto a que la finalidad será ver las transformaciones de estructur=
as
relacionadas a la parte social y poder dar contestaciones al problema
planteado.
En cuanto a lo cualitativo, serán el
resultado de criterios en soporte al marco teórico planteado; en la =
que
se conocerá sobre las normativas aplicadas por parte de los GAD medi=
ante
artículos analizados los mismos que han sido resumidos para la elabo=
ración
investigativa.
Para comenzar, en relación a las
actuaciones de los registros de multas en cuanto a las infracciones de
tránsito (fotoradares), realizadas por l=
os
medios electrónicos implantadas por parte de las autoridades compete=
ntes
tales como son los GAD; siendo de importancia mencionar que dichas infracci=
ones
de entes de control deberán gestionarse en cada uno de ellos en
conformidad a su autonomía, cumpliendo requisitos distintos en
relación a cada una de las instituciones.
En un principio, la Comisión de
Tránsito del Ecuador (CTE) se encargó de la formación =
de
Agentes Civiles de Tránsito para los Gobiernos Autónomos
Descentralizados (en adelante GAD) y Mancomunidades. Cada GAD o Mancomunidad
gestiona el proceso de reclutamiento y selección de aspirantes. Una =
vez
seleccionados, los nombres de los candidatos se remiten a la Agencia Nacion=
al
de Tránsito (ANT) para que inicien el cu=
rso de
formación. Este curso se lleva a cabo siguiendo el "Programa pa=
ra
la Formación de Agentes Civiles de Tránsito" establecido=
por
la ANT.
Según menciona Jorge Alvarado, en su ob=
ra
define a la infracción de tránsito como, Las acciones u omisi=
ones
que, pudiendo y debiendo ser previstas, pero no requeridas por el agente, se
verifican por negligencia, imprudencia, impericia o por inobservancia de las
leyes, reglamentos y más disposiciones de tránsito, o de
órdenes legítimas de las autoridades y agentes a cargo de su
control y vigilancia. ´´ (Manuel, 2005)
La Comisión de Tránsito del Ecua=
dor
también ofrece la Escuela de Formación (=
EFOT)
para la capacitación de Agentes Civiles de Tránsito, en
colaboración con La Agencia Nacional de Tránsito del Ecuador =
(ANT) es responsable de regular y supervisar las activ=
idades
y operaciones relacionadas con el transporte terrestre, el tránsito =
y la
seguridad vial, asegurando el cumplimiento de las normativas legales y
técnicas correspondientes. La Dirección de Tránsito,
Transporte Terrestre y Seguridad Vial de una ciudad, como por ejemplo la de
Ambato, la responsabilidad de planificar, regular y supervisar las activida=
des
y operaciones relacionadas con el transporte terrestre, el tránsito =
y la
seguridad vial recae sobre las autoridades locales dentro de su
jurisdicción cantonal.
Según menciona Cabanellas Guillermo, de=
fine
a la infracción como la, “Transgresión, quebrantamiento,
violación incumplimiento de una ley pacto o tratado. De la
definición del tratadista, se desprenden dos tipos de actitudes y
sentimientos en la ciudadanía; por un lado, produce la percepci&oacu=
te;n
de una inequidad e injusticia, ya que la autoridad que impone el cumplimien=
to
al ciudadano común admite explícitamente que algunos no lo ha=
gan;
por otro lado, crea y fomenta una actitud de indisciplina y rechazo a la le=
y y
a la autoridad; en este momento el Estado de Derecho tiende a ser sustituido
por la ley de la selva y, en casos extremos, emerge la justicia por mano
propia, como ocurre en la colectividad indígena que aplican sus leyes
ancestrales que las han aplicado por sobre la ley común.´&acut=
e;
(GUILLERMO, 2008)
Una vez que se ha analizado la informaci&oacut=
e;n
se ha propuesto pautas teóricas y normativas para dichas aprobacione=
s de
actos administrativos las cuales tengan como objetivo central la
devolución de multas que han sido cobradas, en razón de perju=
icio
de derechos de las personas notificadas para que de esta manera se pueda ev=
itar
las vulneraciones de derecho a la defensa siendo así estos actos
administrativos siendo en los siguientes términos:
El derecho de los ciudadanos a la defensa
garantiza que las resoluciones emitidas por los poderes públicos deb=
en
estar debidamente motivadas. La falta de una justificación adecuada =
en
estas resoluciones dificulta la explicación y aplicación de l=
os
antecedentes pertinentes. Por ello, los actos administrativos, fallos y
resoluciones que no cuenten con una motivación suficiente será=
;n
considerados nulos, y los funcionarios responsables podrán enfrentar
sanciones´´.
Ha sido indispensable resaltarlo establecido e=
n el
mismo cuerpo legal en relación a la normativa en la que se ha
determinado los controles de tránsito y de la seguridad vial, la que=
ha
sido ejercida mediante autoridades de los gobiernos que están
constituidas dentro de la misma institución.
Los Gobiernos se encuentran direccionados en
relación a las competencias y las atribuciones las cuales se acogen
mediante el ejecutivo, hacia los distintos niveles de gobierno siendo la mi=
sma
de esencialidad de descentralización para que así tenga
resultados específicos y concretos.
La autonomía de los GADS
considerada como la libertad, en la que ha permitido a los gobiernos tener
actuaciones con independencia ya que está a sido una manera de emple=
ada
por un territorio para así autogobernarse, indicando así las
capacidades para la toma de decisiones sin ninguna consulta ni que se pueda
depender de nadie, es ´por cuanto que la autonomía está
dada mediante circunstancias, tendencias y mediante políticas de
gobierno de cada uno de los municipios.
El término de la autonomía es
entonces considerado como libertad de poder actuar con la independencia para
hacer lo que más ha convenido; en la cual está regulada tanto=
por
autonomía política, financiera y administrativa de cada uno de
los GAD, y de las regiones especificadas que se encuentran previstas en la =
CRE,
comprendiendo así capacidades y derechos efectivos según los =
niveles
de gobiernos para así poder regirse mediante normativas y de
órganos de los gobiernos propios según su territorio.
Se deberá tomar en consideración,
que el Ecuador tiene enfoques en aplicaciones tecnológicas, de manera
que detectan y sancionan las infracciones de tránsito; entre los
principales puntos de vista y los debates en torno al tema están
clasificados de la siguiente manera:
El uso de los <=
span
class=3DSpellE>Fotoradares
Justificaci&oac=
ute;n: Las instalacio=
nes
de los fotoradares, está basado en las
necesidades, en seguridad vial y controles de tránsito; los disposit=
ivos
electrónicos son los encargados de capturar la velocidad de los
vehículos en relación al rango moderado, y de más
violaciones de tránsito, facilitando mediante esta aplicación
sanciones efectivas.
Según menciona Arguello Luz Karim, en su
trabajo de investigación establece que se concluye que el documento =
que
emite la foto radar, es una prueba fehaciente al momento de juzgar las
contravenciones por el exceso de velocidad fuera del rango moderado; se pue=
de
identificar que el documento que emite el foto radar es el medio por el cual
los agentes de tránsito demuestran su actuación y lo presenta=
n en
la audiencia de juzgamiento, judicializando y poniendo en consideraci&oacut=
e;n
a la parte demandada.´´(pag36) (Ros,
2014)
Limitaciones
Legales
Problemática: Las notificaciones de las
infracciones de tránsito que han sido detectadas por fotoradares
son desafíos, especialmente a la no existencia de Agentes de control;
mediante ha que los medios tecnológicos deberán ser debidamen=
te
utilizados para las respectivas notificaciones a quien esté cometien=
do
la infracción de modo efectiva.
Efectos
Jurídicos y Prescripción
La
Prescripción de Infracciones
Las notificaciones que se han realizado median=
te
las infracciones por foto radares no ha garantiz=
ado el
derecho de las personas a acceder a una defensa adecuada implica que puedan
presentar argumentos respaldados. Sin embargo, a menudo las notificaciones =
se
emiten de manera espontánea en relación con una presunta
infracción, lo que lleva a las personas a intentar hacer uso de la
prescripción de la acción. Los medios electrónicos, en
estos casos, no pueden reemplazar la notificación legal adecuada, ya=
que
no garantizan los plazos necesarios para la debida verificación y la
impugnación correspondiente siendo así fatales y no pudiendo =
ser
representado dicha impugnación, ya que muchas de las veces se tiene
conocimiento de dicha infracción en el momento de la matriculaci&oac=
ute;n
del vehículo o en la renovación de la licencia, siendo as&iac=
ute;
notificaciones ocultas ocasionando perjuicios a la ciudadanía.
El Derecho a la
Defensa
Cueva Carrión (2013), el derecho de def=
ensa
es aquel que asiste a todo demandado, imputado o acusado, y al defensor, pa=
ra
comparecer al juicio, en todas las etapas del proceso y en sus instancias, =
para
articular en forma libre la prueba, los alegatos y las impugnaciones necesa=
rias
hasta obtener la justicia. (…) se materializa mediante la libre actua=
ción
de las partes en el proceso. (Cueva,2013,58)
Impugnaci&oacut=
e;n
de Multas:
Se ha determinado que el debido proceso es el conjunto de derechos y
garantías constitucionales que aseguran la protección adecuad=
a en
los procedimientos legales, tanto penales como no penales. Este principio es
fundamental para salvaguardar la justicia y la equidad en todos los procesos
legales., permitiendo evitar una violación a derechos de los ciudada=
nos
y asegurando al mismo tiempo que las personas puedan defenderse fáci=
lmente
de cualquier extralimitación en la aplicación de la ley.
Homologaci&oacu=
te;n
y Calibración
Guillermo Cabanellas, en su trabajo de
investigación define el término homologación: “De
acuerdo con su etimología griega, aprobación, consentimiento,
rectificación; Confirmación judicial de determinados actos de=
las
partes, para la debida constancia y eficacia. ´´ (G, 1998)
Proceso de
Homologación y Calibración: el término homologación =
como
la rectificación o aprobación de algo, en la que se ha referi=
do
exclusivamente a dispositivos electrónicos los cuales deberán
estar aprobados por las entidades correspondiente a la ANT,
siendo así una de las aprobaciones que la autoridad administrativa,
judicial y competente ha otorgado en determinados actos o convenios que han
sido acordados entre las partes. Considerando así que la
homologación y dichos dispositivos electrónicos, han disminui=
do
márgenes de error en la que se multan los radares siendo así =
uno
de los temas controvertidos, ya que parte de este el velocímetro de =
los
vehículos siendo que no siempre marca la velocidad exacta en
circulación en el que dicho margen depende del modelo y de la unidad=
que
porte cada uno de los vehículos.
Sistema de Just=
icia
Los Gobiernos Autónomos Descentralizados
(GAD) y la Agencia Nacional de Tránsito, en su preocupación p=
or
la seguridad de las vidas humanas, han implementado diversas estrategias y
acciones para reducir los accidentes de tránsito en las carreteras d=
el
país. Entre estas, se ha iniciado un proceso de capacitación
sobre el uso de fotoradares para La seguridad v=
ial
está dirigida tanto a los servidores policiales de tránsito c=
omo
a los directores provinciales de la Agencia Nacional de Tránsito (ANT).En cuanto a los operativos y los fot-radares
de control deberán ser de carácter permanente en las distintas
carreteras del país, por autoridades de tránsito, por altos
índices de accidentes que han sido registrados anualmente; en lo que=
los
ciudadanos como acciones legales en cuanto a delitos y contravenciones de
tránsito cometidas en un lugar preciso donde se comete la
contravención o en domicilio de la supuesta persona infractora ante =
la
Unidad Judicial de Tránsito Competente.
Quinchuela C, en su trabajo de investigació=
;n
establece que las contravenciones se producen al igual que los delitos por =
cuatro
formas de culpa fundamental como son la negligencia, imprudencia, impericia=
e
inobservancia de las Leyes y Reglamentos; sin embargo, debemos señal=
ar
que las contravenciones de tránsito por su naturaleza tienen sus pro=
pias
características tanto en la comisión cuanto en su juzgamiento=
y
no es la pena “peculiar. ´´ (C, 2014)
En cuanto al objetivo es dar la importancia
necesaria a los ciudadanos, en el caso de que sean resultado de víct=
imas
o infractor en la que como la situación sea ágil, y oportuna
garantizando así la lucha contra la impunidad; en la que, mediante la
respectiva impugnación, los infractores podrán asistir a la
Unidad Judicial de tránsito, presentando la debida documentaci&oacut=
e;n
en razón de apelar, cumpliendo así con un debido proceso en la
que como objeto es que el o la juzgadora convoque al agente civil y a la
persona infractora a audiencia de juzgamiento, en la cual determinara el es=
tado
de inocencia o la responsabilidad mediante resolución.
Presunció=
;n
de Inocencia
La Constitución de la República =
del
Ecuador (en adelante CRE 2008), a emanado mediante la Asamblea Nacional
Constituyente, lo cual se sesionó entre el año 2007 y 2008, e=
n la
que se sometió a referéndum aprobada con los 63,93% de votos
válidos, cuya entrada en vigor fue con fecha 20 de octubre del
año 2008 en la cual se envió a referéndum la
presunción de inocencia mismo que se encuentra estipulado en el:
Según la CRE, establece que en todo pro=
ceso
en el que se determinen derechos y obligaciones de cualquier orden, se
asegurará el derecho al debido proceso que incluirá las
siguientes garantías básicas: 2. Se presumirá la inoce=
ncia
de toda persona, y será tratada como tal, mientras no se declare su
responsabilidad mediante resolución firme o sentencia ejecutoriada, =
en
su num.2 del Art. 76. (CONSTITUCIÓN DE LA
REPÚBLICA DEL ECUADOR, 2008)
El Derecho a la presunción de inocencia=
, ha
sido reconocida como uno de los derechos de toda persona quien ha sido acus=
ada
de una infracción o de un delito de juicios públicos, en la q=
ue
se haya asegurado el Convenio de Roma que ha establecido el derecho a la
defensa como una garantía esencial, asegurando así las
condiciones necesarias para una defensa adecuada o al que las personas sean
asistidas por un defensor público o privado, siempre que los interes=
es
de justicia así lo exijan.
El principio universal de la Presunción=
de
inocencia ha sido reconocido en el Ecuador mediante normas jerárquic=
as,
superiores y más aún las que han =
sido
desarrolladas por las leyes especializadas en materia de Tránsito y
Penal, atribuyéndole total vigencia y aplicabilidad de la norma en l=
os
organismos de la administración de justicia.
En caso de que no se ha podido determinado la
responsabilidad de las personas que presuntamente sean infractoras, hasta q=
ue
exista plena convicción de los hechos suscitados, es por cuanto que =
se
ha de determinar la presunción de inocencia hasta que el exista una
sanción o inocencia mediante sentencia ejecutoriada.
Es así que se ha de constituir la
máxima garantía de imputado siendo o así un pilar de g=
ran
importancia en el proceso penal acusatorio en la que se ha permitido a las
personas el conservar el estado de NO AUTOR, en la que no se ha visto exped=
ida
una resolución que esté firme y ejecutoriada; siendo as&iacut=
e;
afirmaciones en la que toda persona es inocente mientras que no se la decla=
re
judicialmente responsabilidades, significando así la presunció=
;n
de inocencia como aquello por lo que nadie tendrá que demostrar la
inocencia en la que solamente sea una sentencia declarada su culpabilidad q=
ue
será jurídicamente construida adquiriendo así grado de
certeza.
Derecho a la
Defensa
El derecho a la defensa se ha considerado esen=
cial
en los distintos procedimientos judiciales, conjuntamente con las
garantías, permitiendo que tengan funcionalidad; es por cuanto que n=
o se
ha podido mantener conforme al nivel de las demás garantías
procesales, si no que más bien hay la existencia de vulneració=
;n
ante las garantías de las personas.
En la actualidad la realidad judicial est&aacu=
te;
evidenciado por varios vacíos jurídicos, en la que se ha deja=
do
en indefensión las contravenciones de tránsito, generalmente =
se
da por la razón de tiempo, a la existencia de facultades de
impugnación mediante tiempos establecidos tiene como resultado ef&ia=
cute;mero[1] para el ejercicio de una adecuada defe=
nsa
legal.
El acceso a la justicia debería orienta=
rse
a la protección efectiva de derechos los cuales implican y ponen en
juego los procesos en relación a los justiciables; en razón de
que las decisiones tengan resultados justos y razonable mediante los
fundamentos y tengan congruencia, de sentido debería existir relacio=
nes
concordantes entre los argumentos de derechos y normas aplicables y a hechos
que se engloban en la norma.
Según el COIP
establece que, la persona citada podrá impugnar la boleta de
tránsito, dentro del término de tres días contados a
partir de la citación, para lo cual el impugnante presentará =
la
copia de la boleta de citación ante la o el juzgador de contravencio=
nes
de tránsito, quien juzgará sumariamente en una sola audiencia
convocada para el efecto en donde se le dará a la o al infractor el
legítimo derecho a la defensa, en su art.- 644. (CÓDIGO
ORGÁNICO INTEGRAL PENAL, 2014)
En consecuencia, los presuntos contraventores
tienen el término de tres (3) días para poder impugnar un
supuesto cometimiento de contravención a esto surgen interrogantes e=
n lo
se interroga ¿Qué situaciones se dan para aquellas
contravenciones, que han sido presentadas sin alguna notificación
anticipada, tales como se han dado en casos del exceso de límites de
velocidad que han sido impuesta por los fotoradares?
Tutela Judicial
Efectiva
Según el COFJ,
nos manifiestas sobre el principio de tutela judicial efectiva de los derec=
hos
“La Función Judicial, por intermedio de las juezas y jueces, t=
iene
el deber fundamental de garantizar la tutela judicial efectiva de los derec=
hos
declarados en la Constitución y en los instrumentos internacionales =
de
derechos humanos o establecidos en las leyes, cuando sean reclamados por sus
titulares o quienes invoquen esa calidad, cualquiera sea la materia, el der=
echo
o la garantía exigido. Deberán resolver siempre las pretensio=
nes
y excepciones que hayan deducido los litigantes sobre la única base =
de
la Constitución, los instrumentos internacionales de derechos humano=
s, los
instrumentos internacionales ratificados por el Estado, la ley, y los
méritos del proceso, en su artículo 23.&a=
cute;´
(Código Orgánico de la Función Judicial, 2009)
En relación a la tutela judicial efectiva se ha considerado =
como
uno de los derechos fundamentales de protección y defensa de todas l=
as
personas, ya sea que tengan capacidad o no, en la que se ha ido en contra d=
e la
injerencia[2] de extraños es así que en
legalidades al poder público en ámbitos jurídicos; es =
por
cuanto que no se tratara de la protección de los derechos fundamenta=
les,
sino que más bien de cualquiera de los derechos, ya que al hacer
alusión al Derecho se entiende como fundamental de los entes
personalistas reconocidos en la exigencia de la tutela judicial de manera q=
ue
ningún derecho se vea amenazado con vulneración o lesió=
;n.
La definición que se ha dado a la tutela judicial efectiva s=
on
distintas, entre uno de los ejemplos está la obra “Nuevo Derec=
ho
Ecuatoriano”, lo cual ha señalado que la Corte Constitucional
entiende a este derecho como uno de los elementos sustanciales que ha permi=
tido
la viabilidad de todos los derechos constitucionales; por lo antes
señalado se conoce que a Corte Constitucional es el máximo
órgano encargado del control, la interpretación constituciona=
l y
la administración de justicia, según lo establecido en el
artículo 429 de la Constitución de la República del
Ecuador (CRE). Esta corte ejerce jurisdicción a nivel nacional y tie=
ne
su sede en la ciudad de Quito. Las decisiones relativas a sus atribuciones
constitucionales son adoptadas por el pleno de la Corte.
La Corte Constitucional es el órgano supremo para el control=
, la
interpretación constitucional y la administración de justicia=
en
esta área. Tiene jurisdicción a nivel nacional y su sede se
encuentra en la ciudad de Quito.
Por cuanto a que la Norma Constitucional
está reconociendo Derechos de todos los ciudadanos frente a la tutela
judicial efectiva para la acción de derechos y de sus ventajas
legítimos, de manera que no pueda existir algún tipo de
indefensión, con relación a los derechos comprendidos en el
acceso a la tutela judicial efectiva así a modo el de obtener
resoluciones con motivación en relación al Derecho, sin los
intereses de favorabilidad o desfavorabilidad a
pretensiones y en la ejecución de lo que se juzgara.
Para una mejor comprensión en el
procedimiento dado al presente tema en la legislación ecuatoriana, se
debería empezar hacer una síntesis sobre las causas, en cuant=
o a
que la persona accionante sea quien demande a la AMT=
span>
a falta de la notificación y en los tiempos de la supuesta
contravención cometida que estén pesando sobre un
vehículo, con la mera pretensión de cobrar la respectiva mult=
a no
teniendo conocimiento, a pesar que en la institución existe el regis=
tro
de correos electrónicos, aduciendo así el accionante la
volatilidad el principio constitucional del debido derecho a la defensa
así mismo como es a la tutela judicial efectiva, es por cuanto que
frente a estas vulneración de los derecho de acción se han im=
puesto
al recurso de apelación.
Impugnaci&oacut=
e;n
de Tránsito
Al hacer relación a las contravenciones=
de
tránsito, posee una instancia ante la o el juzgador de tránsi=
to
los cuales al privarse de libertad a un ciudadano se podrá apelar a =
la
Corte Provincial.
Según el COIP,
las contravenciones penales, de tránsito e infracciones y contra los
derechos de las personas usuarias y consumidoras y otros agentes del mercado
serán susceptibles de procedimiento expedito. El procedimiento se
desarrollará en una sola audiencia ante la o el juzgador competente,=
la
cual se regirá por las reglas generales previstas en este Cód=
igo.
En la audiencia, la víctima y el denunciado si corresponde,
podrán llegar a una conciliación, salvo el caso de violencia
contra la mujer o miembros del núcleo familiar. El acuerdo se
pondrá en conocimiento de la o el juzgador para que ponga fin al
proceso, en su artículo 641. (CÓDIGO ORGÁNICO INTEGRAL
PENAL, 2014)
Al analizar detenidamente la normativa, se ha
observado que antes de iniciar el proceso de impugnación, es necesar=
io presentar
una solicitud para la reducción de la multa. Esta reducción
está disponible para quienes cumplan con el pago correspondiente y
satisfagan los requisitos, que incluye la realización y
presentación de la norma en curso. Además, es importante tene=
r en
cuenta que, si el pago se efectúa dentro de los cinco días, se
podrá abonar el 50% del monto total de la multa. En caso de cancelar
dentro de los veinte días hábiles, se podrá abonar el =
25%
del monto adeudado.
Según la Ley de Tránsito estable=
ce
que en las contravenciones podrán ser también detectadas y
notificadas por medios electrónicos y tecnológicos en los
términos establecidos para tal efecto en el Reglamento en caso de
impugnación de la contravención, el impugnante presentar&aacu=
te;
la copia de la boleta de citación ante el Juez o la autoridad
competente. El original de la boleta con el parte correspondiente, ser&aacu=
te;
elevado al Juez de Contravenciones o a la autoridad competente, quien
juzgará sumariamente en una sola Audiencia convocada para el efecto =
en
donde se le dará al contraventor el legítimo derecho a la
defensa, e impondrá las sanciones que correspondan, en su inc. 2 del
art.- 179.´´ (Justicia, 2017)
Con relación a las boletas de
citación en las que no se hayan impugnado en el término
establecido en la ley, será entendida como aceptada por voluntad por
parte de la persona infractora, en las que las multas deberán ser
debidamente cumplidas en las oficinas pertenecientes a cada uno de los GAD
según sea su circunscripción, así como en los
órganos de tránsito o a su vez en cualquier entidad financiera
siempre y cuando se encuentre autorizada.
Mediante este cumplimiento, el tema a abordar =
por
medio de la impugnación es la obtención de una sentencia en la
que la o el juzgador no podrá oponerse a un recurso alguno, por cuan=
to
que con inmediatez se notificará a los órganos competentes de
tránsito según corresponda su jurisdicción, en la que =
las
aceptaciones de voluntariedad de cometimiento de la infracción no se=
rán
eximirá de alguna perdida del punto de su licencia, según
corresponda a la infracción cometida.
Quienes estén ejerciendo el derecho a la
impugnación se enfoque a que el juzgado o tribunal revele la
decisión en sentencia y de mejore la situación, en
relación a que la apelación no posee efectos el perjuicio del
apelante, si no que más bien se volverá a tener conocimiento =
del
problema con el solo fin de brindar soluciones más adecuadas y justas
para el impugnante en instancias anteriores.
Notificaciones =
Corte Nacional de Justicia (2017), en su traba=
jo
de investigación establece que la notificación es una
acción formal que realiza un funcionario público para comunic=
ar a
un destinatario o infractor una resolución administrativa o legal
respecto a sus derechos o intereses, con el objetivo de que cumpla con lo e=
stipulado
de manera inmediata o en su defecto apele a dicha decisión. (Corte
Nacional de Justicia,2017,28)
Según la Ley establece que, en las
contravenciones, los agentes de tránsito entregarán personalm=
ente
al responsable de la comisión de la contravención, copia de la
boleta correspondiente, en la cual se señalará la
contravención, el nombre y número de cédula del conduc=
tor
del vehículo, o de no poder establecerse la identidad del conduct0or el número de placas del vehí=
culo.
En caso de que no se pueda entregar la boleta personalmente, ésta de=
ser
posible se remitirá al domicilio del propietario del vehículo=
en
un plazo no mayor de setenta y dos horas contados desde la fecha en que fue
cometida la infracción. Dicha boleta llevará impreso el detal=
le
de la contravención y la advertencia de las sanciones correspondient=
es
que para ella prevé la Ley, en su art. – 179. (Justicia, 2017)=
A la existencia de los sitios de estrategia, h=
ay
dispositivos electrónicos que están garantizando el debido
cumplimiento de las normativas de tránsito en la que si un
vehículo resulta sancionado mediante las fotomu=
ltas
el propietario del vehículo podrá acceder a los videos y
fotografías para el debido procedimiento en acciones de tráns=
ito.
El Pleno de la Corte Constitucional dio un pro=
nunciamiento
en razón a la constitucionalidad de la norma que está regulan=
do
las notificaciones en relación a las contravenciones de tráns=
ito
que han sido detectadas por los medios tecnológicos , en las cuales =
no
se ha podido identificar con claridad a quien conduce el vehículo; e=
ste
organismo ha efectuado interpretaciones de disposición para el
aseguramiento del pleno ejercicio de su derecho a la defensa de quienes sean
involucrados en dichas infracciones de tránsito según sea su
naturaleza.
Las sanciones que sean captadas mediante los
medios electrónicos, son validadas por parte de la ANT,
las cuales serán notificadas mediante el correo electrónico
asignado, celular o mediante la dirección del domicilio que ha sido
registrada.
Hay que tomar en consideración que la
persona infractora tiene el plazo de tres (3) días, a partir de ser
notificado para la respectiva impugnación de la contravención
ante la o el juez competente de tránsito, los cuales están
determinados por la ley, seguidamente a que la o el juzgador concede el
término de tres (3) días de prueba para emitir en audiencia en
caso de que la resolución de la impugnación sea favorable par=
a el
usuario, este deberá presentar una copia certificada de la sentencia
para proceder conforme a lo establecido con ratificación de inocencia
dirigida a la ANT para la respectiva
eliminación de la multa.
Eficacia Probat=
oria
La normativa ha exigido que para que dicha
información emitida por un fotoradar pos=
ea
carácter de dedo de prueba, dichos dispositivos deberán estar
debidamente CALIBRADOS; de manera que la importancia de los medios de prueb=
a de
validación es la otorgación con certeza, situaciones por las =
que
no ocurre cuando dicho medio de prueba es flagrantemente o compuesto o
deficiente a lo que ha requerido la norma.
Ecuador es un Estado constitucional de derecho=
s y
justicia, cuyo principio fundamental es la seguridad jurídica.,
principio que busca las existencia de reglas claras para el debido
desenvolvimiento dentro de la sociedad; para un ejemplo más claro en
cuanto a este principio se podrá estar tranquilo en razón de =
la
presentación de la demanda o si se ha matriculado el vehículo
dentro de los términos correspondientes, el agente de tránsit=
o no
tendrá la facultad de multar a falta de la matrícula, la
existencia de normativas claras y específicas que regulan diversas
situaciones busca prevenir arbitrariedades y evitar el abuso de autoridad. =
La elaboración de un proyecto de ley pa=
ra
reformar la LOTTTSV, específicamente en =
lo que
respecta a los límites de velocidad, debe contemplar la detecci&oacu=
te;n
de infracciones de tránsito a través de tecnologías
avanzadas. Este proyecto debería incluir mecanismos de
notificación adecuados para garantizar que los ciudadanos puedan eje=
rcer
su derecho a la defensa, asegurando así el cumplimiento efectivo de =
la
ley. De esta manera, se refuerza el compromiso del Estado con los principios
constitucionales de derechos y justicia, en concordancia con los
estándares de la CRE.
En las respectivas audiencias será de g=
ran
requerimiento la presencia de la supuesta persona infractora, así co=
mo
de quien ha realizado la respectiva citación, en cuanto a que median=
te
esto los criterios, la presencia, los alegatos y pruebas presentados pueden=
ser
objeto de controversia durante la audiencia, con el propósito de
orientar al juez o jueza en la resolución que se deberá emiti=
r.
La revisión del CO=
IP
establece que el juez puede dar por concluido el proceso sin llegar a la
audiencia, permitiendo así que la persona infractora pueda ejercer su
derecho a defenderse contra la presunta contravención
La presente investigación ha sido
identificar el debido proceso en cuánto se encuentra estipulado en la
constitución, siendo una de las garantías que permite a los i=
ndividuos
ser escuchado dentro de los procesos, por cuánto es de importancia la
existencia de notificaciones lo cual permitan alcanzar la veracidad en la
defensa, en lo que se ha considerado como uno de los elementos esenciales e=
n el
derecho, a través de implementación de medios tecnológ=
icos
en los que se ha logrado determinar la existencia de disminución de =
los
accidentes de tránsito en lo que ha beneficiado directamente a la
ciudadanía y a la seguridad vial, sin embargo hay que tomar en
consideración que se ha vulnerado los derechos constitucionales ya q=
ue
los sistemas no han sido actualizados o tienen problemas para emitir la
respectiva notificación por la presunta infracción.
En la presente investigación, se
examinarán las jurisdicciones de transporte en las distintas provinc=
ias.
Estas están bajo la responsabilidad de la Comisión de Transpo=
rte,
que actúa como regulador nacional del transporte terrestre,
tránsito y seguridad vial, mientras que el resto está a cargo=
de los
gobiernos locales. Dado el aumento de accidentes de tráfico causados=
por
el exceso de velocidad, se ha adoptado el uso de fotor=
adares
como método de prevención, mediante la empresa Enformwent Seguridad Vial S.A. S=
afenforvia,
encargada de la instalación de estos radares, firmó el contra=
to para
su implementación en varias ciudades.
Es fundamental destacar que, además de =
lo
detallado extensamente en esta investigación, la tutela judicial
efectiva es un derecho fundamental de todas las personas, que garantiza el
acceso a la justicia y la protección efectiva de sus derechos y
garantías. La efectividad en el acceso a la justicia se considera un=
o de
los requisitos esenciales en el sistema legal, destinado a asegurar la
protección de los derechos humanos y constitucionales.
Finalmente, los aspectos más relevantes=
en
relación con la notificación de tránsito por fotoradares y la tutela judicial efectiva han sido ob=
jeto
de un estudio sobre la legalidad de las notificaciones electrónicas.=
Los
fallos en la identificación de los sistemas han impactado en la defe=
nsa
de los infractores. Además, se ha identificado una carencia en la
inclusión de normas que aseguren que todos los ciudadanos reciban una
notificación legal y adecuada en casos de contravenciones de
tránsito.
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Tránsito ecuatoriana. En Q. C, Observaciones a la Ley deTransito ecuatoriana (pág. 38). Quito.
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span
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Todo=
el
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.
[1] La palabra efímer=
o proviene del
vocablo griego, en la que se lo ha definido como <<de un
día>>, lo cual ha permitido una breve duración, en la q=
ue
se considera a la poca vida o a su vez al poco tiempo.
[2] La injerencia hace
alusión a las conductas anteriores de las que con anterioridad son
resultado de imprudencias o son fortuitas poniendo en peligro bienes
jurídicos omitiendo así salvarlo de algún tipo de peli=
gro
creado por él.
LATAM
Revista Latinoamericana de Ciencias Sociales y Humanidades, Asunción,
Paraguay.