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DOI: https://doi.org/10.56712/latam.v6i5.4844
Identidad dinámica en procesos de impugnación de
paternidad: fundamentos jurídicos para su prevalencia en mayores de =
edad
Dynamic ident=
ity
in paternity contestation proceedings: legal grounds for its prevalence in
adults
Hugo Berly Castro Alva[1]
hberlyca@gmail.com
https://orcid.org/0009-0009-6749-7801
Universidad
Nacional de Trujillo
Trujillo
– Perú
Artículo recibido: 17 de julio de 2025. Aceptado para
publicación: 18 de noviembre de 2025.
Conflictos
de Interés: Ninguno que declarar.
Resumen
El autor examinó los fundamentos jurídicos que justif=
ican
la prevalencia de la identidad dinámica frente a la identidad
estática en los mayores de edad dentro de los procesos judiciales de
impugnación de paternidad. El estudio parte de la premisa de que el
derecho a la identidad constituye una categoría integral que no puede
limitarse únicamente a los aspectos biológicos y registrales,
sino que debe comprender también las dimensiones sociales, culturale=
s y
personales que conforman la trayectoria vital de cada individuo. La
hipótesis sostiene que el reconocimiento de la identidad diná=
mica
encuentra respaldo en dos ejes principales: la integralidad del derecho a la
identidad y la garantía constitucional del libre desarrollo de la
personalidad. A partir de estos principios, se propone que las decisiones
judiciales en controversias de filiación deben atender no solo a la
verdad genética, sino también a la libertad de los sujetos
adultos de definir su propia identidad. Para arribar a estas conclusiones, =
la
investigación empleó métodos de análisis
doctrinario, exegético y comparado, además de entrevistas
realizadas a magistrados y docentes universitarios especializados en derech=
o de
familia. Los resultados evidencian que, si bien la normativa nacional ha
privilegiado la dimensión estática de la identidad, la
jurisprudencia y la doctrina contemporánea han avanzado en la
consolidación de la dimensión dinámica, especialmente =
al
vincularla con el proyecto de vida y la autonomía personal. El autor
finalmente sostiene la necesidad de incorporar una reforma legislativa que
reconozca expresamente esta prevalencia, a fin de superar los vacíos
normativos que generan decisiones contradictorias en sede judicial. Con ell=
o se
contribuiría a una justicia más coherente y ajustada a los
valores modernos de dignidad, libertad y autonomía de las personas
adultas.
Palabras clave: derecho a la
identidad, identidad dinámica, libre desarrollo de la personalidad,
impugnación de paternidad, autonomía personal
Abstract
The author examined the legal grounds that justify the prevalence of
dynamic identity over static identity among adults in judicial proceedings
challenging paternity. The study is based on the premise that the right to
identity constitutes a comprehensive category that cannot be limited solely=
to
biological and registry aspects, but must also encompass the social, cultur=
al,
and personal dimensions that shape each individual's life trajectory. The
hypothesis holds that the recognition of dynamic identity is supported by t=
wo
main pillars: the comprehensiveness of the right to identity and the
constitutional guarantee of the free development of personality. Based on t=
hese
principles, it is proposed that judicial decisions in paternity disputes sh=
ould
consider not only genetic truth but also the freedom of adult subjects to
define their own identity. To arrive at these conclusions, the research
employed doctrinal, exegetical, and comparative analysis methods, in additi=
on
to interviews with judges and university professors specializing in family =
law.
The results show that, while national legislation has privileged the static
dimension of identity, contemporary jurisprudence and doctrine have made
progress in consolidating the dynamic dimension, especially by linking it to
life plans and personal autonomy. Finally, the author argues for the need to
incorporate legislative reform that expressly recognizes this prevalence in
order to overcome the regulatory gaps that generate contradictory decisions=
in
court. This would contribute to a more coherent justice system aligned with=
the
modern values of dignity, freedom, and autonomy of adults.
Keywords: right to identi=
ty,
dynamic identity, free development of personality, contestation of paternit=
y,
personal autonomy
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Ciencias Sociales y Humanidades, publicado en este sitio está
disponibles bajo Licencia Creative Commons.
Cómo citar: Castro Alva, H. B. (2025). Identid=
ad
dinámica en procesos de impugnación de paternidad: fundamentos
jurídicos para su prevalencia en mayores de edad. LATAM Revista Latinoamericana de Ciencias Sociales y Humanidades 6 =
(5),
3632 – 3643. https://doi.org/10.56712/latam.v6i5=
.4844
INTRODUCCIÓN
Este trabajo de investigación se propuso
identificar los fundamentos jurídicos que permiten sostener la
primacía de la identidad dinámica sobre la identidad
estática en los procesos judiciales de impugnación de paterni=
dad
cuando intervienen personas mayores de edad. Para alcanzar este objetivo, se
llevó a cabo un análisis de la doctrina especializada m&aacut=
e;s
influyente, se revisaron diversas orientaciones jurisprudenciales y se
complementa la información con entrevistas dirigidas a magistrados y=
docentes
universitarios, lo que permitió contrastar las perspectivas
teóricas con la experiencia práctica de operadores del derech=
o.
Desde sus orígenes, el Derecho ha busca=
do
reconocer a la persona no solo como titular de derechos, sino también
como responsable dentro de una comunidad. Como explica Corvetto
(1988), este entramado conceptual en torno a la persona —sea natural o
jurídica— está íntimamente ligado a la tutela
estatal que reconoce sus derechos y a las obligaciones que de ellos se deri=
van.
La expresión más acabada de este postulado es la noció=
n de
identidad, entendida como la suma de elementos biológicos,
psíquicos, culturales y sociales que definen a cada individuo. Con el
tiempo, doctrina y jurisprudencia han consolidado esta idea,
incorporándose a instrumentos internacionales, constituciones y
códigos civiles que detallan los alcances y responsabilidades deriva=
dos
de este derecho.
El desarrollo científico y
tecnológico, tal como señala Rubí=
as
(2001), ha contribuido a afianzar estas concepciones jurídicas, pero
también ha tenido que adaptarse a los marcos regulatorios preexisten=
tes
para hacer viable la relación sujeto̵=
1;derecho.
Actualmente, la doctrina reconoce de manera pacífica el derecho a la
identidad como aquel que asegura a cada persona ser reconocida en su
singularidad, tal como lo sostiene Varsi (2013)=
. En
nuestro ordenamiento, esta garantía se encuentra expresamente recogi=
da
en el artículo 2, inciso 1 de la Constitución, que protege la
vida, la identidad y el libre desarrollo de la persona, en armonía c=
on
el principio de dignidad humana.
La identidad, sin embargo, no se reduce a una =
sola
dimensión. En el plano jurídico se reconocen dos vertientes: =
la
estática, vinculada a rasgos biológicos permanentes (como la
filiación, el código genético o el nombre), y la
dinámica, referida al proceso de maduración de la personalida=
d y
a elementos variables como creencias, convicciones morales, posturas
ideológicas o identidad cultural (Sessarego,
2007). De allí que el derecho a la identidad no solo se traduzca en =
un
dato biológico, sino también en un componente esencial del
proyecto de vida y de la libertad individual.
Como subraya Moster&iacut=
e;n
(2014), las normas jurídicas sólo cobran pleno sentido cuando
responden a una finalidad comunitaria concreta, lo que explica por qu&eacut=
e;
el derecho a la identidad ha ido ampliando su alcance, en especial en
relación con los menores de edad. A ellos se les reconoció de=
sde
un inicio la posibilidad de accionar judicialmente en procesos de
filiación, asegurando que su individualidad quedará protegida=
. La
impugnación de la paternidad, en este contexto, se configura como un
derecho que asiste a quienes buscan el reconocimiento de la verdad
biológica frente a una filiación atribuida a un tercero.
La jurisprudencia ha sido especialmente
prolífica en esta materia. Casos como la Casación N.º
950-2016 (Arequipa) han resaltado la necesidad de una protección
integral del derecho a la identidad, mientras que la Casación N.&ord=
m;
1870-2014 (La Libertad) lo definió como el derecho a ser reconocido
estrictamente conforme a lo que una persona es, tanto en su dimensión
objetiva como en sus aspectos subjetivos y culturales. Asimismo, la
Casación N.º 3797-2012 estableció límites frente a
las impugnaciones de paternidad que pudieran afectar negativamente la ident=
idad
de un menor, privilegiando siempre su desarrollo integral.
En todos estos pronunciamientos aparece como e=
je
central el interés superior del niño, que exige a jueces y
autoridades garantizar de manera prioritaria la vigencia plena de los derec=
hos
de los menores, incluso por encima de formalismos procesales (Sipán,
2017). Sin embargo, la presente investigación no se ocupa de los
niños y adolescentes, sino de los mayores de edad, quienes
también gozan de protección jurídica y merecen que se
analice con igual rigor el peso que debe otorgarse a la identidad
dinámica frente a la verdad biológica en los procesos de
impugnación de paternidad.
La importancia del presente trabajo radica en =
que
aborda un vacío jurídico y práctico aún poco
explorado en el derecho de familia: la determinación de la prevalenc=
ia
de la identidad dinámica en los mayores de edad dentro de los proces=
os
de impugnación de paternidad. Si bien la normativa y la jurisprudenc=
ia
nacional han prestado especial atención a la protección de los
menores bajo el principio del interés superior del niño, el
tratamiento de los adultos ha quedado relegado a interpretaciones dispersas=
y,
en muchos casos, contradictorias.
En cuanto a los antecedentes, diversas
investigaciones académicas han abordado el derecho a la identidad de=
sde
perspectivas comparadas y nacionales, aportando un marco conceptual y
jurisprudencial que enriquece el presente estudio.
En el contexto internacional, Fernández
Echegaray (2016) elaboró una investigación doctoral centrada =
en
el análisis del derecho a conocer los orígenes biológi=
cos
y genéticos en las distintas formas de maternidad. Su estudio parte =
de
un minucioso examen de la normativa española y pone en evidencia las
limitaciones históricas de este ordenamiento en relación con =
el
reconocimiento expreso e individualizado del derecho a la identidad. Hasta =
hace
poco, las disposiciones legales se limitaban a reconocer de manera general =
los
derechos del menor, recurriendo con frecuencia a tratados y convenios
internacionales como fuente de respaldo. Además, la legislació=
;n
española se había centrado principalmente en el derecho al no=
mbre
y en la normativa registral, lo que dejaba de lado el reconocimiento integr=
al
de la identidad en sus múltiples dimensiones. La autora propone, en
consecuencia, la necesidad de robustecer el marco jurídico con
vías legales que garanticen una protección efectiva de este
derecho en todos sus componentes, tanto biológicos como sociales y
culturales.
Por otra parte, Valdivieso (2021) abordó=
; en
su proyecto de investigación la Resolución n.°
144-2018 emitida por la Corte Nacional de Justicia de Ecuador, examinando su
incidencia en la garantía del derecho a la identidad de niños,
niñas y adolescentes. El estudio cobra relevancia porque el derecho =
a la
identidad se encuentra consagrado de manera expresa en la Constitució=
;n
ecuatoriana y en cuerpos normativos como el Código de la Niñe=
z y
Adolescencia, además de estar respaldado por tratados internacionale=
s de
derechos humanos. El autor advierte que la resolución generó
posiciones encontradas: un sector crítico considera que no asegura
plenamente el ejercicio del derecho, ya que no pondera de manera suficiente=
la
participación de los menores ni garantiza el valor
afectivo-jurídico del apellido paterno; mientras que otra postura de=
fiende
la decisión, al entender que salvaguarda la autonomía de los
menores frente a presiones externas. Esta tensión revela la sensibil=
idad
del tema y demuestra la importancia de considerar tanto los aspectos
jurídicos como los derechos subjetivos y emocionales de los menores
involucrados.
En el ámbito nacional peruano, Delgado
Menéndez (2016) elaboró un estudio desde una perspectiva
jurídico-modernista, centrado en la necesidad de fortalecer los
mecanismos de protección del derecho a la identidad para garantizar =
su
efectividad en sede judicial. Una de sus principales conclusiones es que la
identidad debe ser entendida bajo una visión moderna, que no se limi=
ta
al plano biológico, sino que integra también aspectos persona=
les,
ideológicos y culturales. Reconoce además que la dualidad ent=
re
identidad estática y dinámica ha sido progresivamente aceptada
por instrumentos internacionales, lo que contribuye a su consolidació=
;n
en los sistemas jurídicos internos.
De manera complementaria, Quequeja
Mamani (2014) se ocupó de explorar el derecho a la identidad tanto e=
n el
derecho peruano como en el comparado. Su investigación pone de relie=
ve
que la identidad se manifiesta como una abstracción ligada a la libe=
rtad
personal, que se consolida conforme el sujeto alcanza su madurez y se convi=
erte
en un individuo único e irrepetible. Resalta también el papel
clave de la jurisprudencia, en especial la influencia de sentencias
emblemáticas que han permitido internalizar y adaptar los aportes de=
la
doctrina y la jurisprudencia italiana al contexto peruano, enriqueciendo
así la discusión sobre los derechos de la personalidad.
Finalmente, a nivel local, Rojas Villegas (202=
0)
centró su tesis en la relación entre la impugnación de=
la
paternidad y la afectación al derecho a la identidad de los hijos
extramatrimoniales de mujeres casadas. Su análisis, realizado bajo
metodologías inductivas y deductivas, concluye que la identidad debe=
ser
concebida de manera integral, abarcando tanto su dimensión
estática como la dinámica. En este caso, la autora enfatiza la
aplicación del principio del interés superior del niño,
dado que los menores son los sujetos más vulnerables en estas
controversias, y cualquier decisión judicial debe garantizar su
desarrollo pleno y armónico.
En conjunto, estos estudios permiten constatar=
que
el derecho a la identidad ha evolucionado hacia una concepción
más amplia e integral, que ya no se limita a los aspectos
biológicos o registrales, sino que incorpora dimensiones sociales,
culturales y afectivas. Además, muestran que los vacíos
normativos y las tensiones jurisprudenciales persisten, lo que refuerza la
pertinencia y la relevancia de investigaciones que, como la presente, busqu=
en
aportar fundamentos sólidos para justificar la prevalencia de la
identidad dinámica en contextos específicos como los procesos=
de
impugnación de paternidad en mayores de edad.
En virtud de ello se ha formulado el siguiente
problema de investigación: ¿Cuáles son los fundamentos
jurídicos por los cuales debe prevalecer la identidad dinámic=
a en
los mayores de edad, en el marco de los procesos judiciales de
impugnación de paternidad?
Frente a ello se ha postulado la siguiente
hipótesis: Los fundamentos jurídicos por los cuales debe
prevalecer la identidad dinámica en los mayores de edad en el marco =
de
los procesos judiciales de impugnación de paternidad son: la
integralidad en el derecho a la identidad y el derecho al libre desarrollo =
de
la personalidad.
En cuanto a los objetivos propuestos, se tiene
como objetivo general: Determinar cuáles son los fundamentos
jurídicos por los cuales debe prevalecer la identidad dinámic=
a en
los mayores de edad, en el marco de los procesos judiciales de
impugnación de paternidad.
Y como objetivos específicos:
<=
span
style=3D'mso-list:Ignore'>●<=
span
style=3D'mso-list:Ignore'>●<=
span
style=3D'mso-list:Ignore'>●●
Analizar la doctrina, legislación y jurisprudenc=
ia
comparada respecto a las dimensiones estática y dinámica de la
paternidad.
METODOLOGÍA
La investigación se estructuró s=
obre
la base de un enfoque metodológico mixto que combinó distintos
métodos lógicos y jurídicos, junto con técnicas=
de
recolección de información aplicadas a una muestra representa=
tiva
de especialistas en derecho de familia. En primer lugar, se emplearon
métodos lógicos como el científico, el deductivo y el
analítico. El método científico permitió orient=
ar
el estudio hacia la obtención de resultados verificables, mientras q=
ue
el método deductivo fue clave en la formulación de conclusion=
es a
partir de premisas generales vinculadas con el derecho a la identidad. A su
vez, el método analítico resultó esencial para descomp=
oner
el problema en sus elementos constitutivos y organizar las categorías
teóricas que sirvieron de soporte al marco conceptual de la
investigación.
En cuanto a los métodos jurídico=
s,
se recurrió al doctrinario, al exegético y al comparativo. El
doctrinario facilitó la revisión y sistematización de
fuentes bibliográficas y teóricas; el exegético
permitió interpretar normas y disposiciones legales vinculadas al
derecho a la identidad y a los procesos de impugnación de paternidad=
; y
el comparativo proporcionó una visión más amplia al
confrontar la normativa y jurisprudencia nacional con la extranjera.
Las principales técnicas de
recolección de información incluyeron entrevistas
semiestructuradas a operadores jurídicos (magistrados y docentes),
así como la revisión documental mediante fotocopias y recursos
digitales. Las entrevistas, aplicadas a una muestra de diez especialistas d=
e la
ciudad de Trujillo, ofrecieron insumos directos sobre la percepción
académica y práctica en torno a la problemática. La
muestra seleccionada fue representativa, confiable y válida, al estar
compuesta por profesionales reconocidos en el ámbito académic=
o y
judicial del derecho de familia.
Para la contrastación de la
hipótesis se utilizó un diseño cuasi experimental de u=
na
sola casilla, el cual permitió vincular directamente las
categorías jurídicas estudiadas —integralidad del derec=
ho a
la identidad y libre desarrollo de la personalidad— con los fundament=
os
propuestos en la investigación. Los datos obtenidos fueron depurados,
sistematizados y representados en cuadros y gráficos, a fin de facil=
itar
la interpretación y detectar tendencias de opinión. Finalment=
e,
el análisis riguroso de la información recogida condujo a la
elaboración de las conclusiones, que dan sustento a la propuesta de
reconocer la prevalencia de la identidad dinámica en los mayores de =
edad
dentro de los procesos de impugnación de paternidad.
RESULTADOS
En cuanto a los fundamentos advertidos que
determinan la prevalencia de la identidad dinámica en el marco de los
procesos judiciales de impugnación de paternidad, uno de los ejes
centrales de esta investigación es el análisis de los fundame=
ntos
que justifican la prevalencia de la identidad dinámica frente a la
estática en los procesos judiciales de impugnación de paterni=
dad.
El primero de ellos se vincula con la concepción integral del derech=
o a
la identidad. Este derecho, en sus inicios, fue entendido principalmente de=
sde
una perspectiva estática, reducida a datos objetivos como la
filiación, el nombre o la información genética. Sin
embargo, la evolución doctrinal y jurisprudencial ha permitido ampli=
ar
su alcance hacia aspectos más profundos que trascienden lo meramente
biológico, como las convicciones personales, la proyección vi=
tal
y las relaciones interpersonales. Esta visión integral incorpora de
manera natural la dimensión dinámica, complejizando, pero
también enriqueciendo la noción de identidad, pues no solo
garantiza el reconocimiento formal del individuo, sino también la
protección de su experiencia vital y de su fuero interno en los proc=
esos
judiciales.
Un segundo fundamento se encuentra en el derec=
ho
al libre desarrollo de la personalidad. Este principio, de raigambre
constitucional e internacional, reconoce que la persona no puede ser valora=
da
únicamente a partir de sus características físicas, si=
no
también desde la perspectiva de su autonomía y de su capacida=
d de
autodeterminación. En el caso de los mayores de edad, este derecho c=
obra
especial relevancia, ya que supone la posibilidad de asumir con responsabil=
idad
y conciencia los efectos jurídicos de un proceso de filiación=
. En
consecuencia, la tutela de la identidad dinámica bajo este enfoque no
solo responde a una necesidad de coherencia normativa, sino que tambi&eacut=
e;n
asegura decisiones judiciales más razonables y ajustadas a la realid=
ad
material y espiritual de cada sujeto.
Finalmente, la dogmática y la
jurisprudencia comparada ofrecen un tercer fundamento. La experiencia
extranjera ha demostrado que los factores socioculturales inciden cada vez
más en la configuración del derecho de familia y en la interp=
retación
judicial de los derechos de la personalidad. Procesos como el reconocimient=
o de
nuevas formas de familia, la ampliación de las causales de divorcio =
o la
protección de la diversidad sexual son muestras de cómo la id=
entidad
se ha expandido en su alcance y significación. En este marco, resulta
indispensable que el ordenamiento jurídico nacional se nutra de estas
experiencias para proyectar un derecho civil moderno y garantista, en el qu=
e la
identidad dinámica sea reconocida como eje fundamental en los proces=
os
de impugnación de paternidad, atendiendo a lo que verdaderamente imp=
acta
en la vida y en la dignidad de las personas.
En lo tocante a la normativa comparada, si bien
existen numerosos países que podrían servir de referencia para
esta investigación, se optó por analizar los casos de Ecuador,
México y Colombia debido a la cercanía geográfica y a =
la
similitud de sus marcos normativos con el nuestro. El examen comparado de e=
stas
tres realidades permite advertir no solo coincidencias sustantivas en la
regulación de instituciones jurídicas vinculadas al derecho a=
la
identidad, sino también avances significativos en el ámbito
jurisprudencial, especialmente en lo relativo a la articulación de s=
us
dimensiones estática y dinámica.
En los tres países se observa un desarr=
ollo
consolidado de la dimensión estática del derecho a la identid=
ad,
reflejado en la doctrina, la normativa y, sobre todo, en la jurisprudencia,
donde se ha puesto énfasis en la protección de niños y
adolescentes bajo principios como el interés superior del menor y el
derecho a la individualización. Sin embargo, también resulta
evidente un reconocimiento progresivo de la dimensión dinámic=
a,
tanto en la teoría como en la práctica judicial, lo cual se
manifiesta en la valoración de la libertad personal, la influencia d=
el
entorno en la formación de la identidad y la proyección vital=
del
individuo como parte del libre desarrollo de su personalidad. Este avance
evidencia la influencia del derecho comparado y de la doctrina internaciona=
l en
la consolidación de una visión más amplia y moderna de
este derecho fundamental.
No obstante, a pesar de los progresos doctrina=
les
y jurisprudenciales, en ninguno de los tres países se ha logrado
aún una expresión legislativa clara y específica que r=
egule
de manera directa la dimensión dinámica de la identidad. En e=
ste
sentido, comparten con nuestro país la tarea pendiente de incorporar
esta perspectiva en el plano normativo, a fin de garantizar mayor seguridad
jurídica y coherencia en la resolución de controversias sobre
filiación e identidad.
Finalmente, en
cuanto a las entrevistas realizadas a magistrados y docentes especializados=
en
derecho de familia permiten identificar tendencias claras respecto a la
regulación actual de los procesos de impugnación de paternida=
d y
al tratamiento del derecho a la identidad en sus dimensiones estátic=
a y
dinámica.
En primer lugar, la mayoría de los
entrevistados manifestó una percepción negativa del marco
jurídico vigente. Señalan que la normativa actual presenta
vacíos y limitaciones, pues fue diseñada principalmente para
proteger a menores y adolescentes, dejando sin un tratamiento especí=
fico
a los mayores de edad. Asimismo, se resaltó la ausencia de reglas cl=
aras
que integren la identidad dinámica, lo que genera inseguridad y
resoluciones contradictorias. Algunos pocos, sin embargo, valoraron de mane=
ra
positiva el papel de la jurisprudencia constitucional y suprema, que ha
permitido introducir criterios más flexibles basados en la afinidad =
y en
la concepción integral de la identidad.
En relación con la regulación de=
las
dimensiones estática y dinámica de la identidad, se
evidenció un consenso unánime: nuestro ordenamiento
jurídico privilegia la dimensión estática, dejando
relegada a la dinámica, que solo aparece en la doctrina y en ciertos
pronunciamientos judiciales. Esta omisión normativa ha provocado que
cada juez resuelva según su propio criterio, sin una línea
uniforme que garantice la plena vigencia del derecho a la identidad.
Respecto al tratamiento de los mayores de edad=
, la
mayoría de especialistas coincidió en la necesidad de
diferenciarlos de los menores, considerando que los adultos ya han formado =
su
identidad y cuentan con capacidad plena para decidir si mantienen la
filiación jurídica o buscan la verdad biológica. Solo =
una
minoría rechazó esta distinción, alegando que
podría constituir una forma de discriminación.
En cuanto a la prevalencia de la identidad
dinámica sobre la estática, las opiniones estuvieron dividida=
s.
Algunos señalaron que ambas dimensiones deben ser ponderadas caso por
caso, mientras que otros destacaron que la identidad dinámica,
construida a lo largo de la vida, debe prevalecer sobre la biológica
para evitar perjuicios emocionales y sociales.
Sobre la valoración jurisprudencial, las
respuestas fueron mixtas. Un sector reconoció avances importantes, c=
omo
el desarrollo del concepto de filiación socioafectiva, mientras que
otros advirtieron la falta de uniformidad en los criterios judiciales,
especialmente por la insuficiente especialización de los magistrados=
en
esta materia.
Finalmente, en relación con el uso de
doctrina, legislación y jurisprudencia comparada, hubo unanimidad: t=
odos
los entrevistados consideraron que los tribunales nacionales deben inspirar=
se
en experiencias extranjeras y en pronunciamientos de instancias
internacionales, como la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Ello no =
solo
enriquecería las decisiones judiciales, sino que también
contribuiría a modernizar el derecho interno y a garantizar una prot=
ección
más integral de la identidad en todas sus dimensiones.
DISCUSIÓN
La discusión de los hallazgos obtenidos=
a
partir de la revisión doctrinaria, jurisprudencial y normativa,
así como de las entrevistas realizadas a especialistas en derecho de
familia, permite identificar coincidencias y tensiones que enriquecen el
análisis del derecho a la identidad en el marco de los procesos de
impugnación de paternidad.
En primer término, se aprecia un desfase
entre la normativa vigente y las transformaciones conceptuales del derecho =
a la
identidad. Si bien la Constitución reconoce la identidad como derecho
fundamental, el desarrollo legislativo nacional se mantiene centrado en su
dimensión estática, vinculada principalmente a la
filiación biológica y a la verificación mediante prueb=
as de
ADN. Este énfasis resulta insuficiente frente a las demandas actuale=
s,
donde la doctrina y la jurisprudencia comparada han introducido la
noción de identidad dinámica, entendida como la
construcción personal y social que trasciende lo meramente
biológico. Los entrevistados refuerzan este diagnóstico, al
señalar mayoritariamente que la legislación peruana no ha
incorporado de forma explícita esta segunda dimensión,
trasladando al ámbito jurisdiccional la responsabilidad de suplir di=
cha
ausencia normativa.
En este sentido, la jurisprudencia nacional se
erige como un factor decisivo de actualización interpretativa, aunqu=
e no
exento de críticas. Varios especialistas destacaron la importancia de
las resoluciones que han reconocido la filiación socioafectiva y han
dado cabida a la identidad dinámica, aunque también se
denunció la falta de uniformidad y especialización de los jue=
ces
en esta materia. Esto genera un panorama en el que, pese a los avances,
aún persisten resoluciones contradictorias y criterios fragmentados.=
Un hallazgo relevante de las entrevistas radic=
a en
la necesidad de diferenciar el tratamiento de los mayores de edad respecto =
de
los menores en los procesos de impugnación. Mientras en el caso de l=
os
niños prevalece el principio del interés superior, en los adu=
ltos
debe primar la autonomía y el libre desarrollo de la personalidad. La
mayoría de especialistas coincidió en que los mayores de edad
deberían tener la facultad de decidir si mantienen el vínculo=
jurídico
con el progenitor de crianza o si buscan la verdad biológica, lo que=
se
alinea con la teoría de la identidad dinámica como
expresión de libertad personal.
En cuanto a la prevalencia entre identidad
estática y dinámica, los resultados reflejan un debate
todavía abierto. Una parte de los entrevistados defendió la
necesidad de ponderar caso por caso, evitando otorgar superioridad
automática a una de las dimensiones; mientras que otro sector sostuvo
que la identidad dinámica, construida a lo largo de la vida, debe te=
ner
prioridad, pues su desconocimiento podría generar daños
emocionales, sociales y hasta jurídicos. Este hallazgo confirma la
complejidad del tema y evidencia la urgencia de que el legislador brinda pa=
utas
claras que guíen la labor jurisdiccional.
Finalmente, la unanimidad respecto a la
importancia del derecho comparado y la jurisprudencia internacional resulta
significativa. La doctrina y los precedentes extranjeros han sido percibidos
como fuentes de legitimidad y de innovación, indispensables para
enriquecer la práctica judicial nacional. Esta apertura comparada
reafirma la necesidad de armonizar el derecho interno con las tendencias
internacionales, especialmente en un ámbito tan sensible como el der=
echo
a la identidad.
En conclusión, la discusión de l=
os
resultados pone de relieve que el ordenamiento jurídico nacional se
encuentra en una etapa de transición: mientras la legislación
aún responde a una concepción limitada del derecho a la
identidad, la doctrina, la jurisprudencia y la opinión de los
especialistas impulsan una visión integral, dinámica y evolut=
iva.
La brecha identificada entre norma y práctica demanda reformas
legislativas que garanticen coherencia, seguridad jurídica y
protección efectiva de los derechos fundamentales de los justiciable=
s,
tanto menores como mayores de edad.
CONCLUSIÓN
La presente investigación ha permitido
identificar los fundamentos jurídicos que sustentan la prevalencia d=
e la
dimensión dinámica sobre la dimensión estática =
del
derecho a la identidad en los mayores de edad, dentro de los procesos judic=
iales
de impugnación de paternidad. Dichos fundamentos se apoyan en la
integralidad del derecho a la identidad, en el reconocimiento del libre
desarrollo de la personalidad y en las orientaciones dogmáticas y
jurisprudenciales de carácter comparativo. El análisis
crítico de la doctrina, la jurisprudencia nacional e internacional,
así como las entrevistas a especialistas en derecho civil y de famil=
ia,
confirman la necesidad de este enfoque.
El derecho a la identidad, en su doble
dimensión estática y dinámica, constituye una
expresión indivisible y complementaria de la persona. En el
ámbito nacional, se advierte un mayor desarrollo normativo de la
identidad estática, vinculada a la filiación biológica;
mientras que la dimensión dinámica ha encontrado un terreno
especialmente fértil en el plano doctrinario y jurisprudencial, dond=
e ha
alcanzado un notable grado de consolidación y reconocimiento.
La jurisprudencia en materia de impugnaci&oacu=
te;n
de paternidad refleja avances significativos en la protección del
derecho a la identidad. Aunque ha privilegiado tradicionalmente la
dimensión estática, se observa una tendencia creciente hacia =
el
reconocimiento de la identidad dinámica, evidenciando un proceso de
transición interpretativa que responde a las demandas
contemporáneas de protección de los derechos fundamentales.
La incorporación de una regulació=
;n
legislativa expresa que reconozca la prevalencia de la dimensión
dinámica en los mayores de edad resulta no sólo pertinente, s=
ino
necesaria. Tal inclusión se justifica en los desarrollos doctrinario=
s y
jurisprudenciales, tanto nacionales como comparados, y en la opinión
mayoritaria de los especialistas entrevistados, quienes advierten la
importancia de dotar al ordenamiento jurídico de una herramienta
normativa que brinde seguridad y coherencia en esta materia.
El examen del derecho comparado, centrado en l=
as
experiencias de Ecuador, México y Colombia, revela un patrón
común: mientras la dimensión estática de la identidad =
se
encuentra claramente reconocida y aplicada en beneficio de menores y
adolescentes, la dimensión dinámica aún carece de un
reconocimiento legislativo explícito. No obstante, se advierte un
marcado énfasis doctrinario y jurisprudencial en su progresivo
desarrollo, lo cual ratifica la necesidad de que el ordenamiento nacional se
alinee con estas tendencias para garantizar una protección integral =
de
la identidad en todas sus expresiones.
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