La no devolución de lo pagado a los afiliados al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social cuando han sido atendidos en casos de emergencia por prestadores externos de salud
The non-refund of what is paid to members of the Ecuadorian Social Security Institute when they have been treated in cases of emergency by external health providers
DOI:
https://doi.org/10.56712/latam.v4i1.490Palabras clave:
seguridad social, derechos, compensaciones, salud, afiliadosResumen
La presente investigación se realizó con la finalidad de analizar el derecho que tienen las y los afiliadas al Seguro Social a la compensación por atenciones médicas en caso de emergencia por servidores externos de salud, compensación que fue eliminada mediante la Resolución No. C.D.317 denominada “Reglamento para el pago por servicios de salud en casos de emergencia concedidos por prestadores externos a los asegurados del IESS”; a través de un enfoque cualitativo y utilizando los métodos explicativo y descriptivo se estudió la seguridad social como un derecho interdependiente con la salud, la dignidad e integridad humana, mismos que se encuentran en evidente vulneración por la mencionada resolución, la cual resulta inconstitucional, puesto que no solo pone en riesgo la salud e integridad de la o el afiliado, sino por considerarse retroactiva en torno a derechos adquiridos y que han sido dispuestos por la normativa nacional, la resolución No. C.D.317 adopta medidas que no permiten un ejercicio pleno de las contingencias que se encuentran previstas como parte esencial de la Seguridad Social, limitando la naturaleza jurídica y finalidad de este derecho.
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